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Presentación APANATE

Esteban Orta

Created on June 25, 2024

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Transcript

Esteban Orta Rodríguez

Presentación Educación APANATE

Atención del alumnado TEA en las aulas de Canarias.

Temas Específicos

Introducción

Índice

(3-12)

CENTROS PILOTAJE TEA

Educación Básica

(18-)

UNIVERSIDAD

(16-18)

BACHILLERATO

(16-20) (21-30)*

CFGBA

(18-20)

CFGS

(12-16)

SECUNDARIA

(16-18)

CFGM

(6-12)

PRIMARIA

(15-17)*

CFGB

(0-3) / (3-6)

INFANTIL

Estructura del sitema educativo

Introducción

NEE

ALCAIN

ECOPHE

INTARSE

DECL

TDAH

DEA

Alumnado "neurotípico"

+ INFO

El Alumnado

Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria. Principios Rectores. • Sistema educativo de calidad: garantizar la equidad y la excelencia (ofrecer la atención pedagógica necesaria para garantizar la igualdad de oportunidades, facilitar la participación social y atender a las necesidades educativas del alumnado) • Sistema inclusivo: garantizar la atención adecuada para alcanzar el máximo nivel de sus capacidades y competencias. • Atención a la diversidad: como principio fundamental que debe regir toda la enseñanza básica.

INTRODUCCIÓN

+ INFO

Puntualización de aspectos relevantes

Estratétias metodológicas y organizativas llevadsas a cabo en el aula por el profesorado

SOLO para alumnado NEE

SOLO para alumnado NEAE

Las Medidas de Atención a la Diversidad MAD

ORDINARIAS

Orden de 13 de diciembre de 2010, por la que se regula la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en la Comunidad Autónoma de Canarias,

Contempla tres tipos de medidas en respuesta al alumnado de NEAE:

INTRODUCCIÓN

EXTRAORDINARIAS

EXCEPCIONALES

Normativa de apoyo

La familia siempre es tenida en cuenta y participa de la valoración del alumnado cumplimentando cuestionarios y aportando informes.Tras la valoración y el establecimiento de MAD se recogen en un informe y se levanta acta con la familia de conformidad o no con las medidas adoptadas..
El papel de la familia.

Condiciones para la selección de la modalidad educativa.

+ INFO

+ INFO

CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL

AULA ENCLAVE

AULA ORDINARIA

Decreto 25/2018, de 26 de febrero, por el que se regula la atención a la diversidad en el ámbito de las enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias

NORMATIVA

Procedimiento

AEROMÉDICA

Concesión Externa de la Consejería de Educación

Técnicos de CFGM. TAPSD

Perfil del Auxiliar

+ INFO

+ INFO

Recurso de difícil generalización (excepcional). BÄSICO EN AE y CEE

SOLICITUD DE AUXILIAR EDUCATIVO

Atención educativa como PROCESO
ORDEN de 13 de diciembre de 2010, por la que se regula la atención al alumnado con NEAE

Comunidad Educativa. Participación en el proceso de evaluación Aportación de información relevante Seguimiento y reuniones periódicas ....

¿Se puede elegir?

Art.26.b Atender de forma directa al alumnado con NEAE en su grupo clase o individualmene o en pequeño grupo cuando sea necesario

¿De qué depende que sea dentro o fuera?

TODO el alumnado de NEAE que tenga recogido el recurso en si Informe Psicopedagógico

¿Quién tiene derecho?

Art. 6.5 las medidas ordinarias y extraordinarias se llevarán a cabo PREFERENTEMENTE en el aul ordinaria.

¿Dentro o fuera del aula?

PRIORIDAD

Recursos Humanos Estraordinarios

Apoyo NEAE o AL

Profesorado tutor en infantil y primaria, profesorado de materia en secundaria

¿Quién las desarrolla?

Orden de 1o de febrero de 2016

carácter flexible y orientativo, guía y apoyo a los profesionales que intervienen con este alumnado...constituyen el primer nivel de concreción curricular que, de forma prescriptiva, será de aplicación en estas modalidades.

Orden de 13 de diciembre de 2010

¿Qué son?

Concreciones Curriculares

Art. 7 Medidas extraordinarias 1. Son medidas extraordinarias las AAC, las AC y las ACUS

¿Cuándo se hacen, para qué sirven, en qué consisten?.

Adaptaciones curriculares y adaptaciones de acceso en primaria y en secundaria.

+ INFO

  • Educación Infantil.
  • Educación Primaria.
  • ESO y Bachillerato.

+ INFO

+ INFO

Son los objetivos, contenidos, metodología o criterios de evaluación de un área o materia

CURRÍCULOS

NO TITULA

TITULA

BACHILLERATO

Rubricas de evaluación

Instrucciones sobre la evaluación, promoción y titulación en las etapas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, de aplicación en el curso escolar 2023-2024 .

Currículos de las materias de bachillerato LOMLOE en Canarias.

NO TITULA

TITULA

ESO

Rubricas de evaluación

Instrucciones sobre la evaluación, promoción y titulación en las etapas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, de aplicación en el curso escolar 2023-2024 .

Currículos de las materias y los ámbitos de la Educación Secundaria Obligatoria LOMLOE en Canarias.

Alternativas y opciones

¿QUé hacer después?

Pruebas de Acceso

ARTES

ACCESO

Familias y estudios

Pruebas de Acceso

FPB Adaptada

Acceso y Continuidad de estudios

FPGS

FPGM

FPB

Posibilita la continuación de los estudios

ACCESO

FORMACIÓN PROFESIONAL

ACCESO

ACCESO

Mayoría de Edad = NO OBLIGATORIO

Estudios Superiores NO OBLIGATORIOS

Estudios Universitarios

Educación para Adultos

Radio ECCA

Educación para adultos y estudios superiores (universidad)

FUNDACIÓN

MEDIDAS GRAVES

Que perjudican GRAVEMENTE la convivencia

Definiciones

La Convivencia

TIPOS DE CONDUCTAS

Atemuantes y Agravantes

DE LAS FAMILIAS

MEDIDAS LEVES

DEL ALUMNADO

Leves y Graves

Generalidades

¿NEAE o NEE como atenuantes?

DERECHOS y DEBERES

DECRETO 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias.

COnvivencia en los centros educativos

CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA

EXPEDIENTE DISCIPLINARIO

¿Preguntas?

Residencias

Notas de Corte

PAED

ACCESO

Estudios Superiores

Educación POST Obligatoria

Novedades TEA en la ULL (INCLUSIÓN EN AULA)

  • Bachillerato + EBAU
  • CFGS de familias relacionadas
  • Prueba de acceso (>25 años)
PAD
  • Programas de refuerzo. (LCL MAT LNT)
  • Apoyo idiomático. (no hispano hablante)
  • Diversificación curricular. (3º y 4º ESO trabajo por ámbitos)
  • Programas para la mejora de la convivencia (PROMECO)
Orden 7 de junio de 2007

Las MAD, de carácter organizativo o curricular..., organización de las enseñanzas adecuada a las características de su alumnado...orientadas a responder a las necesidades educativas concretas y a la consecución de las competencias básicas y de los objetivos de las etapas ...se favorezca la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Orden 13 de diciembre de 2010

art 6.5 las medidas ordinarias, extraordinarias y excepcionales no serán excluyentes entre sí. Las medidas ordinarias y extraordinarias se llevarán a cabo PREFERENTEMENTE en el aula ordinaria, teniendo en cuenta los recursos disponibles en el centro.

  • Toda conducta que suponga incumplimiento de los deberes deberán ser corregidas lo antes posible con medidas educativas relacionadas con la conducta a corregir.
  • Los incumplimientos de las normas de convivencia habrán de ser valorados considerando la situación y las condiciones personales del alumnado.
  • Las medidas que específicamente se apliquen por el incumplimiento de las normas de convivencia habrán de tener un carácter educativo y recuperador sin que se menoscaben los derechos del alumnado.
  • Se procurará la mejora en las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.
  • En todo caso:a) La aplicación de medidas al alumnado que incumpla las normas de convivencia deberá contribuir a la mejora de su proceso educativo y al normal funcionamiento del aula y del centro docente.b) Para la adopción de medidas, los órganos competentes deberán tener en cuenta la edad del alumno o alumna para su adopción, así como otras circunstancias personales, familiares o sociales.

Artículo 28.- Prioridad de actuación del profesorado especialista de apoyo a las NEAE en centros ordinarios.

En los centros ordinarios, en la etapa de Educación Infantil y en la enseñanza básica, deberá centrarse en el trabajo de las habilidades, razonamientos, gestiones y aptitudes básicas, previas o transversales a los contenidos curriculares, los cuales constituyen la tarea principal del profesorado de área o materia.

  1. Escolares que presentan NEE por discapacidad, TGD o TGC con ACUS.
  2. Alumnado que, presentando NEE, precisen de una AC.
  3. Otras NEAE (DEA, ECOPHE y TDAH) y que necesiten AC, en una o más áreas o materias.
  • Alumnado sin AC, si su informe psicopedagógico concluye en propuesta psicoeducativa.
  • Intervención preventiva en Infantil de 5 años, 1º y 2º curso de Primaria y 1º de la ESO en competencias básicas de lectura, escritura y cálculo, ante riesgo de dificultades en los avances de sus aprendizajes.
  • Otros escolares que requieran de algún tipo de apoyo educativo a criterio de la CCP.

Procedimiento

Solicitud de Auxiliar Educativo
  • Traslado de la necesidad detectada por parte del equipo educativo, al observar en el alumnado conductas que impiden o alteren gravemente el normal desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje en el aula (agresividad, disrupción o alta necesidad de apoyo).
  • Elaboración de un informe de derivación para la USM para el establecimiento o no de un diagnóstico de Problemas de Conducta (TGC) o informe justificativo de Habilidades Adaptativas.
  • Tramitación de la solicitud por parte del equipo directivo del centro, con visado de inspección.
  • Resuelve la Dirección Territorial de educación.
  • Convivencia escolar: interrelación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa.
  • Acoso escolar: intimidación y maltrato entre escolares, repetido y mantenido, con la intención de humillar o someter a una persona indefensa (agresiones físicas, verbales y sociales).
  • Violencia de género: acción física, psíquica, sexual o económica, directa o indirecta, basada en la desigualdad de roles de género, no deseada, que tiene como resultado un daño,
  • Disciplina: situación que se da cuando se respetan las normas.
  • Conflicto de convivencia: es la situación entre dos o más miembros de la comunidad, cuando al menos una se percibe y/o está dañada física y/o moralmente por la actuación de la otra. Esta actuación puede o no constituir una falta de disciplina.
  • Conducta disruptiva: conducta del alumnado que altera la disciplina o convivencia escolar imposibilitando o entorpeciendo el proceso de enseñanza-aprendizaje.
  • Mediación: procedimiento para gestionar conflictos basado en el diálogo.

Alumnado TGC: PROMECO citación a la familia para intervención de USM, SSM, otros...

La dirección garantizará el ofrecimiento de una mediación. Si se acepta, la aplicación de otras medidas se paraliza hasta concluirla y deberá incluir el cumplimiento del acuerdo.

La dirección oídas las recomendaciones del Equipo de gestión de la convivencia podrá aplicar circunstancias AGRAVANTES. (aumento de periodos temporales, realización de trabajos a la comunidad educativa con autorización de familia, alejamiento de la víctima)

  • Cambio de grupo o clase del alumno o alumna.
  • Suspensión del derecho de asistir a las clases o a actividades extraescolares hasta la celebración de una entrevista con la familia sin que la medida pueda exceder de 3 días.
  • Suspensión del derecho al servicio de comedor o transporte escolar por un máximo de 3 días.
  • Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares por un trimestre académico.
  • Suspensión del derecho a participar en las actividades complementarias fuera del centro docente por un trimestre (la alumna/o será atendido dentro del centro docente).
  • Suspensión del derecho a utilizar la biblioteca, el aula de nuevas tecnologías, el laboratorio o cualquier dependencia por un trimestre académico.

Interviene la dirección del centro o por delegación el Equipo de gestión de la convivencia

Buscan romover el desarrollo pleno y equilibrado de las capacidades establecidas en los objetivos de las etapas de Educación Infantil, de la educación obligatoria y postobligatoria, en las enseñanzas no universitarias, así como las medidas organizativas complementarias que sean necesarias en cada circunstancia.

MAD Ordinarias

  • Realizadas por el profesorado en el desarrollo de su programación.
  • Programas preventivos de refuerzo.
  • Agrupamiento flexible.
  • Apoyos en grupo ordinario.

Info

Tiene sistema de estudios que permiten acceder a titulaciones PROPIAS (NO OFICIALES).

Tiene sistema de estudios que permiten acceder a titulaciones OFICIALES.

Radio ECCA

FUNDACIÓN

Convenio con Educación
  • ESO
  • Bachillerato
  • CFGM

Artículo 22.- Deber de compromiso.Artículo 23.- Deber de conocer y participar en la evolución académica de sus hijos e hijas.Artículo 24.- Deber de respeto de las normas del centro.

DEBERES

Artículo 19.- Derecho a participar en los procesos educativos de sus hijos e hijas o pupilos.Artículo 20.- Derecho a ser oídos en las decisiones que afecten a sus hijos e hijas o pupilos.Artículo 21.- Derecho a participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro.

DERECHOS
  • Sistema de Garantía Social (igualdad de oportunidades)
  • Posibilita continuación de estudios.
  • Requisitos de acceso
Generalidades
  • Características de la Educación de Adultos.
  • Actos explícitos de indisciplina o insubordinación, incluida la negativa a cumplir las medidas correctoras
  • Expresiones gravemente ofensivas contra los miembros de la comunidad educativa.
  • Las vejaciones o humillaciones que tengan una implicación de género, sexual, racial o xenófoba, o se realicen contra el alumnado más vulnerable.
  • El acoso escolar.
  • La agresión física o la instigación contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
  • La incitación a actuaciones muy perjudiciales para la salud y la integridad personal (consumo de drogas y bebidas alcohólicas), así como el uso, la posesión o el comercio de tales sustancias.
  • Provocar o participar en altercados o conductas agresivas que impliquen riesgo grave de lesiones.
  • Cometer intencionadamente actos que causen desperfectos en instalaciones o bienes.
  • La alteración del orden en el centro, transporte escolar o en actividades fuera del centro que creen situaciones de riesgo para cualquier miembro de la comunidad educativa.
  • La grabación, publicidad o difusión no autorizada de imágenes de los miembros de la comunidad educativa, en el caso de agresiones o conductas inapropiadas.
  • La suplantación de personalidad y la firma en actos y documentos oficiales.
  • Dañar, modificar, ocultar o retirar documentos académicos o registro escolar, sin autorización.
Conductas que perjudican gravemente la convivencia
Generalidades

Responde a las dificultades del alumnado desde el segundo ciclo de Infantil hasta el final de la escolaridad obligatoria y se propondrán, después de haber aplicado medidas ordinarias, que no mostraran su eficacia, al menos durante un curso escolar después de detectadas y constatadas mediante el preinforme psicopedagógico, salvo que se prevea alguna medida excepcional.

  • AAC acceso al espacio o a la comunicación (NEE)
  • AC de un área o materia (NEE, DEA, TDAH ECOPHE).
  • ACUS de un área o materia (NEE).

La atención se llevará a cabo preferentemente en el aula ordinaria, si la organización y los recursos disponibles en el centro lo permiten.

Artículo 14.- Deber de estudio y de asistencia a clase.Artículo 15.- Deber de respeto al profesorado.Artículo 16.- Deber de respeto a la comunidad educativa.Artículo 17.- Deber de respetar las normas de convivencia.Artículo 18.- Deber de colaborar en la obtención de información por parte del centro.

DEBERES

Artículo 6.- Derecho a una formación integral.Artículo 7.- Derecho al respeto.Artículo 8.- Derecho a la evaluación objetiva del aprendizaje.Artículo 9.- Derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del centro.Artículo 10.- Derecho a la manifestación de la discrepancia.Artículo 11.- Derecho del alumnado menor a la atención inmediata.Artículo 12.- Derecho a la igualdad de oportunidades.Artículo 13.- Derecho a la protección social.

DERECHOS
Funciones del NEAE
  • Colaborar en la elaboración de la AC.
  • Atender al alumnado de NEAE en su grupo clase, individualmente o en pequeño grupo cuando sea necesario.
  • Elaborar y aplicar los PEP que se recojan en la AC o en la ACUS, (habilidades, razonamientos, conductas adaptativas y funcionales, gestiones y aptitudes básicas, previas o transversales a los contenidos curriculares), especialmente en el ámbito de la autonomía personal, social y de la comunicación.
  • Realizar la evaluación de los PEP y colaborar en la evaluación y seguimiento de la AC o ACUS.
  • Asesorar a las familias del alumnado con NEAE, sobre su participación y colaboración en la respuesta educativa.
  • Coordinarse y cooperar con otros profesionales de apoyo (AL, MAI, ILSE, auxiliar educativo, TS).
  • Asesoramiento al profesorado del centro en el desarrollo de estrategias de individualización de la respuesta educativa para la atención a la diversidad.
  • Colaborar en la elaboración y seguimiento del PAD.
  • Reflexión dentro del aula sobre la conducta inadecuada y sus consecuencias.
  • Reconocimiento de la inadecuación de la conducta, ante las personas perjudicadas.
  • Realización de actividades de aprendizaje e interiorización de pautas de conducta correctas.
  • Realización de alguna tarea relacionada con el tipo de conducta inadecuada.
  • Compromiso escrito entre el profesor o profesora y el alumno o alumna.
  • Apercibimiento verbal con posterior comunicación a la jefatura de estudios y a sus familias.
  • Apercibimiento escrito con orientaciones para la superación del conflicto. (TUTOR/A)
  • Realización de trabajos educativos, en horario no lectivo, de tareas que contribuyan a la reparación de los daños materiales causados o mejora y desarrollo de actividades del centro siempre que dichas tareas tengan relación con la conducta contraria a la convivencia. (TUTOR/A)
  • Privación del tiempo de recreo durante el período que se establezca por los centros. (TUTOR/A)

Corregidas por el profesorado que imparte docencia directa al alumnado.

Dirigida a los jóvenes con NEE. Podrán estar escolarizados hasta los 21 de años y deberá tener un nivel de autonomía personal y social que le permita acceder a un puesto de trabajo y que requiera de una adaptación.La finalidad es favorecer la inserción social, educativa y laboral, mediante el desarrollo de las competencias personales, sociales y profesionales (cualificaciones profesionales de nivel 1 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales).Asimismo, pretende que el alumnado consolide los elementos básicos de de lectura, estudio y trabajo. Prepararlos para su incorporación a estudios posteriores, su inserción laboral, el aprendizaje a lo largo de la vida y para el ejercicio de sus derechos y obligaciones cívicas.

TRIPTICO INFORMATIVO

Generalidades
  • Requiere de CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD

Auxiliar Educativo

Procedimiento para la solicitud
  • Traslado de la necesidad detectada por parte del equipo educativo, al observar en el alumnado conductas que impiden o alteren gravemente el normal desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje en el aula (agresividad, disrupción o alta necesidad de apoyo).
  • Elaboración de un informe de derivación para la USM para el establecimiento o no de un diagnóstico de Problemas de Conducta (TGC) o informe justificativo de Habilidades Adaptativas.
  • Tramitación de la solicitud por parte del equipo directivo del centro, con visado de inspección.
  • Resuelve la Dirección Territorial de educación.
  • La premeditación.
  • La reincidencia.
  • La incitación a la realización de actos contrarios a las normas de convivencia.
  • Alentar al daño, injuria u ofensa al alumnado menor, recién incorporado al centro o en situación de indefensión.
  • La concurrencia con vejación o discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, orientación e identidad sexual, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por discapacidades físicas o psíquicas, o cualquier otra condición personal o social.f) El incumplimiento de un acuerdo de mediación.g) El uso inadecuado de medios audiovisuales.h) La difusión a través de redes sociales.i) La alarma social ocasionada por las conductas con especial atención a situaciones de acoso o intimidación
AGRAVANTES
  • El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta.
  • La reparación espontánea de los daños.
  • La petición pública de excusas, estimadas como suficientes por las personas afectadas.
  • La falta de intencionalidad.
  • La colaboración para la resolución pacífica del conflicto.
  • El cumplimiento de un acuerdo de mediación por el cual la parte directamente dañada da por solucionado el conflicto.
ATENUANTES
  • La desobediencia a los miembros del equipo directivo o profesorado acompañados de actitudes, o expresiones insultantes, despectivas, desafiantes o amenazadoras.
  • Los insultos, amenazas, gestos o actitudes que así puedan interpretarse contra el alumnado o contra otros miembros de la comunidad educativa.
  • La reiterada y continuada falta de respeto al derecho al estudio de sus compañeros/as.
  • La alteración del orden en el centro, transporte escolar o actividades fuera del centro, cuando no constituyan conducta gravemente perjudicial.
  • La discriminación por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, estado civil, orientación sexual, aptitud física o psíquica, estado de salud, cultura, religión, creencia, ideología, cuando no deba considerarse conducta que perjudique gravemente la convivencia.
  • La grabación, publicidad o difusión no autorizada de imágenes de los miembros de la comunidad educativa y no constituya una conducta que perjudica gravemente la convivencia.
Graves
  • La falta injustificada de puntualidad o de asistencia.
  • Las actitudes, gestos o palabras desconsideradas.
  • Una conducta disruptiva aislada, siempre que no sea reiterativa.
Leves

La adopción de éstas medidas conllevará la apertura de un EXPEDIENTE DISCIPLINARIO.

En caso de inhabilitación la consejería de educación asignará un nuevo centro

  • Suspensión del derecho de asistencia al centro 11-20 días lectivos sin pérdida de la evaluación continua, siempre que se realicen determinados deberes o trabajos supervisado por un docente que se designe.
  • Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias fuera del centro, del derecho a utilizar el servicio de transporte escolar o el servicio de comedor, hasta la finalización del año académico.
  • Inhabilitación para cursar estudios en el centro por el tiempo que reste hasta la finalización del curso.
  • Inhabilitación definitiva para cursar estudios en el centro. En este caso, el Consejo Escolar podrá acordar la readmisión para el siguiente curso, previa petición y comprobación de un cambio positivo en su actitud.

Interviene la dirección del centro, para lo que podrá contar con la asistencia del Equipo de gestión de la convivencia o de los Equipos de mediación,

Las AC en otras etapas Art.10
  • En Bachillerato se podrán realizar adaptaciones que impliquen modificaciones del currículo ordinario, pero que no afecten a las capacidades expresadas en los objetivos imprescindibles para conseguir la titulación.
  • En Formación Profesional, las adaptaciones no supondrán la desaparición de objetivos relacionados con las competencias profesionales necesarias para el logro de la competencia general a que se hace referencia en cada uno de los títulos, art 20 del Decreto 156/1996, de 20 de junio.

CENTROS DE PILOTAJE TEA ("COAEP")

Recogidas en dicamen de escolarización, de caracter temporal y revisable periódicamente.

Escolarización del alumnado con NEE en:

MAD Excepcionales

  • Aulas Enclave (AE)
  • Centros de Educación Especial (CEE)
  • Centros de Atención Educativa Preferente (COAEP)
Funciones del AL
  • Realizar la valoración de los recursos comunicativos y lingüísticos del alumnado.
  • Intervenir en la estimulación o rehabilitación de la comunicación y del habla.
  • Propiciar, conjuntamente con el profesorado, el desarrollo comunicativo del alumnado en el aula, centro y familia, facilitando pautas organizativas y metodológicas para lograrlo.
  • Asesoramiento al profesorado sobre la planificación de objetivos, la intervención preventiva en la mejora del lenguaje oral a través de la intervención para la mejora de la competencia y segmentación lingüística, la divulgación y el uso de sistemas alternativos o aumentativos de la comunicación.

Forman parte de las enseñanzas de Formación Profesional. La superación de la totalidad de los ámbitos conducirá a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y el título de Técnico Básico en la especialidad correspondiente

TRIPTICO INFORMATIVO

Generalidades
  • Tener cumplidos 15 años, o cumplirlos durante el año en curso.
  • Haber cursado 3º de ESO o, excepcionalmente, el 2º curso.
  • Haber propuesto el equipo docente a las familias la incorporación a un ciclo FPB.

Educación NO OBLIGATORIA

  • Enseñanzas Deportivas: Requisitos de acceso y Pruebas de Acceso.
  • Artes plasticas y diseno: Requisitos de acceso y Pruebas de Acceso.

Artes y Deportes

Estructura similar a FP con equivalencias a GM y GS

Consejo escolar: órgano de funcionamiento democrático del centro educativo (equipo directivo, profesorado, familia, alumnado y personal no docente) puede promover modificaciones.

Normas de Convivencia

Públicas y aprobadas por Consejo Escolar.
  • Pautas sociales reconocidas como necesarias.
  • Incluidas en el PEC y en el Plan de Convivencia.
  • Basadas en el RESPETO, el ejercicio de derechos y cumplimiento de deberes. (incluye garantia del desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje)
  • Son de OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

Incluyen las adaptaciones del currículo que implican modificaciones en la programación de curso, ciclo, área o materia; se aplican después de que las medidas ordinarias no aporten las respuestas suficientes y adecuadas a las necesidades de los escolares, y pueden comportar adecuaciones o supresiones en los distintos elementos del currículo

MAD Extraordinarias

  • Especialista de NEAE.
  • Especialista de AL.
  • Especialista ILSE.

Artículo 13

La escolarización del alumnado con NEAE se realizará en los centros ordinarios. Cuando esto no sea posible y se justifique de forma razonada en el dictamen de escolarización realizado por los equipos de orientación educativa y psicopedagógicos, el alumnado con NEE se podrá escolarizar en los COAEP, en AE o en CEE. Esta escolarización excepcional tiene carácter temporal y será objeto de revisión periódica, de manera que el alumnado podrá ser propuesto para su reincorporación a una escolarización ordinaria cuando así lo requiera.

  • La interacción social y la comunicación.
  • Presencia de comportamientos, intereses y actividades estereotipados.
  • Las alteraciones son claramente impropias del nivel de desarrollo del sujeto.
  • Puede acompañarse de DI, sensorial, motora, TGD, problemas emocionales, pero no es causa de estos.

Orden 13 de diciembre de 2010 atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

¿Qué son los Trastorno del Espectro del Autismo (TEA)? Anexo 1.5

Se considera que un alumno/a presenta NEE por Trastorno del Espectro del Autismo (TEA) cuando presenta una perturbación grave y generalizada en (DSM-V):

  • El profesorado ha de planificar con anticipación la jornada escolar ...
  • Es conveniente facilitar la interacción social, los procesos de socialización ...
  • El alumno o la alumna trabajará preferentemente en grupos pequeños...
  • Para estos escolares es adecuado emplear un estilo de enseñanza directivo y tutorizado...
  • Para compensar los problemas que presentan con la organización del tiempo...
  • Se realizarán las adaptaciones en las pruebas escritas, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 29.8 de la Orden de 13 de diciembre de 2010...

Resolución 9 de febrero de 2011, instrucciones para la atencion del alumnado NEAE.

Criterios para la atención del alumnado que presenta TEA. Anexo 2.6

Ante la presencia de un alumno/a TEA en el aula:

PAD
  • Programas de refuerzo. (LCL MAT LNT)
  • Apoyo idiomático. (no hispano hablante)
  • Diversificación curricular. (3º y 4º ESO trabajo por ámbitos)
  • Programas para la mejora de la convivencia (PROMECO)
Orden 7 de junio de 2007

Las MAD, de carácter organizativo o curricular..., organización de las enseñanzas adecuada a las características de su alumnado...orientadas a responder a las necesidades educativas concretas y a la consecución de las competencias básicas y de los objetivos de las etapas ...se favorezca la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Orden 13 de diciembre de 2010

art 6.5 las medidas ordinarias, extraordinarias y excepcionales no serán excluyentes entre sí. Las medidas ordinarias y extraordinarias se llevarán a cabo PREFERENTEMENTE en el aula ordinaria, teniendo en cuenta los recursos disponibles en el centro.