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Transcript

Claudia Jocelyn Medina Canela

Elementos negativos del delito

Cierre

Los principales elementos negativos del delito

Introducción

  • Atipicidad.
  • Ausencia de conducta.
  • Causas de justificación.
  • Inculpabilidad.
  • Excusas absolutorias.

02

conclusion. recapitulacion.

03

Que es?

01

Table of contents

¿Qué es?

Los elementos negativos del delito, también conocidos como ausencias de los elementos del delito o causas de exclusión del delito, son aquellas circunstancias que, aun cuando se presente una conducta típica y antijurídica, impiden la existencia del delito o excluyen la responsabilidad penal del autor. En otras palabras, son factores que justifican la conducta o eliminan la culpabilidad del agente, a pesar de que su acción encuadre en la descripción de un delito previsto en la ley.

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Los principales elementos negativos del delito

1. Atipicidad: La atipicidad, piedra angular de los elementos negativos, se define como la ausencia de conducta típica. En otras palabras, cuando la conducta realizada no se encuadra dentro de la descripción legal de un delito, no puede ser objeto de sanción penal. Ejemplos: Imaginemos a Juan, quien camina por la calle y accidentalmente empuja a Pedro, provocando su caída. Si la caída de Pedro no resulta en lesión alguna, la conducta de Juan no es típica, pues no configura el delito de lesiones.

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2. Causas de justificación: Son aquellas circunstancias que, por disposición legal, excluyen el carácter antijurídico de la conducta, a pesar de que esta encuadre en la descripción de un delito. Las causas de justificación más comunes son:

  • Legítima defensa: Cuando se usa la fuerza para defenderse a sí mismo o a un tercero de una agresión actual e ilegítima.
  • Estado de necesidad: Cuando se realiza una conducta para evitar un mal mayor, siempre que no haya otro medio menos perjudicial para lograrlo.
  • Ejercicio de un derecho: Cuando se realiza una conducta en el ejercicio de un derecho legítimo, como el derecho a la propiedad o el derecho a la libertad de expresión.
  • Cumplimiento de un deber: Cuando se realiza una conducta en cumplimiento de un deber legal o social, como la obligación de denunciar un delito.
Ejemplo: Pensemos en Ramón, un bombero que ingresa a una vivienda en llamas para rescatar a personas sin autorización del propietario. La acción de Ramón, aunque lesiona el derecho de propiedad, estaría justificada por el estado de necesidad.

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3. Inculpabilidad: Se presenta cuando el agente no tiene la capacidad de comprender la ilicitud de su conducta o de controlarla, a pesar de que esta sea típica y antijurídica. Las causas de inculpabilidad más comunes son:

  • Enfermedad mental: Cuando el agente padece una enfermedad mental que le impide comprender la ilicitud de su conducta o controlarla.
  • Inimputabilidad: Incapacidad absoluta para comprender el significado de lo que se realiza o para controlarse.
  • Error de tipo: Cuando el agente se equivoca sobre algún elemento del tipo penal, creyendo que realiza una conducta lícita cuando en realidad es ilícita.
  • Error de prohibición: Cuando el agente desconoce la ley que prohíbe la conducta que realiza.

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4. Excusas absolutorias: Las excusas absolutorias son circunstancias que, aun existiendo una conducta típica, antijurídica y culpable, excluyen la pena por razones de humanidad o de política criminal. Se diferencian de las causas de justificación en que no amparan la conducta en sí, sino que atienden a las características del autor o las circunstancias del hecho. Características:

  • Se aplican a delitos graves, como el homicidio.
  • No eximen de la responsabilidad civil.
  • Su aplicación depende de la valoración del juez.
Las excusas absolutorias más comunes son:
  • Provocación: Cuando la víctima provoca la agresión del agente de tal manera que este no puede controlarse.
  • Arrepentimiento eficaz: Cuando el agente, después de cometer un delito, repara el daño causado y manifiesta un arrepentimiento sincero.
  • Estado de necesidad exculpante: Cuando el agente se ve obligado a realizar una conducta delictiva para evitar un mal mayor, pero no cumple con todos los requisitos del estado de necesidad como causa de justificación

Ejemplo: Imaginemos a María, quien padece una enfermedad mental grave y, en un episodio de psicosis, mata a su vecino. La enfermedad de María podría configurar una excusa absolutoria, excluyendo la pena pero no la responsabilidad civil por el daño causado.

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Los elementos negativos del delito son pilares fundamentales del derecho penal, pues garantizan juicios justos y equitativos. Al comprenderlos, podemos apreciar la complejidad del sistema legal y la importancia de analizar cada caso en profundidad, considerando las circunstancias específicas que rodean la conducta. El derecho es una herramienta poderosa para garantizar la justicia y la paz social. Al comprender sus principios y fundamentos, podemos contribuir a construir una sociedad más justa y equitativa. Recapitulando:

  • La atipicidad nos recuerda que no toda conducta que aparenta ser un delito lo es en realidad.
  • Las causas de justificación actúan como escudos legales que amparan al individuo ante situaciones excepcionales.
  • La inculpabilidad libera a la mente de la culpa cuando esta no ha podido comprender o controlar la conducta.
  • Las excusas absolutorias extienden un manto protector sobre situaciones particulares, excluyendo la pena por razones humanitarias o de política criminal.
Agradezco su atención y espero que este viaje por los elementos negativos del delito haya sido enriquecedor. La justicia es un faro que nos ilumina a todos, y el conocimiento del derecho es la llave para abrir sus puertas.

Conclusión