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M1 LEY KARIN

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Created on May 29, 2024

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CURSO DE: LEY KARIN 21.643

Comencemos

Bienvenidos

Módulo 1

Fundamentos e Impacto del Acoso Laboral y Sexual

Índice

1.1 Importancia de los derechos fundamentales y normativa relevante

1.2 Definición y tipos de acoso laboral y sexual

1.3 Impacto en la salud mental y física de las víctimas y la organización

1.1

Importancia de los derechos fundamentales y normativa relevante

Derechos fundamentales de los trabajadores

  • Los derechos fundamentales son aquellos derechos y libertades que posee toda persona por el solo hecho de ser tal, y que se encuentran reconocidos y garantizados por el ordenamiento jurídico. Todo trabajador es persona, por lo tanto, es titular de derechos fundamentales al interior de la empresa. En esta calidad, el trabajador(a) podrá recurrir a los Juzgados del Trabajo utilizando el juicio de Tutela Laboral cuando considere afectados uno o más de los siguientes derechos consignados en la legislación laboral chilena.

Derechos

Normativa relevante

Normativa Internacional

  1. Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948).
  2. Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)

+ info

Normativa Nacional

En Chile, la normativa laboral se estructura para proteger los derechos de los trabajadores y asegurar condiciones de trabajo justas y dignas. A continuación, se detalla la normativa más relevante que regula los derechos y deberes de los trabajadores en el país:

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1.2

Definición y tipos de acoso laboral y sexual

El acoso laboral (mobbing)

El acoso laboral, también conocido como mobbing, se refiere a la conducta persistente y hostil en el entorno de trabajo que tiene como objetivo o resultado intimidar, humillar, o socavar a una persona o grupo de personas. Estas conductas pueden ser ejercidas por superiores jerárquicos, colegas o subordinados y pueden incluir una amplia gama de acciones abusivas tanto verbales como no verbales.

Tipos de acoso laboral

El acoso sexual

El acoso sexual se define como cualquier comportamiento de naturaleza sexual no deseado que afecta la dignidad de una persona en el trabajo. Puede incluir insinuaciones sexuales, comentarios inapropiados, tocamientos, o cualquier otra conducta sexual indeseada que cree un ambiente de trabajo intimidante, hostil o humillante.

Tipos de acoso sexual

1.3

Impacto en la salud mental y física de las víctimas y la organización

Impacto en la salud mental y física de las víctimas y la organización

Impacto en la organización

Impacto en la salud mental de las víctimas

Impacto en la salud física de las víctimas

Comprueba lo aprendido

Comprueba lo aprendido

Comprueba lo aprendido

Comprueba lo aprendido

Comprueba lo aprendido

Comprueba lo aprendido

Comprueba lo aprendido

¡Fin del módulo!

Normativa Internacional

1. Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948): Proclama derechos laborales básicos, como el derecho al trabajo, a condiciones justas y favorables, y a formar y unirse a sindicatos. 2. Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT): - Convenio 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación (1948). - Convenio 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva (1949). - Convenio 100 sobre igualdad de remuneración (1951). - Convenio 111 sobre la discriminación (empleo y ocupación) (1958). - Convenio 138 sobre la edad mínima (1973). - Convenio 182 sobre las peores formas de trabajo infantil (1999).

Normativa Nacional

1. Constitución política de la República de Chile.

  • Artículo 19 Nº 16
  • Articulo 19 Nº 19
2. Código del trabajo: contratos de trabajo, derechos y deberes de los trabajadores y empleadores, jornada de trabajo y descansos, remuneraciones, protección a la maternidad y paternidad, seguridad y salud en el trabajo, libertad sindical y negociación colectiva y leyes complementarias. 3. Instituciones relevantes: Dirección del trabajo (DT), Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

Tipos de acoso laboral

  • 1. Acoso vertical descendente: Ocurre cuando una persona en una posición de autoridad (jefe, supervisor) acosa a un subordinado.
  • 2. Acoso vertical ascendente: Sucede cuando los subordinados acosan a un superior.
  • 3. Acoso horizontal: Se produce entre compañeros de trabajo que se encuentran en el mismo nivel jerárquico.
  • 4. Acoso mixto: Es una combinación de acoso vertical y horizontal, donde la víctima puede ser acosada tanto por sus superiores como por sus colegas.

Tipos de acoso laboral

  • 1. Acoso sexual verbal: Comentarios, chistes, insinuaciones o preguntas sobre la vida sexual de la persona, que son inapropiados y no deseados.
  • 2. Acoso sexual no verbal: Incluye gestos obscenos, miradas lascivas, exhibición de material pornográfico, o cualquier otro comportamiento visual que incomode o intimide a la víctima.
  • 3. Acoso sexual físico: Tocamientos, caricias, abrazos, besos, o cualquier contacto físico no deseado.
  • 4. Acoso sexual ambiental: La creación de un entorno laboral hostil a través de la presencia de conductas, comentarios o materiales de naturaleza sexual, aunque no se dirijan específicamente a una persona.
Algunos derechos importantes
  • El derecho a la vida y a la integridad física del trabajador(a), siempre que su vulneración sea consecuencia directa de actos ocurridos en la relación laboral.
  • El respeto y protección a la vida privada y a la honra del trabajador(a) y su familia.
  • La inviolabilidad de toda forma de comunicación privada.
  • El derecho a la libertad de conciencia, a la manifestación de todas las creencias y al ejercicio libre de todos los cultos.
  • La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio.
  • Entre otros.