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Fundamentos legales laborales

Es importante entender que las empresas y organizaciones son las encargadas de realizar la gestión del talento humano y de cumplir con la normatividad legal que emite el Estado para regular las relaciones entre los empleadores y los trabajadores. La historia de la legislación laboral en Colombia refleja la evolución de la sociedad colombiana a lo largo de los años. A continuación, se presenta un recuento general de los artículos más importantes de la Constitución Política de Colombia con respecto al trabajo:

Semana 1

LLCASAN1I0724

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Legislación Laboral y Contratación

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Art. 17

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En las últimas décadas, Colombia ha experimentado discusiones en torno a la flexibilización laboral, con medidas que buscan hacer más dinámico el mercado laboral. Sin embargo, estas tendencias se han equilibrado con esfuerzos continuos para fortalecer la protección social y los derechos de los trabajadores.

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Art. 26

Art. 43

Art. 39

Art. 25

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Del mismo modo, el Código Sustantivo del Trabajo en Colombia regula las relaciones entre los empleadores y los trabajadores, por lo que es muy importante que los líderes que gestionan el talento humano en las organizaciones estén actualizados con las normas y directrices de este código, teniendo en cuenta los continuos cambios que se producen actualmente. A continuación, se presentan algunos artículos del código en los que se fundamenta la legislación laboral colombiana.

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Código Sustantivo del Trabajo

Un entorno laboral estable y justo, respaldado por una legislación laboral clara, puede contribuir a la estabilidad y productividad en la empresa. Los empleados que se sienten protegidos y valorados tienden a ser más comprometidos y eficientes en sus funciones.

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Art. 9

Art. 10

Art. 11

Art. 12

Art. 8

Art. 7

Art. 5

Art. 1

¡A practicar!

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Congreso de la República de Colombia. (2024, mayo 31). Código Sustantivo del Trabajo. [Ley 3743 de 1950]. DO: No 27.622, del 7 de junio de 1951. http://www.secretariasenado.gov.co /senado/basedoc/codigo_sustantivo_trabajo.htmlConstitución Política de Colombia [C.P.]. (1991). http://www.secretariasenado.gov.co /senado/basedoc/constitucion_politica_1991.html

Referencias:

©UNIMINUTO. Todos los derechos reservados. Todos los derechos de Propiedad Industrial e Intelectual de este material son propiedad exclusiva de la Corporación Universitaria Minuto de Dios.

Prohíbe la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en todas sus formas.

El Estado colombiano garantiza los derechos de asociación y huelga, en los términos prescritos por la Constitución Nacional y las leyes.

La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de este subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada. El Estado apoyará de manera especial a la mujer cabeza de familia.

Toda persona tiene derecho al trabajo y goza de libertad para escoger profesión u oficio, dentro de las normas prescritas por la Constitución y la ley.

Todos los trabajadores y trabajadoras son iguales ante la ley, tienen la misma protección y garantías.

El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.

Nadie puede impedir el trabajo a los demás, ni que se dediquen a la profesión, industria o comercio que les plazca, siendo lícito su ejercicio.

Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado. Su reconocimiento jurídico se producirá con la simple inscripción del acta de constitución.

El trabajo es socialmente obligatorio.

La legislación laboral establece los derechos y responsabilidades tanto para los empleadores como para los empleados. Además, es esencial para establecer las reglas del juego en el ámbito laboral, proporcionar un marco ético y legal para las relaciones laborales y garantizar que las empresas operen de manera justa, ética y cumpliendo con los estándares establecidos por la sociedad y el gobierno.

Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social.

El trabajo goza de la protección del Estado, en la forma prevista en la Constitución Nacional y las leyes.

El trabajo que regula este código es toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo.

La finalidad primordial de este código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.