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Transcript

RPL

PTEVRG

RETRA

CEUAM

La Ley Orgánica y el Reglamento Orgánico se refieren al objeto, facultades, estructura y funcionamiento de la UAM.

LO y RO

REDDU

PTIEAND

RIPPPA

PG

Si está interesado en conocer los documentos a profundidad, le recomendamos revisar la Legislación Universitaria en las ligas que aparecerán abajo:

RPR

RPR

CEUAM

RETRA

RIPPPA

REDDU

PG

PTIEAND

LO

PTEVRG

RPL

RO

El Reglamento de Planeación tiene como propósito orientar las actividades académicas universitarias y dar continuidad a las mismas en la dirección seleccionada para lograr un crecimiento y desarrollo institucional sostenido y congruente.

El Reglamento del Presupuesto se relaciona con la elaboración, formulación, autorización, ejercicio, control y evaluación del presupuesto para las actividades universitarias.

Las Políticas Generales contienen las orientaciones o lineamientos generales acerca de la forma en que se puede cumplir el objeto de la Universidad y las actividades relacionadas con el mismo.

El Reglamento para la Transparencia de la Información Universitaria estipula la integración del Comité de Transparencia con cinco miembros titulares y sus respectivos suplentes, los que deben formar parte del personal académico y ser ratificados por el Colegio Académico para asegurar la debida independencia en sus decisiones.

El Reglamento de la Defensoría de los Derechos Universitarios regula su finalidad, integración, competencia, funcionamiento, y carácter de sus recomendaciones, con procedimientos ágiles y flexibles que privilegian la atención oportuna a los problemas que se presenten entre la comunidad universitaria. , que se caracteriza por ser diversa y se encuentra en permanente interacción.

Las Políticas transversales para erradicar la violencia por razones de género constituyen una estrategia institucional para asegurar que en los documentos que emitan y en las decisiones que tomen los órganos colegiados y personales, así como las instancias de apoyo, se considere como principio rector la igualdad sustantiva entre quienes conforman la comunidad universitaria.

Las Políticas Transversales de Inclusión, Equidad, Accesibilidad y no Discriminación tienen el propósito de favorecer la construcción de espacios universitarios pacíficos, inclusivos, equitativos y accesibles en donde se garantice el pleno ejercicio de los derechos de la comunidad universitaria y propiciar el ingreso, la permanencia y el egreso del alumnado, independientemente de la situación económica, social o funcional que presente.

El Código de Ética de la Universidad Autónoma Metropolitana es un referente deontológico necesario para guiar la conducta de quienes integran la comunidad universitaria y, aun cuando no guarda una relación jerárquica con las normas del orden jurídico, nacional y universitario, y por ello no puede contener sanciones, de él se espera una contribución importante en la promoción de la cultura de paz en esta Institución.

El Reglamento de Ingreso, Promoción y Permanencia del Personal Académico, y su nombre, proviene del artículo 3o., fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el cual se otorga, entre otras, competencia a las universidades e instituciones de educación superior autónomas por Ley, para fijar los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico.