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PROYECTO MODULAR•CLAUDIA CRUZ GARCÍA

CLAUDIA CRUZ GARCÍA

Created on July 9, 2024

PROYECTO MODULAR•CLAUDIA CRUZ GARCÍA

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Transcript

PROYECTO INTEGRADOR

Introducción al Derecho

CLAUDIA CRUZ GARCÍA

SUPUESTO JURÍDICO Y HECHO JURÍDICO

SUPUESTO JURÍDICOEs una situación de la vida cotidiana que está regulada por la ley.

HECHO JURÍDICOEs un evento que, aunque no esté hecho con intención, tiene repercusiones legales.

Ejemplo: Cuando una persona muere y no deja testamento, la ley determina cómo se distribuirán sus bienes.

Ejemplo: Hace poco tiempo en el estado de Oaxaca se quemó un aserradero y resultó en una reclamación del seguro.

Ejemplo: Cuando despiden a algún trabajador de forma injustificada y éste hace valer sus derechos laborables.

ACTO JURÍDICO, ELEMENTOS ESENCIALES Y DE VALIDEZ

ACTO JURÍDICOHablamos de una acción que se realiza con la intención de crear, modificar o entinguir derechos y obligaciones.

Ejemplo: Cuando vamos a una agencia de autos y firmamos un contrato para comprar uno.

ELEMENTOS DE VALIDEZ

Facultad legal de una persona par tener derechos y obligaciones

ELEMENTOS ESENCIALES

Capacidad

de ejercicio

de goce

Se refiere a la intención clara y consiente de hacer algo. Puede ser tácita o expresa.

Manifestación de la voluntad o consentimiento

Voluntad exenta de vicios

El consentimiento deber ser libre de: error, violencia, dolo y lesión

Se trata de la obligación en sí misma la cual está amparada por una norma jurídica.

Objeto física y jurídicamente posible

Se deben apegar a la ley y a la moral

Licitud en el objeto, fin o motivo.

Se refiere a las formalidades requeridas por la ley para que el acto tenga validez.

Se debe cumplir de acuerdo a lo que establece la ley

Solemnidad

La forma

ACTO JURÍDICO INEFICAZ Y SUS DIVISIONES

NULIDAD ABSOLUTA Cuando el acto carece de uno o más elementos esenciales o de validez y no puede ser corregido.

NULIDAD RELATIVACuando el acto tiene algún defecto que permite que una de las partes lo anule.

ACTO JURÍDICO INEFICAZ

INEXISTENCIACuando falta algún elemento esencial del acto.

MATRIMONIO

Es un acto jurídico solenme entre dos personas que genera una unión conyugal y ambos adquieren derechos y obligaciones que están reconocidos ante la ley.

IMPEDIMENTOS

REQUISITOS

EFECTOS JURÍDICOS

Que sean parientes cercanos

Ser mayor de edad, en méxico es a partir de los 18 años.

Creación de una vida en común bajo el mismo techo.

• Si los contrayentes tienen entre 16 y 18 años, pueden casarse con el consentimiento de sus padres, tutor o, en ausencia de estos, con la autorización del juez de lo familiar. • En caso de embarazo de la mujer, confirmado mediante un informe médico, el juez del Registro Civil puede dispensar del requisito de mayoría de edad a solicitud de los padres, pero esta dispensa no se aplica a menores de 14 años.

Estar casado

Derecho a la fidelidad, no está permitido el adulterio.

Enfermedades graves y contagiosas

Derecho a las relaciones sexuales y poder tener hijos.

Consentimiento libre de los dos contrayentes

Derecho a la ayuda moral y económica mútua.

Edad ilegal

Cumplir con la formalidad ante un juez del registro civil y testigos.

REGÍMENES MATRIMONIALES

Es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones económicas entre marido y mujer durante el matrimonio y en caso de divorcio.

TIPOS

SEPARACIÓN DE BIENES

SOCIEDAD CONYUGAL O BIENES MANCOMUNADOS

Cada uno de los cónyugues opta por mantener la propiedad de todos sus bienes.

Establece que todos los bienes que adquieran los cónyugues durante el matrimonio tendrán que ser compartidos.

Puede ser ABSOLUTO O PARCIAL

Puede ser UNIVERSAL O LIMITADO

CAPITULACIONES MATRIMONIALES

Se puede definir como los acuerdos firmados por ambos conyugues para establecer el régimen patrimonial de su matrimonio, siendo derecho y obligación para ambos y se puede realizar antes de la celebración durante la misma.

Requisitos para las capitulaciones en el régimen de separación de bienes

Requisitos para las capitulaciones en la sociedad conyugal

• Se deberán realizar a través de un documento privado.

• Acuerdo escrito firmado por ambos cónyugues.

• Deberán incluirse la lista de los bienes y deudas que le corresponde a cada uno de los cónyugues.

• Deberán incluirse la lista de los bienes inmuebles.

• Se indican las deudas que tengan al momento del matrimonio.

• Para que tengan validez, deberan ser registradas ante el registro civil.

• Para que tengan validez, deberan ser registradas ante el registro civil.

• Se celebran antes o durante el matrimonio.

• Se celebran antes del matrimonio.

DIVORCIO

Es la disolución legal del matrimonio y terminan los derechos y obligaciones que existían entre los cónyugues, teniendo validez mediante la sentencia de una autoridad juducial competente. La solicitan los cónyugues o uno de ellos.

TIPOS DE DIVORCIO

DIVORCIO VOLUNTARIO

DIVORCIO INCAUSADO

CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO

• Uno de los conyugues puede solicitar la disolución del matrimonio sin necesidad de dar una razón específica .• La iniciativa puede ser de manera individual, sin el consentimiento del otro. • No hay necesidad de buscar un culpable. • El proceso es muy simple.

• Procede después de un año de celebrado el matrimonio. Ambos conyugues están de acuerdo en la separación.

• Tiene lugar cuando los conyugues no cumplen con los requisitos para hacer la solicitud por la vía administrativa. • Transcurrir un año desde la celabración del matrimonio.

EFECTOS DEL DIVORCIO

EN RELACIÓN A LOS HIJOS

ENTRE LOS CÓNYUGUES

DIVORCIO VOLUNTARIO: Ambos padres deben proporcionar alimentos a los hijos hasta su mayoría de edad o hasta que sean autosuficientes profesionalmente. Ambos padres conservan la patria potestad, pero solo uno tiene la custodia. DIVORCIO INCAUSADO: El juez decide la manutención de los hijos, considerando los ingresos de ambos padres. Si uno no puede contribuir, el otro asume la responsabilidad completa. Ambos conservan la patria potestad y el régimen de visitas es determinado por el juez en interés de los menores.

DIVORCIO VOLUNTARIO: El hombre está obligado a dar alimentos a la mujer el mismo tiempo que duró el matrimonio. Mismo caso para la mujer en caso de que el hombre esté incapacitado. DIVORCIO INCAUSADO: En cuanto a la manutención se dará prioridad a quién lo necesite, para el monto se tomará en cuenta la edad, salud, nivel académico y acceso a empleo. Después del divorcio los cónyugues pueden contraer matrimonio nuevamente.

EN RELACIÓN A LOS BIENES

EN RELACIÓN A LA SOCIEDAD

El divorcio tiene efectos políticos, éticos y sociológicos, ya que implica intervención estatal, ruptura de relaciones familiares y comunitarias, y puede ser visto como sanción o remedio socialmente justificado.

DIVORCIO INCAUSADO: Las deudas deben liquidarse y los bienes adquiridos durante el matrimonio se inventarían y dividirían por acuerdo mutuo.

Elaborado por: Claudia Cruz García Información obtenida de: https://cnci.blackboard.com/bbcswebdav/courses/BbCont10/Contenido/Lic_Ing/Introducci%C3%B3n_derechoLicIngPN/index.html

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