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Estándar de competencias EC0581 del CONOCER “Integración y Funcionamiento de las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad”

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Instrucciones

Objetivo de curso: La persona participante identificará los elementos claves para integrar y operar las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad a través de ejercicios prácticos con apego a la Ley Federal del Trabajo, el acuerdo por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores y el EC0581, con la finalidad de presentar con éxito una evaluación por competencias laborales del CONOCER.

1.3 Las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad.

1.2 La definición de productividad referida en el artículo 153–I de la ley Federal del Trabajo.

1.1 El objeto de la capacitación y el adiestramiento establecidos en los artículos 153-B y 153-C de la Ley Federal del Trabajo.

Índice

Elemento 1. Integrar las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad.

Integrar las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad.

Elemento

Objetivo particular: La persona participante identificará los elementos claves para integrar las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad a través de reconocer el papel de la capacitación y el adiestramiento en el marco del incremento de la productividad en una empresa o sector determinado, así como, de preparar la documentación y formatos necesarios para la constitución de Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad con apego a la Ley Federal del Trabajo, el acuerdo por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores y el EC0581, con la finalidad de presentar con éxito una evaluación por competencias laborales del CONOCER

Productos

Conocimientos

¿Qué van a evaluarte?

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Conceptos básicos

  • Adiestramiento. Es la acción que se efectúa para adquirir una determinada destreza o habilidad para el desarrollo de la misma.
  • Capacitación. Preparar a los trabajadores de una nueva contratación y a los demás interesados en ocupar las vacantes o puestos de una nueva creación, generando procesos de cambio, los cuales se enfocan al mejoramiento de la calidad de los recursos humanos y por lo tanto al logro de objetivos de la empresa.
  • Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad. El grupo de trabajo responsable de vigilar, instrumentar, operar y mejorar los sistemas y los programas de capacitación y adiestramiento, así como las acciones tendientes a incrementar la productividad.
  • Indicadores de la productividad. El comportamiento de las variables estratégicas de una empresa.
  • Planes y programas de capacitación, adiestramiento y productividad. Son el conjunto de acciones específicas que permiten atender las necesidades de formación, actualización y desarrollo de los trabajadores en las empresas, con objeto de proporcionarles información sobre la aplicación de nueva tecnología, prepararlos para ocupar una vacante o puesto de nueva creación, prevenir riesgos de trabajo, incrementar la productividad y en general, mejorar las aptitudes del trabajador.
  • Programa de productividad. Es un programa presupuestario Federal a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, su origen tiene como objetivo el dar una respuesta de política pública ante una necesidad real del mercado laboral.
  • Productividad. Es la relación entre el producto obtenido e insumos laborales utilizados en un proceso productivo.

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1.1. El objeto de la capacitación y el adiestramiento establecidos en los artículos 153-B y 153-C de la Ley Federal del Trabajo

1.1.1 Objeto de la capacitación

La Ley Federal del Trabajo en su artículo 153-B refiere que la capacitación tiene por objeto el preparar a los trabajadores de nueva contratación y a los demás interesados en ocupar las vacantes o puestos de una nueva creación. Podrá formar parte de los programas de capacitación el apoyo que el patrón preste a los trabajadores para iniciar, continuar o completar ciclos escolares de los niveles básico, medio o superior.

1.1.2. Objeto del Adiestramiento

Actualizar

Mejorar

Incrementar

Conocer

La Ley Federal del Trabajo en su artículo 153-C refiere el objeto del adiestramiento en 4 puntos.

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1.2. La definición de productividad referida en el artículo 153–I de la ley Federal del Trabajo

1.2.1 Definición de productividad

En la actualidad los procesos de producción se han diversificado, de tal suerte, muchas tareas en el trabajo se deben cumplir de forma rápida y eficiente para aumentar la productividad. Pero antes de continuar: ¿A que nos referimos con productividad?

“De acuerdo con el artículo 153-I de la Ley Federal del Trabajo, la productividad es el resultado de optimizar los factores humanos, materiales, financieros, tecnológicos y organizacionales que concurren en una empresa o sector, con el fin de promover su competitividad y sustentabilidad, mejorar su capacidad, su tecnología y su organización, incrementar sus ingresos, el bienestar de sus trabajadores y la distribución equitativa de sus beneficios.”

Artículo 153-I de la ley Federal del Trabajo:

Comencemos por identificar los tres factores que influyen en la productividad, éstos son:

1.2.2.1 Factores que influyen en la productividad

1.2.2 Medición de la productividad

1.2.2.2 Cálculo de la productividad

Para incidir en cada uno de estos factores es importante iniciar con el cálculo de la productividad de una empresa o fábrica. Veamos cómo es que se lleva a cabo, no sin antes conocer que el impacto de la productividad no sólo repercute en la producción, sino también a nivel económico, al respecto: ¿Cómo se realiza el cálculo de la productividad?

Existen formas de medir la productividad a través de la relación entre la producción obtenida o vendida y la cantidad de trabajo incorporado en el proceso productivo en un período determinado. Cabe señalar que dependiendo del giro del comercio o empresa se puede aplicar una fórmula u otras. Por ejemplo, para una tienda, la productividad puede medirse al relacionar las ventas registradas en un día entre el número de vendedores. Observa las fórmulas siguientes para lograrlo:.

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1.2.2.3 Línea base de medición

La línea base de medición se refiere al punto de partida o situación actual de la productividad de la empresa en un período determinado que sirve como elemento comparativo para evaluar los resultados del programa de productividad.

1.2.2.4 Indicadores de productividad

Otro elemento más a considerar, son los indicadores de productividad, es decir, el comportamiento de las variables estratégicas de una empresa que inciden directamente en el índice de productividad en la unidad económica. Como ya se ha mencionado, cualquier empresa está en condiciones de elaborar sus programas de productividad.

1.2.3 Medidas para elevar la productividad

En este momento ya contamos con información más amplia sobre la relevancia de la productividad y de sus características dentro de una empresa, para lo cual hemos revisado qué es la productividad y los aspectos a considerar para su medición. Ahora es importante saber cuáles son las medidas para elevar la productividad.

1.2.3.1 Elementos del diagnóstico de un programa de productividad

  • Clasificación de problemas.
  • Identificación de problemas.
  • Identificación de síntomas.

Antes de implementar un programa de productividad, es necesario llevar a cabo un diagnóstico para la identificación de síntomas, para luego determinar cuáles de esos síntomas son problemas y clasificarlos. Esta clasificación es necesaria para establecer prioridades de atención en la empresa y poder solucionarlos mediante un programa de productividad. Resumiendo, los siguientes son los elementos del diagnóstico de un programa de productividad:

1.2.3.2 Elementos de un programa de productividad

Un programa de productividad es un Programa presupuestario Federal a cargo de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, su origen tiene como objetivo una respuesta de política pública ante una necesidad real del mercado laboral, como el insuficiente crecimiento de la productividad laboral, cuyo factor en este caso, corresponde a necesidades de capacitación no satisfechas. ¿Cómo funciona?

Todo programa de productividad deberá estructurarse conforme a los siguientes elementos:

Los programas establecidos en este artículo podrán formularse respecto de varias empresas, por actividad o servicio, una o varias ramas industriales o de servicios, por entidades federativas, región o a nivel nacional.”

VIII

VII

IV

III

II

IX

VI

En conclusión, podemos decir que todo programa de productividad debe cubrir ciertas características consideradas en el artículo 153-J de la Ley federal del Trabajo “Para elevar la productividad de las empresas, incluidas las micro y pequeñas empresas, se elaborarán programas que tendrán por objetivo:

1.2.4 Reparto equitativo de los beneficios de la productividad

Una vez implementado el programa de productividad, se lleva a cabo su evaluación y de acuerdo a sus resultados, se procede a determinar la distribución o reparto equitativo de los beneficios de la productividad obtenidos, dichos beneficios se traducen en un valor monetario. Veamos a continuación cómo es este proceso:

A partir de lo anterior, deberá elaborarse el esquema de la distribución o reparto de beneficios de la productividad determinando el objetivo u objetivos y periodo en que se aplicará la distribución. A esta distribución también se le denomina democratización de la productividad.

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1.3. Las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad.

Obligación

Conformación

Responsabilidad

1.3 Las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad.

Las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad deberán constituirse en cada empresa que cuente con más de 50 trabajadores, e integrarse de manera bipartita y paritaria, por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón.La integración y el funcionamiento serán determinados y documentados, de común acuerdo, por el patrón y los trabajadores, o en su caso, por el patrón y el sindicato titular del contrato colectivo de trabajo o administrador del Contrato-Ley. Cuando sea convenido por las partes y las necesidades de la empresa lo ameriten, en razón de su número de establecimientos, de sus características tecnológicas o de la cantidad de trabajadores que ocupe, se podrá constituir más de una comisión mixta, o bien conformar subcomisiones mixtas. Las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad, deberán realizar las siguientes funciones: Los representantes del patrón y los trabajadores ante las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad son los responsables de autentificar las constancias de competencias o de habilidades laborales expedidas a los trabajadores que aprueben los cursos de capacitación y adiestramiento, en su caso, cuando aprueben el examen de suficiencia aplicado por la entidad instructora.

En tanto el artículo 7 del Acuerdo señala:

Las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad, deberán realizar las siguientes funciones:

1.3.1 Conformación: Miembros, roles y funciones.

Posibilidad de construir más de una comisión o subcomisiones

Patrón con trabajador o sindicato o administrador de contrato de ley

Serán acordadas

Biparitaria

Paritaria

Funcionamiento

Integración

Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad

Empresa con más de 50 trabajadores

"Cuando se constituya la comisión, el cargo de coordinador recaerá en el representante que designe el patrón, y el de secretario en el de los trabajadores que sea designado por el sindicato. De no existir la figura sindical, la selección del representante de los trabajadores se hará entre y por los integrantes de esta representación. Los demás miembros de la comisión serán nombrados vocales.”

Roles y funciones de los integrantes de la Comisión

La ley no determina la cantidad ni los roles de los integrantes que debe haber dentro de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad, sin embargo, la NOM-019-STPS-2011 Constitución, integración, organización y funcionamiento de las Comisiones de Seguridad e Higiene, señala para el funcionamiento de la Comisión de Seguridad e Higiene en el numeral 9.1 que:

Vocal (es)
Secretario (a)
Coordinador (a)

Es importante recordar que la Comisión deberá quedar integrada de forma bipartita y paritaria, por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón. Para tal caso, los roles y funciones sugeridas para la integración de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad son los siguientes:

Las funciones del coordinador (a) de la comisión son las siguientes:

Coordinador (a)

El secretario tendrá las funciones siguientes:

Secretario (a)

Las funciones de los vocales de la comisión son las siguientes:

Vocal (es)
Art. 153-F
Art. 153-E

Info

Info

Son dos fuentes normativas las que respaldan la conformación de una la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad, son las siguientes:La Ley Federal del Trabajo en sus artículos 153-E, 153-F del capítulo III Bis, así como el artículo 7 del Acuerdo por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores.

1.3.2 Constitución de la CMCAP (Acta constitutiva)

El acta deberá ir en formato oficial, es decir, con los logotipos institucionales correspondientes a la STPS.

El acta necesariamente deberá llevar las firmas y sellos correspondientes de recepción del original

Los nombres de los representantes de los trabajadores y del patrón, deberán ser completos, es decir, nombre (s) y apellidos (paterno y materno, en ese orden). Con mayúsculas y en negritas

El nombre de la empresa deberá escribirse en mayúsculas y en negritas

Todos los datos deberán escribirse en negritas

Para la correcta redacción del Acta Constitutiva, es importante que atiendas las siguientes precisiones:

El funcionamiento/operación de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad se establece en el Acuerdo por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores, en su artículo 4, señala:

1.3.2.1 Documentación interna: Formato DC-1

Características

Este formato señala el total de integrantes de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad con un número par, con base en lo establecido en el artículo 153-E de la Ley Federal de Trabajo que especifica la integración de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad. Cabe mencionar que el Formato DC-1, deberá incluirse como anexo al Acta de Constitución de la Comisión; la información mínima que debe contener es la siguiente:

A continuación, veremos de manera puntual la documentación oficial correspondiente al Formato DC-1 y sus instrucciones específicas para su correcto llenado

Has finalizado la revisión del primer tema, te invitamos a continuar con los recursos de reforzamiento que tenemos para ti. No olvides realizar las actividades de aprendizaje y evaluación.

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j) Asesorar a los vocales de la comisión y al personal del centro de trabajo, en la identificación de agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en el medio ambiente laboral;

m) Proponer al patrón el programa anual de capacitación de los integrantes de la comisión.

Emitir:

Opinión sobre la permanencia de los trabajadores contratados bajo las modalidades de capacitación inicial y periodo de prueba.

IX. Implementar sistemas que permitan determinar en forma y monto apropiados los incentivos, bonos o comisiones derivados de la contribución de los trabajadores a la elevación de la productividad que se acuerde con los sindicatos y los trabajadores; y

b) Participar en los recorridos de verificación;

Descargable

Te sugerimos descargar el formato “Acta constitutiva” disponible en la sección de descargables.

Proponer:

Los cambios necesarios en la maquinaria, los equipos, la organización del trabajo y las relaciones laborales, de conformidad con las mejores prácticas tecnológicas y organizativas que incrementen la productividad en función de su grado de desarrollo actual. *Las medidas acordadas, con el propósito de impulsar la capacitación, medir y elevar la productividad, así como garantizar el reparto equitativo de sus beneficios.

VI. Autentificar las constancias de competencias o habilidades laborales expedidas a los trabajadores que aprueben los cursos de capacitación y adiestramiento, en su caso, cuando aprueben el examen de suficiencia aplicado por la entidad instructora, y

II. Proporcionar a las empresas estudios sobre las mejores prácticas tecnológicas y organizativas que incrementen su nivel actual de productividad en función de su grado de desarrollo;

d) Colaborar en la realización de investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo;

La Ley Federal del Trabajo señala como una obligación impartir esta capacitación, en caso de no atender esta indicación, se impondrán multas, las cuales no liberan la obligación al patrón de las consecuencias y repercusiones correspondientes.

Incrementar la productividad.

Incrementar

g) Recabar las firmas de los integrantes de la comisión en las actas de los recorridos de verificación;

Mejorar el nivel educativo, la competencia laboral, y las habilidades de los trabajadores

Mejorar

(Tomado de la NORMA Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2011 Constitución, integración, organización y funcionamiento de las Comisiones de Seguridad e Higiene. Sección 9 subpunto 9.1)

a) Presidir las reuniones de trabajo de la comisión;

f) Participar en el seguimiento a la instauración de las medidas propuestas por la comisión relacionadas con la prevención de riesgos de trabajo;

IV. Proponer programas gubernamentales de financiamiento, asesoría, apoyo y certificación para el aumento de la productividad;

h) Presentar y entregar las actas de recorridos de verificación al patrón, conjuntamente con el coordinador de la comisión;

Vigilar, operar y mejorar:

Los sistemas y los programas de capacitación y adiestramiento.

Dicha Comisión se conforma con una representación patronal y de trabajadores de manera equitativa.

g) Apoyar las actividades de asesoramiento a los trabajadores para la identificación de agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en su área de trabajo;

III. Proponer las medidas acordadas, con el propósito de impulsar la capacitación, medir y elevar la productividad, así como garantizar el reparto equitativo de sus beneficios;

g) Elaborar al término de cada recorrido de verificación, conjuntamente con el secretario de la comisión, el acta correspondiente;

b) Dirigir y coordinar el funcionamiento de la comisión;

a) Participar en las reuniones de trabajo de la comisión;

VIII. Mejorar las condiciones de trabajo, así como las medidas de Seguridad e Higiene;

Hacer del conocimiento de los trabajadores los riesgos y peligros a los que están expuestos durante el desempeño de sus labores, así como las disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo que les son aplicables para prevenir riesgos de trabajo.

Conocer

Vigilar:

Las objeciones que, en su caso, presente los trabajadores con motivo de distribución de los beneficios de la productividad.

j) Participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad e higiene que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo, en su caso, y

k) Participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad e higiene que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo, en su caso;

e) Consignar en las actas de los recorridos de verificación de la comisión:1) Los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros identificados;2) Los resultados de las investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo, y3) Las medidas para prevenirlos, con base en lo dispuesto por el reglamento y las normas que resulten aplicables;

d) Integrar el programa anual de los recorridos de verificación de la comisión y presentarlo al patrón;

Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades de los trabajadores y proporcionarles información para que puedan aplicar en sus actividades las nuevas tecnologías que los empresarios deben implementar para incrementar la productividad en las empresas.

Actualizar

VII. Emitir opinión sobre la permanencia de los trabajadores contratados bajo las modalidades de capacitación inicial y periodo a prueba.

Podemos definirla como la relación que existe entre la producción de bienes o las ventas y las cantidades de insumos utilizados para producir esos bienes o lograr esas ventas, por lo tanto, en el ámbito laboral, la productividad es la relación entre el producto obtenido e insumos laborales utilizados en un proceso productivo, no obstante, para que el personal sea fructífero, es necesario implementar y/o incrementar la capacitación y la formación

e) Revisar las actas de los recorridos de verificación;

h) Identificar temas de seguridad y salud en el trabajo para su incorporación en el programa anual de capacitación de los integrantes de la comisión, e

I. Hacer un diagnóstico objetivo de la situación de las empresas en materia de productividad;

VII. Evaluar periódicamente el desarrollo y cumplimiento de los programas;

IV. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos de productividad;

Descargable

Te sugerimos descargar el formato “DC-1” disponible en la sección de descargables.

f) Coordinar las investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo;

c) Detectar y recabar información sobre los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros identificados en sus áreas de trabajo;

c) Promover la participación de los integrantes de la comisión y constatar que cada uno de ellos cumpla con las tareas asignadas;

e) Apoyar la realización de investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo;

Artículo 153-E. En las empresas que tengan más de 50 trabajadores se constituirán Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad, integradas por igual número de representantes de los trabajadores y de los patrones, y serán las encargadas de: I. Vigilar, instrumentar, operar y mejorar los sistemas y los programas de capacitación y adiestramiento; II. Proponer los cambios necesarios en la maquinaria, los equipos, la organización del trabajo y las relaciones laborales, de conformidad con las mejores prácticas tecnológicas y organizativas que incrementen la productividad en función de su grado de desarrollo actual; III. Proponer las medidas acordadas por el Comité Nacional y los Comités Estatales de Productividad a que se refieren los artículos 153-K y 153-Q, con el propósito de impulsar la capacitación, medir y elevar la productividad, así como garantizar el reparto equitativo de sus beneficios; IV. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos de productividad; y V. Resolver las objeciones que, en su caso, presenten los trabajadores con motivo de la distribución de los beneficios de la productividad.Para el caso de las micro y pequeñas empresas, que son aquellas que cuentan con hasta 50 trabajadores, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Secretaría de Economía estarán obligadas a incentivar su productividad mediante la dotación de los programas a que se refiere el artículo 153-J, así como la capacitación relacionada con los mismos. Para tal efecto, con el apoyo de las instituciones académicas relacionadas con los temas de los programas referidos, convocarán en razón de su rama, sector, entidad federativa o región a los micro y pequeños empresarios, a los trabajadores y sindicatos que laboran en dichas empresas.

k) Integrar el programa anual de capacitación de los integrantes de la comisión.

d) Integrar a las actas de recorridos de verificación de la comisión: 1) Los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros identificados; 2) Los resultados de las investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo, y 3) Las medidas para prevenirlos, con base en lo dispuesto por el Reglamento y las normas que resulten aplicables;

i) Dar seguimiento a la instauración de las medidas propuestas por la comisión relacionadas con la prevención de riesgos de trabajo;

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II. Proponer los cambios necesarios en la maquinaria, los equipos, la organización del trabajo y las relaciones laborales, de conformidad con las mejores prácticas tecnológicas y organizativas que incrementen la productividad en función de su grado de desarrollo actual;

V. Resolver las objeciones que, en su caso, presenten los trabajadores con motivo de la distribución de los beneficios de la productividad;

l) Solicitar, previo acuerdo de la comisión, la sustitución de sus integrantes, y

I. Vigilar, instrumentar, operar y mejorar los sistemas y los programas de capacitación y adiestramiento;

b) Organizar y apoyar, de común acuerdo con el coordinador, el desarrollo de las reuniones de trabajo de la comisión;

Artículo 153-F. Las autoridades laborales cuidarán que las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad se integren y funcionen oportuna y normalmente, vigilando el cumplimiento de sus obligaciones.

V. Mejorar los sistemas de coordinación entre trabajadores, empresa, gobiernos y academia;

VI. Establecer compromisos para elevar la productividad por parte de los empresarios, trabajadores, sindicatos, gobiernos y academia;

  • Lista con el nombre completo de integrantes representantes de los trabajadores y su rol dentro de la Comisión
  • Registro interno sobre el funcionamiento de la Comisión
  • Funciones de la comisión
  • Funciones de los integrantes de la Comisión
  • Forma de sesionar de la Comisión
  • Manera en que se adoptan los acuerdos en el seno de la Comisión
  • Lineamientos para la incorporación o sustitución de nuevos integrantes
  • Especifica si aplica o no, el uso de firmas digitales y la manera en que se garantiza el uso adecuado de las firmas digitales
  • Fecha en que se elabora el acta de Constitución de la Comisión
  • Nombre y firma de los representantes del patrón
  • Nombre y firma de los representantes de los trabajadores
  • Fecha de instalación de la Comisión
  • Lugar de instalación. Nombre o razón social del centro de trabajo
  • Domicilio completo del centro de trabajo
  • Teléfono del centro de trabajo
  • Actividad o giro principal del centro de trabajo
  • Número total de trabajadores
  • Registro patronal del IMSS
  • Fecha de inicio de actividades
  • Integración de la Comisión de Capacitación, siendo que el número total de integrantes de la Comisión debe corresponder a un número par, con representación bipartita y paritaria.
  • Lista con el nombre completo de integrantes representantes del patrón y su rol dentro de la Comisión

X. Las demás que se acuerden y se consideren pertinentes.

c) Convocar a los integrantes de la comisión para realizar los recorridos de verificación programados;

Resolver:

El cumplimiento de los acuerdos de productividad.

f) Elaborar al término de cada recorrido de verificación, conjuntamente con el coordinador de la comisión, el acta correspondiente;

Tiene la tarea de coordinar la impartición de la capacitación y el adiestramiento a los trabajadores de una empresa u organización. También es responsable de vigilar el cumplimiento de los acuerdos de productividad.

III. Adecuar las condiciones materiales, organizativas, tecnológicas y financieras que permitan aumentar la productividad;

El gobierno federal apoya a trabajadores y empresas para que incrementen la productividad de los centros de trabajo y con ello estén en posibilidad de democratizar la productividad y cumplir con la normatividad que establece la Ley Federal del Trabajo.

Autentificar:

Las constancias de competencias o habilidades laborales expedidas a los trabajadores que aprueben los cursos de capacitación, adiestramiento, en su caso, cuando aprueben el examen de suficiencia aplicado por la entidad instructora.

i) Mantener bajo custodia copia de: 1) Las actas de constitución y su actualización; 2) Las actas de los recorridos de verificación que correspondan al programa anual de recorridos de verificación del ejercicio en curso y del año inmediato anterior; 3) La evidencia documental sobre la capacitación impartida el ejercicio en curso y el año inmediato anterior a los integrantes de la propia comisión, y 4) La documentación que se relacione con la comisión;

i) Participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad e higiene que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo, en su caso.

a) Convocar a los integrantes de la comisión a las reuniones de trabajo de ésta;

h) Entregar al patrón las actas de los recorridos de verificación y analizar conjuntamente con él las medidas propuestas para prevenir los accidentes y enfermedades de trabajo;

Artículo 4. Los patrones cuyas relaciones de trabajo se rigen por las disposiciones del Artículo 123, Apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de dar cumplimiento a las obligaciones en materia de capacitación, adiestramiento y productividad, deberán realizar los siguientes trámites: I. Constitución de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad para empresas que tengan más de 50 trabajadores, formato DC-1; II. Elaboración del Plan y Programas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad, formato DC-2; III. Expedición de Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales, formato DC-3, y IV. Presentación de Lista de Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales, formato DC-4.