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Alcaldesa

Jacqueline Romero Inzunza

Organigrama Municipalidad de Pitrufquén

Consejo Municipal

Estructura Orgánica de Transparencia y protección de datos

Más Info

COSOC

Consejo de Seguridad Pública

COGRID

Juzgado de Policía Local

Comité TécnicoAdministrativo

Administrador Municipal

Secretaría Municipal

OIRS

Oficina de Registro Organizaciones Comunitarias

Oficina de Informática

Oficina TransparenciaPasiva

Oficina TransparenciaActiva y Lobby

Dirección de Desarrollo Comunitario

Departamento Social

Departamento de Programas sociales

Departamento de Deportes

Departamento de Desarrollo Económico Local

Departamento de Cultura y Turismo

Departamento de Asuntos Indigenas, de Jóvenes, de adulto mayor

Departamento de la Mujer

Dirección de Control Interno

Oficina Administrativa

Oficina Auditoría Interna

Departamento Tesorería

Departamento de Rentas y Patentes

Departamento de Contabilidad y Presupuesto

Departamento Adquisiciones

Departamento Inventario

Dirección Administración, Finanzas y Personal

Departamento Recursos Humanos

Departamento Vial y servicios Generales

DepartamentoMedio Ambiente, Aseo y Ornato

Departamento de Transito y Transporte Público

Oficina de Cementerio

Dirección de Obras Municipales

Oficina de Alumbrado Público

Oficina de Áridos

Dirección de Seguridad Pública

Oficina Inspección

Oficina Acción Comunitarias

Dirección de Asesoría Jurídica

Oficina Sumarios

Oficina Juicios

Oficina Evaluación y Formularios de Proyectos

Oficina Planificación y Presupuesto

Oficina Licitaciones y Adjudicaciones

Oficina Asesoría y Urbanismo

Oficina Recepción de Fondos Públicos

Secretaria Comunal de Planificación

Oficina Servicios Sanitarios Rurales

Oficina Electrificación Rural

Dirección de Riesgos y de Desastres

Oficina Déficit Hídrico

Oficina de Prevención de Riesgos

Servicios Traspasados

Oficina Sumarios

DAEM

Salud

Estafeta

REGLAMENTOCOORDINADO DE LAORGANIZACIÓNINTERNA Y DEFUNCIONES DE LAMUNICIPALIDAD DEPITRUFQUÉN

DEPARTAMENTO DE TRANSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO:

Tendrá por objetivo prestar un servicio completo y eficiente a la comunidad en el otorgamiento de licencias de conducir, permisos de circulación y en la mantención adecuada de las señalizaciones del tránsito vigente en la Comuna. En general aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte públicos en la Comuna. Al Departamento de Tránsito, le corresponden las siguientes funciones generales: Licencias de Conducir: a) Otorgar, renovar, suspender y caducar licencias para conducir vehículos. b) Otorgar duplicados de licencias e informar de estos antecedentes al Registro Nacional de Conductores. c) Informar del otogamiento de licencias a los niveles que corresponde.Permisos de Circulación: a) Confeccionar el permiso de circulación y sus duplicados cuando corresponda. b) Remitir informes que soliciten los tribunales de justicia y otras autoridades.c)Mantener actualizado el archivo y registro de permisos de circulación.-Entre Otras.

Consejo de la Sociedad Civil

Es un mecanismo de carácter consultivo no vinculante, conformado por organizaciones sin fines de lucro cuya finalidad es emitir opiniones y plantear inquietudes para que sean tomadas en cuenta en la toma de decisión respecto de los temas de competencia institucional. En SUBREI el Consejo se conformó el 17 de junio 2020 acorde con la normativa interna que regula su funcionamiento, la cual define entre otros, una estructura para su organización. Así, el Consejo contempla tanto a un Presidente y Vicepresidente, ambos designados por los propios integrantes del Consejo, como también a un Coordinador Institucional y Secretario de Actas que son parte de SUBREI. El Consejo debe sesionar al menos cinco veces al año y mantener públicas en el sitio web institucional, sus actas y listado de integrantes. Una vez conformado el Consejo y de existir cupos disponibles, SUBREI abrirá un espacio para que las organizaciones presenten sus postulaciones, las cuales deberán ser evaluadas por los integrantes del Consejo y efectuar la respectiva votación que aprueba o rechaza su incorporación. El Consejo estará integrado por un mínimo de seis (6) organizaciones y un máximo de veintiséis (26) de conformidad con la norma interna que regula su funcionamiento. (Resolución Exenta N° J-81 que aumenta los cupos para integrar el Consejo de la Sociedad Civil de SUBREI.)

Consejo Comunal

Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social.

Al funcionario a cargo de la oficina de Transparencia Activa y Administrador de plataforma Lobby, les corresponden las siguientes funciones generales:

a) Coordinar la labor de Transparencia Activa en la municipalidad, velando porque el proceso se cumpla en los tiempos, formas y calidad de la información requerida por la Ley N° 20.730. b) Recopilar la información de las distintas unidades y agruparlas en función de las categorías que establece la Ley N° 20.730. c) Entregar la información al funcionario encargado de publicarla, para ser incorporada al portal municipal, y supervisar que se publique en los plazos establecidos. d) Registrar, actualizar o modificar la información de sujetos pasivos registrados. e) Crear usuarios internos, por ejemplo: Auditores, digitadores o comisiones. f) Corregir registros, solicitudes, audiencias, viajes, donativos, inscripciones previas y otros, en el caso de ser necesario. g) Acceder al historial de cambios de la plataforma y gestionar reportes.

Al funcionario de Oficina Información, Reclamos y Sugerencias, le corresponden las siguientes funciones generales:

a) Ingreso de correspondencia llegada al municipio desde las distintas reparticiones internas y de particulares. b) Ingreso de correspondencia del municipio. c) Retiro de forma diaria de la correspondencia llegada a Correos de Chile, a la casilla con que cuenta el municipio. d) Despacho de toda la correspondencia municipal que se va a través de correos de Chile. e) Ingreso y distribución de facturas, boletas de consumos básicos, agua, luz, teléfonos, internet, cámaras de seguridad. f) Asignación de numeración, timbraje y distribución de toda la documentación de llega al municipio y que ingresa por oficina de partes, oficios, cometidos, decretos de pagos, otros.g) Mantener la documentación archivada, al día y ordenada, para una fácil ubicación. h) Asignación de numeración a todos los oficios que emite la municipalidad a través de la municipalidad. i) Agilizar la firma y tramitación de la documentación del municipio. j) Mantener actualizado, tanto el sistema digital de ingresos y salidas, como los cuadernos y libros de registros manuales. k) En situaciones de reemplazo, asignar numeración a decretos alcaldicios afectos de todo el municipio y exentos solo del área municipal.

Departamento Tesorería Municipal:

Su finalidad es procurar la máxima eficiencia en la generación de los ingresos o rentas reguladas por las disposiciones de la Ley de rentas Municipales, la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y las contenidas en Leyes Especiales., así como proporcionar una atención ágil y eficiente a los Contribuyentes. a) Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales relacionados con patentes, derechos de publicidad, derechos por ocupación de kioscos en espacios públicos, y otros establecidos en la normativa vigente sobre la materia y en las ordenanzas locales. b) Mantener los roles actuaüzados de las actividades primarias, secundarias y terciarias, avisos de publicidad y comercio en la vía pública. c) informar y tramitar las solicitudes de autorización de funcionamiento para el ejercicio de actividades primarias, secundarias y terciarias, exentas, de publicidad y propaganda y comercio en la vía pública. -Entre Otras.

OFICINA DE CEMENTERIO:

A la oficina del Cementerio, le corresponderá mantener los registros registros actualizados de cada cementerio municipal: Al funcionario a cargo del departamento de Cementerio, le corresponden las siguientes funciones generales: a) Otorgar los pases de sepultación, ventas y arriendo de terrenos. b) Llevar registros actualizados de todas las defunciones, traslados, exhumaciones y otros que se produzcan en los cementerios a cargo del Municipio. c) Coordinar con el pantconero las acciones tendientes a efectuar las sepultaciones. -Entre Otras.

DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES:

La Dirección de Obras Municipales tiene por principal objetivo velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador Comunal, de las ordenanzas correspondientes, y de las leyes que regulen las construcciones y las obras de urbanización que se ejecuten en el territorio comunal.Para cumplir su objetivo, la Dirección de Obras tiene las siguientes funciones generales:Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas: Dar aprobación a las fusiones, subdivisiones y modificaciones de deslindes de predios en las áreas urbanas, de extensión urbana o rural en caso de aplicación del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; Dar aprobación a los anteproyectos y proyectos de obras de urbanización y edificación y otorgar los permisos correspondientes, previa verificación de que éstos cumplen con los aspectos a revisar de acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción, y Recibirse de las obras y autorizar su uso, previa verificación de que éstas cumplen con los aspectos a revisar de acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcciones. -Entre Otras.

Es la máxima autoridad de la Municipalidad y en tal calidad le corresponderá su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento. En la condición antedicha, la Alcaldesa deberá presentar, oportunamente y en forma fundada, a la aprobación del concejo, el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal, el plan regulador, las políticas de la unidad de servicios de salud y educación y demás incorporados a su gestión, y las políticas y normas generales sobre licitaciones, adquisiciones, concesiones y permisos. La Alcaldesa tendrá las siguientes atribuciones: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad; b) Proponer al concejo la organización interna de la municipalidad; c) Nombrar y remover a los funcionarios de su dependencia de acuerdo con las normas estatutarias que los rijan; d) Velar por la observancia del principio de la probidad administrativa dentro del municipio y aplicar medidas disciplinarias al personal de su dependencia, en conformidad con las normas estatutarias que lo rijan; e) Administrar los recursos financieros de la municipalidad, de acuerdo con las normas sobre administración financiera del Estado; f) Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna que correspondan en conformidad a esta ley; -Entre otras.

Alcaldesa

ARTICULO 10°: A la administración Municipal, le corresponden las siguientes funciones generales:

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL:

La Administración Municipal estará a cargo del Administrador municipal, que tiene como finalidad colaborar directamente con el alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente del municipio y en la elaboración y seguimiento del plan anual de acción municipal. Debe ejercer las atribuciones que le delegue el alcalde considerando la naturaleza de su cargo, y que señale el presente reglamento municipal. La persona designada en el cargo de administrador municipal tendrá la calidad de funcionario de confianza del alcalde y del concejo.

a) Ejercer las atribuciones que le delegue el alcalde y el Concejo, en conformidad con la Ley.b) Velar para que las direcciones y jefaturas den cumplimiento a instrucciones u órdenes del alcalde.c) Adoptar las medidas suficientes para el cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos municipales, que se relacionen con la gestión interna del Municipio.d) Planificar y ejecutar las tareas de coordinación de todas las unidades municipales, de acuerdo con las instrucciones del alcalde.

Al funcionario que realiza labores de estafeta, le corresponden las siguientes fruiciones generales:

a) Los lunes, miércoles y viernes de cada semana viajes a la ciudad de Temuco, en bus de recorrido. Antes de salir, recorrido por las distintas dependencias de la municipalidad, incluido los departamentos de salud y educación para el retiro de correspondencia para llevar a Temuco, los que son entregados en las reparticiones, oficinas de los servicios públicos respectivos. En Temuco, depósitos bancarios, pago de facturas, pago de cotizaciones previsionales, entrega y retiro de licencias médicas, además, de cotizaciones de productos varios, en locales comerciales.b) Los martes y jueves de cada semana, se realizan trabajos internos que consisten en entregar correspondencia en los distintos departamentos municipales en apoyo en oficina de partes.

Oficina de Adjudicaciones y Licitaciones

Al funcionario a cargo de la oficina de Adjudicaciones y Licitaciones, le corresponderán las siguientes funciones generales:a) Verificar las bases generales y específicas, según corresponda, para los llamados a licitación.b) Formular la programación anual de las licitaciones y otras que corresponda a la dirección. c) Verificar la actualización del plan anual de compras de alta complejidad. d) Revisar y coordinar los aspectos técnicos, económicos y administrativos proporcionados por las unidades municipales de los proyectos. e) Gestionar los aspectos técnicos, económicos y administrativos proporcionados por las unidades municipales para las adjudicaciones, estudios y proyectos, previo informe de la unidad técnica competente. -Entre otras.

Departamento Adquisiciones:

Su finalidad es ejecutar los programas referentes a adquisiciones, stocks de bienes y servicios, procurar el abastecimiento de las distintas unidades del Municipio y del sistema de distribución y transporte y verificar que toda adquisición tenga la documentación de respaldo.a) Adquirir, distribuir y mantener bienes necesarios para el funcionamiento de la Municipalidad. b) Administrar el sistema de compras públicas a través de Administrar el proceso de licitaciones públicas y privadas. c) Efectuar las Adquisiciones a través del Sistema de Compras Públicas www.mercadopublico.cl. salvo excepciones debidamente establecidas por la normativa vigente.-Entre Otras.

Departamento Social:

Al Departamento Social le corresponden las siguientes funciones generales, tendientes a dar solución focalizada a problemas socio-económicos, que afectan a los habitantes de la comuna, procurando entregar las condiciones necesarias que le permitan acceder a una mejor calidad de vida:a) Elaborar diagnósticos que permitan identificar los problemas sociales y los sectores de la comunidad afectada, manteniendo registros actualizados de la realidad comunal. b) Definir los distintos niveles socio-económicos de la población que requiere asistencia social. c) Procurar la satisfacción de las necesidades básicas de la población en situación de extrema pobreza de la comuna, conjuntamente con otras unidades de la Municipalidad.d) Hacer efectiva, la entrega de los distintos beneficios contemplados en los programas tanto municipales como de gobierno y llevar a efecto, actividades de asistencia social, orientando a los necesitados e informándoles sobre los servicios que existen para su atención. e) Atender y auxiliar transitoriamente situaciones de necesidad manifiesta que afecten a personas o familias de la comuna, organizando y coordinando, con la colaboración de las autoridades correspondientes, las labores de socorro y auxilio que sean necesarias. f) Coordinar el desarrollo de acciones sociales conjuntas con otras instituciones públicas, del voluntariado o privadas, en beneficio de la comunidad.

DIRECCIÓN UNIDAD DE RIESGO Y DE DESASTRES

Su objetivo es planificar, organizar y coordinar los recursos municipales en materias de prevención, mitigación, preparación, respuesta y rehabilitación referidas a emergencias, desastres y catástrofes en conformidad con los lincamientos estratégicos establecidos para tal efecto. La persona designada como titular de la Dirección de Riesgo y de Desastres tendrá la calidad de funcionario de exclusiva confianza del alcalde. Para el complimiento del objetivo, le corresponden las siguientes funciones generales: a) Prestar apoyo al alcalde en todas las materias referentes al Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres. b) Elaborar el Plan Comunal para la Reducción del Riesgo de Desastres y el Plan Comunal de Emergencia, en conformidad con lo dispuesto en la ley que establece el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres y su reglamento. c) Confeccionar los informes en aquellas materias de su competencia. -Entre otras.

Oficina de Recepción de Fondos Públicos

Al funcionario a cargo de la oficina de Recepción de Fondos Públicos, le corresponderán las siguientes funciones generales:a) Registro de organizaciones comunitarias en la página de Fondo de Receptores Públicos, bajo la ley N°19.862. b) Actualización de nuevas directivas en el registro de receptores públicos.

Departamento de Programas Sociales:

Al Departamento de Programas Sociales, le corresponden las siguientes funciones generales:a) Desarrollar y ejecutar programas de atención integral a grupos vulnerables. b) Garantizar la efectividad y eficiencia de la acción focalizada en grupos vulnerables, en coordinación con otras unidades municipales, para potenciar el impacto de las actividades ejecutadas. c) Proponer el presupuesto necesario, para dar cumplimiento a los programas de las actividades anuales. d) Identificar los grupos vulnerables y de escasos recursos existentes en la comuna. e) Estructurar y ejecutar programas de intervención, cuyo objetivo sea abordar problemas específicos, en un marco de integración de los esfuerzos municipales en zonas geográficas determinadas o de intervención de la problemática desde las distintas causas que la generan. f) Confeccionar, indicadores de gestión para la evacuación periódica, del impacto de los programas llevados efecto.

OFICINA DE ALUMBRADO PÚBLICO:

Departamento de Alumbrado Público es el encargado de ejecutar la mantención y conservación del Alumbrado Público de calles, plazas, áreas verdes y otros bienes municipales. Al funcionario a cargo del departamento de Alumbrado Público, le corresponden las siguientes funciones generales: a) Mantener un catastro actualizado de las necesidades de equipos para su adquisición. b) Colaborar con SECPLAN para el llamado a propuesta publica en lo concerniente a mantención y reposición del alumbrado público. c) Controlar técnicamente a las empresas privadas dedicadas a la mantención del alumbrado público cuando corresponda. -Entre Otras.

Comité Técnico Administrativo (C.T.A.)

Para el adecuado cumplimiento de las funciones de coordinación, existirá una instancia administrativa interna asesora del alcalde, formada por los directores y jefes de Departamento de la Municipalidad, la que se constituirá en forma de Comité. Su objetivo básico es optimizar la gestión interna del municipio, para lo cual deberá cumplir a lo menos las siguientes funciones: a) Conocer y analizar el cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo comunal. b) Proponer estrategias operativas necesarias para el adecuado cumplimiento de los planes y programas municipales. c) Ordenar y evaluar los procedimientos administrativos internos de la municipalidad, en cuanto se involucren dos o más unidades proponiendo las modificaciones que sean necesarias para lograr el mejor aprovechamiento de los recursos y el tiempo. d) Pronunciarse sobre cualquier materia que el alcalde y/o el Concejo Municipal solicite relacionada con la gestión administrativa interna, tales como: Adquisición de bienes y/o servicios, comportamiento real del presupuesto municipal, en especial lo referente a ingresos y egresos de la organización Interna y otros que defina la autoridad.

Dirección de Control Interno:

La Dirección de Control Interno debe apoyar la labor del Municipio, propendiendo siempre a desarrollar la mayor eficacia administrativa interna de la Municipalidad, para ello tendrá como objetivo controlar todas las unidades municipales, y deberá someterse técnicamente a las instrucciones de la Contraloría General de la República.A la Dirección encargada del Control Interno, le corresponderán las siguientes funciones generales:a) Realizar la auditoria operativa interna de la municipalidad, con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación. b) Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal. c) Representar al alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de ello al concejo, para cuyo objeto tendrá acceso a toda información disponible. Dicha representación deberá efectuarse dentro de los diez días siguientes a aquel en que la unidad de control haya tomado conocimiento de los actos. Si el alcalde no tomara medidas administrativas con el objeto de emendar el acto representado, la unidad de control deberá remitir dicha información a la Contraloría General de la República. -Entre Otras.

Departamento Inventario:

Su objetivo es la administración de los bienes muebles e inmuebles, y de los materiales de consumo corriente, necesarios para el adecuado funcionamiento institucional.a) Determinar la condición de inventariable de los bienes, según las normas en uso. b) Mantener actualizados los registros administrativos de bienes de la municipalidad, y los Inventarios valorados por los mismos. c) Preparar las instrucciones y materiales necesarios para la toma de inventarios. d) Mantener permanentemente actualizados los registros del inventario general de la Municipalidad, desglosado por dependencias. e) Efectuar controles periódicos de los bienes asignados a las distintas unidades municipales. -Entre Otras.

SECRETARÍA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN

Tendrá como objetivo asesorar al alcalde y el concejo, en materias de estudios y evaluación, propias de las competencias de ambos órganos municipales. En este contexto, le corresponde el desarrollo y gestión de proyectos de inversión en beneficio de la comuna. La persona designada como titular de la Secretaria Comunal de Planificacición tendrá la calidad de funcionario de exclusiva confianza del alcalde.Para el complimiento del objetivo, le corresponden las siguientes funciones generales: a) Servir de secretaría técnica permanente del alcalde y del concejo en la formulación de la estrategia municipal, como asimismo de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna. b) Asesorar al alcalde en la elaboración de los proyectos de plan comunal de desarrollo y de presupuesto municipal. c) Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el presupuesto municipal, e informar sobre estas materias al concejo, a lo menos semestralmente. -Entre Otras.

Oficina Administrativa:

a) Mantener un eficiente manejo de la información al interior y exterior del departamento, transformándose en una eficiente y efectiva plataforma de apoyo Técnica-Administrativa por la gestión eficiente de datos y canales de información de la unidad. b) Recepcionar y registrar toda documentación y correspondencia dirigida a la Dirección. c) Mantener archivos clasificados y actualizados de la documentación recibida y despachada. d) Revisar bases administrativas y términos de referencia de compras y/o contrataciones de la municipalidade) Colaborar en la ejecución de arqueos, tanto a cajas recaudadoras como a fondos fijos.f) Atender a contribuyentes y/o clientes internos orientandolos y dando respuesta inquitudes planteadasg) Elaborar, proponer e informar de las tareas anuales, asociadas a dar cumplimiento oportunamente con el programa de mejoramiento de Gestión institucional y colectivo. h) Conocer las materias relativas a todas las plataformas del departamento, a modo de apoyar a estas, cuando se requiera, vg. Personal - Permisos - Feriados - Asignaciones familiares, etc. i) Apoyo en revisión de comprobantes de egresos del área municipal y servicios incorporados de salud y educación, iguales o superiores a 10 UTM. j) Otras Tareas Encomendadas por el Sr. Alcalde o el director.

OFICINA DE ARIDOS:

Tendrá por objetivo controlar, vigilar y fijar los procedimientos generales para la extracción de áridos ya sea de Bienes Nacionales de Uso Público y/o pozos lastreros en propiedad particular, en virtud de lo indicado en la Ordenanza de Extracción de Áridos, debidamente aprobados por la municipalidad. El funcionario a cargo de la oficina de Áridos, le corresponden las siguientes funciones generales: a) Preparar los informes para que el alcalde otorgue permisos municipales para la extracción de áridos de los cauces de los ríos, esteros y/o pozos lastreros, previa autorización del alcalde. b) Mantener contacto con la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas o institución que la supla en sus funciones, cuyo objeto es revisar los antecedentes técnicos para la extracción de áridos. c) Controlar y vigilar las prohibiciones señaladas en la ordenanza de áridos, respecto a la extracción en lugares no habilitados, zonas de protección ambiental. -Entre Otras.

DEPARTAMENTO VIAL Y SERVICIOS GENERALES.

Tendrá por objetivo realizar todas las actividades para la seguridad y mantención de los bienes municipales, además, coordinar y dar solución a los requerimientos de la comunidad en cuanto a caminos y entradas a predios particulares u otros que la unidad crea pertinente de acuerdo a la legislación vigente. Además, de coordinar, controlar y vigilar el correcto uso de los vehículos dependientes de la unidad.Al funcionario a cargo del Departamento Vial y Servicios Generales, le corresponden las siguientes funciones generales:a) Supervisar y controlar que se mantenga en buen estado las maquinas en uso en la Municipalidad (taller y oficina). b) Coordinar la resolución y solución de requerimientos de la comunidad en cuanto a caminos y entrada a previos particulares. c) Elaborar informes al Concejo Municipal respecto a los trabajos desarrollados en los distintos caminos de la comuna. -Entre Otras.

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE EDUCACIÓN MUNICIPAL

Esta Dirección cumplirá las siguientes funciones: a) Asesorar al alcalde, para la toma de decisión en la educación municipal de la Comuna. b) Velar por el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias, que regulan el funcionamiento de los establecimientos escolares subvencionados.c) Impartir a las Unidades Educativas las normas directrices y de control que permitan un adecuado funcionamiento.d) Orientar e incentivar el mejoramiento de la calidad y equidad de la educación del sistema en su conjunto. e) Velar por ofrecer a los educandos una infraestructura adecuada, preocuparse de su mantención y realizar las acciones requeridas para lograr su mejoramiento.f) Representar a los establecimientos educacionales ante el Ministerio de Educación. g) Se deja constancia que el DAEM cuenta con su propio reglamento interno y con su organigrama.

Oficina de Planificación y Presupuesto

Al funcionario a cargo de la oficina de Planificación y Presupuesto, le corresponderán las siguientes funciones generales:a) Elaborar, estudiar, diseñar y evaluar el Plan de Desarrollo Comunal, en coordinación con las Direcciones Municipales, Corporacionesotras organizaciones, actualizando su estructura y contenido, efectuando las modificaciones que correspondan. b) Formular la estrategia municipal, como asimismo las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la Comuna. c) Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la Comuna, con énfasis en los aspectos económicos, sociales y territoriales. -Entre otras.

Oficina de Déficit Hídrico

Al funcionario a cargo de la oficina de Déficit Hídrico, le corresponderán las siguientes funciones generales: a) Monitoreo y gestión de camiones aljibes. b) Entrega de planillas diarias a los camiones contratados por Delegación Presidencial, para ello, se deben realizar y actualizar las rutas constantemente. c) Asesoría y solicitud de estanques de almacenamiento de agua. d) Realizar fichas básicas de emergencia hídrica, para la renovación y actualización de familias. e) Coordinar con instituciones gubernamentales que tienen incidencia en la entrega de agua bajo estado de emergencia. f) Establecer convenios de apoyo y colaboración con otras instituciones públicas o privadas. -Entre otras.

Departamento de Desarrollo Económico Local:

El Departamento de Desarrollo Económico Local, le corresponden las siguientes funciones generales:a) Apoyar iniciativas de fomento productivo urbanas y rurales, facilitando la gestión y administración de ellas mediante la asesoría técnica en la formulación y presentación de proyectos, como una forma de estimular la inversión y la generación de empleo en la comuna.b) Coordinar programas de la unidad de Desarrollo Económico Local, con una visión integral e integradora, diseñando una propuesta coordinada de acción comunal. c) Diseñar un plan de desarrollo a corto mediano y largo plazo con el fin de obtener en el más breve plazo oportunidades de negocio claramente definidas para cada rubro. d) Ejecutar programa de fomento productivo en la comuna de Pitrufquén, de acuerdo con una estrategia que deberá diseñar y presentar considerando el accionar del INDAP. -Entre Otras.

Departamento de Deportes:

Al Departamento de Deportes, le corresponden las siguientes funciones generales: a) Desarrollar acciones que propendan a obtener por medio del deporte y recreación, una vida plena, para los habitantes de la comuna de Pitrufquén, a través de los diversos talleres y actividades deportivas. b) Promover y coordinar en la comuna o con otros organismos públicos y/o privados el desarrollo de actividades deportivas y/o recreativas. c) Incentivar la práctica y promoción de las actividades físico/deportivas en la comuna. d) Gestionar y apoyar a las organizaciones deportivas de la comuna. e) Realizar postulaciones a fondos concursables deportivos. f) Administrar los recintos deportivos municipales. g) Coordinación de los talleres deportivos municipales y los gestionados a través de proyectos.

Oficina de Electrificación Rural

Al funcionario a cargo de la oficina de Electrificación Rural, le corresponderán las siguientes funciones generales: a) Coordinar, gestionar, y elaborar las iniciativas de proyectos eléctricos rurales que requiera la comunidad organizada. b) Participar en reuniones con dirigentes, alcalde, y funcionarios del nivel regional en materia de proyectos eléctricos. c) Seguimiento de iniciativas presentadas para subsanar observaciones.d) Participar en capacitaciones y reuniones de coordinación con otras unidades del municipio. e) Informar a la comunidad de las actividades que se realizan en la Unidad. f) Mantener actualizado el catastro de los sectores rurales que no cuentan con energía eléctrica. -Entre otras.

Al funcionario a cargo de la oficina de Transparencia Pasiva, le corresponden las siguientes funciones:

a) Requerir a los diferentes departamentos y unidades los contenidos de las solicitudes ingresadas a través del portal de transparencia pasiva. b) Subir las respuestas correspondientes al Portal de Transparencia, según se estipula en la Ley N° 20.730. c) Registrar decretos alcaldicios afectos Municipales, Salud y Educación, y decretos alcaldicios exentos. d) Ante eventuales ausencias, reemplazar las labores de los y las funcionarias de oficina de partes e informaciones. e) Apoyar en la organización de actividades, como en el Protocolo de Relaciones Públicas.

Comité Comunal para la Gestión del Riesgo de Desastres

El 07 de agosto de 2021 se publica la ley 21.364 establece el sistema nacional de prevención y respuesta ante desastres, sustituye la oficina nacional de emergencia por el servicio nacional de prevención y respuesta ante desastres, y adecúa normas que indica. Se establece en el “Artículo 8.- DEL COMITÉ COMUNAL. Habrá un Comité Comunal para la Gestión del Riesgo de Desastres (COGRID), en adelante el “Comité Comunal”, que estará integrado por las siguientes autoridades: a) El alcalde, quien lo presidirá. b) El jefe de la Unidad de Gestión del Riesgo de Desastres de la comuna. c) El jefe de la comisaría de Carabineros de Chile de la comuna. d) El superintendente del Cuerpo de Bomberos de la comuna.

Oficina de Auditoría:

a) Efectuar apoyo en la Auditoria Operativa interna del municipio y servicios incorporados en base al programa de auditoríab) Efectuar trabajos específicos de auditoria o fiscalización requerimiento del alcalde o director de control.c) Apoyar en el control presupuestario y financiero de los ingresos y gastos institucionales, mediante el informe trimestrald) Emitir informes de cada trabajo efectuado remitiéndolo al jefe del Departamento para su revisión. e) Apoyar en trabajos específicos al director de la Unidad. f) Llevar y mantener archivos actualizados y clasificados de informes, documentos, papeles de trabajo, etc. g) Colaborar con el director y la secretaria, en la transcripción de oficios elaborados por el director. Revisar bases administrativas y términos de referencia de compras y/o contrataciones de la municipalidad.-Entre Otras.

Oficina de Asesoría y Urbanismo

Al funcionario a cargo de la oficina de Asesoría y Urbanismo, le corresponderán las siguientes funciones generales: a) Proponer la planificación y regulación urbana comunal y sus respectivas modificaciones. b) Mantener relación con todos aquellos organismos públicos y privados en materias de urbanismo y ordenamiento territorial. c) Informar técnicamente al alcalde, las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal. d) Gestionar el Plan de Inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público. e) Revisar y gestionar las ordenanzas municipales de aspectos que dicen relación con ordenamiento del bien nacional de uso público. f) Proponer planes y lincamientos para el desarrollo de proyectos de obras, mobiliario urbano y equipamientos en espacios públicos, en coherencia con el Plan Regulador Comunal y otros instrumentos pertinentes. -Entre Otras.

Departamento de Cultura y Turismo:

Al Departamento de Cultura y Turismo, le corresponden las siguientes funciones generales: a) Procurar a través de la cultura y el turismo, el desarrollo intelectual y cultural de las personas, integrando a la comunidad en este proceso. b) Confeccionar el presupuesto necesario para dar cumplimiento a los programas y actividades anuales. c) Llevar el control e inventario de los implementos de la biblioteca.d) Llevar el registro actualizado de las agrupaciones turísticas y las organizaciones culturales de la comuna.e) Programar, coordinar, supervisar y evaluar la realización de actividades culturales y turísticas. f) Proveer de asesorías turísticas y culturales a las distintas agrupaciones de esta índole. g) Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con la promoción de la cultura y el turismo. h) Coordinar la labor municipal con organismos públicos y privados, en especial con universidades, corporaciones culturales y artísticas de la comuna y de la región, con fondos de desarrollo nacional y regional. i) Realizar convenios con entes públicos, universidades y otros, de acuerdo a los fines del departamento y de la municipalidad. j) Administrar las bibliotecas y recintos turísticos, de propiedad de la Municipalidad.

DIRECCION DE SALUD MUNICIPAL

Esta Dirección tiene como finalidad velar por la Salud Publica de los habitantes del sector rural, en el ámbito de la atención primaria, cuya función primordial es la de maximizar la accesibilidad de la población al sistema, para lo cual cumplirá las siguientes funciones: a) Asesorar al alcalde en materias relacionadas con la Salud Publica. b) Ejecutar acciones de fomento y protección orientadas a optimizar la entrega de prestaciones a los habitantes que concurren a las Postas y Estaciones Médicos Rurales de la Comuna. c) Realizar acciones de coordinación y orientación que permitan prevenir situaciones que afecten la salud de la población, en conjunto con otras Unidades Municipales y entidades externas afines. d) Prestar atención profesional eñ general, solucionando las situaciones de morbilidad de mayor frecuencia y menor complejidad. -Entre otras.

Departamento Recursos Humanos:

Su finalidad es conocer y mantener actualizada toda la legislación orgánica y de jurisprudencia administrativa relativa al manejo del personal: a) Conocer y mantener actualizada toda la legislación orgánica y de jurisprudencia administrativa relativa al manejo de personal. b) Proponer las políticas generales de Administración de Personal. c) Instruir a las distintas unidades municipales sobre las materias técnicas de personal para su ejercicio. d) Disponer en forma oportuna y eficiente los recursos humanos vitales para el desarrollo de las tareas municipales. e) Ejecutar y tramitar los derechos y obligaciones de carácter administrativo que corresponde a los funcionarios municipales de acuerdo a las normas vigentes. -Entre Otras.

La Dirección de Desarrollo comunitario tiene por finalidad fomentar y fortalecer la mejor calidad de vida de la población, en especial los sectores sociales más vulnerables.La persona designada como titular de la Dirección de Desarrollo Comunitario tendrá la calidad de funcionario de exclusiva confianza del alcalde. La Dirección de Desarrollo Comunitario, le corresponderán las siguientes funciones generales:

DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIA:

a) Asesorar al alcalde, y también, al concejo en la promoción del desarrollo comunitario. b) Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el municipio.c) Proponer y ejecutar, dentro de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con salud d) Proponer y ejecutar, dentro de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con salud pública, protección del medio ambiente, educación y cultura, capacitación laboral, deporte y recreación, promoción del empleo, fomento productivo local y turismo. d) Desarrollar e implementar sistemas de información que permitan visualizar las necesidades y requerimientos de la comunidad, permitiendo con ello, la focalización de la acción local.

Al funcionario a cargo de la oficina de Informática, le corresponden las siguientes funciones generales:

a) Mantener operativas las distintas plataformas y sistemas computacionales de la municipalidad. b) Realizar el soporte de la plataforma SIFIM. c) Elaborar los informes de emisión de permisos de circulación requeridos mensualmente por la PDI. d) Realizar la mantención de la plataforma de pagos Online. e) Efectuar mantención a las estaciones de trabajo, por ejemplo, revisar periódicamente la operatividad de todos los computadores del municipio, administrar los correos institucionales, entre otras.f) Confeccionar el software que son solicitados por los departamentos del municipio para su funcionamiento. g) Controlar y supervisar de forma permanente los telecentros ubicados en el centro cultural municipal. h) Asesorar técnicamente en el área a las distintas unidades del municipio. i) Capacitar al personal de la municipalidad en lo que concierne a las nuevas técnicas y procedimientos en el área de la computación. j) Mantener y controlar los insumos necesarios para el funcionamiento del sistema. k) Supervisar y administrar las redes de datos y telecomunicaciones. l) Asumir cualquier otra labor que la ley, el alcalde le encomiende relacionada con su función.

ARTICULO 13°: El Juzgado de Policía Local es una unidad que depende administrativamente de la municipalidad y técnica y disciplinariamente de la Ley N°15.231

JUZGADO POLICIA LOCAL:

Cabe señalar que el cargo de Juez de Policía Local es incompatible con cualquier otro de la Municipalidad donde desempeña sus funciones y con el de Juez de otra comuna.

ARTICULO 14°: El Juzgado de Policía Local debe conocer de los siguientes asuntos:

a) De las infracciones a los preceptos que reglamentan el tránsito y transporte público.b) De las infracciones a las ordenanzas, reglamentos y decretos alcaldicios.c) Las infracciones a las leyes especiales tales como: la Ley N° 11.704, sobre rentas municipales; el Decreto N° 458, sobre ley General de Urbanismo y Construcciones, y sus respectivas ordenanzas, y las demás leyes que señala el artículo 13, letra c) de la Ley N° 15.231.d) Otras que le encomiende la ley.

ARTICULO 15°: El Juzgado de Policía Local estará conformado por las siguientes oficinas:

  • Secretario Abogado
  • Administrativo

Oficina Evaluación y Formulación de Proyectos

Al funcionario a cargo de la oficina de Evaluación y Formulación de proyectos, le corresponderán las siguientes funciones generales: a) Proponer la Estrategia Municipal. b) Administrar, gestionar y controlar, todos los indicadores de gestión que guardan relación con la Estrategia Municipal. c) Gestionar la postulación a recursos externos y tramitar su aprobación. d) Presentar la Cuenta Pública Anual en coordinación con las Direcciones, Corporaciones y demás instancias municipales para la entrega de información. e) Presentar la propuesta del Presupuesto Municipal. f) Revisar la información contable y financiera del Municipio y proponer las modificaciones al presupuesto. g) Controlar la ejecución del presupuesto, gestionando los ajustes necesarios. h) Informar el comportamiento del presupuesto y de los proyectos de inversión a las autoridades.

Dirección de Administración, Finanzas y Personal:

La municipalidad goza de autonomía para la administración de sus finanzas.Para ejercer el derecho señalado en el artículo anterior, la Municipalidad cuenta con la Dirección de Administración, Finanzas y Personal, que tiene como objetivo asesorar al alcalde en la administración del personal y de la administración financiera de los bienes municipales, para lo cual debe suministrar, asignar y utilizar los recursos económicos y materiales necesarios para el óptimo funcionamiento del municipio.a) Asesorar al Alcalde en la administración del personal, dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 27° letra a) de la ley N° 18.695. b) Colaborar con la Secretaria Comunal de Planificación en la Elaboración del Presupuesto Municipal, ejecutarlo y proponer las modificaciones, suplementos o movimientos de carácter presupuestario, en conformidad a las leyes e instrucciones técnicas correspondientes. c) Llevar la Contabilidad Municipal en conformidad con las Normas de la Contabilidad Nacional y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto. -Entre Otras.

Al funcionario a cargo de la oficina de Registro de Organizaciones Comunitarias, le corresponden las siguientes funciones generales:

a) Ingreso de nuevas organizaciones al Servicio de Registro Civil e Identificación. b) Ingreso de nuevas organizaciones a la página de transparencia municipal, en coordinación con la unidad de Transparencia y Administración. c) Ingreso de nuevos directorio al Servicio de Registro Civil e Identificación. d) Ingresos de nuevos directorios a la página de la Municipalidad. e) Coordinación con la unidad de transparencia y administración. f) Mantener actualizado el catastro de organizaciones comunitarias, separados por Junta de Vecinos, Uniones Comunales y Otras Organizaciones.

DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA:

Tendrá como objetivo, el apoyo y fomento de medidas de prevención ciudadana y colaborar en su implementación, sin perjuicio del dispuesto en el inciso segundo del artículo 101 de la Constitución Política. Como también colaborar directamente con el alcalde en las tareas de coordinación y gestión de las funciones de la letra j) del artículo 4 de la Ley 18.695, en el seguimiento del plan comunal de seguridad pública, y ejercerá las funciones que le delegue el alcalde, siempre que estén vinculadas con la naturaleza de su función. Apoyar y fomentar medidas de prevención ciudadana y colaborar en su implementación, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 101 de la Constitución Política.La persona designada como titular de la Dirccció de seguridad pública tendrá la calidad de funcionario de exclusiva confianza del alcalde.A la Dirección Seguridad Pública, le corresponden las siguientes funciones generales:a) Asesorar al alcalde y al concejo, en materias de seguridad pública. b) Desarrolla, implementar y promover directamente y/o en coordinación con otros organismos públicos o privados, la ejecución de planes, programas y acciones en materia de prevención social y situacional del delito u otras situaciones que alteren la seguridad de las personas. c) Diseñar una estrategia comunal participativa en seguridad pública a través de la incorporación de la comunidad organizada, organismos públicos competentes y los organismos policiales. -Entre Otras.

Oficina de Servicios Sanitarios Rurales

Al funcionario a cargo de la oficina de Servicios Sanitarios Rurales, le corresponderán las siguientes funciones generales: a) Coordinar todas las acciones asociadas a la elaboración de proyectos de agua potable rural y abastos en la comuna. b) Elaborar cartografías, catastros, análisis estadísticos, espacial. c) Formulación de proyectos atingentes al área. d) Participación en capacitaciones y reuniones en nivel local comunal y regional. e) Asesorías al alcalde y a encargados de unidades en materias relativas al cargo. f) Mantener información geográfica de la comuna respecto al agua potable rural. -Entre otras.

DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA:

la Dirección de Asesoría Jurídica, estará a cargo de un director que tiene por imperativo legal, la calidad de funcionario de la exclusiva confianza del alcalde, y tendrá las siguientes funciones generales. La persona designada como titular de la Dirección de Asesoría Jurídica tendrá la calidad de funcionario de exclusiva confianza del alcalde. a) Prestar apoyo en materias legales al alcalde y al concejo. b) Informar de todos los asuntos legales que las unidades municipales le planteen. c) Orientar periódicamente respecto a las nuevas disposiciones legales y reglamentarias pertinentes a todas las unidades del municipio. d) Mantener al día los títulos y los bienes raíces municipales. e) Efectuar las investigaciones y sumarios administrativos que ordene el alcalde. f) Asesorar, revisar y eventualmente redactar proyectos de ordenanzas, reglamentos, instructivos, convenios, contratos y cualquier otro acto administrativo que determine el alcalde. g) Iniciar y asumir la defensa, a requerimiento del alcalde, en aquellos juicios en que la municipalidad tenga interés, pudiendo comprenderse también la asesoría de la comunidad cuando sea precedente y el alcalde así lo determine.

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, ASEO Y ORNATO:

Este Departamento tendrá como objetivo estudiar y adaptar las normas generales destinadas a prevenir el deterioro ambiental y exigir en la revisión de los proyectos su posterior cumplimiento, tomando como antecedentes el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio medio ambiental. Además, de velar por el aseo en las vías públicas, parques, plazas, jardines y, en general, de los bienes nacionales de uso público existente en la comuna: El servicio de extracción de basura; la construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la comuna.

Departamento Contabilidad y Presupuestos:

Su finalidad es llevar la contabilidad del Municipio en conformidad a las normas vigentes para el sector municipal y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto. a) Registrar y llevar actualizada la contabilidad y los registros presupuestarios del Municipio en conformidad a las normas vigentes para el sector municipal y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto. b) Confeccionar el balance presupuestario y patrimonial anual, proporcionando los estados e informes contables que se requieran. c) Mantener actualizada la contabilización del inventario asimismo realizar los ajustes por revalorizaciones y depreciaciones de este de acuerdo a lo informado por la Unidad de Adquisiciones. -Entre Otras.

Departamento de la Mujer:

Al Departamento de Mujer, le corresponden las siguientes funciones generales: a) Conocer la realidad de la Mujer en la comuna, detectando sus necesidades principales. b) Promover políticas de igualdad y equidad entre hombres y mujeres, en forma coordinada con organismos gubernamentales y privados, en coordinación con otras unidades municipales, para potenciar las actividades ejecutadas. c) Diseñar, implementar y evaluar programas específicos que respondan a las necesidades detectadas y que permitan el desarrollo de la mujer. d) Contribuir a mejorar los niveles de igualdad y el acceso a oportunidades de mujeres de la comuna de Pitrufquén, a través de la disminución de las brechas existentes en los niveles de ingreso y acceso al mercado del trabajo tanto en línea dependiente o independiente y la promoción del acceso preferente de las mujeres a capacitación. e) Gestionar y desarrollar actividades de autocuidado y salud para mujeres de la comuna de Pitrufquén, con el objetivo de acercar la oferta pública.

SECRETARIA MUNICIPAL:

La Secretaría Municipal estará a cargo del Secretario Municipal, al que le corresponden las siguientes funciones generales:

a) Dirigir las actividades de secretaría administrativa del alcalde y del concejo municipal y del Consejo de la Sociedad Civil.• Preparar las citaciones para las sesiones que celebre el concejo municipal, ya sean estas ordinarias o extraordinarias. • Levantar actas de cada una de dichas sesiones, dejando constancia de los asistentes, los acuerdos adoptados y la forma en que fueron votados, las que una vez aprobadas se envían para ser publicadas en la página web de la municipalidad, manteniendo una copia de estas en la OIRS, para consulta de la ciudadanía. b) Desempeñarse como ministro de fe en todas las actuaciones municipales.• Para ello a diario realizará las siguientes acciones: Firmar expedientes de pago, firmar decretos alcaldicios afectos y exentos, de los Departamentos de Educación, Salud y del Área Municipal.• Revisión a diario de la correspondencia que ingresa por la oficina de partes de la municipalidad para sugerencia de distribución.• Participar como ministro de fe, en la constitución de asociaciones indígenas y en la constitución de comunidades indígenas, como también en constitución de Fundaciones o Asociaciones.c) Llevar el registro municipal sobre las Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.• Llevar el registro actualizado de las directivas, de las juntas de vecinos, uniones comunales y demás organizaciones comunitarias.• Asesorar de forma permanente a las distintas organizaciones comunitarias sobre sus estatutos y sobre las elecciones internas de su directorio.• Emitir certificados de carácter provisorio a petición de las organizaciones comunitarias funcionales y territoriales, los que tendrán vigencia de 30 días.• Entre Otras.

Oficina de prevención de Riesgos

Al funcionario a cargo de la Oficina de prevención de Riesgos, le corresponderán las siguientes funciones generales:a) Asesorar e instruir a los trabajadores en la correcta utilización de los instrumentos de protección personal, especialmente aquellos que trabajan con la comunidad. b) Vigilar el cumplimiento tanto de la municipalidad como de los trabajadores de las medidas de prevención, seguridad y verificación de empresas externas. c) Indicar adopción de todas las medidas de higiene y seguridad para resguardar posibles riesgos laborales. d) Colaborar en la elaboración de los manuales, procedimientos e instructivos y protocolos establecidos en la normativa vigente para prevenir riesgos. e) Mantener manuales, procedimientos e instructivos a la fecha del requerimiento. -Entre otras.

Departamento de Asuntos Indígenas, de Jóvenes, de Adulto Mayor:

Al Departamento de Asuntos Indígenas, de Jóvenes, de Adulto Mayor, le corresponden las siguientes funciones generales: a) Conocer la realidad de la comunidad Mapuche, tanto a nivel urbano como rural, detectando las necesidades principales, manteniendo un catastro actualizado de ellas. b) Conocer la realidad de los Jóvenes, tanto a nivel urbano como rural, detectando las necesidades principales, manteniendo un catastro actualizado de ellas. c) Conocer la realidad de los adultos mayores, tanto a nivel urbano como rural, detectando las necesidades principales, manteniendo un catastro actualizado de ellas.d) Promover políticas que permitan a la comunidad indígena, jóvenes y adultos mayores a mejorar progresivamente sus condiciones de vida. e) Elaborar, ejecutar y evaluar proyectos destinados a bardor la problemática de la comunidad mapuche, preferentemente en sectores de extrema pobreza en materiales sociales, educacionales, culturales, juveniles y de adultos mayores. f) Promover políticas en forma coordinada con organismos gubernamentales y privados, en coordinación con otras unidades municipales, para potencias las actividades ejecutadas.

Departamento Tesorería Municipal:

Es el departamento encargado de recaudar y percibir los ingresos municipales de toda índole que la ley asigna al municipio, tales como Patentes Comerciales, Permisos de Circulación, Contribución Derechos de Obra, entre otros. Además, debe efectuar los pagos por compromisos legales.a) Recaudar y percibir los ingresos municipales, administrando efectivamente los recursos líquidos del municipio, asegurándose que los ingresos sean oportunamente incorporados a las arcas municipales. b) Efectuar el depósito en las cuentas corrientes autorizadas de los fondos recaudados por concepto de impuestos, derechos municipales y otros en conformidad a la ley y sus reglamentos. c) Llevar el Registro actualizado, y custodiar los valores y títulos del Municipio e instrumentos de garantía extendidos a nombre de la Municipalidad, asimismo controlar su vencimiento y gestionar el cobro de estas, según corresponda. -Entre Otras.

Consejo Comunal de Seguridad Pública

Es un órgano consultivo del alcalde en materia de seguridad pública comunal y es además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. Los consejos deben existir en todas las comunas. Es presidido por el alcalde y lo integrarán, a lo menos, las siguientes personas: El intendente regional, el gobernador o un funcionario que el intendente designe. Dos concejales elegidos por el concejo municipal. Un oficial o suboficial de Orden y Seguridad de Carabineros que tenga el más alto grado en la unidad policial territorial de mayor categoría de la comuna. Si hay más de una comisaría, lo designará la prefectura correspondiente. El oficial de la PDI que tenga la mayor jerarquía de la respectiva unidad o quien éste designe, o el oficial policial designado por el Jefe de la Prefectura correspondiente en las comunas que no sean asiento de unidad policial. Un fiscal de la fiscalía local del Ministerio Público. Si no hay Fiscalía local en la comuna, el fiscal regional debe designar un fiscal, un abogado o asistente de fiscal. Dos representantes del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, elegidos por éste. Un funcionario municipal que será designado por el alcalde como secretario ejecutivo del consejo. Ocupará ese cargo el director de seguridad pública del municipio en donde exista ese cargo. Un representante de Gendarmería de Chile a cargo de la vigilancia y orientación de las personas con penas sustitutivas domiciliadas en la comuna. Un representante del Servicio Nacional de Menores que tenga a su cargo la vigilancia y orientación de menores infractores de ley domiciliados en la comuna. Un representante de del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol (Senda) que tenga injerencia dentro del territorio de la comuna. Funciones Principales: Efectuar el diagnóstico del estado de situación de la comuna en materia de seguridad pública. El consejo deberá asesorar al alcalde en la priorización de las acciones que deberán realizarse en la comuna. Suministrar a través de sus integrantes los antecedentes e información necesarios de las instituciones que representan y entregar opinión al alcalde para la elaboración del plan comunal de seguridad pública. Emitir opinión respecto de las ordenanzas sobre convivencia vecinal y seguridad pública comunal. Efectuar el seguimiento y monitoreo de las medidas contempladas en el plan comunal de seguridad pública. Si las instituciones no cumplen los compromisos, el alcalde deberá oficiar de dicho incumplimiento al superior de la respectiva institución y a la Subsecretaría de Prevención del Delito. Dar su opinión y apoyo técnico a los proyectos y acciones que se desarrollen en el marco del plan comunal de seguridad pública. Constituirse en instancia de coordinación comunal, en materias de seguridad pública, de la municipalidad, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y el Ministerio Público y demás miembros del consejo. Emitir opinión sobre las materias de su competencia, a petición del alcalde, del concejo municipal o del consejo de organizaciones de la sociedad civil. Realizar observaciones al plan comunal de seguridad pública que elabore el alcalde, previo a su presentación ante el concejo municipal. Proponer medidas, acciones, objetivos y mecanismos de control de gestión, en el ámbito de sus respectivas competencias, los que deberán ser coherentes con las directrices de las respectivas instituciones. Cumplir las demás funciones determinadas por la ley.