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Periodos del Derecho Romano

GONZALEZ GONZALEZ CHRISTOPHER ZAID

Created on June 5, 2024

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Transcript

Formalismo: Predominio de ritos y fórmulas rígidas en la aplicación del derecho. Las ceremonias y los procedimientos eran estrictamente observados.

Gobierno: Predominio de la monarquía y los primeros años de la República.

Familia y Patrimonio: El pater familias tenía control absoluto sobre la familia y sus bienes. La familia era la unidad básica del derecho.

La principal fuente de derecho. Las normas eran transmitidas oralmente y basadas en las costumbres y tradiciones de los antepasados.

DERECHO PRECLASICO

DERECHO PRECLASICO

Caracterizado por la influencia de la jurísprudencia.

Basado en la costumbre y el principio oral.

Desarrollo de la jurisprudencia y el papel de los jurisconsultos.

DERECHO CLÁSICO

Fuentes principales. la costumbre y las leyes, como la Lex Duodecim Tabularum.

DERECHO ARCAICO

Aparición de nuevas fuentes, como los edictos y los senadoconsultos.

Periodos del derecho romano

Carácter monárquico en sus inicios..

Consolidación del imperio y normatividad imperial.

Influencia del Derecho Romano en Europa y América.

Marcado por la codificación y la recepción del derecho.

DERECHO POSTCLÁSICO

Crisis y transformaciones en el siglo III.

Características de los Periodos del Derecho Romano

Codificación de leyes, como el Corpus luris Civilis de Justiniano.

Christopher Zad González González

Epoca Arcaica 754 a.C. - 130 a.C.

* Comienza con la Fundación de Roma en el año 754 a.C. Se cacteriza por ser una época de dominio por parte de la monarquía Etrusca. Esta etapa llega su fin con la publicación del derecho de formulas en la Lex Aebutía.

Fuentes del Derecho Romano

Hay que distinguir según épocas: Arcaica Clásica Post-Clásica

¿Fuentes en la época Arcaica del Derecho

Durante la época arcaica romana, existían pocas fuentes en el derecho: Mores Maiorum Legis Regiae Ley de las XII Tablas.

Mores Maiorum

Era la costumbre de los antepasados. Solo era conocida por los Patricios. La regulación jurídica (ius) estaba relacionada fuertemente con la voluntad de los dioses (fas).

Época Clásica Inicial 130 a. C. - 30 a. C.

Se inicio con la Lex Aebutia que permitió el desarrollo del derecho clásico jurisprudencial. Termino alrededor del año 30 a. C. con la generalización del procedimiento formulario.

Derecho de Formulas (Lex Aebutia)

Promulgada aproximadamente en el año 130 a. C. que pone fin a la época arcaica. Introducido por el juez Sexto Elio, esta ley amplió considerablemente el número de aciones civiles bajo la jurisdicción del pretor. Relativa a las formas legales de las acciones privadas.

Clásico Alto 30 a. C. - 130 d. C.

Coincide con el máximo esplendor de la jurisprudencia en el gobierno de Adriano Finaliza con la vinculación de la jurisprudencia al poder imperial.

Época Clásica 130 a. C. - 230 d. C.

Periodos: Clásico Inicial 130 a. C. - a. C. Clásico Alto 30 a. C. - 130 d. C. Clásico Tardío 130 d. C. - 230 d. C.

Epoca Post - Clásica 230 d C. - 530 d. C.

Esta época se caracteriza por una gran influencia de los emperadores romanos en materia jurídica en el imperio. Emperadores tales como: 1.- Diocleciano 2.- Constantino 3.- Justiniano

Fundación de Roma

La ciudad de Roma es Fundada según la leyenda por los hermanos Rómulo y Remo, en el Valle del Lazio hacia el año. 754 a. de C.

Clásico Tardío 130 d.C. -230 d. C.

Este periodo vio desplazado el procedimiento de fórmulas. Se Fortlecen las constituciones Imperiales En esta época muere el ultimo de los juristas clásicos, con el cual desapareció como fuente la jurisprudencia del "ius".

Epoca Arcaica 754 a.C. - 130 a.C.

Leges Regiae: Leyes atribuidas a los primeros reyes de Roma, aunque probablemente codificadas más tarde. Ius: Derecho consuetudinario que se basaba en prácticas sociales establecidas y reconocidas.

Epoca Preclasica 753 - 130 a.C.

Tiempo: Aproximadamente desde la fundación de Roma en el 753 a.C. hasta el inicio de la República (509 a.C.) y se extiende hasta el final del periodo republicano (final del siglo III a.C. al inicio del siglo I a.C.).

Patriarcalismo

Pater Familias: El jefe de familia tenía autoridad casi absoluta sobre los miembros de su familia y los bienes familiares, lo que incluía el poder de vida y muerte. Familiarismo: La unidad familiar era la base de la organización social y legal, y las relaciones familiares estaban estrictamente reguladas.

Formalismo Jurídico

Actos Solemnes: La validez de los actos jurídicos dependía del estricto cumplimiento de las formas establecidas.