EL PANORAMA DEL SISTEMA DE PARTIDOS ECUATORIANO
Problemática: Pese a tener la obligación de formar a su militancia y a la sociedad, las organizaciones políticas fallan en esa misión.
Las organizaciones políticas nacionales:
¿Qué dice la ley?
• Los numerales 5 y 6 del artículo 312 del Código de la Democracia señala que los partidos deben formar a sus miembros para el ejercicio de funciones públicas y contribuir en la formación ciudadana.
• Por otra parte, en el numeral 5 del artículo 331 de la misma Ley Electoral, se señala como una obligación de las organizaciones políticas sostener, como mínimo, un centro de formación política.
Falencias:
• Según Johannes Hügel, director de la oficina en Ecuador de la Fundación Konrad Adenauer, los partidos políticos carecen de formación y democracia interna.
• Santiago Pérez, docente investigador de la U. Técnica Particular de Loja (UTPL), señala que hay el riesgo latente de que menos personas quieran involucrarse en el servicio público.
Oportunidades:
• El director Hügel sostiene que, si bien no están para suplir o reemplazar a los partidos, sí pueden acompañarlos en la búsqueda de mejorar procesos. • Pérez, por su parte, destaca la necesidad de que cada vez más oenegés se sumen a la formación de políticos.
EL PANORAMA DEL SISTEMA DE PARTIDOS ECUATORIANO
granasa.udp
Created on June 8, 2024
Start designing with a free template
Discover more than 1500 professional designs like these:
View
Project Roadmap Timeline
View
Step-by-Step Timeline: How to Develop an Idea
View
Artificial Intelligence History Timeline
View
Museum Escape Room
View
Momentum: Onboarding Presentation
View
Urban Illustrated Presentation
View
3D Corporate Reporting
Explore all templates
Transcript
EL PANORAMA DEL SISTEMA DE PARTIDOS ECUATORIANO
Problemática: Pese a tener la obligación de formar a su militancia y a la sociedad, las organizaciones políticas fallan en esa misión.
Las organizaciones políticas nacionales:
¿Qué dice la ley?
• Los numerales 5 y 6 del artículo 312 del Código de la Democracia señala que los partidos deben formar a sus miembros para el ejercicio de funciones públicas y contribuir en la formación ciudadana. • Por otra parte, en el numeral 5 del artículo 331 de la misma Ley Electoral, se señala como una obligación de las organizaciones políticas sostener, como mínimo, un centro de formación política.
Falencias:
• Según Johannes Hügel, director de la oficina en Ecuador de la Fundación Konrad Adenauer, los partidos políticos carecen de formación y democracia interna. • Santiago Pérez, docente investigador de la U. Técnica Particular de Loja (UTPL), señala que hay el riesgo latente de que menos personas quieran involucrarse en el servicio público.
Oportunidades:
• El director Hügel sostiene que, si bien no están para suplir o reemplazar a los partidos, sí pueden acompañarlos en la búsqueda de mejorar procesos. • Pérez, por su parte, destaca la necesidad de que cada vez más oenegés se sumen a la formación de políticos.