Want to create interactive content? It’s easy in Genially!
Derecho Fiscal Reto 2
Francisco Bautista
Created on July 11, 2024
Start designing with a free template
Discover more than 1500 professional designs like these:
Transcript
Referencias
José Francisco Bautista Trejo
¿Quién tiene la facultad para crear impuestos y cuáles son sus límites? El Estado, a través del Poder Legislativo, es el único que puede crear, modificar o suprimir impuestos destinados a cubrir el gasto público – Potestad Tributaria (PT). Origen – Voluntad del pueblo (CPEUM 2024, Artículos 40, 41) El Congreso tiene facultad para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el Presupuesto (CPEUM 2024, Art. 73 Fracción VII). Límites a la facultad para crear impuestos. Estos límites se configuran como derechos constitucionales a favor de los pagadores de impuestos. Así, los derechos que deben satisfacer los impuestos se encuentran en el artículo 31, fracción IV, constitucional. Estos son: reserva de ley (legalidad tributaria), capacidad contributiva (proporcionalidad tributaria), igualdad tributaria (equidad) y destino al gasto público de los impuestos.
Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON s/f). La Facultad del Estado para crear impuestos. Recuperado de: https://www.prodecon.gob.mx/Documentos/Cultura%20Contributiva/publicaciones/LQTCDS-2/files/downloads/folleto_final_26-02-1.pdf
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos (2024). Constitución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. TEXTO VIGENTE. Última reforma publicada DOF 22-03-2024. Recuperado de: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf