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DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA
alejandro tellez rodriguez
Created on July 5, 2024
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Transcript
DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA
La actuación del acusado en la fase escrita
Exclusión de los medios probatorios
Contenido de la acusación
Auto de apertura de juicio
Acuerdos probatorios
El desarrollo de la audiencia
ACUSACION:
la acusación es un escrito formal que se presenta ante una autoridad competente para acusar a una o más personas de un delito o falta. La acusación debe identificar al acusado, los hechos de los que se le acusa, calificar el delito y solicitar al juez o tribunal que se inicie el enjuiciamiento para que se impongan las penas correspondientes
cCONTENIDO DE LA ACUSACION
La acusación en la etapa intermedia de un proceso penal acusatorio y oral debe contener los siguientes elementos: • Datos de identificación del imputado, como nombre completo, lugar de nacimiento, edad, estado civil y trabajo • Descripción precisa del hecho punible que se atribuye • Fundamentación de la acusación, con los elementos de convicción que la motivan • Cita de los preceptos jurídicos aplicables • Individualización del defensor del acusado • Identificación de la víctima u ofendido y su asesor jurídico • Lista de testigos y peritos que el Ministerio Público desea que declaren en el juicio
DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA
La actuación del acusado en la fase escrita
Contenido de la acusación
Exclusión de los medios probatorios
Acuerdos probatorios
Auto de apertura de juicio
El desarrollo de la audiencia
ACUSADO
En derecho penal, un acusado es una persona que tiene cargos criminales en su contra y que debe comparecer ante un tribunal criminal. El acusado es el sujeto sobre el que recae la acusación formulada en el escrito de acusación. Esta acusación se formula ante una autoridad competente cuando se considera a una persona responsable de un delito o falta, con el objetivo de que se le aplique la sanción prevista
La actuación del acusado en la fase escrita:
el acusado puede: Señalar vicios formales, Presentar la acusación, Desarrollar actuaciones a raíz de la acusación.
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La actuación del acusado en la fase escrita
Contenido de la acusación
El desarrollo de la audiencia
Exclusión de los medios probatorios
Acuerdos probatorios
Auto de apertura de juicio
AUDIENCIA
Actuación procesal, ante un juez o tribunal, en la que puede estar presente, además de las partes en el proceso, el público, haciéndose efectivo a través de ella el principio de publicidad del proceso, considerado una garantía de la protección de los derechos y libertades de quienes intervienen en el procedimiento y, en especial, de las víctimas de los delitos
EL DESARROLLO DE LA AUDIENCIA
con el fundamento en el artículo 349 DEL CNPP la audiencia debe llevarse a cabo entre los 20 y 60 días naturales siguientes a la emisión del auto de apertura a juicio.
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Contenido de la acusación
Exclusión de los medios probatorios
La actuación del acusado en la fase escrita
Acuerdos probatorios
El desarrollo de la audiencia
Auto de apertura de juicio
Acuerdos probatorios
Los acuerdos probatorios son acuerdos voluntarios entre el Ministerio Público, el acusado y su defensor para aceptar como probados ciertos hechos o circunstancias de la acusación. Estos acuerdos se celebran durante la etapa intermedia del proceso penal, antes de dictarse el auto de apertura a juicio. Una vez aprobados por el juez de control, los acuerdos probatorios se incluyen en el auto de apertura a juicio oral
Los acuerdos probatorios pueden tener un impacto positivo en la etapa de juicio, ya que pueden: • Reducir el tiempo de celebración del juicio • Evitar citaciones innecesarias a testigos y peritos • Fomentar debates de calidad • Centrar la atención del tribunal en hechos relevantes
DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA
Contenido de la acusación
La actuación del acusado en la fase escrita
Acuerdos probatorios
El desarrollo de la audiencia
Auto de apertura de juicio
Exclusión de los medios probatorios
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TExclusión de los medios probatorios
Los medios probatorios en la etapa intermedia del proceso penal acusatorio y oral, por regla general, no es un acto dentro de juicio de ejecución irreparable. Sin embargo, si la exclusión afecta el derecho a la prueba y causa una ejecución de imposible reparación, procede el juicio de amparo indirecto
La exclusión se puede basar en diferentes criterios, como:
• Pruebas obtenidas violando o contradiciendo una norma o principio constitucional • Pruebas que no se refieren directa o indirectamente al objeto de la investigación • Pruebas que no son útiles para el esclarecimiento de los hechos • Pruebas que resultan sobreabundantes, impertinentes o innecesarias
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La actuación del acusado en la fase escrita
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Exclusión de los medios probatorios
Acuerdos probatorios
El desarrollo de la audiencia
AUTO DE APERTURA DE JUICIO
El auto de apertura de juicio oral es una resolución judicial que dicta el Juez de Control en el Código Nacional de Procedimientos Penales. Este auto determina el procedimiento aplicable al delito que se va a enjuiciar, así como el órgano en el que se celebrará el juicio.
EL AUTO DE APERTURA DE JUICIO ORAL DEBE INDICAR:
• El tribunal de enjuiciamiento competente para celebrar la audiencia de juicio • La fecha y hora fijadas para la audiencia • La individualización de los acusados • Los hechos que serán debatidos en el juicio • Los medios de prueba que serán admitidos
ja
1. APERTURA DE LA AUDIENCIA El auxiliar de la sala realiza la apertura de la audiencia 2. INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS PARTES El juez que presida la audiencia individualizara a las partes 3. VERIFICACIÓN DE CONOCIMIENTO DE DERECHOS El tribunal de enjuiciamiento debe de asegurarse de que el acusado conoce y entiende sus derechos 4. VERIFICACION DE LOS MEDIOS DE PRUEBA medios de prueba admitidos que deberán ser desahogados en la audiencia de juicio, así como la prueba anticipada 5. INFORME DE ACUSACION El presidente del tribunal describirá las acusaciones que sean objeto del juicio y que aparezcan contenidas en el auto de apertura 6. ALEGATOS DE APERTURA Ministerio publico y la defensa expondrán loa hechos y sus antecedentes indican al juez o jueces que verán en juicio y mencionaran los medios de prueba con los que buscaran probarlos 7. DESAHOGO DE MEDIOS DE PRUEBA Las partes llamaran a los testigos los peritos y en su caso la victima e incorporaran la prueba material y documental 8. ALEGATOS DE CLAUSURA Los alegatos de clausura son la última oportunidad para que las partes presenten sus argumentos de conclusión 9. RESOLUCIÓN El juez y el tribunal de enjuiciamiento delibera en privado posteriormente reanudara la audiencia para dar a conocer su decisión