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Comparar el contenido del capítulo 23 del T-MEC con el texto del artículo 123 constitucional

El Tratado México-Estados Unidos-Canadá fue firmado por sus integrantes el 30 de noviembre de 2018, iniciando, en consecuencia, un proceso jurídico denominado “internalización”, donde se van a ajustar las normas jurídicas mexicanas a lo convenido dentro de los Tratados Internacionales, con lo que se garantiza no sólo su cumplimiento, sino la existencia de mecanismos ejecutivos para su correcta aplicación y respeto.

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Hecho esto, le corresponde al Senado de la República iniciar el procedimiento de ratificación legislativa, partiendo del estudio previo de documentos que realiza el Ejecutivo Federal con apoyo del titular de la Secretaría de Economía, de negociadores, académicos, representantes del sector privado y de la sociedad civil, obteniendo un protocolo para la sustitución del TLCAN,

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IV. El uso del voto secreto en elecciones de directivas sindicales y de recuentos.

III. Medios de defensa para los sindicatos.

II. Establecimiento de instituciones independientes.

I. Derecho a la libertad de sindicación y a la negociación colectiva, sin injerencia del Estado.

Después, se turna a votación, realizada de manera extraordinaria el 19 de junio de 2019. Derivado de este proceso de internalización jurídica, a la par, fue integrada una reforma a la Ley Federal del Trabajo, principalmente en:

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VIII.Acceso a contratos colectivos y documentos de Registro de Sindicatos por los trabajadores.

VII. Revisión de los Contratos Colectivos existentes en un plazo de 4 años.

VI. Aprobación de contratos colectivos por parte de las trabajadoras una vez que es revisado.

V. Verificación de apoyo sindical en el registro de un Contrato Colectivo Inicial.

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y que al estar a la vista del Senado, se estudia en las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Puntos Constitucionales, del cual se obtiene un Dictamen que se somete a discusión y análisis.