4. Fase de asesoramiento
Mayo 2025 Habilitación
4.1. Finalitat i principis de la fase d'assessorament
ÍNDICE
4.1. Finalidad y principios de la fase de asesoramiento
4.2. Modalidades de asesoramiento y guía de la persona asesora
4.3. Actuaciones del procedimiento de admisión
4.4. Las guías de evidencias
4.5. Las actuaciones del procedimiento de asesoramiento
Algunas capturas de pantalla de este bloque de contenidos son provisionales. Están pendientes de los trabajos de mejora que se están realizando en la aplicación de gestión de acreditación de competencias (a partir de ahora GESAC).
4.1. Finalidad y principios de la fase de asesoramiento
4.1.1. Finalidad del asesoramiento
4.1.2. Funciones de la persona asesora
4.1.3. Competencias de la persona asesora
4.1.4. Estrategias de motivación
4.1.5. Principios en relación con los métodos e instrumentos del asesoramiento
4.1.6. Principios en relación con el asesoramiento a la persona usuaria
4.1.7. Consideraciones a tener en cuenta en las actuaciones de asesoramiento
4.1.1. Finalidad del asesoramiento
La fase de asesoramiento es obligatoria y tiene por objeto:
- Establecer si la persona usuaria cumple los requisits para acceder al procedimiento de acreditación de competencias.
- Identificar las competencias profesionales a través de la información profesional y/o documentación justificativa que ha presentado la persona usuaria.
- Hacer la propuesta de unidades de competencia (UC) a avaluar y/o la propuesta de continuidad formativa para aquellas que no se recomiende evaluar.
4.1.2. Funciones de la persona asesora
Comprobar que la persona interesada tiene los requisitos de participación al servicio de Acreditación y darle asesoramiento i apoyo en la presentación de la documentación requerida.
Ayudar a la persona usuaria, si es necesario, a completar su historial profesional y formativo o a presentar evidencias que lo justifiquen y a autoevaluar su competencia profesional.
Planificar la fase de asesoramiento.
Elaborar el informe de asesoramiento orientativo y no vinculante, con las recomendaciones sobre la conveniencia o no de que la persona usuaria acceda a la fase de evaluación y sobre las unidades o estándares de competencia que considera suficientemente justificados, así como el itinerario formativo recomendado en caso de que no recomiende la evaluación de alguna unidad o estándar de competencia.
Ayudar a la persona usuaria a cumplimentar la solicitud de unidades de competencia a evaluar en la fase de evaluación.
Colaborar con la persona evaluadora, la Comisión Evaluadora o la Agencia FPCAT, cuando le sea requerido.
4.1.3. Competencias de la persona asesora
Acompañamiento a la persona usuaria
Indagación
Mejora de la calidad
Competencias de la persona asesora que le permiten guiar y motivar a las personas usuarias durante esta fase y proporcionarles la información y el asesoramiento necesarios:
Interpretación
Motivación
Cooperación
4.1.4. Estrategias de motivación
Salvaguardar suautoestima
Tener una actitud positiva y dialogante
Tener presente el referente de evaluación
No dar opinionespersonales
Asegurar la privacidad y confidencialidad
Procurar un entorno de confianza
En función de las personas usuarias, la persona asesora puede desplegar diferentes estrategias de motivación
Evitar actuar segúnimpulsos, impresiones o exceso de empatía
Escuchar de manera activa
Motivar a continuar en el procedimiento
Comunicar con claridad
Distancia profesional
4.1.5. Principios en relación con los métodos e instrumentos del asesoramiento
Los métodos e instrumentos utilizados para el asesoramiento deben regirse por los principios de:
Fiabilidad
Rigor
Validez
4.1.6. Principios en relación con el asesoramiento a la persona usuaria
El asesoramiento a la persona usuaria debe realizarse teniendo en cuenta los principios de:
Equidad
Transparencia
Confidencialidad
4.1.7. Consideraciones a tener en cuenta en las actuaciones de asesoramiento
El plazo máximo establecido para iniciar y concluir el procedimiento de admisión y la fase de asesoramiento será de un mes. En caso de encontrar dificultades para cumplir este plazo derivadas de la situación personal de la persona usuaria, es necesario informar a la coordinación del servicio.
La fase de asesoramiento la realizan personas profesionales habilitadas como asesoras.
En el procedimiento ordinario, la Agencia FPCAT selecciona y designa a las personas que realizan las funciones de asesoramiento entre las personas que constan habilitadas en el registro FPCAT. En el procedimiento con carácter masivo, la entidad asigna las personas asesoras y la Agencia FPCAT ratifica la decisión.
4.1.7. Consideraciones a tener en cuenta en las actuaciones de asesoramiento
Las fases de asesoramiento y evaluación deben ser realizadas por personas diferentes en relación con una misma persona interesada.
Las personas seleccionadas deben realizar sus funciones de acuerdo con el artículo 187 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, las instrucciones dictadas por la Agencia FPCAT y las indicaciones incluidas en la Guía de la persona asesora (ver 4.2.2.).
4.2. Modalidades de asesoramiento y Guía de la persona asesora
4.2.1. Modalidades de asesoramiento y duración
4.2.2. Guía de la persona asesora
4.2.1. Modalidades de asesoramiento y duración
La modalidad preferente en el procedimiento ordinario es por videoconferencia individual entre la persona asesora y la persona usuaria. En el procedimiento masivo, el método preferente es por observación en el puesto de trabajo.La persona asesora facilita a la persona usuaria las indicaciones y el enlace para conectarse a las sesiones acordadas.
Duración estimada de las actuaciones de la persona asesora: de 6 a 10 horas, distribuidas entre las diversas actuaciones que realiza.
Cuando se cite a la persona usuaria a una sesión de asesoramiento, se debe dejar un plazo mínimo de 3 días hábiles entre el envío del mensaje con la propuesta de fecha y hora para la sesión, y la fecha y hora propuestas. La persona usuaria deberá confirmar que asiste a la sesión o justificar su ausencia en un plazo máximo de 3 días hábiles.
Cuando no se pueden hacer las sesiones por videoconferencia o se requiere algún recurso adicional...
Se pueden realizar sesiones grupales?
4.2.2. Guía de la persona asesora
La base de las actuaciones de las personas asesoras se encuentra definida en la Guía de la persona asesora.
4.3. Actuaciones del procedimiento de admisión
4.3.1. Esquema de la fase de admisión
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.2.1. Inscripción de la persona interesada
4.3.2.2. Bienvenida a la persona interesada
4.3.2.3. Asignación de la persona asesora
4.3.2.4. Expediente de la persona interesada en la aplicación de gestión
4.3.2.5. Gestíón de las UC coincidentes
4.3.2.6. El historial profesional y formativo (HPF)
4.3.2.7. Convocatoria a la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.2.8. Log de e-mails
4.3.2.9. Ideas clave
4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.3.1. Sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.3.2. Recomendación de cambio de qualificación profesional
4.3. Actuaciones del procedimiento de admisión
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.1. Confirmación de asistencia a la sesión y registro de la sesión
4.3.4.2. Requerimiento de documentación justificativa
4.3.4.3. Cierre de la edición del HPF
4.3.4.4. Cómo generar el PDF del HPF y enviarlo a firmar
4.3.4.5. Valoración documental y revisión de los requisitos de participación
4.3.4.5.1. Valoración documental
4.3.4.5.2. Revisión de los requisitos de participación
4.3.4.5.3. Ejemplos de casos prácticos
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.1. Cierre del procedimiento por admisión
4.3.4.6.2. Cierre del procedimiento por inadmisión
4.3.4.6.3. Cierre del procedimiento por desistimiento
4.3.4.6.4. Reapertura de expedientes cerrados
4.3.4.7. Idees clau
4.3.4. 67. Idees clau
4.3.4.67. Idees u
4.3.1. Esquema del procedimiento de admisión
- Inscripión por parte de la persona interesada y mensaje de bienvenida.
- Asignación, a través de la aplicación de gestión, de la persona asesora a la persona interesada.
- Revisión de la solicitud por parte de la persona asesora.
- Cumplimentación del historial profesional y formativo (HPF) por parte de la persona interesada.
- Convocatoria a la sesión de verificación de los requisitos de participación.
ACTUACIONES PREVIAS A LA SESIÓN DE VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
- Desarrollo de la sesión de justificación de los requisitos de participación.
- Recomendación de cambio de cualificación, en su caso.
ACTUACIONES DURANTE LA SESIÓN DE VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
4.3.1. Esquema del procedimiento de admisión
- Confirmación de asistencia a la sesión y registro de la sesión.
- Requerimiento de documentación justificativa, en su caso.
- Cierre de la edición del HPF, generación en PDF y envío para su firma.
- Valoración de los requisitos de participación.
- Cierre de la admisión.
ACTUACIONES FINALES DE LA FASE DE ADMISIÓN
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.1. Inscripción de la persona interesada
En el procedimiento ordinario, la inscripción al servicio se realiza mediante el Tramitador de expedientes interdepartamentales (TEI). Una vez cumplimentada y enviada la solicitud, la persona interesada puede descargarse el acuse de recibo en PDF, que incluye el detalle de los datos informados en el formulario de inscripción. También recibe un mensaje automático de confirmación en el correo electrónico que haya facilitado en la solicitud, confirmando que la petición se ha registrado correctamente.
Es recomendable conservar el código de inscripción, ya que en los resultados de la acreditación, que se publicarán en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (e-Tauler) al finalizar el procedimiento, las personas usuarias se identificarán en el listado con el código de inscripción (ID) y el documento de identificación personal anonimizado.
En el procedimiento con carácter masivo, la inscripción se realiza a través de un Excel de datos que recoge la persona coordinadora de empresa, en el que solo inscribe a las personas trabajadoras que cumplen los requisitos de participación.
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.2. Bienvenida a la persona interesada
Una vez realizada la solicitud de inscripción, la Agencia FPCAT procede a cargarla en la aplicación de gestión del servicio de Acreditación y envía un correo electrónico automático de bienvenida a las personas interesadas, en el que recomienda la lectura de la Guía de la persona usuaria.
También se facilita el enlace al portal FPCAT
y el acceso al espacio de contacto con la Agencia FPCAT a través de
un formulario donde se pueden enviar consultas.
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.3. Asignación de la persona asesora
La aplicación de gestión, de acuerdo con las necesidades del servicio, realiza una preselección de personas colaboradoras y les asigna a la solicitudes de inscripción aplicando los filtros siguientes:
- Estar habilitado/da para la cualificación profesional de la inscripción.
- Haber indicado la disponibilidad para actuar.
- No sobrepasar el límite de actuaciones anuales establecido de acuerdo con la situación laboral declarada.
El ordren de selección de las personas col·laboradoras sigue los siguientes criterios:
- Tener menos expedientes activos asignados.
- Tener menos importe comprometido a percibir por período.
- Haber colaborado con el servicio de Acreditación con anterioridad.
- Fecha de habilitación (por ordre descendiente).
La Coordinación de las famílies professionales de la Agència FPCAT realizará una revisión de la preselección de personas colaboradoras i dará su aprobación, para informar de que presenten la documentación de co.aboración requerida firmada (en la aplicación de gestión) y preparará la correspondiente designación como persona asesora y evaluadora para publicarlo en el e-Tablón.La Agència FPCAT se reserva el derecho de seleccionar a las personas asesoras y aveluadoras según la valoración de sus actuaciones anteriores. Esta valoración se reaslizará siguiendo criterios de rigor técnico y presntación de la docuemntación justificativa en las fechas establecidas.
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.3. Asignación de la persona asesora
Una vez realizada la asignación, se envía un aviso por correo electrónico a la persona asesora informándola de la asignación:
A partir de ese momento, la persona asesora puede consultar en la aplicación de gestión la solicitud asignada, entrando con el rol de persona asesora:
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.4. Expediente de la persona interesada en la aplicación de gestión
En la aplicación de gestión encontramos el expediente de la persona interesada, en el que se pueden visualizar los datos de la solicitud (datos personales, registro, CNCP -código QP de inscripción i Comisión Evaluadora de la familia profesional- y estados -resumen de fechas de hitos importantes del procedimiento-), así como los datos de la admisión (si tiene unidades de competencia acreditadas en Cataluña anteriormente, si tiene UC coincidentes con otras solicitudes, etc.). A continuación pueden consultarse capturas de ejemplo de un expediente en la aplicación de gestión:
SOLICITUD
ADMISIÓN
Registro:
Datos personales:
Estados:
CNCP:
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.2.5. Gestión de las UC coincidentes
Debe preverse la posibilidad de que la persona usuaria tenga más de una inscripción en curso y de que haya UC coincidentes entre varias inscripciones, o de que haya acreditado anteriormente alguna de las UC incluídas en la QP de inscripción, ya sea por equivalencias entre UC o per convalidación entre módulos profesionles y UC.
UC desactivada UC desactivada UC desactivada
Podéis consultar la Correspondencia entre módulos profesionales (MP) superados y unidades de competencia (UC) que acreditan.
La aplicación de gestión desactiva automáticamente las UC duplicadas en el expediente de la persona usuaria para que no sea asesorada dos veces (solo se mantendrá activa en el expediente más antiguo) y, en caso de detectar UC acreditadas anteriormente en Cataluña, tambié las desactiva.
Las personas interesadas que, por error, hayan duplicado la solicitud de inscripción, en su expediente, en la segunda inscripción, aparecerán todas las UC desactivadas por coincidencia en otro expediente. Ver el seguiente ejemplo:
En caso de UC que no encontréis en el visor, podéis consultar las Tablas de equivalencias.
4.3.2.5. Gestión de las UC coincidentes
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
Por otro lado, la persona asesora puede gestionar las UC de la solicitud y, si la persona usuaria lo solicita, puede desactivarlas. También es posible que la persona usuaria informe de que dispone de alguna UC acreditada en alguna otra comunidad autónoma y que no quiere que se la asesore sobre ella. La persona asesora podrá gestionarlo y desactivar las UC desde esta pantalla, siempre que previamente recoja el documento de renuncia con la petición expresa de la persona usuaria y/o el documento de acreditación de otra comunidad. A través del siguiente icono puede accederse a la gestión de las UC para proceder a su desactivación:
En caso de desactivar alguna, deberá informarse del motivo de desactivación:
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.6. El historial profesional y formativo (HPF)
Cuando se asigna una persona asesora a una solicitud, automáticamente se envía a la persona interesada un mensaje predeterminado a través de la aplicación, en el que la persona asesora se presenta, explica que próximamente la convocará a la sesión de verificación y justificación de requisitos de participación y le pide que vaya cumplimentando el historial profesional y formativo (HPF) a través de un enlace.
En el HPF se tienen que hacer constar las experiencias laborales, los servicios prestados mediante una beca o voluntariado, la formación y otros datos relevantes relacionados con la cualificación profesional que contiene las unidades o estándares de competencia que quiere acreditar. Debe adjuntarse la documentación justificativa correspondiente, si se dispone de ella.
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.6. El historial profesional y formativo (HPF)
Tiene que contener la descripción y documentación justificativa para la admisión, así como el resto de documentación justificativa de la trayectoria profesional y de formación, que se valorará a lo largo del proceso.
Los campos disponibles en el HPF son los siguientes:
En el HPF debe adjuntarse, en cada apartado descrito, la documentación justificativa de cada experiencia y formación, si se dispone de ella.
1. Datos de la persona usuaria. 2. Se recoge si dispone de experiencia/formación realizada en el extranjero. 3. Informe de vida laboral. 4. Experiencia profesional, servicios prestados con una beca o voluntariado. 5. Formación reconocida oficialmente (formación del Sistema FPCAT). 6. Módulos profesionales o formativos superados y/o convalidados. 7. Formación no reconocida oficialmente (formación no formal). 8. Unidades o estándares de competència acreditados fuera de Cataluña. 9. Idiomas. 10. Otra información relevante. 11. Requisitos adicionales - Documentación
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.6. El historial profesional y formativo (HPF)
El HPF tiene formato de declaración responsable. Si la persona interesada no dispone de documentación justificativa de la experiencia profesional, de los servicios prestados mediante voluntariado o beca, o de la formación no formal realizada, lo puede justificar con este documento. Debe incluirse el detalle de tareas, períodos y/o contenidos de toda la experiencia y formación realizada.
En el caso de que la persona usuaria haya adquirido las competencias en el extranjero, es preciso registrarlo en la aplicación de gestión, en el apartado correspondiente del HPF. La aplicación informará automáticament a la Coordinación del servicio de esta situación para que lo revise y dé indicaciones sobre como proceder. La persona asesora dejará de realizar la verificación de requisitos de participación hasta recibir las indicaciones de la Coordinación del servicio.
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.7. Convocatoria a la sesión de verificación de los requisitos de participación
La persona asesora debe ponerse en contacto con la persona interesada para realizar la sesión de verificación de los requisitos de participación y determinar si cumple o no los requisitos para participar en el procedimiento de acreditación de competencias. Para crear la sesión en la aplicación de gestión es necesario hacer lo siguiente:
2. Rellenar y guardar los datos de la sesión con la fecha, hora y modalidad seleccionadas:
3. Sesión de verificación creada:
1 Añadir sesión:
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.7. Convocatoria a la sesión de verificación de los requisitos de participación
Una vez creada la sesión, la persona asesora envia, a través de la aplicación, la convocatoria de la sesión:
4. Clicar en el icono del calendario para enviar la convocatoria de sesión y confirmación de envío.
El mensaje de convocatoria a la sesión debe enviarse con una antelación mínima de 3 días hábiles a la fecha de la sesión, y la persona usuaria deberá confirmar su asistencia en un plazo máximo de 3 días hábiles.
Cuando la persona usuaria confirme la fecha y hora, deberá enviarse un segundo correo, desde la aplicación de gestión, con el enlace a la sesión por videoconferencia o con el detalle de la localización. Es importante que se envíe desde la funcionalidad de envío de correos electrónicos de la aplicación de gestión, para que quede registro del envío en el “log de e-mails” (explicado en la diapositiva siguiente).
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.8. Log de e-mails
Los correos electrónicos que se envían desde la aplicación de gestión quedan registrados en el log de e-mails del expediente de la persona usuaria. Este registro permite hacer un seguimiento de los envíos realizados a la persona usuaria y consultar el contenido de los mensajes, desde el expediente y en cualquier momento del procedimiento. Ejemplo de un log:
Este icono permite redactar nuevos correos para enviar a las personas usuarias y que queden registrados para su seguimiento, desde el log.
Es muy importante que cualquier mensaje de texto que no sea predeterminado se envíe desde esta funcionalidad para su seguimiento, tanto por parte de la persona asesora como de la Coordinación del servicio.
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.9. Ideas clave
La aplicación informática (en el procedimiento ordinario) o la persona coordinadora de empresa (en la acreditación masiva) asigna una persona asesora habilitada para la cualificación profesional correspondiente a la solicitud.
Al validar la asignación, la aplicación envía un mensaje de forma automática a la persona asesora asignada y un mensaje a la persona interesada con la indicación de que debe cumplimentar el historial profesional y formativo.
La persona asesora asignada revisa la solicitud y convoca a la persona interesada a la sesión de verificación de los requisitos de participación.
4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.3.1. Sesión de justificación de los requisitos de participación
El objetivo de esta sesión es verificar, conjuntamente con la persona interesada, que cumple y puede justificar los requisitos de participación en el servicio de Acreditación. Durante la sesión se resolverán las dudas y se acabará de rellenar el historial profesional y formativo de la persona interesada, que deberá guardarse firmado dentro de su expediente, en la aplicación de gestión, como declaración responsable.
- Identificación.
- Analizar conjuntament la experiencia laboral, voluntariado y becas y/o la formación no formal relacionada con la cualificación profesional de inscripción.
- Valorar la documentación justificativa (revisarla conjuntamente).
- Completar el historial profesional y formativo y guardarlo firmado en el expediente.
- Guardar el registro de la sesión en el expediente de la persona interesada (ver 4.3.4.1.).
Sesión de verificación de los requisitos de participación:
Las personas mayores de 25 años, a pesar de no disponer de documentación justificativa, pueden rellenar el historial profesional y formativo como declaración responsable, con el apoyo de la persona asesora, que valorará si la admisión queda suficientemente justificada.
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4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.3.1. Sesión de justificación de los requisitos de participación
En caso de que la persona asesora constate que hay un error o modificación en los datos personales que se han cargado en la aplicación informática, podrá modificarlos directamente en la aplicación de gestión, excepto si el error afecta al documento de identificación. En caso de que el error afecte al documento de identificación, deberá recopilarse la documentación que justifique la corrección y guardarla en la aplicación de gestión, que, automáticamente, enviará un aviso por correo electrónico a la Coordinación del servicio informándola del error o cambio para que gestione la corrección.
IMPORTANTE: En el procedimiento de acreditación masiva, la verificación de requisitos ya se habrá realizado con anterioridad. No obstante, la persona asesora deberá convocar la sesión de verificación de requisitos en la aplicación GESAC para revisar el HPF con la persona trabajadora y acabar de cumplimentarlo, en su caso. Asimismo, deberá rellenar el apartado de la verificación de requisitos en la aplicación de gestión.
4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.3.1. Sesión de verificación de los requisitos de participación
Para verificar los requisitos de participación y determinar la admisió o inadmisión de la persona interesada al servicio, se debe tomar como base su explicación y el HPF, revisando: - La edad de la persona interesada y el nivel de la cualificación profesional. - El documento de identificación personal (DNI o NIE). - Su experiencia laboral, de voluntariado o beca, o su formación no formal. - Si tiene experiencia adquirida en el extranjero (deberá informarse a la Agencia FPCAT antes de seguir adelante con el procedimiento de admisión). - Si dispone de la documentación justificativa. En el caso del requisito de la experiencia laboral, voluntariado, beca, o de formación no formal, basta con que se cumplan los requisitos de acceso por una de estas vías. A pesar de ello, deberá recopilarse toda la documentación acreditativa y relevante de ambas vías y registrarla en el historial profesional y formativo, ya que posteriormente, durante el procedimiento de acreditación, será valorada para obtener evidencias sobre la adquisición de las competencias.
4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.3.1. Sesión de verificación de los requisitos de participación
En cuanto a la documentación justificativa relacionada con la experiencia laboral, voluntariado o beca:
En caso de experiencia laboral, es preciso verificar que los certificados de empresa coinciden con los períodos de contratación del informe de vida laboral, que también se deberá adjuntar al historial profesional y formativo, si se dispone de él.
1. Los certificados aportados deben detallar:
- Los datos de la entidad donde se han desarrollado. - Los datos identificativos de la persona interesada. - La descripción de las tareas y funciones realizadas (y que estén relacionadas con la QP de inscripción). - El período durante el que se han desarrollado.
Seguidamente se deberá revisar que:
- las tareas desarrolladas estén directamente relacionadas con la cualificación a la que se han inscrito, - el número total de horas dedicadas, - que estén repartidas en 2 o 3 años, en función del nivell de las unidades o estándares de competencia, - que estén comprendidas en los últimos 15 años.
En caso de que de alguna experiencia o formación no formal no se disponga de documentación justificativa o no esté suficientemente detallada en los certificados, deberá incluirse en el historial profesional y formativo, indicando las funciones, la duración, etc.
4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.3.1. Sesión de verificación de los requisitos de participación
En cuanto a la documentación justificativa relacionada con la formación no formal:
1. Los certificados aportados deben detallar:
2. Deberá revisarse:
- Los datos identificativos de la persona interesada.
- El índice de contenidos.
- Las fechas en que se han realizado.
- El número de horas total.
- La organización que la ha impartido.
- Que los contenidos estén directamente relacionados con la cualificación de inscripción.
- El número total de horas de formación no formal relacionada realizada:
- 200 horas para UC de nivel 1 y 300 horas para UC de nivel 2 y 3. - Y que se hayan realizado en los últimos 10 años.
En caso de que no se llegue a las 200 o 300 horas requeridas, es preciso, por lo menos, tener realitzadas el mismo número de horas que el módulo profesional asociado a la unidad o estándar de competencia que quiere acreditarse. En este caso, se debe relacionar el curso de formación con alguna de las UC de la QP de inscripción, y comprobar las horas de formación que constan en el módulo formativo (MF) asociado a la UC. Si las horas del MF son inferiores o iguales a las horas de la formación, se podrá admitir, pero únicamente asesorar y evaluar por esta UC.
Consultar este visor Relación entre cualificaciones profesionales (QP) del catálogo FPCAT y la formación profesional del Sistema FPCAT
En el Catálogo de cualificaciones profesionals se pueden buscar las cualificaciones y descargar sus fichas, en PDF, que informan de los módulos formativos (MF) relacionados y las horas de los MF.
4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.3.2. Recomendación de cambio de QP
En caso de que la persona asesora detecte que la persona interesada no está inscrita a la QP que le corresponde, deberá recomendarle un cambio de QP e indicarlo en la aplicación:
Para recomendar el cambio de QP:
1. En la aplicación de gestión, acceder a la sugerencia de cambio de QP, dentro de ADMISIÓN > JUSTIFICACIÓN DE REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN:
2. Y, a continuación, buscar la QP que se recomienda y guardar:
Automáticamente se emite un mensaje predeterminado con indicaciones para la persona interesada.
4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.3.2. Recomendación de cambio de QP
La persona interesada recibe el siguiente correo electrónico, con las indicaciones a seguir para realizar la petición de cambio de QP, a través del trámite de enmiendas:
La persona usuaria dispone de 10 días hábiles para solicitar el cambio de QP. En caso de no hacerlo, el expediente se cierra por incumplimiento de los requisitos de participación y la Coordinación del servicio notifica a la persona interesada la correspondiente resolución por la que se inadmite provisionalmente la solicitud de inscripción, a través de su Área privada.
4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de requisitos de participación
Ideas clave
El objetivo de esta sesión es verificar, conjuntamente con la persona interesada, que cumple y puede justificar los requisitos de participación al servicio de Acreditación. En el procedimiento de acreditación masiva, el objetivo es revisar el HPF y acabar de cumplimentarlo, en su caso.
La persona asesora le da apoyo para completar el HPF y analiza la documentación justificativa que aporta la persona interesada.
La persona asesora recomienda un cambio de cualificación profesional, si procede.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.1. Confirmación de asistencia a la sesión y registro de la sesión
A través del siguiente icono se accede a la edición de la sesión creada:
Se marcará si la persona se ha presentado (Sí/No) i se guardará el documento de constancia de registro de la sesión:
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.1. Confirmación de asistencia a la sesión y registro de la sesión
Cuándo se debe guardar un registro de la sesión Cómo se puede generar y dónde guardarlo
Durante el procedimiento, siempre que se realice una sesión es preciso guardar una prueba o registro de ella, en soporte documental, que demuestre que la sesión se ha realizado y en la que conste específicamente la identificación de las personas implicadas, la fecha y el motivo de la sesión.
Hay varias alternativas para dejar constancia de la sesión: 1- Utilizar el PDF de registro de la sesión firmado tanto por la persona asesora como por la persona usuaria (opción recomendada si la persona usuaria dispone de firma digital). Se trata de un modelo predeterminado disponible en la aplicación de gestión que, además de dejar constancia de que la sesión se ha realizado, también servirá como justificante de asistencia a la sesión, en caso de que la persona usuaria lo solicite (detallado a continuación). 2- Guardar un PDF con la impresión del intercambio de correos electrónicos donde consta la confirmación de la persona usuaria de su asistencia a la sesión. Desde la aplicación de gestión, la persona asesora podrá enviar un correo electrónico predeterminado en el que constará toda la información de la que se debe dejar constancia, y en el que solicitará a la persona usuaria que lo responda (detallado a continuación).
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.1. Confirmación de asistencia a la sesión y registro de la sesión
1- Utilizar el PDF de registro de la sesión firmado tanto por la persona asesora como por la persona usuaria
1-Una vez se ha marcado que la persona interesada ha asistido a la sesión, la persona asesora clica en el icono de la impresora para generar el documento PDF de la sesión (Registro de la sesión).La persona asesora descarga el documento, lo firma y lo adjunta a la aplicación, en "Documento de constancia". 2-Una vez adjuntado correctamente, la persona asesora clica en "Guardar" y lo envía a la persona interesada para que lo firme (clicar en el icono de la pluma para enviar).
La persona interesada devuelve el registro firmado a través del enlace facilitado en el correo electrónico o puede enviarlo a la persona asesora para que lo guarde en el expediente (en el apartado "documento de constancia firmado"). En cualquier caso, la persona asesora siempre revisará que quede correctamente firmado y guardado.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.1. Confirmación de asistencia a la sesión y registro de la sesión
2- Guardar un PDF con la impresión del intercambio de correos electrónicos
La aplicación de gestión, desde la sesión, permite enviar un correo electrónico predeterminado en el que se solicita la confirmación de asistencia a la sesión. Para enviar el correo es preciso clicar en el icono señalado.
La persona usuaria recibe el siguiente correo electrónico y solo deberá responderlo con la frase: "Confirmo que he asistido a la sesión”
La persona asesora descargará la respuesta en PDF y la subirá al expediente, como documento de registro de la sesión.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.2. Requerimiento de documentación justificativa
En caso de que la persona usuaria no presente la documentación justificativa y/o no rellene el historial profesional y formativo en los plazos indicados, y no haya solicitado ayuda para hacerlo, se le requerirá que en 10 días hábiles enmiende la documentación, con indicación de que si no lo hace se tendrá por desistida su solicitud. La persona asesora debe activar en la aplicación la acción de requerimiento de documentación. Para ello, es preciso registrar el requerimiento y enviar el correo predeterminado a través del icono del avión. Se guardará la FECHA EN TRÁMITE DE ADMISIÓN - DE REQUERIMIENTO, y se enviará el siguiente correo electrónico a la persona usuaria:
Esta acción sirve para identificar que ya se ha realizado el requerimiento y la fecha en que se ha llevado a cabo, para saber cuándo finaliza el plazo de 10 días.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.3. Cierre de la edición del HPF
En caso de que la persona usuaria tenga dificultades para rellenar el HPF, la persona asesora lo puede editar accediendo al mismo a través del icono de edición.
Cuando la persona asesora da por finalizada la edición del HPF, cierra el enlace a través del icono del candado rojo (la persona asesora lo podrá editar, pero la persona usuaria ya no; si fuera necesario, lo podría reabrir).
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.4. Cómo generar el PDF del HPF y enviarlo a firmar
Una vez cerrado el enlace a la edición del HPF, la persona asesora debe generar el HPF en PDF para volver a subirlo a la aplicación y dejarlo a disposición de la persona usuaria, que recibirá un correo electrónic para descargarlo, firmarlo y volver a adjuntarlo a través del enlace facilitado. A través del siguiente icono se generará y descargará el HPF en PDF:
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.4. Cómo generar el PDF del HPF y enviarlo a firmar
A través del siguiente icono se subirá el PDF del HPF:
A través del icono del avión se enviará el siguiente mensaje a la persona usuaria, con el HPF adjunto y el enlace para devolverlo firmado:
Cuando la persona interesada lo carga a través del enlace, se visualiza el siguiente icono, desde el que se puede descargar. La persona asesora debe revisarlo y comprobar que está firmado:
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.5. Valoración documental y revisión de los requisitos de participación
4.3.4.5.1. Valoración documental
El siguiente paso consiste en comprobar si la persona interesada reúne los requisitos para acceder al procedimiento de acreditación de competencias:
A través del siguiente icono se accede a la pantalla de verificación documental y de requisitos de participación:
En primer lugar debe consignarse la verificación documental (indicando qué documentos aporta la persona interesada):
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.5. Valoración documental y revisión de los requisitos de participación
4.3.4.5.2. Revisión de los requisitos de participación
Una vez revisados los requisitos de participación (ver 4.3.4.5.1.), es preciso marcar el cumplimiento, requisito por requisito, y guardar.
Los requisitos de edad ya vienen calculados automáticamente por la fecha de nacimiento informada en la solicitud de inscripción y el nivel de la UC. Los otros requisitos los registra la persona asesora, en la siguiente pantalla:
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.5. Valoración documental y revisión de los requisitos de participación
4.3.4.5.2. Revisión de los requisitos de participación
Nacionalidad y procedencia: Debe indicarse si el documento de identidad que aporta la persona interesada es uno de los documentos de identidad que se aceptan para poder participar en el proceso de acreditación de competencias (cumple o no cumple).
Edad: El cumplimiento de este requisito viene determinado automáticamente. No es preciso indicar nada.
Experiencia profesional y/o formación: Si la persona cumple los requisitos con la documentación aportada por la vía de experiencia laboral, voluntariado o becas, debe indicarse en el texto verde (según nivel 1 o 2). Si cumple por vía de la formación, debe indicarse en el apartado correspondiente de color verde. Si, según la documentación presentada, la persona no cumple por la vía de experiencia laboral, voluntariado o becas, tiene que indicarse en el apartado correspondiente de experiencia profesional de color rojo, y si no cumple por la vía de formación, tiene que indicarse en el apartado de formación de color rojo.
Requisitos adicionales: En los casos en que las unidades de competencia profesional que se valorarán cuenten, por su naturaleza, con requisitos adicionales, debe indicarse si la persona presenta el documento justificativo de cumplir estos requisitos. Si no es el caso, se tiene que indicar "no procede".
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.5. Valoración documental y revisión de los requisitos de participación
4.3.4.5.3. Ejemplos de casos prácticos
Ejemplos y posibles casos que pueden darse en la verificación de los requisitos de participación:
Persona que accede al servicio por la vía de la formación no formal:
Descripción del caso 1:
- Persona usuaria de 20 años que accede al servicio por la vía de la formación no formal.
- Las UC incluidas en la QP de inscripción son de nivel 2.
- Ha realizado cursos relacionados con las UC de la QP de inscripción, con una duración que suma un total de 200 h, repartidas en los últimos 5 años.
Actuaciones de la persona asesora:1. Comprueba que el contenido de la formación está directamente relacionado con las UC de la QP de inscripción. 2. Detecta que el total de horas de formación no llega a las 300 h requeridas para las UC de nivel 2; revisa de la QP el total de horas del módulo formativo de la UC relacionada con la formación que aporta y ve que consta de 260 h.
NO CUMPLE REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Si hubiera tenido las 260 horas de formación no formal, habría cumplido los requisitos de participación al servicio de Acreditación, pero solo podría acreditar esta UC.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.5. Valoración documental y revisión de los requisitos de participación
4.3.4.5.3. Ejemplos de casos prácticos
Persona que accede al servicio únicamente por la vía de la experiencia laboral:
Descripción del caso 2:
- Persona usuaria de 23 años que accede al servicio por la vía de la experiencia laboral.
- Las UC incluidas en la QP de inscripción son de nivel 1.
- Dispone de 1.500 h trabajadas desarrollando funciones relacionadas con las UC de la QP de inscripción en el último año.
Actuaciones de la persona asesora:1. Comprueba que las funciones descritas en el certificado de empresa están directamente relacionadas con las UC de la QP de inscripción. 2. Revisa que el total de horas de experiencia supera las 1.000 h requeridas para las UC de nivel 1, pero ve que no justifica experiencia más allá del último año.
NO CUMPLE REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Si hubiera dispuesto de las 1.500 horas de experiencia laboral relacionada, repartidas en 2 años, sí que habría cumplido los requisitos de participación al servicio de Acreditación.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.5. Valoración documental y revisión de los requisitos de participación
4.3.4.5.3. Ejemplos de casos prácticos
Persona que accede al servico mediante servicios prestados con voluntariado:
Descripción del caso 3:
- Persona usuaria de 35 años que accede al servicio por haber prestado servicios de voluntariado.
- Las UC incluidas en la QP de inscripción son de nivel 2.
- Dispone de 3.500 h prestadas en el voluntariado desarrollando funciones relacionadas con las UC de la QP de inscripción en los últimos 5 años.
Actuaciones de la persona asesora:1. Comprueba que las funciones descritas en el certificado de la organitzación están directamente relacionadas con las UC de la QP de inscripción. 2. Revisa que el total de hores prestadas mediante el voluntariado supera las 2.000 h requeridas para las UC de nivel 2, y que las tiene distribuidas en los últimos 5 años.
CUMPLE REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
En el cierre del procedimiento de admisión se pueden dar varias situaciones; que se produzca:
- Con revisión de requisitos de participación (cierre con admisión o inadmisión).
- Sin revisión de requisitos de participación (por desistimiento).
Desistimiento
Admisión
Inadmisión
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE TIENE PER DESISTIDA LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE INADMISIÓN
INICIO FASE DE ASESORAMIENTO
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
- Con revisión de requisitos de participación (cierre con admisión o inadmisión).
Admisión
Inadmisión
RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE INADMISIÓN
INICIO FASE DE ASESORAMIENTO
Generalmente, si las condiciones lo permiten, el cierre del procedimiento de admisión se hará siempre con la revisión de los requisitos de participación.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
- Sin revisión de requisitos de participación (por desistimiento).
Desistimiento
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE TIENE POR DESISTIDA LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
En caso de que la persona interesada no se presente a la sesión de verificación de los requisitos de participación, que exprese voluntariamente que desiste de su solicitud o por alguna otra casuística, se cierra la admisión sin necesidad de realizar la verificación y justificación de los requisitos de participación.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
Cuando se cumplen todas las condiciones de cierre de la admisión con revisión de requisitos (todas las actuaciones previas están correctamente registradas en la aplicación) se puede cerrar la fase de admisión. En caso de que quede pendiente hacer una actuación o adjuntar un documento, en la pantalla se indica cuál es el motivo que no permite realizar el cierre y a continuación se muestra la leyenda de códigos.
Es posible realizar el cierre:
No es posible realizar el cierre:
Excepcionalmente, en el proceso de acreditación masiva, dado que la verificación de requisitos de participación se realiza antes de la inscripción, es posible cerrar la admisión sin haber adjuntado el HPF. Posteriormente, sin embargo, deberá adjuntarse obligatoriamente en la fase de asesoramiento.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
Pantalla de cierre con revisión de requisitos:
Admitida:
No admitida:
Pantalla de cierre por desistimiento:
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.1. Cierre del procedimiento por admisión
Las personas usuarias que cumplen los requisitos de participación, presentan la documentación requerida, rellenan el HPF y asisten a la sesión de verificación de requisitos de participación son admitidas.
Cuando la persona asesora cierra el procedimiento de admisión con la admisión de la persona usuaria, automáticamente la aplicación envía el siguiente correo electrónico a la persona usuaria informándola de que ha sido admitida y que tiene que rellenar los cuestionarios de autoevaluación:
En caso de que la persona usuaria no los rellene antes de la sesión de asesoramiento o que pida ayuda para hacerlo o para devolverlos cumplimentados, la persona asesora la ayudará.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.2. Cierre del procedimiento por inadmisión
Generar la correspondiente resolución de inadmisión y realizar la notificación a través del Tramitador de expedientes interdepartamentales (TEI).
La Coordinación del servicio, periódicamente, realiza una extracción con los datos de las personas inadmitidas y el motivo de inadmisión, que se cargan a los expedientes correspondientes del TEI para generar la resolución de inadmisión. Pueden ser las siguientes:
Resolución por la que se inadmite provisionalmente la solicitud de inscripción al servicio de Acreditación de competencias profesionales por incumplimiento de los requisitos de participación. Resolución por la que se inadmite la solicitud de inscripción al servico de Acreditación de competencias profesionales de la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña, por tener previamente acreditadas o en trámite de acreditación la totalidad de las unidades o estándares de competencia de la QP de inscripción. Resolución por la que se inadmite la solicitud de inscripción al servicio de Acreditación de competencies profesionales por inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de los datos aportados.
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.2. Cierre del procedimiento por inadmisión
La persona usuaria no justifica los requisitos de participación: Cuando, por su edad, documento de identidad o experiencia/formación no formal la persona usuaria no justifica los requisitos de participación requeridos, se la inadmite, y la persona asesora cierra el expediente como inadmitida por incumplimiento de requisitos.
Motivos de inadmisión durante el procedimiento de admisión
La Coordinación del servicio le notifica, a través de su Área privada, la correspondiente resolución, por la que se inadmite provisionalmente la solicitud de inscripción al servicio de Acreditación.
Contra la resolución provisional de inadmisión la persona usuaria puede presentar alegaciones en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la notificación de esta resolución provisional. La Comisión Evaluadora las valorará y emitirá un acuerdo de respuesta, contra el que se podrá presentar recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificació del acuerdo.
La persona usuaria tiene previamente acreditadas o en trámite de acreditación la totalidad de las unidades o estándares de competencia de la QP de inscripción:
La Coordinación del servicio detecta esta situación, la inadmite por duplicidad y emite la resolución por la que se inadmite la solicitud de inscripción al servicio de Acreditación.
Inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de datos o documentos que acompañan a la solicitud: Cuando se detecta esta situación, es preciso registrarla en la aplicación de gestión, señalando este motivo de inadmisión y detallando la inexactitud, falsedad u omisión detectadas en el campo de texto abierto correspondiente.
La Coordinación del servicio recoge estos casos y notifica la apertura del trámite de audiencia para que la persona usuaria pueda acceder a los datos de su expediente, alegar y enmendar, si procede, la inexactitud, falsedad u omisión en un plazo de 10 días hábiles, transcurridos los cuales, si se confirma la inexactitud, falsedad u omisión, se emitirá la resolución per la que se inadmite la solicitud de inscripción al servicio de Acreditación.
Contra la resolución de inadmisión se puede presentar recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la resolución.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.3. Cierre del procedimiento por desistimiento
Generar la Resolución por la que se tiene por desistida la solicitud de inscripción de la persona interesada
La Coordinación del servicio, periódicamente, realiza una extracción con los datos de las solicitudes que se tienen por desistidas y los motivos de desistimiento, que deben cargarse a los expedientes del TEI para generar la Resolució por la que se tiene por desistida la solicitud de inscripción de la persona interesada.
Es posible que, ante situaciones de desistimiento, las personas interesadas presenten un recurso de alzada, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la resolución, que será recogido por la Coordinación del servicio y registrado en la aplicación para que la Comisión Evaluadora intervenga, valorando la situación y generando un informe.
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.3. Cierre del procedimiento por desistimiento
La persona usuaria solicita voluntariamente la baja del procedimiento:
Cuando la persona usuaria comunica a la persona asesora que no quiere continuar el procedimiento, ésta le informará de que debe tramitar la baja en el TEI, mediante el trámite de Presentación de enmiendas, escritos y documentos al servicio de Acreditación de competencias profesionales (FPCAT), seleccionando la opción “Pedir la baja de la solicitud de inscripción”. Una vez que la baja haya sido solicitada al TEI, la coordinación enviará un mensaje de aviso a la persona asesora informándola del desistimiento e indicándole que debe cerrar la admisión, marcando el motivo de desistimiento “Solicitado por la persona usuaria”. Como resultado, se enviará a la persona usuaria la Resolución de desistimiento correspondiente. En caso de que, transcurridos 15 días naturales desde la comunicación a la persona usuaria sobre la necesidad de solicitar la baja mediante el trámite de enmiendas del TEI, ésta no lo haya hecho, la persona asesora deberá crear una sesión de verificación de los requisitos de participación. Si la persona usuaria no se presenta en esta sesión, se la tendrá por desistida, cerrando la admisión, señalando como motivo “Ausencia injustificada en la sesión telemática para justificar los requisitos de participación”. En este caso, se enviará a la persona usuaria la Resolución de desistimiento por ausencia injustificada en la sesión de verificación de los requisitos de participación.
Motivos de desistimiento durante el procedimiento de admisión
Contra la resolución de desistimiento, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la persona interesada puede interponer un recurso de alzada ante la Presidencia Ejecutiva de la Agencia FPCAT, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación.
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.3. Cierre del procedimiento por desistimiento
La persona usuaria no presenta la documentación justificativa requerida y/o no rellena el historial profesional y formativo en el plazo indicado:En este caso, siempre que no haya solicitado ayuda para recopilar o aportar la documentación, se la requerirá para que en un plazo de 10 días hábiles enmiende la documentación, con indicación de que si no lo hace se la tendrá por desistida, se cerrará el expediente y se le notificará la correspondiente resolución de desistimiento.
Motivos de desistimiento durante el procedimiento de admisión
Contra la resolución de desistimiento, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la persona interesada puede interponer un recurso de alzada ante la Presidencia Ejecutiva de la Agencia FPCAT, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación.
La persona usuaria no se presenta a la sesión acordada, sin justificación: En este caso se la tiene por desistida de su solicitud, se cierra el expediente y se le notifica la correspondiente resolución de desistimiento. En caso de que justifique la ausencia por una causa de fuerza mayor, se la volverá a citar a una sesión telemática.
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.3. Cierre del procedimiento por desistimiento
1. En la aplicación de gestión se debe acceder al cierre a través del icono que lleva a la pantalla de desistimiento:
2. Y, a continuación, marcar "No admitida", señalar el motivo de desistimiento de las opciones del desplegable, adjuntar el documento de constancia si lo solicita la persona usuaria, anotar las observaciones correspondientes, cerrar la admisión por desistimiento y guardar:
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.4. Reapertura de los expedientes cerrados
Si se estiman las alegaciones o los recursos de alzada presentados contra las resoluciones o acuerdos de inadmisión o desistimiento, en la aplicación de gestión:
- Se reabren las admisiones cerradas.
- Se anula el registro de cierre por inadmisión o desistimiento del expediente.
- Se envía un mensaje de aviso a la persona asesora informándola de la reapertura, solicitándole que acceda al expediente para analizar en qué situación se encuentra y seguir con las actuaciones de admisión que corresponda.
En caso de que la persona asesora se dé cuenta de que ha cerrado el expediente por error, podrá solicitar a la Coordinación del servicio que lo reabra. Esta situación es excepcional.
El mensaje de aviso que recibe la persona asesora ante una reapertura de expediente es el seguiente:
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.4.7. Ideas clave
Confirma, en la aplicació de gestión, que la persona interesada ha asistido a la sesión y guarda el registro de confirmación.
Cierra la edición del HPF y lo genera en PDF para su firma (en el procedimiento de acreditación masiva no es obligatorio hacerlo en esta fase).
Registra, en la aplicación de gestión, la valoración documental y determina si la persona interesada cumple los requisitos de participación.
Cierra el procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento de la persona interesada.
4.4. Las guías de evidencias
4.4.1. Las guías de evidencias
4.4.2. Las dimensiones de las guías de evidencias
4.4.2.1. Especificaciones relacionadas con el saber hacer
4.4.2.2. Especificaciones relacionadas con el saber
4.4.2.3. Especificaciones relacionadas con el saber estar
4.4.1. Las guías de evidencias
Las guías de evidencias son una herramienta básica para valorar las experiencias y formaciones aportadas por las personas usuarias en el historial profesional y formativo, y determinar si se recomienda o no la evaluación de la UC.
Dado que el asesoramiento y la evaluación de la competencia profesional se basan en la recopilación de pruebas o evidencias de competencia generadas por cada persona usuaria, el referente que debe considerarse para valorar dichas evidencias es el que se indica en las guías de evidencias. En las guías se concretan los referentes en los apartados de especificaciones de evaluación relacionadas con las dimensiones de la competencia profesional y de situaciones profesionales de evaluación y criterios de evaluación de la unidad de competencia, objeto de asesoramiento y evaluación.
¿QUÉ SON LAS GUÍAS DE EVIDENCIAS?
- Son un instrumento de apoyo técnico y referente para el asesoramiento y evaluación de cada una de las unidades o estándares de competencia.
- Explicitan las realizaciones profesionals y los criterios de realización de la unidad de competencia.
- Tienen por objeto comprobar si la persona usuaria demuestra la competencia profesional.
Las guías de evidencias están disponibles en la aplicación de gestión, que la Agencia FPCAT pone a disposición de las personas asesoras y evaluadoras, junto con los cuestionarios de evaluación y las plantillas de valoración (que se explican en el apartado 4.5).
4.4.1. Las guías de evidencias
La persona asesora debe valorar si las evidencias indirectas* justifican su competencia profesional respecto al referente de evaluación**, analizando si se cumplen los siguientes requisitos:
Actualización
Autenticidad
Suficiencia y pertinencia
En determinados casos, su comprobación puede resultar difícil, por lo que se podría complementar con el uso de diversas técnicas, como la técnica de preguntas aplicada a la entrevista.
Se justifica la competencia profesional verificando que la persona tiene los conocimientos, habilidades y aptitudes, relacionados con las competencias profesionales a evaluar, actualizados. Este aspecto es clave en sectores muy dinámicos o en proceso de cambio.
La persona asesora tiene que analizar si cubren todo el referente de evaluación, para justificar la competencia profesional de la persona usuaria.
4.4.2. Las dimensiones de las guías de evidencias
En las guías de evidencias constan las especificaciones de la evaluación relacionadas con las dimensiones de la competencia profesional. Por ello se interrelacionan los tres componentes siguientes:
"Saber hacer": dominio de actividades principales y secundarias.
Competencias técnicas
"Saber": conocimientos técnicos de conceptos y procedimientos.
Competencias sociales
"Saber estar": actitud y comportamientos esperados.
4.4.2. Las dimensiones de las guías de evidencias
4.4.2.1. Especificaciones relacionadas con el saber hacer
Saber hacer: la persona usuaria debe demostrar el dominio práctico relacionado con las actividades profesionales que intervienen en la realización de las actividades comprendidas en la unidad de competencia (apartado 1a de la guía de evidencias de muestra).
En las guías de evidencias se indican con un dígito las actividades profesionales expresadas en las realizaciones profesionals de la unidad de competencia (actividades principales -APP-), y con dos dígitos las reflejadas en los criterios de realización (actividades principales secundarias -APS-).
Guía de evidencias de muestra
4.4.2. Las dimensiones de las guías de evidencias
4.4.2.1. Especificaciones relacionadas con el saber hacer
Ejemplo de actividad principal y sus actividades secundarias, de la UC0274_3: Programar las actividades propias de una sala de entrenamiento polivalente (SEP), atendiendo a criterios de promoción de la salud y el bienestar de los usuarios:
Actividades principales dentro de la guía de evidencias de ejemplo
4.4.2. Las dimensiones de las guías de evidencias
4.4.2.2. Especificaciones relacionadas con el saber
Saber: la persona usuaria debe demostrar que tiene los conocimientos técnicos (conceptos y procedimientos) en los que se basan las actividades profesionales implicadas en las realizaciones profesionales de la UC (apartado 1b de la guía de evidencias de muestra).
Ejemplo de conocimientos técnicos de la UC0274_3: Programar las actividades propias de una sala de entrenamiento polivalente (SEP), atendiendo a criterios de promoción de la salud y el bienestar de los usuarios:
Resaltadas en amarillo las actividades relacionadas con el saber, dentro de la guía de evidencias de ejemplo
4.4.2. Las dimensiones de las guías de evidencias
4.4.2.3. Especificaciones relacionadas con el saber estar
Saber estar: la persona usuaria debe demostrar que tiene una actitud de comportamiento en el trabajo y unas formas de actuar e interactuar según las especificaciones indicadas en el saber estar (apartado 1c de la guía de evidencias de muestra).
Ejemplo de comportamientos y actitudes especificados en el saber estar de la UC0274_3: Programar las actividades propias de una sala de entrenamiento polivalente (SEP), atendiendo a criterios de promoción de la salud y el bienestar de los usuarios:
Resaltadas en amarillo las actividades relacionadas con el saber estar, dentro de la guía de evidencias de ejemplo
4.5. Las actuaciones del procedimiento de asesoramiento
4.5.1. Esquema de la fase de asesoramiento
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.1. Admisión de la persona usuaria
4.5.2.2. Cuestionarios de autoevaluación y plantillas de valoración
4.5.2.3. Convocatoria a la sesión de asesoramiento
4.5.2.4. Log de e-mails
4.5.2.5. Ideas clave
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.1. Acogida al servicio de Acreditación y desarrollo de la sesión
4.5.3.2. Identificación y objectivos, expectativas e intereses de la persona usuaria
4.5.3.3. Revisión del HPF
4.5.3.4. Procedimiento ante una UC de idioma
4.5.3.5. Ideas clave
4.5. Las actuaciones del procedimiento de asesoramiento
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.1. Confirmación de asistencia y registro de la sesión
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
4.5.4.3. Apoyo lingüístico en caso de UC de idioma
4.5.4.4. Generación del informe de asesoramiento
4.5.4.5. Observaciones
4.5.4.6. Finalización de la fase de asesoramiento
4.5.4.6.1. Finalización de la fase de asesoramiento con asesoramiento finalizado
4.5.4.6.2. Finalización de la fase de asesoramiento por desistimiento
4.5.4.7. Ideas clave
4.5.5. Decisión y solicitud de UC a evaluar/no evaluar
4.5.5.1. Seguimiento por parte de la persona asesora
4.5.5.2. Cumplimentación por parte de la persona usuaria
4.5.1. Esquema de la fase de asesoramiento
Se informa automáticamente a la persona interesada que ha sido admitida a la fase de asesoramiento y que debe rellenar los cuestionarios de autoevaluación.
Cumplimentación, por parte de la persona usuaria, de los cuestionarios de autoevaluación.
La persona asesora envía la convocatoria de la sesión de asesoramiento a la persona usuaria.
La persona asesora registra los resultados de los cuestionarios de autoevaluación en la aplicación de gestión.
ACTUACIONES INICIALES DE LA FASE DE ASESORAMIENTO
ACTUACIONES DURANTE LA SESIÓN DE ASESORAMIENTO
Desarrollo de la sesión de asesoramiento, en que la persona asesora identifica los objetivos, expectativas e intereses de la persona usuaria y revisan conjuntamente el historial profesional y formativo.
Guardar el registro de la sesión
Sistematizar las evidencies: introducir los resultados de la valoración de evidencias en la aplicación de gestión, para cada actividad principal (APP), de todas las UC asesoradas.
ACTUACIONES DESPUÉS DE LA SESIÓN DE ASESORAMIENTO
Recomendar evaluar/no evaluar las UC asesoradas.
Indicar el itinerario formativo para las UC que no se recomienda evaluar.
Generar el informe de asesoramiento.
Cerrar la fase de asesoramiento en la aplicación de gestión. Hacer seguimiento de la cumplimentación de la solicitud de UC a evaluar.
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.1. Admisión de la persona usuaria
Cuando se cierra la fase de admisión y la persona usuaria queda admitida, se envía automáticamente un correo:
- Informándola de que está admitida.
- Adjuntando el enlace a los cuestionarios de autoevaluación de las unidades o estándares de competencia (UC) de la cualificación profesional (QP) a la que se ha inscrito (y que no le consten acreditadas con anterioridad), que deberá rellenar y devolver a la aplicación.
En caso de que sea necesario, se realizará una sesión para ayudar a la persona usuaria a rellenar y guardar en la aplicación los cuestionarios de autoevaluación.
Cuando la persona usuaria queda admitida, en el expediente se habilita un segundo bloque de gestión llamado "Proceso > Asesoramiento", que permite registrar las actuaciones siguientes de la fase de asesoramiento:
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.2. Cuestionarios de autoevaluación y plantillas de valoración
El objetivo de los cuestionarios de autoevaluación es obtener información sobre el grado de dominio de la persona usuaria respecto a las UC que quiere acreditar, tanto por parte de la persona asesora como por parte de la persona usuaria, puesto que le ayudará a tomar conciencia de las competencias adquiridas.
Es preciso tener en cuenta las siguientes consideraciones:
4. La persona usuaria rellena el cuestionario de autoavaluación en PDF y lo devuelve. La persona asesora rellena la plantilla de valoración, en Excel, y analiza el resultado. Registra la puntuación obtenida en la aplicación de gestión. Si supera el umbral establecido en la plantilla de valoración y hay evidencias, se puede recomendar la evaluación.
3. Para cada actividad profesional se considera el grado de autonomía en el desempeño, según la escala:
2. El lenguaje de las actividades profesionales se ha adaptado teniendo en cuenta el nivel de la unidad de competencia objeto de evaluación y se ha utilizado la terminología propia del entorno laboral.
1. Las actividades profesionales establecidas en el cuestionario reflejan las realizaciones profesionales y los criterios de realización de la unidad de competencia de referencia (ver 4.4.2.).
1= No sé hacerlo 2= Lo puedo hacer con ayuda 3= Lo puedo hacer sin necesitar ayuda
4= Lo puedo hacer sin necesitar ayuda, e incluso podría formar a otra persona
Plantilla de valoración de ejemplo
Cuestionario de autoevaluación de ejemplo
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.2. Cuestionarios de autoevaluación y plantillas de valoración
Los cuestionarios de autoevaluación incluyen preguntas relacionadas con las competencias implicadas en las unidades de competencia objeto de asesoramiento. Las personas usuarias deben responderlos con total sinceridad. Sus propias valoraciones les ayudarán a tomar conciencia del nivel de autonomía y dominio de las actividades principales y secundarias de la competencia y, en cierta medida, les indicarán en qué grado la tienen consolidada. Es indispensable que las personas usuarias cumplimenten las autoevaluaciones de todas las UC de las que quieren ser asesoradas, y que queden guardadas en su expediente, en la aplicación de gestión. Posteriormente, la persona asesora entrará las puntuaciones en la plantilla de valoración, que realiza la ponderación de los resultados obtenidos e indica el umbral según el cual se podría recomendar la evaluación de la UC. Las plantillas de valoración cumplimentadas también deben quedar guardadas en el expediente. A continuación, las personas asesoras introducirán la puntuación para cada UC en la aplicación de gestión.
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.2. Cuestionarios de autoevaluación y plantillas de valoración
En la aplicación, el apartado Autoevaluación incluye dos subpestañas: "REGISTRO" y "GUÍAS, CUESTIONARIOS, PLANTILLAS".
- Se visualiza el cuestionario (o cuestionarios) de autoevaluación que ha cargado la persona usuaria, una vez rellenado (subpestaña REGISTRO).
- Se descarga el cuestionario (para hacer la transcripción de las puntuaciones en la plantilla de valoración).
- Se descarga la plantilla o plantillas de valoración (subpestaña GUÍAS, CUESTIONARIOS, PLANTILLAS).
- Se transcriben las puntuaciones de los cuestionarios a la plantilla (o plantillas) de valoración, se obtiene la puntuación ponderada y se revisa el umbral de superación indicado.
- Se guarda, en la aplicación de gestión, la plantilla de valoración cumplimentada y se registra la puntuación ponderada obtenida (subpestaña REGISTRO).
3- AUTOEVALUACIÓN > "GUÍAS, CUESTIONARIOS, PLANTILLAS":
3- AUTOEVALUACIÓN> REGISTRO:
Ver un ejemplo de AUTOEVALUACIÓN > REGISTRO cumplimentado
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.2. Cuestionarios de autoevaluación y plantillas de valoración
En la pestaña de autoevaluación > registro quedan almacenados:
- los cuestionarios cumplimentados en PDF (los sube la persona usuaria mediante el enlace que se le envía por correo electrónico cuando se le informa de la admisión),
- las plantillas de valoración cumplimentadas (las carga la persona asesora una vez ha transcrito la puntuación de los cuestionarios)
- y la puntuación final ponderada que facilita la plantilla (y que la persona asesora registra directamente en la aplicación).
Desde Autoevaluación > guías, cuestionarios y plantillas se pueden descargar los documentos originales.
Enlace en el que la persona usuaria descarga y devuelve los cuestionarios de autoevaluación:
Pestaña 3-Autoevaluación > Registro:
A través de estos iconos se accede a la pantalla dondese registra la puntuación y se cargan las plantillas cumplimentadas.
A través de los iconos de la parte superior se descargan los cuestionarios de autoevaluación originales en PDF.
A través del enlace "Editar", de la parte inferior derecha, se devuelven los cuestionarios cumplimentados.
Pestaña 3-Autoevaluación > Guías, cuestionarios, plantillas:
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.2. Cuestionarios de autoevaluación y plantillas de valoración
Ejemplo de plantilla que incluye la transcripción de las puntuaciones de la autoevaluación y que calcula la puntuación final ponderada de la UC_2-1454-11_3:
Pantalla donde se registra la puntuación y se carga la plantilla de valoración cumplimentada:
Ejemplo de puntuación y plantilla cargadas en la aplicación de gestión:
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.3. Convocatoria a la sesión de asesoramiento
Cuando la persona usuaria ha rellenado y enviado los cuestionarios de autoevaluación dentro de los plazos establecidos, la persona asesora contacta con ella para citarla a la sesión de asesoramiento.
Para crear la sesión en la aplicación de gestión, se debe ir a pestaña de "Sesiones", dentro del bloque activado de Asesoramiento:
Cuando se recibe su confirmación de asistencia, desde la pestaña "Log de e-mails" se genera el correo en el que se enviará el enlace o localización de la sesión prevista (explicado a continuación):
Al clicar en "enviar", la persona usuaria recibe el siguiente mensaje, al que debe responder para confirmar si puede asistir a la sesión el día y hora propuestos
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.4. Log de e-mails
Log de e-mails: todas las comunicaciones que emite la aplicación de gestión durante el asesoramiento quedan registradas en el log de e-mails. Se recomienda que todos los mensajes no predeterminados que la persona asesora envía a la persona usuaria se envíen desde el log de e-mails, para dejar constancia de su envío.
Icono para enviar mensajes no predeterminados desde el log de e-mails.
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.5 Ideas clave
Cuando la persona interesada es admitida, recibe un mensaje para informarle de la admisión y dándole las indicaciones para rellenar los cuestionarios de autoevaluación.
La persona asesora descarga los cuestionarios de autoevaluación cumplimentados y las plantillas de valoración, transcribe los resultados, obtiene una puntuación ponderada y revisa el umbral de superación de cada cuestionario.
Guarda las plantillas de valoración en la aplicación y registra la puntuación ponderada.
Convoca a la persona usuaria a la sesión de asesoramiento.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.1. Acogida al servicio de Acreditación y desarrollo de la sesión
En la sesión de asesoramiento se acoge a la persona usuaria y se explican los aspectos más relevantes del servicio de Acreditación:
- En qué consiste la acreditación de competencies profesionales y qué supone obtener un certificado de acreditación.- Los derechos y compromisos de las personas usuarias. - Las tres fases que comprende y en qué consisten.- Qué son las familias profesionales, las cualificaciones profesionales y las unidades o estándares de competencia.- El referente de evaluación (guía de evidencias). Se explica cómo se traduce su experiencia profesional en los términos establecidos en la UC.- La posibilidad de convalidar o completar la formación de un certificado profesional (CP) o un título de formación profesional (TFP).- La posibilidad de solicitar el certificado profesional correspondiente, en el caso de que la persona usuaria haya demostrado todas las unidades o estándares de competencia del CP.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.2. Identificación de objetivos, expectativas e intereses de la persona usuaria
Acto seguido, en el desarrollo de la sesión, se solicita a la persona usuaria que explique:
Cuál es su objetivo, sus expectativas y sus intereses a nivel profesional.
La persona asesora lo tiene que registrar en la pestaña 5- Informe asesor:
Esta información quedará recogida en el informe de asesoramiento.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.3. Revisión del HPF
2- El HPF se compone de dos subpestañas: "HPF" e "IMPRIMIR + GUARDAR HPF". Si durante el asesoramiento se amplía la información del HPF, desde esta pestaña se debe:
- Incluir la nueva información descriptiva y, si cabe, adjuntar el documento justificativo (subpestaña HPF).
- Generar el HPF en PDF (subpestaña IMPRIMIR + GUARDAR HPF).
- Enviarlo a la persona usuaria para que lo firme (subpestaña IMPRIMIR + GUARDAR HPF).
- Guardar en el expediente el HPF firmado (lo guarda la persona usuaria a través del enlace facilitado. En caso de que la persona usuaria tenga dificultades para guardarlo a través del enlace también puede hacerlo la persona asesora).
2- HPF > HPF:
2- HPF > IMPRIMIR + GUARDAR HPF:
En caso de que no se actualice ningún dato, la persona asesora volverá a cargar la versión del HPF firmada por la persona usuaria en el procedimiento de admisión.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.4. Procedimiento ante una UC de idioma
Ante una QP que contiene una UC de idioma, se pueden dar las siguientes situaciones: La persona asesora explicará que, dado que este certificado corresponde a formación formal, no puede acreditar directamente la UC asociada con el certificado, ni tampoco podrá reconocer al SOC esta UC de idiomas directamente con el certificado formal de idiomas, ya que el SOC no realiza convalidaciones. El SOC únicamente tramita el título del certificado de profesionalidad si ha sido obtenido por estas vías: por acreditación de competencias, por formación, o por convalidación del módulo profesional de idiomas. Por este motivo, la persona asesora explicará los siguientes supuestos para que la persona usuaria tenga toda la información para decidir si quiere asesorarse y evaluarse de esta UC:
- Si la persona demuestra la UC de idiomas mediante el servicio de Acreditación, podrá solicitar al SOC la expedición del certificado correspondiente (siempre que haya completado todas las UC del CP).
- Si la persona no consigue demostrar la UC de idiomas o decide no hacer la evaluación, deberá matricularse en un centro de formación profesional y pedir la convalidación del módulo profesional de idiomas correspondiente al certificado formal de idiomas, o bien cursarlo.
Con el certificado de acreditación de las UC acreditadas, con la convalidación del módulo profesional de idiomas por parte del centro, o con la superación de los módulos profesionales (incluido el de idiomas, en su caso), la persona podrá dirigirse al SOC para solicitar la expedición del CP.
La persona usuaria SÍ que dispone de un certificado formal de idiomas
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.4. Procedimiento ante una UC de idioma
Con esta información, la persona usuaria puede decidir entre las siguientes opciones:
No asesorarse de esta UC. Por lo tanto, debe desactivarla.
Asesorarse de esta UC pero, finalmente, no solicitar evaluarla.
Realizar el asesoramiento y evaluarse (mediante prueba de evaluación).
Es importante recordar que siempre que se solicite la evaluación de una UC de idioma será obligatoria la sesión de evaluación.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.4. Procedimiento ante una UC de idioma
La persona usuaria no quiere asesorarse de esta UC y, por tanto, se desactiva
Si la persona usuaria no quiere asesorarse de la UC de idioma, la persona asesora tendrá que recoger y adjuntar un documento de constancia en el que la persona manifieste expresamente que no quiere ser asesorada (y, en consecuencia, tampoco evaluada) de esta UC.Con este documento, la persona asesora desactivará la UC de idioma en el apartado "Gestión de las UC coincidentes", en el bloque de Admisión.
Para ver cómo se desactiva una UC, podéis consultar el punto 4.3.2.5. "Gestión de las UC coincidentes".
En este caso, la persona usuaria puede matricularse en el ciclo formativo en un centro de formación para solicitar la convalidación de todas las UC acreditadas en el servicio de Acreditación, incluyendo la UC de idioma, con el certificado correspondiente, o cursar el módulo profesional de idiomas y otros módulos profesionales relacionados con las UC no acreditadas, si procede. Con el certificado de acreditación de las UC acreditadas, y la convalidación del módulo profesional de idiomas por parte del centro, o bien con la superación de los módulos profesionales (incluidos los de idiomas, si procede), podrá solicitar la expedición del CP al SOC.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.4. Procedimiento ante una UC de idioma
La persona usuaria se asesora de esta UC pero no solicita evaluación
Se realizará el asesoramiento (como cualquier otra UC).
No obstante, al tratarse de una UC de idioma, la persona asesora debe marcar en la aplicación de gestión que se requiere "Apoyo lingüístico" e indicar cuál es el idioma objeto de evaluación. En el punto 4.5.4.3. se explica cómo hacerlo en la aplicación de gestión GESAC. Finalmente, la persona usuaria decide no avaluarse de esta UC. En este caso, la persona usuaria puede matricularse del ciclo formativo en un centro para solicitar la convalidación de todas las UC acreditadas en el servicio de Acreditación, incluyendo la UC de idioma, con el certificado correspondiente, o cursar el módulo profesional de idiomas y otros módulos profesionales relacionados con las UC no acreditadas, si procede. Con el certificado de acreditación de las UC acreditadas, y la convalidación del módulo profesional de idiomas por parte del centro, o bien con la superación de los módulos profesionales (incluyendo el de idiomas, si procede), podrá solicitar la expedición del CP al SOC.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.4. Procedimiento ante una UC de idioma
La persona usuaria realiza el asesoramiento y se evalúa (haciendo la prueba de evaluación)
Se realizará el asesoramiento (como cualquier otra UC). Al tratarse de una UC de idioma, la persona asesora debe marcar en la aplicació de gestión que se requiere "Apoyo lingüístico" e indicar cuál és el idioma objeto de evaluación.
En el punto 4.5.4.3. se explica cómo hacerlo en la aplicación de gestión GESAC.
Es muy importante indicar el idioma de evaluación correctamente, ya que, cuando la persona usuaria solicite la evaluación de la UC de idioma, automáticamente se enviará un correo electrónico a la Coordinación de la familia en el que se indicará la necesidad de asignar una persona evaluadora que disponga del nivel mínimo para evaluar la UC determinada.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.4. Procedimiento ante una UC de idioma
La persona usuaria NO dispone de un certificado formal de idiomas
Se realizará el asesoramiento (como cualquier otra UC).
No obstante, al tratarse de una UC de idioma, la persona asesora debe marcar en la aplicación de gestión que se requiere "Apoyo lingüístico" e indicar cuál es el idioma objecto de evaluación. En el punto 4.5.4.3 se explica cómo hacerlo en la aplicación de gestión GESAC. Es muy importante indicar el idioma de evaluación correctamente, ya que, cuando la persona usuaria solicite la evaluación de la UC de idioma, automáticamente se enviará un correo electrónico a la Coordinación de la familia en el que se indicará la necesidad de asignar una persona evaluadora que disponga del nivel mínimo para evaluar la UC determinada.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.5 Ideas clave
La persona asesora acoge a la persona usuaria y le explica los aspectos más relevantes del servicio de Acreditación (las fases, qué son las cualificaciones profesionales, las guías de evidencias, etc).
Identifica el objetivo, las expectativas y los intereses a nivel profesional de la persona usuaria.
Revisa, conjuntamente con la persona usuaria, su historial profesional y formativo.
En caso de tratarse de una UC de idioma, se debe tener en cuenta y explicar a la persona usuaria las diferentes consideraciones.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.1. Confirmación de asistencia a la sesión y registro de la sesión
A través del siguiente icono se accede a la edición de la sesión creada:
En la edición se marcará si la persona se ha presentado (Sí/No) y se guardará el documento de constancia de registro de la sesión:
Para ver en detalle todos los pasos a seguir para enviar la confirmación de asistencia a la sesión y hacer el registro de la sesión, ver el apartado 4.3.4.1.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
En este apartado se debe indicar, teniendo en cuenta la guía de evidencias y la documentación justificativa aportada por la persona usuaria, qué nivel tiene la persona usuaria para cada una de las APP de la UC, qué valoración se hace de la UC y si se recomienda o no evaluarla. En la aplicación, la Sistematización de evidencias contiene dos subpestañas: "EVIDENCIAS" y "VALORACIÓN Y RESULTADO".
4- SISTEMATIZACIÓN DE EVIDENCIAS > EVIDENCIAS:
4- SISTEMATIZACIÓN DE EVIDENCIAS > VALORACIÓN Y RESULTADO:
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
- Para cada UC, generar las evidencias en relación con las APP (subpestaña EVIDENCIAS>Añadir evidencia). Añadir tantas evidencias como APP existen para aquella UC. Se recomienda agruparlas según su nivel de demostración.
2. Editar la evidencia creada para valorar y relacionarla (seleccionando del listado) con la referencia en la que se ha observado o de la que se ha extraído (subpestaña EVIDENCIAS). Es posible seleccionar para una misma evidencia una referencia de la columna izquierda (por ejemplo, el HPF) y una evidencia de la columna derecha (entrevista de asesoramiento). Por ejemplo, de las funciones que constan en el certificado de empresa, la entrevista de la sesión, etc., valorar el grado de la evidencia, entre "alta", "media", "baja" o "sin evidencia" y anotar las orientaciones correspondientes.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
3. Hacer la valoración POSITIVA O NEGATIVA de la UC (subpestaña VALORACIÓN Y RESULTADO)
Para recomendar la evaluación de una UC es preciso que todas las APP dispongan de evidencias valoradas como altas o medias.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
En caso de que la "Valoración y resultado" sea negativo, se debe recomendar e indicar la formación complementaria que la persona usuaria debería hacer para consolidar las competencias de la UC que no se recomienda evaluar.
Al indicar que la valoración es negativa, se puede acceder a los visores:
1. Tengo unidades de competencia acreditadas. ¿Puedo solicitar algún certificado profesional?
Relación de unidades de competencia (UC) acreditadas con certificados profesionales (CP)
2. Tengo unidades de competencia acreditadas. ¿Qué módulos profesionales convalidan?
Correspondencia entre unidades de competencia (UC) acreditadas y módulos profesionales (MP) que convalidan
3. Tengo módulos profesionales superados. ¿Qué unidades de competencia acreditan?
Correspondencia entre módulos profesionales (MP) superados y unidades de competencia (UC) que acreditan
Estos visores se explicarán a continuación. Los visores se han incorporado a la aplicación de gestión del servicio de Acreditación de competencias profesionales: en la fase de asesoramiento, cuando se define el itinerario formativo en caso de no recomendar evaluar una UC, y en la fase de evaluación, en el Plan de formación.
https://fp.gencat.cat/ca/arees/cataleg-de-qualificacions-professionals/visors/
Los visores están disponibles en la web de la Agencia FPCAT:
Las personas asesoras también pueden utilizar el buscador para localizar la formación relacionada tanto a nivel de certificados profesionales como de ciclos formativos, para hacer las recomendaciones de la oferta formativa.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
1. Tengo unidades de competencia acreditadas. ¿Puedo solicitar algún certificado profesional?
Permite ver la relación entre las unidades de competencia (UC) seleccionadas en la columna izquierda del visor (seleccionar las UC de la cualificación, especialmente las que no se recomienda evaluar) y los certificados profesionales que los contienen. Al pulsar sobre los certificados profesionales, se muestran las UC que los forman, en la parte inferior del visor. En caso de que no se recomiende evaluar la UC, se recomendará a la persona que se inscriba en el CP correspondiente y curse el módulo profesional vinculado a dicha UC.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
2. Tengo unidades de competencia acreditadas. ¿Qué módulos profesionales convalidan?
Muestra la correspondencia entre UC acreditadas y los módulos profesionales que convalidan de los ciclos formativos de la formación profesional.
La pantalla permite ver las UC seleccionadas a partir del filtro del código UC o de una palabra clave.
También se puede filtrar por “Sector”, “Familia profesional” y por el “Nombre del ciclo” formativo.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
3. Tengo módulos profesionales superados. ¿Qué unidades de competencia acreditan?
Expone la correspondencia entre los módulos profesionales superados de la formación profesional y las UC de los ciclos formativos de la formación profesional.La pantalla permite ver los módulos profesionales (MP) seleccionados a partir de los filtros aplicados. Los resultados se pueden analizar con detalle y pueden consultarse tanto los datos identificadores de los MP como de las UC a las que están asociados.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
Recuerda
Para recomendar la evaluación de una UC (resultado positivo) es preciso que todas las actividades principales (APP) dispongan de evidencies valoradas como altas o medias. Las UC que tengan alguna APP valorada con una evidencia baja o sin evidencia no serán recomendadas para la evaluación. Es importante tener en cuenta que la deducción de la valoración positiva de la evidencia debe estar basada en la experiencia adquirida mediante la experiencia laboral, el voluntariado, los servicios realizados a través de una beca o por la formación no formal realizada, comparándola con la guía de evidencias. Ciertos elementos del historial profesional y formativo, com las pruebas de acceso a ciclos formativos o la formación reconocida oficialmente, no sirven como referencias válidas de la evidencia.
4.5.4. Actuaciones después de la sessió d’assessorament
4.5.4.3. Apoyo lingüístico en el caso de UC de idioma
En caso de asesorar una UC de idioma, en la sistematización de evidencis de la UC correspondiente deberemos indicar la necesidad de que intervenga una persona evaluadora de suporte. Por lo que:
Una vez se han añadido las evidencias correspondientes a la UC y se ha hecho la valoración, ir a la pestaña de "Apoyo".
En la pestaña de "Apoyo", clicar a Editar.
Seleccionar "Apoyo lingüístico" en el desplegable "Necesidades de apoyo específicas en la UC del expediente".
Seleccionar el idioma objecto de evaluación del desplegable "Necesidades de apoyo-competencias lingüísticas" y clicar "Guardar".
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.4. Generar el informe de asesoramiento
Tiene por objeto realizar las recomendaciones para la evaluación de unidades o estándares de competencia que han sido asesorados, a partir de las evidencias indirectas y la información aportada por la persona usuaria.
En caso de que no se recomiende evaluar alguna unidad o estándar de competencia asesorado, se informa de la propuesta de continuidad formativa aconsejada para adquirirlo.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.4. Generación del informe de asesoramiento
En la aplicación, en informe de asesoramiento:
- Se comprueba que se han registrado los objetivos e intereses de la persona usuaria. En caso de que no se hayan registrado durante la sesión de asesoramiento, deberá hacerse antes de generar el informe.
- Se genera el informe de asesoramiento, que se descarga automáticamente en PDF al generarse.
- La persona asesora tiene que firmarlo y volverlo a cargar en la aplicación, a través del icono "Registrar informe" y guardar.
1.
2.
3.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.5. Observaciones
En la pestaña de Observaciones de la aplicación se pueden anotar observaciones e información relevante del asesoramiento. Esta información podrá leerla la Coordinación del servicio y la persona evaluadora que se asigne posteriormente.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.6. Finalización de la fase de asesoramiento
4.5.4.6.1. Finalización de la fase de asesoramiento con asesoramiento finalizado
Para finalizar la fase de asesoramiento y que el expediente pueda pasar a la fase de evaluación, se debe ir a la pestaña de Cierre y marcar el Asesoramiento como finalizado:
Para poder finalizarlo, cuando se ha realizado el asesoramiento se deben rellenar todas las pestañas anteriores, excepto en el caso de cierre por desistimiento.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.6. Finalización de la fase de asesoramiento
4.5.4.6.1. Finalización de la fase de asesoramiento con asesoramiento finalizado
En caso de que falte algún documento por adjuntar o una acción por completar, la aplicación no dejará finalizar el asesoramiento e indicará qué paso falta.
También durante la fase de asesoramiento, en pestañas relevantes se nos informa de si la actuación ha quedado completada o no:
No permite realizar el cierre:
Permite realizar el cierre:
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.6.1. Finalización de la fase de asesoramiento con asesoramiento finalizado
Una vez se cierra la fase de asesoramiento se envía de manera automática un correo electrónico a la persona usuaria con el informe de asesoramiento.
En el mismo mensaje también se envía el enlace a la solicitud de UC a avaluar, que la persona usuaria debe rellenar siempre, señalando para cada UC si quiere evaluarla.Es importante hacer seguimiento de la cumplimentación de la solicitud de UC a avaluar. Si procede, transcurridos 7 días, se envía el recordatorio de cumplimentación de la solicitud de UC a evaluar.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.6. Finalización de la fase de asesoramiento
4.5.4.6.2. Finalización de la fase de asesoramiento por desistimiento
La persona usuaria desiste por voluntad propia: Debe comunicarlo por escrito. La persona asesora debe guardar el escrito de desistimiento en la aplicación de gestión (ver imagen de la pestaña siguiente).
Motivos de desistimiento durante la fase de asesoramiento
La persona usuaria no asiste a la sesión de asesoramiento: En caso de ausencia injustificada, la persona asesora debe indicarlo en la aplicación de gestión (ver imagen de la pestaña siguiente).
Resolución de desistimiento: se notifica la correspondiente resolución a la persona interesada. Contra la resolución de desistimiento, la persona interesada puede interponer recurso de alzada ante la Presidencia Ejecutiva de la Agencia FPCAT, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.6.2. Finalización de la fase de asesoramiento por desistimiento
La persona asesora accede a la aplicación de gestión y:
Informa del cierre por desistimiento en la aplicación de gestión.
Selecciona la causa de desistimiento del desplegable.
Si procede, guarda los escritos de constancia.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.7. Ideas clave
Confirma, en la aplicación de gestión, que la persona ha asistido a la sesión y guarda el registro de la sesión.
Sistematización de evidencias: teniendo en cuenta la guía de evidencias y la documentación justificativa aportada por la persona usuaria, valora qué nivel tiene la persona usuaria para cada APP que contiene la UC.
Indica si la valoración es positiva o negativa para cada UC y determina si recomienda o no evaluarla (para que la valoración sea positiva, todas las APP de la UC deben tener evidencias demostrables).
Indica la recomendación formativa si la valoración de la UC es negativa.
Genera el informe de asesoramiento.
Finaliza la fase de asesoramiento y hace seguimiento de la solicitud de UC a evaluar que debe cumplimentar la persona usuaria.
4.5.5. Decisión y solicitud de las UC a evaluar
4.5.5.1. Seguimiento por parte de la persona asesora
Desde la pestaña "Cierre" la persona asesora realizará el seguimiento de la cumplimentación de la solicitud de evaluación. En caso de que hayan transcurrido 7 días desde el envío del informe de asesoramiento y la persona usuaria no la haya rellenado, le enviará un recordatorio (un mensaje predeterminado), ofreciéndole ayuda ante cualquier duda (si es necesario, le puede dar apoyo vía telefónica), e informándole de que dispone de un plazo de 10 días hábiles para rellenar la solicitud de evaluación. En caso de que no lo haga, se cerrará la fase de asesoramiento y el expediente no pasará a la fase de avaluación.
4.5.5. Decisión y solicitud de las UC a evaluar
4.5.5.2. Cumplimentación de la solicitud por parte de la persona usuaria
De todas las UC que la persona asesora le ha recomendado evaluar, la persona usuaria indica de qué quiere ser evaluada finalmente:
Es importante remarcar que el informe de asesoramiento no es vinculante. La persona usuaria puede decidir evaluarse de unidades de competencia que la persona asesora no recomiende evaluar y viceversa.
4.5.5. Decisión y solicitud de las UC a evaluar
4.5.5.2. Cumplimentación de la solicitud por parte de la persona usuaria
La persona usuaria indica, para cada UC que ha sido asesorada, si la solicita evaluar o no y clica en "Guardar". Una vez rellenada la solicitud, clica en "Enviar". A partir de aquí, si hay almenos una UC que se solicita evaluar, se inicia la fase de evaluación.
@fpcatalunya
AgenciaFPCAT
fp.gencat.cat
Registro de la sesión
La persona interesada recibe el siguiente mensaje, descarga el adjunto, lo firma y lo devuelve a través del enlace facilitado:
*Evidencias indirectas: aquella información profesional y formativa del historial profesional y formativo y de la entrevista.
**Referente de evaluación: conjunto de realizaciones profesionales, criterios de realización y contexto profesional incluidos en las unidades o estándares de competencia, de acuerdo con los criterios que se fijan en las correspondientes guías de evidencias de la competencia profesional.
Ejemplo Informe de asesoramiento
Evitar actuar según impulsos, impresiones o exceso de empatía:Hacerlo puede desvirtuar las valoraciones finales que tendrá que reflejar en el informe que tiene que elaborar.A pesar de la proximidad que pueda conseguirse con la persona usuaria, deberá mantenerse la objetividad en todo momento.
Procurar un entorno de confianza:
De esta manera la persona usuaria mostrará de una forma más real y positiva lo que sabe hacer.
Correo electrónico de requerimiento de documentación en 10 dies hábiles
Cuando la persona asesora registra el requerimiento de documentación justificativa y envía el comunicado, la persona usuaria recibe el siguiente mensaje:
En caso de que la persona usuaria no la presente en un plazo de 10 días hábiles, o no responda solicitando ayuda para hacerlo, la solicitud se dará por desistida y se cerrará la admisión por desistimiento. Este mensaje quedará recogido en el log de e-mails del procedimiento de admisión.
Fer seguiment de l’emplenament de la sol·licitud d’avaluació
Des de la pestanya "Tancament" la persona assessora farà el seguiment de l’emplenament de la sol·licitud d’avaluació. Des d'aquesta mateixa pestanya podrà enviar el missatge predeterminat i veure si ha transcorregut els 10 dies naturals des de l'enviament del recordatori:
Distancia profesional:
El trato debe ser cordial y afable, y al mismo tiempo profesional.
Tener presente el referente de evaluación...
... para ayudarle a identificar su situación de manera clara y objetiva respecto a éste.
Correu electrònic de recordatori per emplenar la sol·licitud d'unitats o estàndards de competència a avaluar
No dar opiniones personales...
... sobre el currículum ni sobre sus expectativas: sólo centrarse en el objetivo de la fase de asesoramiento, sin entrar en juicios de valor que puedan afectarle.
Fiabilidad:
Deben asegurar que los resultados sean homogéneos y comparables con los de otras personas usuarias, independientemente del lugar o momento en que se desarrolle el procedimiento.
Acompañamiento a la persona usuaria:
Para conseguir el clima de confianza y un ambiente constructivo y positivo que reafirme la autoestima y el empoderamiento de la persona usuaria en el proceso.
Pantalla on es registra la decisió UC a UC sobre si passa o no avaluació
Pantalla on es registra la decisió UC a UC sobre si passa o no avaluació
Transparència:
La información generada en la fase de asesoramiento debe estar a disposición de las personas implicadas y en los momentos definidos en el servicio de Acreditación, respetando en todo momento la confidencialidad.
En el siguiente ejemplo se observa que todas las UC del expediente se han desactivado (en la columna "UC solicitada"), ya que coinciden con las de otro expediente (columna "Motivo de desactivación"). La aplicación de gestión ha detectado automáticamente que hay una solicitud previa que contiene las mismas UC activas.
Ante esta situación, la Coordinación del servicio gestiona el cierre de las solicitudes duplicadas y emite la correspondiente resolución de desistimiento.
Asegurar la privacidad y confidencialidad...
... de la información personal, profesional y/o de las pruebas aportadas.
Fer seguiment de l’emplenament de la sol·licitud d’avaluació
Des de la pestanya "Tancament" la persona assessora farà el seguiment de l’emplenament de la sol·licitud d’avaluació. Des d'aquesta mateixa pestanya podrà enviar el missatge predeterminat i veure si ha transcorregut els 10 dies naturals des de l'enviament del recordatori:
Correu electrònic de recordatori per emplenar la sol·licitud d'unitats o estàndards de competència a avaluar
Comunicar con claridad...
... utilizando un lenguaje comprensible, con una terminología propia del entorno laboral.
Salvaguardar su autoestima:
Las personas usuarias pueden tener la sensación de que las competencias profesionales obtenidas a través de la experiencia laboral, de los servicios prestados mediante una beca o voluntariado o de una formación no formal no tienen valor.
Correu electrònic amb el detall de la decisió d'avaluació que s'ha emplenat prèviament
Debemos guardar el mensaje antes de enviarlo.
Escuchar de manera activa:
Evitando interrumpir a la persona usuaria: si se quiere preguntar o aclarar algún aspecto, es mejor anotarlo y hacerlo al final.
Cooperación:
Para relacionarse con otras personas asesoras y con las personas evaluadoras y colaborar con la Comisión Evaluadora y la Agencia FPCAT, cuando le sea requerido.
Validez:
Deben ayudar a identificar la información profesional aportada relacionada con el referente de evaluación.
Motivar a continuar en el procedimiento...
... aunque no se deben crear falsas expectativas que puedan generar frustración.
¿Se pueden hacer sesiones grupales en la fase de asesoramiento?
Solo en el procedimiento masivo. En este caso, se pueden hacer sesiones grupales si se trata de facilitar la información general del procedimiento. Estas sesiones permiten acoger a varias personas usuarias y dar la información necesaria a la vez. La persona asesora dirige y supervisa la actividad a realizar por el grupo y focaliza las instrucciones en aquellas acciones críticas o determinantes.
Guardar el HPF firmado por la persona usuaria
En caso de que la persona usuaria tenga dificultades para devolver el HPF firmado a través del enlace que se le ha facilitado, puede enviarlo a la persona asesora adjuntándolo a un correo electrónic, para que sea la persona asesora quién guarde la copia firmada en el expediente. La persona asesora dispone de esta opción en "Registrar HPF en admisión"
Mejora de la calidad:
Para comprobar la eficacia y eficiencia de su tarea, la persona asesora debe analizar los resultados del asesoramiento y autoevaluar su actuación.
Rigor:
Deben ser utilizados con profesionalidad y objetividad.
Confidencialidad:
La persona asesora será responsable de la información que tiene de las personas usuarias, y velará por su confidencialidad.
Sesión de asesoramiento
Correu electrònic amb el detall de la decisió d'avaluació que s'ha emplenat prèviament
Sesiones en el asesoramientoSi no es posible realizar las sesiones por videoconferencia, la persona asesora debe comunicar a la Coordinación del servicio la necesidad de realizarlas de manera presencial, para que la Agencia FPCAT indique dónde.En el caso de que la persona usuaria necesite algún recurso adicional para realizar el asesoramiento, como por ejemplo una persona intérprete de lengua de signos, la persona asesora deberá comunicarlo a la Coordinación del servicio de la Agencia FPCAT.
En el siguiente ejemplo se observa que todas las UC del expediente se han desactivado (en la columna "UC solicitada"), ya que coinciden con las de otro expediente (columna "Motivo de desactivación"). La aplicación de gestión ha detectado automáticamente que hay una solicitud previa que contiene las mismas UC activas.
Ante esta situación, la Coordinación del servicio gestiona el cierre de las solicitudes duplicadas y emite la correspondiente resolución de desistimiento.
Tener una actitud positiva i dialogante:
El éxito del proceso puede dependeren gran medida de la empatía o entendimiento que se dé entre la persona usuaria y la persona asesora.
La persona usuària sol·licita voluntàriament la baixa del procediment Quan la persona usuària comunica a la persona assessora que no vol continuar el procediment, aquesta li informarà que ha de tramitar la baixa al TEI, mitjançant el tràmit de Presentació d'esmenes, escrits i documents al servei d'Acreditació de competències professionals (FPCAT), seleccionant l’opció “Demanar la baixa de la sol·licitud d’inscripció”. Un cop la baixa hagi estat sol·licitada al TEI, la coordinació enviarà un missatge d’avís a la persona assessora informant-la del desistiment i indicant-li que ha de tancar l’admissió, marcant el motiu de desistiment “Sol·licitat per la persona usuària”. Com a resultat, s’enviarà a la persona usuària la Resolució de desistiment corresponent. En cas que, transcorreguts 15 dies naturals des de la comunicació a la persona usuària sobre la necessitat de sol·licitar la baixa mitjançant el tràmit d’esmenes del TEI, aquesta no ho hagi fet, la persona assessora haurà de crear una sessió de verificació dels requisits de participació. Si la persona usuària no es presenta en aquesta sessió, se la tindrà per desistida, i s’haurà de tancar l’admissió, assenyalant com a motiu “Absència injustificada a la sessió telemàtica per justificar els requisits de participació”. En aquest cas, s’enviarà a la persona usuària la Resolució de desistiment per absència injustificada a la sessió de verificació dels requisits de participació.
Indagación:
Para recopilar la mayor cantidad de información profesional y pruebas relacionadas con el referente de evaluación.
Interpretación:
Para seleccionar la información profesional y las pruebas aportadas que cumplan los requisitos de suficiencia, autenticidad y actualidad y de las que se pueda inferir que la persona usuaria está en condiciones de superar la fase de evaluación.
Motivación:
Para estimular a la persona usuaria a potenciar su aprendizaje a lo largo de la vida y mejorar su cualificación profesional.
Equidad:
La persona asesora debe aplicar la igualdad de oportunidades, asumiendo la diversidad de las personas usuarias que acceden al procedimiento y haciendo uso de un lenguaje adaptado a sus características.
Veure un exemple d'AUTOAVALUACIÓ > REGISTRE emplenat
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4. Fase de asesoramiento
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4. Fase de asesoramiento
Mayo 2025 Habilitación
4.1. Finalitat i principis de la fase d'assessorament
ÍNDICE
4.1. Finalidad y principios de la fase de asesoramiento
4.2. Modalidades de asesoramiento y guía de la persona asesora
4.3. Actuaciones del procedimiento de admisión
4.4. Las guías de evidencias
4.5. Las actuaciones del procedimiento de asesoramiento
Algunas capturas de pantalla de este bloque de contenidos son provisionales. Están pendientes de los trabajos de mejora que se están realizando en la aplicación de gestión de acreditación de competencias (a partir de ahora GESAC).
4.1. Finalidad y principios de la fase de asesoramiento
4.1.1. Finalidad del asesoramiento
4.1.2. Funciones de la persona asesora
4.1.3. Competencias de la persona asesora
4.1.4. Estrategias de motivación
4.1.5. Principios en relación con los métodos e instrumentos del asesoramiento
4.1.6. Principios en relación con el asesoramiento a la persona usuaria
4.1.7. Consideraciones a tener en cuenta en las actuaciones de asesoramiento
4.1.1. Finalidad del asesoramiento
La fase de asesoramiento es obligatoria y tiene por objeto:
4.1.2. Funciones de la persona asesora
Comprobar que la persona interesada tiene los requisitos de participación al servicio de Acreditación y darle asesoramiento i apoyo en la presentación de la documentación requerida.
Ayudar a la persona usuaria, si es necesario, a completar su historial profesional y formativo o a presentar evidencias que lo justifiquen y a autoevaluar su competencia profesional.
Planificar la fase de asesoramiento.
Elaborar el informe de asesoramiento orientativo y no vinculante, con las recomendaciones sobre la conveniencia o no de que la persona usuaria acceda a la fase de evaluación y sobre las unidades o estándares de competencia que considera suficientemente justificados, así como el itinerario formativo recomendado en caso de que no recomiende la evaluación de alguna unidad o estándar de competencia.
Ayudar a la persona usuaria a cumplimentar la solicitud de unidades de competencia a evaluar en la fase de evaluación.
Colaborar con la persona evaluadora, la Comisión Evaluadora o la Agencia FPCAT, cuando le sea requerido.
4.1.3. Competencias de la persona asesora
Acompañamiento a la persona usuaria
Indagación
Mejora de la calidad
Competencias de la persona asesora que le permiten guiar y motivar a las personas usuarias durante esta fase y proporcionarles la información y el asesoramiento necesarios:
Interpretación
Motivación
Cooperación
4.1.4. Estrategias de motivación
Salvaguardar suautoestima
Tener una actitud positiva y dialogante
Tener presente el referente de evaluación
No dar opinionespersonales
Asegurar la privacidad y confidencialidad
Procurar un entorno de confianza
En función de las personas usuarias, la persona asesora puede desplegar diferentes estrategias de motivación
Evitar actuar segúnimpulsos, impresiones o exceso de empatía
Escuchar de manera activa
Motivar a continuar en el procedimiento
Comunicar con claridad
Distancia profesional
4.1.5. Principios en relación con los métodos e instrumentos del asesoramiento
Los métodos e instrumentos utilizados para el asesoramiento deben regirse por los principios de:
Fiabilidad
Rigor
Validez
4.1.6. Principios en relación con el asesoramiento a la persona usuaria
El asesoramiento a la persona usuaria debe realizarse teniendo en cuenta los principios de:
Equidad
Transparencia
Confidencialidad
4.1.7. Consideraciones a tener en cuenta en las actuaciones de asesoramiento
El plazo máximo establecido para iniciar y concluir el procedimiento de admisión y la fase de asesoramiento será de un mes. En caso de encontrar dificultades para cumplir este plazo derivadas de la situación personal de la persona usuaria, es necesario informar a la coordinación del servicio.
La fase de asesoramiento la realizan personas profesionales habilitadas como asesoras.
En el procedimiento ordinario, la Agencia FPCAT selecciona y designa a las personas que realizan las funciones de asesoramiento entre las personas que constan habilitadas en el registro FPCAT. En el procedimiento con carácter masivo, la entidad asigna las personas asesoras y la Agencia FPCAT ratifica la decisión.
4.1.7. Consideraciones a tener en cuenta en las actuaciones de asesoramiento
Las fases de asesoramiento y evaluación deben ser realizadas por personas diferentes en relación con una misma persona interesada.
Las personas seleccionadas deben realizar sus funciones de acuerdo con el artículo 187 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, las instrucciones dictadas por la Agencia FPCAT y las indicaciones incluidas en la Guía de la persona asesora (ver 4.2.2.).
4.2. Modalidades de asesoramiento y Guía de la persona asesora
4.2.1. Modalidades de asesoramiento y duración
4.2.2. Guía de la persona asesora
4.2.1. Modalidades de asesoramiento y duración
La modalidad preferente en el procedimiento ordinario es por videoconferencia individual entre la persona asesora y la persona usuaria. En el procedimiento masivo, el método preferente es por observación en el puesto de trabajo.La persona asesora facilita a la persona usuaria las indicaciones y el enlace para conectarse a las sesiones acordadas.
Duración estimada de las actuaciones de la persona asesora: de 6 a 10 horas, distribuidas entre las diversas actuaciones que realiza.
Cuando se cite a la persona usuaria a una sesión de asesoramiento, se debe dejar un plazo mínimo de 3 días hábiles entre el envío del mensaje con la propuesta de fecha y hora para la sesión, y la fecha y hora propuestas. La persona usuaria deberá confirmar que asiste a la sesión o justificar su ausencia en un plazo máximo de 3 días hábiles.
Cuando no se pueden hacer las sesiones por videoconferencia o se requiere algún recurso adicional...
Se pueden realizar sesiones grupales?
4.2.2. Guía de la persona asesora
La base de las actuaciones de las personas asesoras se encuentra definida en la Guía de la persona asesora.
4.3. Actuaciones del procedimiento de admisión
4.3.1. Esquema de la fase de admisión
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.2.1. Inscripción de la persona interesada
4.3.2.2. Bienvenida a la persona interesada
4.3.2.3. Asignación de la persona asesora
4.3.2.4. Expediente de la persona interesada en la aplicación de gestión
4.3.2.5. Gestíón de las UC coincidentes
4.3.2.6. El historial profesional y formativo (HPF)
4.3.2.7. Convocatoria a la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.2.8. Log de e-mails
4.3.2.9. Ideas clave
4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.3.1. Sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.3.2. Recomendación de cambio de qualificación profesional
4.3. Actuaciones del procedimiento de admisión
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.1. Confirmación de asistencia a la sesión y registro de la sesión
4.3.4.2. Requerimiento de documentación justificativa
4.3.4.3. Cierre de la edición del HPF
4.3.4.4. Cómo generar el PDF del HPF y enviarlo a firmar
4.3.4.5. Valoración documental y revisión de los requisitos de participación
4.3.4.5.1. Valoración documental
4.3.4.5.2. Revisión de los requisitos de participación
4.3.4.5.3. Ejemplos de casos prácticos
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.1. Cierre del procedimiento por admisión
4.3.4.6.2. Cierre del procedimiento por inadmisión
4.3.4.6.3. Cierre del procedimiento por desistimiento
4.3.4.6.4. Reapertura de expedientes cerrados
4.3.4.7. Idees clau
4.3.4. 67. Idees clau
4.3.4.67. Idees u
4.3.1. Esquema del procedimiento de admisión
ACTUACIONES PREVIAS A LA SESIÓN DE VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
ACTUACIONES DURANTE LA SESIÓN DE VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
4.3.1. Esquema del procedimiento de admisión
ACTUACIONES FINALES DE LA FASE DE ADMISIÓN
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.1. Inscripción de la persona interesada
En el procedimiento ordinario, la inscripción al servicio se realiza mediante el Tramitador de expedientes interdepartamentales (TEI). Una vez cumplimentada y enviada la solicitud, la persona interesada puede descargarse el acuse de recibo en PDF, que incluye el detalle de los datos informados en el formulario de inscripción. También recibe un mensaje automático de confirmación en el correo electrónico que haya facilitado en la solicitud, confirmando que la petición se ha registrado correctamente.
Es recomendable conservar el código de inscripción, ya que en los resultados de la acreditación, que se publicarán en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (e-Tauler) al finalizar el procedimiento, las personas usuarias se identificarán en el listado con el código de inscripción (ID) y el documento de identificación personal anonimizado.
En el procedimiento con carácter masivo, la inscripción se realiza a través de un Excel de datos que recoge la persona coordinadora de empresa, en el que solo inscribe a las personas trabajadoras que cumplen los requisitos de participación.
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.2. Bienvenida a la persona interesada
Una vez realizada la solicitud de inscripción, la Agencia FPCAT procede a cargarla en la aplicación de gestión del servicio de Acreditación y envía un correo electrónico automático de bienvenida a las personas interesadas, en el que recomienda la lectura de la Guía de la persona usuaria.
También se facilita el enlace al portal FPCAT
y el acceso al espacio de contacto con la Agencia FPCAT a través de
un formulario donde se pueden enviar consultas.
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.3. Asignación de la persona asesora
La aplicación de gestión, de acuerdo con las necesidades del servicio, realiza una preselección de personas colaboradoras y les asigna a la solicitudes de inscripción aplicando los filtros siguientes:
- Estar habilitado/da para la cualificación profesional de la inscripción.
- Haber indicado la disponibilidad para actuar.
- No sobrepasar el límite de actuaciones anuales establecido de acuerdo con la situación laboral declarada.
El ordren de selección de las personas col·laboradoras sigue los siguientes criterios:- Tener menos expedientes activos asignados.
- Tener menos importe comprometido a percibir por período.
- Haber colaborado con el servicio de Acreditación con anterioridad.
- Fecha de habilitación (por ordre descendiente).
La Coordinación de las famílies professionales de la Agència FPCAT realizará una revisión de la preselección de personas colaboradoras i dará su aprobación, para informar de que presenten la documentación de co.aboración requerida firmada (en la aplicación de gestión) y preparará la correspondiente designación como persona asesora y evaluadora para publicarlo en el e-Tablón.La Agència FPCAT se reserva el derecho de seleccionar a las personas asesoras y aveluadoras según la valoración de sus actuaciones anteriores. Esta valoración se reaslizará siguiendo criterios de rigor técnico y presntación de la docuemntación justificativa en las fechas establecidas.4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.3. Asignación de la persona asesora
Una vez realizada la asignación, se envía un aviso por correo electrónico a la persona asesora informándola de la asignación:
A partir de ese momento, la persona asesora puede consultar en la aplicación de gestión la solicitud asignada, entrando con el rol de persona asesora:
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.4. Expediente de la persona interesada en la aplicación de gestión
En la aplicación de gestión encontramos el expediente de la persona interesada, en el que se pueden visualizar los datos de la solicitud (datos personales, registro, CNCP -código QP de inscripción i Comisión Evaluadora de la familia profesional- y estados -resumen de fechas de hitos importantes del procedimiento-), así como los datos de la admisión (si tiene unidades de competencia acreditadas en Cataluña anteriormente, si tiene UC coincidentes con otras solicitudes, etc.). A continuación pueden consultarse capturas de ejemplo de un expediente en la aplicación de gestión:
SOLICITUD
ADMISIÓN
Registro:
Datos personales:
Estados:
CNCP:
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.2.5. Gestión de las UC coincidentes
Debe preverse la posibilidad de que la persona usuaria tenga más de una inscripción en curso y de que haya UC coincidentes entre varias inscripciones, o de que haya acreditado anteriormente alguna de las UC incluídas en la QP de inscripción, ya sea por equivalencias entre UC o per convalidación entre módulos profesionles y UC.
UC desactivada UC desactivada UC desactivada
Podéis consultar la Correspondencia entre módulos profesionales (MP) superados y unidades de competencia (UC) que acreditan.
La aplicación de gestión desactiva automáticamente las UC duplicadas en el expediente de la persona usuaria para que no sea asesorada dos veces (solo se mantendrá activa en el expediente más antiguo) y, en caso de detectar UC acreditadas anteriormente en Cataluña, tambié las desactiva.
Las personas interesadas que, por error, hayan duplicado la solicitud de inscripción, en su expediente, en la segunda inscripción, aparecerán todas las UC desactivadas por coincidencia en otro expediente. Ver el seguiente ejemplo:
En caso de UC que no encontréis en el visor, podéis consultar las Tablas de equivalencias.
4.3.2.5. Gestión de las UC coincidentes
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
Por otro lado, la persona asesora puede gestionar las UC de la solicitud y, si la persona usuaria lo solicita, puede desactivarlas. También es posible que la persona usuaria informe de que dispone de alguna UC acreditada en alguna otra comunidad autónoma y que no quiere que se la asesore sobre ella. La persona asesora podrá gestionarlo y desactivar las UC desde esta pantalla, siempre que previamente recoja el documento de renuncia con la petición expresa de la persona usuaria y/o el documento de acreditación de otra comunidad. A través del siguiente icono puede accederse a la gestión de las UC para proceder a su desactivación:
En caso de desactivar alguna, deberá informarse del motivo de desactivación:
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.6. El historial profesional y formativo (HPF)
Cuando se asigna una persona asesora a una solicitud, automáticamente se envía a la persona interesada un mensaje predeterminado a través de la aplicación, en el que la persona asesora se presenta, explica que próximamente la convocará a la sesión de verificación y justificación de requisitos de participación y le pide que vaya cumplimentando el historial profesional y formativo (HPF) a través de un enlace.
En el HPF se tienen que hacer constar las experiencias laborales, los servicios prestados mediante una beca o voluntariado, la formación y otros datos relevantes relacionados con la cualificación profesional que contiene las unidades o estándares de competencia que quiere acreditar. Debe adjuntarse la documentación justificativa correspondiente, si se dispone de ella.
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.6. El historial profesional y formativo (HPF)
Tiene que contener la descripción y documentación justificativa para la admisión, así como el resto de documentación justificativa de la trayectoria profesional y de formación, que se valorará a lo largo del proceso.
Los campos disponibles en el HPF son los siguientes:
En el HPF debe adjuntarse, en cada apartado descrito, la documentación justificativa de cada experiencia y formación, si se dispone de ella.
1. Datos de la persona usuaria. 2. Se recoge si dispone de experiencia/formación realizada en el extranjero. 3. Informe de vida laboral. 4. Experiencia profesional, servicios prestados con una beca o voluntariado. 5. Formación reconocida oficialmente (formación del Sistema FPCAT). 6. Módulos profesionales o formativos superados y/o convalidados. 7. Formación no reconocida oficialmente (formación no formal). 8. Unidades o estándares de competència acreditados fuera de Cataluña. 9. Idiomas. 10. Otra información relevante. 11. Requisitos adicionales - Documentación
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.6. El historial profesional y formativo (HPF)
El HPF tiene formato de declaración responsable. Si la persona interesada no dispone de documentación justificativa de la experiencia profesional, de los servicios prestados mediante voluntariado o beca, o de la formación no formal realizada, lo puede justificar con este documento. Debe incluirse el detalle de tareas, períodos y/o contenidos de toda la experiencia y formación realizada.
En el caso de que la persona usuaria haya adquirido las competencias en el extranjero, es preciso registrarlo en la aplicación de gestión, en el apartado correspondiente del HPF. La aplicación informará automáticament a la Coordinación del servicio de esta situación para que lo revise y dé indicaciones sobre como proceder. La persona asesora dejará de realizar la verificación de requisitos de participación hasta recibir las indicaciones de la Coordinación del servicio.
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.7. Convocatoria a la sesión de verificación de los requisitos de participación
La persona asesora debe ponerse en contacto con la persona interesada para realizar la sesión de verificación de los requisitos de participación y determinar si cumple o no los requisitos para participar en el procedimiento de acreditación de competencias. Para crear la sesión en la aplicación de gestión es necesario hacer lo siguiente:
2. Rellenar y guardar los datos de la sesión con la fecha, hora y modalidad seleccionadas:
3. Sesión de verificación creada:
1 Añadir sesión:
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.7. Convocatoria a la sesión de verificación de los requisitos de participación
Una vez creada la sesión, la persona asesora envia, a través de la aplicación, la convocatoria de la sesión:
4. Clicar en el icono del calendario para enviar la convocatoria de sesión y confirmación de envío.
El mensaje de convocatoria a la sesión debe enviarse con una antelación mínima de 3 días hábiles a la fecha de la sesión, y la persona usuaria deberá confirmar su asistencia en un plazo máximo de 3 días hábiles.
Cuando la persona usuaria confirme la fecha y hora, deberá enviarse un segundo correo, desde la aplicación de gestión, con el enlace a la sesión por videoconferencia o con el detalle de la localización. Es importante que se envíe desde la funcionalidad de envío de correos electrónicos de la aplicación de gestión, para que quede registro del envío en el “log de e-mails” (explicado en la diapositiva siguiente).
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.8. Log de e-mails
Los correos electrónicos que se envían desde la aplicación de gestión quedan registrados en el log de e-mails del expediente de la persona usuaria. Este registro permite hacer un seguimiento de los envíos realizados a la persona usuaria y consultar el contenido de los mensajes, desde el expediente y en cualquier momento del procedimiento. Ejemplo de un log:
Este icono permite redactar nuevos correos para enviar a las personas usuarias y que queden registrados para su seguimiento, desde el log.
Es muy importante que cualquier mensaje de texto que no sea predeterminado se envíe desde esta funcionalidad para su seguimiento, tanto por parte de la persona asesora como de la Coordinación del servicio.
4.3.2. Actuaciones previas a la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.2.9. Ideas clave
La aplicación informática (en el procedimiento ordinario) o la persona coordinadora de empresa (en la acreditación masiva) asigna una persona asesora habilitada para la cualificación profesional correspondiente a la solicitud.
Al validar la asignación, la aplicación envía un mensaje de forma automática a la persona asesora asignada y un mensaje a la persona interesada con la indicación de que debe cumplimentar el historial profesional y formativo.
La persona asesora asignada revisa la solicitud y convoca a la persona interesada a la sesión de verificación de los requisitos de participación.
4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.3.1. Sesión de justificación de los requisitos de participación
El objetivo de esta sesión es verificar, conjuntamente con la persona interesada, que cumple y puede justificar los requisitos de participación en el servicio de Acreditación. Durante la sesión se resolverán las dudas y se acabará de rellenar el historial profesional y formativo de la persona interesada, que deberá guardarse firmado dentro de su expediente, en la aplicación de gestión, como declaración responsable.
Sesión de verificación de los requisitos de participación:
Las personas mayores de 25 años, a pesar de no disponer de documentación justificativa, pueden rellenar el historial profesional y formativo como declaración responsable, con el apoyo de la persona asesora, que valorará si la admisión queda suficientemente justificada.
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4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.3.1. Sesión de justificación de los requisitos de participación
En caso de que la persona asesora constate que hay un error o modificación en los datos personales que se han cargado en la aplicación informática, podrá modificarlos directamente en la aplicación de gestión, excepto si el error afecta al documento de identificación. En caso de que el error afecte al documento de identificación, deberá recopilarse la documentación que justifique la corrección y guardarla en la aplicación de gestión, que, automáticamente, enviará un aviso por correo electrónico a la Coordinación del servicio informándola del error o cambio para que gestione la corrección.
IMPORTANTE: En el procedimiento de acreditación masiva, la verificación de requisitos ya se habrá realizado con anterioridad. No obstante, la persona asesora deberá convocar la sesión de verificación de requisitos en la aplicación GESAC para revisar el HPF con la persona trabajadora y acabar de cumplimentarlo, en su caso. Asimismo, deberá rellenar el apartado de la verificación de requisitos en la aplicación de gestión.
4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.3.1. Sesión de verificación de los requisitos de participación
Para verificar los requisitos de participación y determinar la admisió o inadmisión de la persona interesada al servicio, se debe tomar como base su explicación y el HPF, revisando: - La edad de la persona interesada y el nivel de la cualificación profesional. - El documento de identificación personal (DNI o NIE). - Su experiencia laboral, de voluntariado o beca, o su formación no formal. - Si tiene experiencia adquirida en el extranjero (deberá informarse a la Agencia FPCAT antes de seguir adelante con el procedimiento de admisión). - Si dispone de la documentación justificativa. En el caso del requisito de la experiencia laboral, voluntariado, beca, o de formación no formal, basta con que se cumplan los requisitos de acceso por una de estas vías. A pesar de ello, deberá recopilarse toda la documentación acreditativa y relevante de ambas vías y registrarla en el historial profesional y formativo, ya que posteriormente, durante el procedimiento de acreditación, será valorada para obtener evidencias sobre la adquisición de las competencias.
4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.3.1. Sesión de verificación de los requisitos de participación
En cuanto a la documentación justificativa relacionada con la experiencia laboral, voluntariado o beca:
En caso de experiencia laboral, es preciso verificar que los certificados de empresa coinciden con los períodos de contratación del informe de vida laboral, que también se deberá adjuntar al historial profesional y formativo, si se dispone de él.
1. Los certificados aportados deben detallar:
- Los datos de la entidad donde se han desarrollado. - Los datos identificativos de la persona interesada. - La descripción de las tareas y funciones realizadas (y que estén relacionadas con la QP de inscripción). - El período durante el que se han desarrollado.
Seguidamente se deberá revisar que:
- las tareas desarrolladas estén directamente relacionadas con la cualificación a la que se han inscrito, - el número total de horas dedicadas, - que estén repartidas en 2 o 3 años, en función del nivell de las unidades o estándares de competencia, - que estén comprendidas en los últimos 15 años.
En caso de que de alguna experiencia o formación no formal no se disponga de documentación justificativa o no esté suficientemente detallada en los certificados, deberá incluirse en el historial profesional y formativo, indicando las funciones, la duración, etc.
4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.3.1. Sesión de verificación de los requisitos de participación
En cuanto a la documentación justificativa relacionada con la formación no formal:
1. Los certificados aportados deben detallar:
2. Deberá revisarse:
- 200 horas para UC de nivel 1 y 300 horas para UC de nivel 2 y 3. - Y que se hayan realizado en los últimos 10 años.
En caso de que no se llegue a las 200 o 300 horas requeridas, es preciso, por lo menos, tener realitzadas el mismo número de horas que el módulo profesional asociado a la unidad o estándar de competencia que quiere acreditarse. En este caso, se debe relacionar el curso de formación con alguna de las UC de la QP de inscripción, y comprobar las horas de formación que constan en el módulo formativo (MF) asociado a la UC. Si las horas del MF son inferiores o iguales a las horas de la formación, se podrá admitir, pero únicamente asesorar y evaluar por esta UC.
Consultar este visor Relación entre cualificaciones profesionales (QP) del catálogo FPCAT y la formación profesional del Sistema FPCAT
En el Catálogo de cualificaciones profesionals se pueden buscar las cualificaciones y descargar sus fichas, en PDF, que informan de los módulos formativos (MF) relacionados y las horas de los MF.
4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.3.2. Recomendación de cambio de QP
En caso de que la persona asesora detecte que la persona interesada no está inscrita a la QP que le corresponde, deberá recomendarle un cambio de QP e indicarlo en la aplicación:
Para recomendar el cambio de QP:
1. En la aplicación de gestión, acceder a la sugerencia de cambio de QP, dentro de ADMISIÓN > JUSTIFICACIÓN DE REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN:
2. Y, a continuación, buscar la QP que se recomienda y guardar:
Automáticamente se emite un mensaje predeterminado con indicaciones para la persona interesada.
4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.3.2. Recomendación de cambio de QP
La persona interesada recibe el siguiente correo electrónico, con las indicaciones a seguir para realizar la petición de cambio de QP, a través del trámite de enmiendas:
La persona usuaria dispone de 10 días hábiles para solicitar el cambio de QP. En caso de no hacerlo, el expediente se cierra por incumplimiento de los requisitos de participación y la Coordinación del servicio notifica a la persona interesada la correspondiente resolución por la que se inadmite provisionalmente la solicitud de inscripción, a través de su Área privada.
4.3.3. Actuaciones durante la sesión de verificación de requisitos de participación
Ideas clave
El objetivo de esta sesión es verificar, conjuntamente con la persona interesada, que cumple y puede justificar los requisitos de participación al servicio de Acreditación. En el procedimiento de acreditación masiva, el objetivo es revisar el HPF y acabar de cumplimentarlo, en su caso.
La persona asesora le da apoyo para completar el HPF y analiza la documentación justificativa que aporta la persona interesada.
La persona asesora recomienda un cambio de cualificación profesional, si procede.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.1. Confirmación de asistencia a la sesión y registro de la sesión
A través del siguiente icono se accede a la edición de la sesión creada:
Se marcará si la persona se ha presentado (Sí/No) i se guardará el documento de constancia de registro de la sesión:
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.1. Confirmación de asistencia a la sesión y registro de la sesión
Cuándo se debe guardar un registro de la sesión Cómo se puede generar y dónde guardarlo
Durante el procedimiento, siempre que se realice una sesión es preciso guardar una prueba o registro de ella, en soporte documental, que demuestre que la sesión se ha realizado y en la que conste específicamente la identificación de las personas implicadas, la fecha y el motivo de la sesión.
Hay varias alternativas para dejar constancia de la sesión: 1- Utilizar el PDF de registro de la sesión firmado tanto por la persona asesora como por la persona usuaria (opción recomendada si la persona usuaria dispone de firma digital). Se trata de un modelo predeterminado disponible en la aplicación de gestión que, además de dejar constancia de que la sesión se ha realizado, también servirá como justificante de asistencia a la sesión, en caso de que la persona usuaria lo solicite (detallado a continuación). 2- Guardar un PDF con la impresión del intercambio de correos electrónicos donde consta la confirmación de la persona usuaria de su asistencia a la sesión. Desde la aplicación de gestión, la persona asesora podrá enviar un correo electrónico predeterminado en el que constará toda la información de la que se debe dejar constancia, y en el que solicitará a la persona usuaria que lo responda (detallado a continuación).
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.1. Confirmación de asistencia a la sesión y registro de la sesión
1- Utilizar el PDF de registro de la sesión firmado tanto por la persona asesora como por la persona usuaria
1-Una vez se ha marcado que la persona interesada ha asistido a la sesión, la persona asesora clica en el icono de la impresora para generar el documento PDF de la sesión (Registro de la sesión).La persona asesora descarga el documento, lo firma y lo adjunta a la aplicación, en "Documento de constancia". 2-Una vez adjuntado correctamente, la persona asesora clica en "Guardar" y lo envía a la persona interesada para que lo firme (clicar en el icono de la pluma para enviar).
La persona interesada devuelve el registro firmado a través del enlace facilitado en el correo electrónico o puede enviarlo a la persona asesora para que lo guarde en el expediente (en el apartado "documento de constancia firmado"). En cualquier caso, la persona asesora siempre revisará que quede correctamente firmado y guardado.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.1. Confirmación de asistencia a la sesión y registro de la sesión
2- Guardar un PDF con la impresión del intercambio de correos electrónicos
La aplicación de gestión, desde la sesión, permite enviar un correo electrónico predeterminado en el que se solicita la confirmación de asistencia a la sesión. Para enviar el correo es preciso clicar en el icono señalado.
La persona usuaria recibe el siguiente correo electrónico y solo deberá responderlo con la frase: "Confirmo que he asistido a la sesión”
La persona asesora descargará la respuesta en PDF y la subirá al expediente, como documento de registro de la sesión.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.2. Requerimiento de documentación justificativa
En caso de que la persona usuaria no presente la documentación justificativa y/o no rellene el historial profesional y formativo en los plazos indicados, y no haya solicitado ayuda para hacerlo, se le requerirá que en 10 días hábiles enmiende la documentación, con indicación de que si no lo hace se tendrá por desistida su solicitud. La persona asesora debe activar en la aplicación la acción de requerimiento de documentación. Para ello, es preciso registrar el requerimiento y enviar el correo predeterminado a través del icono del avión. Se guardará la FECHA EN TRÁMITE DE ADMISIÓN - DE REQUERIMIENTO, y se enviará el siguiente correo electrónico a la persona usuaria:
Esta acción sirve para identificar que ya se ha realizado el requerimiento y la fecha en que se ha llevado a cabo, para saber cuándo finaliza el plazo de 10 días.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.3. Cierre de la edición del HPF
En caso de que la persona usuaria tenga dificultades para rellenar el HPF, la persona asesora lo puede editar accediendo al mismo a través del icono de edición.
Cuando la persona asesora da por finalizada la edición del HPF, cierra el enlace a través del icono del candado rojo (la persona asesora lo podrá editar, pero la persona usuaria ya no; si fuera necesario, lo podría reabrir).
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.4. Cómo generar el PDF del HPF y enviarlo a firmar
Una vez cerrado el enlace a la edición del HPF, la persona asesora debe generar el HPF en PDF para volver a subirlo a la aplicación y dejarlo a disposición de la persona usuaria, que recibirá un correo electrónic para descargarlo, firmarlo y volver a adjuntarlo a través del enlace facilitado. A través del siguiente icono se generará y descargará el HPF en PDF:
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.4. Cómo generar el PDF del HPF y enviarlo a firmar
A través del siguiente icono se subirá el PDF del HPF:
A través del icono del avión se enviará el siguiente mensaje a la persona usuaria, con el HPF adjunto y el enlace para devolverlo firmado:
Cuando la persona interesada lo carga a través del enlace, se visualiza el siguiente icono, desde el que se puede descargar. La persona asesora debe revisarlo y comprobar que está firmado:
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.5. Valoración documental y revisión de los requisitos de participación
4.3.4.5.1. Valoración documental
El siguiente paso consiste en comprobar si la persona interesada reúne los requisitos para acceder al procedimiento de acreditación de competencias:
A través del siguiente icono se accede a la pantalla de verificación documental y de requisitos de participación:
En primer lugar debe consignarse la verificación documental (indicando qué documentos aporta la persona interesada):
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.5. Valoración documental y revisión de los requisitos de participación
4.3.4.5.2. Revisión de los requisitos de participación
Una vez revisados los requisitos de participación (ver 4.3.4.5.1.), es preciso marcar el cumplimiento, requisito por requisito, y guardar.
Los requisitos de edad ya vienen calculados automáticamente por la fecha de nacimiento informada en la solicitud de inscripción y el nivel de la UC. Los otros requisitos los registra la persona asesora, en la siguiente pantalla:
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.5. Valoración documental y revisión de los requisitos de participación
4.3.4.5.2. Revisión de los requisitos de participación
Nacionalidad y procedencia: Debe indicarse si el documento de identidad que aporta la persona interesada es uno de los documentos de identidad que se aceptan para poder participar en el proceso de acreditación de competencias (cumple o no cumple).
Edad: El cumplimiento de este requisito viene determinado automáticamente. No es preciso indicar nada.
Experiencia profesional y/o formación: Si la persona cumple los requisitos con la documentación aportada por la vía de experiencia laboral, voluntariado o becas, debe indicarse en el texto verde (según nivel 1 o 2). Si cumple por vía de la formación, debe indicarse en el apartado correspondiente de color verde. Si, según la documentación presentada, la persona no cumple por la vía de experiencia laboral, voluntariado o becas, tiene que indicarse en el apartado correspondiente de experiencia profesional de color rojo, y si no cumple por la vía de formación, tiene que indicarse en el apartado de formación de color rojo.
Requisitos adicionales: En los casos en que las unidades de competencia profesional que se valorarán cuenten, por su naturaleza, con requisitos adicionales, debe indicarse si la persona presenta el documento justificativo de cumplir estos requisitos. Si no es el caso, se tiene que indicar "no procede".
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.5. Valoración documental y revisión de los requisitos de participación
4.3.4.5.3. Ejemplos de casos prácticos
Ejemplos y posibles casos que pueden darse en la verificación de los requisitos de participación:
Persona que accede al servicio por la vía de la formación no formal:
Descripción del caso 1:
Actuaciones de la persona asesora:1. Comprueba que el contenido de la formación está directamente relacionado con las UC de la QP de inscripción. 2. Detecta que el total de horas de formación no llega a las 300 h requeridas para las UC de nivel 2; revisa de la QP el total de horas del módulo formativo de la UC relacionada con la formación que aporta y ve que consta de 260 h.
NO CUMPLE REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Si hubiera tenido las 260 horas de formación no formal, habría cumplido los requisitos de participación al servicio de Acreditación, pero solo podría acreditar esta UC.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.5. Valoración documental y revisión de los requisitos de participación
4.3.4.5.3. Ejemplos de casos prácticos
Persona que accede al servicio únicamente por la vía de la experiencia laboral:
Descripción del caso 2:
Actuaciones de la persona asesora:1. Comprueba que las funciones descritas en el certificado de empresa están directamente relacionadas con las UC de la QP de inscripción. 2. Revisa que el total de horas de experiencia supera las 1.000 h requeridas para las UC de nivel 1, pero ve que no justifica experiencia más allá del último año.
NO CUMPLE REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Si hubiera dispuesto de las 1.500 horas de experiencia laboral relacionada, repartidas en 2 años, sí que habría cumplido los requisitos de participación al servicio de Acreditación.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.5. Valoración documental y revisión de los requisitos de participación
4.3.4.5.3. Ejemplos de casos prácticos
Persona que accede al servico mediante servicios prestados con voluntariado:
Descripción del caso 3:
Actuaciones de la persona asesora:1. Comprueba que las funciones descritas en el certificado de la organitzación están directamente relacionadas con las UC de la QP de inscripción. 2. Revisa que el total de hores prestadas mediante el voluntariado supera las 2.000 h requeridas para las UC de nivel 2, y que las tiene distribuidas en los últimos 5 años.
CUMPLE REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
En el cierre del procedimiento de admisión se pueden dar varias situaciones; que se produzca:
Desistimiento
Admisión
Inadmisión
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE TIENE PER DESISTIDA LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE INADMISIÓN
INICIO FASE DE ASESORAMIENTO
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
Admisión
Inadmisión
RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE INADMISIÓN
INICIO FASE DE ASESORAMIENTO
Generalmente, si las condiciones lo permiten, el cierre del procedimiento de admisión se hará siempre con la revisión de los requisitos de participación.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
Desistimiento
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE TIENE POR DESISTIDA LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
En caso de que la persona interesada no se presente a la sesión de verificación de los requisitos de participación, que exprese voluntariamente que desiste de su solicitud o por alguna otra casuística, se cierra la admisión sin necesidad de realizar la verificación y justificación de los requisitos de participación.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
Cuando se cumplen todas las condiciones de cierre de la admisión con revisión de requisitos (todas las actuaciones previas están correctamente registradas en la aplicación) se puede cerrar la fase de admisión. En caso de que quede pendiente hacer una actuación o adjuntar un documento, en la pantalla se indica cuál es el motivo que no permite realizar el cierre y a continuación se muestra la leyenda de códigos.
Es posible realizar el cierre:
No es posible realizar el cierre:
Excepcionalmente, en el proceso de acreditación masiva, dado que la verificación de requisitos de participación se realiza antes de la inscripción, es posible cerrar la admisión sin haber adjuntado el HPF. Posteriormente, sin embargo, deberá adjuntarse obligatoriamente en la fase de asesoramiento.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
Pantalla de cierre con revisión de requisitos:
Admitida:
No admitida:
Pantalla de cierre por desistimiento:
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.1. Cierre del procedimiento por admisión
Las personas usuarias que cumplen los requisitos de participación, presentan la documentación requerida, rellenan el HPF y asisten a la sesión de verificación de requisitos de participación son admitidas.
Cuando la persona asesora cierra el procedimiento de admisión con la admisión de la persona usuaria, automáticamente la aplicación envía el siguiente correo electrónico a la persona usuaria informándola de que ha sido admitida y que tiene que rellenar los cuestionarios de autoevaluación:
En caso de que la persona usuaria no los rellene antes de la sesión de asesoramiento o que pida ayuda para hacerlo o para devolverlos cumplimentados, la persona asesora la ayudará.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.2. Cierre del procedimiento por inadmisión
Generar la correspondiente resolución de inadmisión y realizar la notificación a través del Tramitador de expedientes interdepartamentales (TEI).
La Coordinación del servicio, periódicamente, realiza una extracción con los datos de las personas inadmitidas y el motivo de inadmisión, que se cargan a los expedientes correspondientes del TEI para generar la resolución de inadmisión. Pueden ser las siguientes:
Resolución por la que se inadmite provisionalmente la solicitud de inscripción al servicio de Acreditación de competencias profesionales por incumplimiento de los requisitos de participación. Resolución por la que se inadmite la solicitud de inscripción al servico de Acreditación de competencias profesionales de la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña, por tener previamente acreditadas o en trámite de acreditación la totalidad de las unidades o estándares de competencia de la QP de inscripción. Resolución por la que se inadmite la solicitud de inscripción al servicio de Acreditación de competencies profesionales por inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de los datos aportados.
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.2. Cierre del procedimiento por inadmisión
La persona usuaria no justifica los requisitos de participación: Cuando, por su edad, documento de identidad o experiencia/formación no formal la persona usuaria no justifica los requisitos de participación requeridos, se la inadmite, y la persona asesora cierra el expediente como inadmitida por incumplimiento de requisitos.
Motivos de inadmisión durante el procedimiento de admisión
La Coordinación del servicio le notifica, a través de su Área privada, la correspondiente resolución, por la que se inadmite provisionalmente la solicitud de inscripción al servicio de Acreditación.
Contra la resolución provisional de inadmisión la persona usuaria puede presentar alegaciones en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la notificación de esta resolución provisional. La Comisión Evaluadora las valorará y emitirá un acuerdo de respuesta, contra el que se podrá presentar recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificació del acuerdo.
La persona usuaria tiene previamente acreditadas o en trámite de acreditación la totalidad de las unidades o estándares de competencia de la QP de inscripción:
La Coordinación del servicio detecta esta situación, la inadmite por duplicidad y emite la resolución por la que se inadmite la solicitud de inscripción al servicio de Acreditación.
Inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de datos o documentos que acompañan a la solicitud: Cuando se detecta esta situación, es preciso registrarla en la aplicación de gestión, señalando este motivo de inadmisión y detallando la inexactitud, falsedad u omisión detectadas en el campo de texto abierto correspondiente.
La Coordinación del servicio recoge estos casos y notifica la apertura del trámite de audiencia para que la persona usuaria pueda acceder a los datos de su expediente, alegar y enmendar, si procede, la inexactitud, falsedad u omisión en un plazo de 10 días hábiles, transcurridos los cuales, si se confirma la inexactitud, falsedad u omisión, se emitirá la resolución per la que se inadmite la solicitud de inscripción al servicio de Acreditación.
Contra la resolución de inadmisión se puede presentar recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la resolución.
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.3. Cierre del procedimiento por desistimiento
Generar la Resolución por la que se tiene por desistida la solicitud de inscripción de la persona interesada
La Coordinación del servicio, periódicamente, realiza una extracción con los datos de las solicitudes que se tienen por desistidas y los motivos de desistimiento, que deben cargarse a los expedientes del TEI para generar la Resolució por la que se tiene por desistida la solicitud de inscripción de la persona interesada.
Es posible que, ante situaciones de desistimiento, las personas interesadas presenten un recurso de alzada, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la resolución, que será recogido por la Coordinación del servicio y registrado en la aplicación para que la Comisión Evaluadora intervenga, valorando la situación y generando un informe.
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.3. Cierre del procedimiento por desistimiento
La persona usuaria solicita voluntariamente la baja del procedimiento:
Cuando la persona usuaria comunica a la persona asesora que no quiere continuar el procedimiento, ésta le informará de que debe tramitar la baja en el TEI, mediante el trámite de Presentación de enmiendas, escritos y documentos al servicio de Acreditación de competencias profesionales (FPCAT), seleccionando la opción “Pedir la baja de la solicitud de inscripción”. Una vez que la baja haya sido solicitada al TEI, la coordinación enviará un mensaje de aviso a la persona asesora informándola del desistimiento e indicándole que debe cerrar la admisión, marcando el motivo de desistimiento “Solicitado por la persona usuaria”. Como resultado, se enviará a la persona usuaria la Resolución de desistimiento correspondiente. En caso de que, transcurridos 15 días naturales desde la comunicación a la persona usuaria sobre la necesidad de solicitar la baja mediante el trámite de enmiendas del TEI, ésta no lo haya hecho, la persona asesora deberá crear una sesión de verificación de los requisitos de participación. Si la persona usuaria no se presenta en esta sesión, se la tendrá por desistida, cerrando la admisión, señalando como motivo “Ausencia injustificada en la sesión telemática para justificar los requisitos de participación”. En este caso, se enviará a la persona usuaria la Resolución de desistimiento por ausencia injustificada en la sesión de verificación de los requisitos de participación.
Motivos de desistimiento durante el procedimiento de admisión
Contra la resolución de desistimiento, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la persona interesada puede interponer un recurso de alzada ante la Presidencia Ejecutiva de la Agencia FPCAT, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación.
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.3. Cierre del procedimiento por desistimiento
La persona usuaria no presenta la documentación justificativa requerida y/o no rellena el historial profesional y formativo en el plazo indicado:En este caso, siempre que no haya solicitado ayuda para recopilar o aportar la documentación, se la requerirá para que en un plazo de 10 días hábiles enmiende la documentación, con indicación de que si no lo hace se la tendrá por desistida, se cerrará el expediente y se le notificará la correspondiente resolución de desistimiento.
Motivos de desistimiento durante el procedimiento de admisión
Contra la resolución de desistimiento, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la persona interesada puede interponer un recurso de alzada ante la Presidencia Ejecutiva de la Agencia FPCAT, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación.
La persona usuaria no se presenta a la sesión acordada, sin justificación: En este caso se la tiene por desistida de su solicitud, se cierra el expediente y se le notifica la correspondiente resolución de desistimiento. En caso de que justifique la ausencia por una causa de fuerza mayor, se la volverá a citar a una sesión telemática.
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.3. Cierre del procedimiento por desistimiento
1. En la aplicación de gestión se debe acceder al cierre a través del icono que lleva a la pantalla de desistimiento:
2. Y, a continuación, marcar "No admitida", señalar el motivo de desistimiento de las opciones del desplegable, adjuntar el documento de constancia si lo solicita la persona usuaria, anotar las observaciones correspondientes, cerrar la admisión por desistimiento y guardar:
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de los requisitos de participación
4.3.4.6. Cierre del procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento
4.3.4.6.4. Reapertura de los expedientes cerrados
Si se estiman las alegaciones o los recursos de alzada presentados contra las resoluciones o acuerdos de inadmisión o desistimiento, en la aplicación de gestión:
En caso de que la persona asesora se dé cuenta de que ha cerrado el expediente por error, podrá solicitar a la Coordinación del servicio que lo reabra. Esta situación es excepcional.
El mensaje de aviso que recibe la persona asesora ante una reapertura de expediente es el seguiente:
4.3.4. Actuaciones después de la sesión de verificación de requisitos de participación
4.3.4.7. Ideas clave
Confirma, en la aplicació de gestión, que la persona interesada ha asistido a la sesión y guarda el registro de confirmación.
Cierra la edición del HPF y lo genera en PDF para su firma (en el procedimiento de acreditación masiva no es obligatorio hacerlo en esta fase).
Registra, en la aplicación de gestión, la valoración documental y determina si la persona interesada cumple los requisitos de participación.
Cierra el procedimiento por admisión, inadmisión o desistimiento de la persona interesada.
4.4. Las guías de evidencias
4.4.1. Las guías de evidencias
4.4.2. Las dimensiones de las guías de evidencias
4.4.2.1. Especificaciones relacionadas con el saber hacer
4.4.2.2. Especificaciones relacionadas con el saber
4.4.2.3. Especificaciones relacionadas con el saber estar
4.4.1. Las guías de evidencias
Las guías de evidencias son una herramienta básica para valorar las experiencias y formaciones aportadas por las personas usuarias en el historial profesional y formativo, y determinar si se recomienda o no la evaluación de la UC.
Dado que el asesoramiento y la evaluación de la competencia profesional se basan en la recopilación de pruebas o evidencias de competencia generadas por cada persona usuaria, el referente que debe considerarse para valorar dichas evidencias es el que se indica en las guías de evidencias. En las guías se concretan los referentes en los apartados de especificaciones de evaluación relacionadas con las dimensiones de la competencia profesional y de situaciones profesionales de evaluación y criterios de evaluación de la unidad de competencia, objeto de asesoramiento y evaluación.
¿QUÉ SON LAS GUÍAS DE EVIDENCIAS?
Las guías de evidencias están disponibles en la aplicación de gestión, que la Agencia FPCAT pone a disposición de las personas asesoras y evaluadoras, junto con los cuestionarios de evaluación y las plantillas de valoración (que se explican en el apartado 4.5).
4.4.1. Las guías de evidencias
La persona asesora debe valorar si las evidencias indirectas* justifican su competencia profesional respecto al referente de evaluación**, analizando si se cumplen los siguientes requisitos:
Actualización
Autenticidad
Suficiencia y pertinencia
En determinados casos, su comprobación puede resultar difícil, por lo que se podría complementar con el uso de diversas técnicas, como la técnica de preguntas aplicada a la entrevista.
Se justifica la competencia profesional verificando que la persona tiene los conocimientos, habilidades y aptitudes, relacionados con las competencias profesionales a evaluar, actualizados. Este aspecto es clave en sectores muy dinámicos o en proceso de cambio.
La persona asesora tiene que analizar si cubren todo el referente de evaluación, para justificar la competencia profesional de la persona usuaria.
4.4.2. Las dimensiones de las guías de evidencias
En las guías de evidencias constan las especificaciones de la evaluación relacionadas con las dimensiones de la competencia profesional. Por ello se interrelacionan los tres componentes siguientes:
"Saber hacer": dominio de actividades principales y secundarias.
Competencias técnicas
"Saber": conocimientos técnicos de conceptos y procedimientos.
Competencias sociales
"Saber estar": actitud y comportamientos esperados.
4.4.2. Las dimensiones de las guías de evidencias
4.4.2.1. Especificaciones relacionadas con el saber hacer
Saber hacer: la persona usuaria debe demostrar el dominio práctico relacionado con las actividades profesionales que intervienen en la realización de las actividades comprendidas en la unidad de competencia (apartado 1a de la guía de evidencias de muestra).
En las guías de evidencias se indican con un dígito las actividades profesionales expresadas en las realizaciones profesionals de la unidad de competencia (actividades principales -APP-), y con dos dígitos las reflejadas en los criterios de realización (actividades principales secundarias -APS-).
Guía de evidencias de muestra
4.4.2. Las dimensiones de las guías de evidencias
4.4.2.1. Especificaciones relacionadas con el saber hacer
Ejemplo de actividad principal y sus actividades secundarias, de la UC0274_3: Programar las actividades propias de una sala de entrenamiento polivalente (SEP), atendiendo a criterios de promoción de la salud y el bienestar de los usuarios:
Actividades principales dentro de la guía de evidencias de ejemplo
4.4.2. Las dimensiones de las guías de evidencias
4.4.2.2. Especificaciones relacionadas con el saber
Saber: la persona usuaria debe demostrar que tiene los conocimientos técnicos (conceptos y procedimientos) en los que se basan las actividades profesionales implicadas en las realizaciones profesionales de la UC (apartado 1b de la guía de evidencias de muestra).
Ejemplo de conocimientos técnicos de la UC0274_3: Programar las actividades propias de una sala de entrenamiento polivalente (SEP), atendiendo a criterios de promoción de la salud y el bienestar de los usuarios:
Resaltadas en amarillo las actividades relacionadas con el saber, dentro de la guía de evidencias de ejemplo
4.4.2. Las dimensiones de las guías de evidencias
4.4.2.3. Especificaciones relacionadas con el saber estar
Saber estar: la persona usuaria debe demostrar que tiene una actitud de comportamiento en el trabajo y unas formas de actuar e interactuar según las especificaciones indicadas en el saber estar (apartado 1c de la guía de evidencias de muestra).
Ejemplo de comportamientos y actitudes especificados en el saber estar de la UC0274_3: Programar las actividades propias de una sala de entrenamiento polivalente (SEP), atendiendo a criterios de promoción de la salud y el bienestar de los usuarios:
Resaltadas en amarillo las actividades relacionadas con el saber estar, dentro de la guía de evidencias de ejemplo
4.5. Las actuaciones del procedimiento de asesoramiento
4.5.1. Esquema de la fase de asesoramiento
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.1. Admisión de la persona usuaria
4.5.2.2. Cuestionarios de autoevaluación y plantillas de valoración
4.5.2.3. Convocatoria a la sesión de asesoramiento
4.5.2.4. Log de e-mails
4.5.2.5. Ideas clave
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.1. Acogida al servicio de Acreditación y desarrollo de la sesión
4.5.3.2. Identificación y objectivos, expectativas e intereses de la persona usuaria
4.5.3.3. Revisión del HPF
4.5.3.4. Procedimiento ante una UC de idioma
4.5.3.5. Ideas clave
4.5. Las actuaciones del procedimiento de asesoramiento
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.1. Confirmación de asistencia y registro de la sesión
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
4.5.4.3. Apoyo lingüístico en caso de UC de idioma
4.5.4.4. Generación del informe de asesoramiento
4.5.4.5. Observaciones
4.5.4.6. Finalización de la fase de asesoramiento
4.5.4.6.1. Finalización de la fase de asesoramiento con asesoramiento finalizado
4.5.4.6.2. Finalización de la fase de asesoramiento por desistimiento
4.5.4.7. Ideas clave
4.5.5. Decisión y solicitud de UC a evaluar/no evaluar
4.5.5.1. Seguimiento por parte de la persona asesora
4.5.5.2. Cumplimentación por parte de la persona usuaria
4.5.1. Esquema de la fase de asesoramiento
Se informa automáticamente a la persona interesada que ha sido admitida a la fase de asesoramiento y que debe rellenar los cuestionarios de autoevaluación.
Cumplimentación, por parte de la persona usuaria, de los cuestionarios de autoevaluación.
La persona asesora envía la convocatoria de la sesión de asesoramiento a la persona usuaria.
La persona asesora registra los resultados de los cuestionarios de autoevaluación en la aplicación de gestión.
ACTUACIONES INICIALES DE LA FASE DE ASESORAMIENTO
ACTUACIONES DURANTE LA SESIÓN DE ASESORAMIENTO
Desarrollo de la sesión de asesoramiento, en que la persona asesora identifica los objetivos, expectativas e intereses de la persona usuaria y revisan conjuntamente el historial profesional y formativo.
Guardar el registro de la sesión
Sistematizar las evidencies: introducir los resultados de la valoración de evidencias en la aplicación de gestión, para cada actividad principal (APP), de todas las UC asesoradas.
ACTUACIONES DESPUÉS DE LA SESIÓN DE ASESORAMIENTO
Recomendar evaluar/no evaluar las UC asesoradas.
Indicar el itinerario formativo para las UC que no se recomienda evaluar.
Generar el informe de asesoramiento.
Cerrar la fase de asesoramiento en la aplicación de gestión. Hacer seguimiento de la cumplimentación de la solicitud de UC a evaluar.
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.1. Admisión de la persona usuaria
Cuando se cierra la fase de admisión y la persona usuaria queda admitida, se envía automáticamente un correo:
En caso de que sea necesario, se realizará una sesión para ayudar a la persona usuaria a rellenar y guardar en la aplicación los cuestionarios de autoevaluación.
Cuando la persona usuaria queda admitida, en el expediente se habilita un segundo bloque de gestión llamado "Proceso > Asesoramiento", que permite registrar las actuaciones siguientes de la fase de asesoramiento:
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.2. Cuestionarios de autoevaluación y plantillas de valoración
El objetivo de los cuestionarios de autoevaluación es obtener información sobre el grado de dominio de la persona usuaria respecto a las UC que quiere acreditar, tanto por parte de la persona asesora como por parte de la persona usuaria, puesto que le ayudará a tomar conciencia de las competencias adquiridas.
Es preciso tener en cuenta las siguientes consideraciones:
4. La persona usuaria rellena el cuestionario de autoavaluación en PDF y lo devuelve. La persona asesora rellena la plantilla de valoración, en Excel, y analiza el resultado. Registra la puntuación obtenida en la aplicación de gestión. Si supera el umbral establecido en la plantilla de valoración y hay evidencias, se puede recomendar la evaluación.
3. Para cada actividad profesional se considera el grado de autonomía en el desempeño, según la escala:
2. El lenguaje de las actividades profesionales se ha adaptado teniendo en cuenta el nivel de la unidad de competencia objeto de evaluación y se ha utilizado la terminología propia del entorno laboral.
1. Las actividades profesionales establecidas en el cuestionario reflejan las realizaciones profesionales y los criterios de realización de la unidad de competencia de referencia (ver 4.4.2.).
1= No sé hacerlo 2= Lo puedo hacer con ayuda 3= Lo puedo hacer sin necesitar ayuda 4= Lo puedo hacer sin necesitar ayuda, e incluso podría formar a otra persona
Plantilla de valoración de ejemplo
Cuestionario de autoevaluación de ejemplo
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.2. Cuestionarios de autoevaluación y plantillas de valoración
Los cuestionarios de autoevaluación incluyen preguntas relacionadas con las competencias implicadas en las unidades de competencia objeto de asesoramiento. Las personas usuarias deben responderlos con total sinceridad. Sus propias valoraciones les ayudarán a tomar conciencia del nivel de autonomía y dominio de las actividades principales y secundarias de la competencia y, en cierta medida, les indicarán en qué grado la tienen consolidada. Es indispensable que las personas usuarias cumplimenten las autoevaluaciones de todas las UC de las que quieren ser asesoradas, y que queden guardadas en su expediente, en la aplicación de gestión. Posteriormente, la persona asesora entrará las puntuaciones en la plantilla de valoración, que realiza la ponderación de los resultados obtenidos e indica el umbral según el cual se podría recomendar la evaluación de la UC. Las plantillas de valoración cumplimentadas también deben quedar guardadas en el expediente. A continuación, las personas asesoras introducirán la puntuación para cada UC en la aplicación de gestión.
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.2. Cuestionarios de autoevaluación y plantillas de valoración
En la aplicación, el apartado Autoevaluación incluye dos subpestañas: "REGISTRO" y "GUÍAS, CUESTIONARIOS, PLANTILLAS".
3- AUTOEVALUACIÓN > "GUÍAS, CUESTIONARIOS, PLANTILLAS":
3- AUTOEVALUACIÓN> REGISTRO:
Ver un ejemplo de AUTOEVALUACIÓN > REGISTRO cumplimentado
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.2. Cuestionarios de autoevaluación y plantillas de valoración
En la pestaña de autoevaluación > registro quedan almacenados:
- los cuestionarios cumplimentados en PDF (los sube la persona usuaria mediante el enlace que se le envía por correo electrónico cuando se le informa de la admisión),
- las plantillas de valoración cumplimentadas (las carga la persona asesora una vez ha transcrito la puntuación de los cuestionarios)
- y la puntuación final ponderada que facilita la plantilla (y que la persona asesora registra directamente en la aplicación).
Desde Autoevaluación > guías, cuestionarios y plantillas se pueden descargar los documentos originales.Enlace en el que la persona usuaria descarga y devuelve los cuestionarios de autoevaluación:
Pestaña 3-Autoevaluación > Registro:
A través de estos iconos se accede a la pantalla dondese registra la puntuación y se cargan las plantillas cumplimentadas.
A través de los iconos de la parte superior se descargan los cuestionarios de autoevaluación originales en PDF.
A través del enlace "Editar", de la parte inferior derecha, se devuelven los cuestionarios cumplimentados.
Pestaña 3-Autoevaluación > Guías, cuestionarios, plantillas:
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.2. Cuestionarios de autoevaluación y plantillas de valoración
Ejemplo de plantilla que incluye la transcripción de las puntuaciones de la autoevaluación y que calcula la puntuación final ponderada de la UC_2-1454-11_3:
Pantalla donde se registra la puntuación y se carga la plantilla de valoración cumplimentada:
Ejemplo de puntuación y plantilla cargadas en la aplicación de gestión:
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.3. Convocatoria a la sesión de asesoramiento
Cuando la persona usuaria ha rellenado y enviado los cuestionarios de autoevaluación dentro de los plazos establecidos, la persona asesora contacta con ella para citarla a la sesión de asesoramiento.
Para crear la sesión en la aplicación de gestión, se debe ir a pestaña de "Sesiones", dentro del bloque activado de Asesoramiento:
Cuando se recibe su confirmación de asistencia, desde la pestaña "Log de e-mails" se genera el correo en el que se enviará el enlace o localización de la sesión prevista (explicado a continuación):
Al clicar en "enviar", la persona usuaria recibe el siguiente mensaje, al que debe responder para confirmar si puede asistir a la sesión el día y hora propuestos
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.4. Log de e-mails
Log de e-mails: todas las comunicaciones que emite la aplicación de gestión durante el asesoramiento quedan registradas en el log de e-mails. Se recomienda que todos los mensajes no predeterminados que la persona asesora envía a la persona usuaria se envíen desde el log de e-mails, para dejar constancia de su envío.
Icono para enviar mensajes no predeterminados desde el log de e-mails.
4.5.2. Actuaciones previas a la sesión de asesoramiento
4.5.2.5 Ideas clave
Cuando la persona interesada es admitida, recibe un mensaje para informarle de la admisión y dándole las indicaciones para rellenar los cuestionarios de autoevaluación.
La persona asesora descarga los cuestionarios de autoevaluación cumplimentados y las plantillas de valoración, transcribe los resultados, obtiene una puntuación ponderada y revisa el umbral de superación de cada cuestionario.
Guarda las plantillas de valoración en la aplicación y registra la puntuación ponderada.
Convoca a la persona usuaria a la sesión de asesoramiento.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.1. Acogida al servicio de Acreditación y desarrollo de la sesión
En la sesión de asesoramiento se acoge a la persona usuaria y se explican los aspectos más relevantes del servicio de Acreditación:
- En qué consiste la acreditación de competencies profesionales y qué supone obtener un certificado de acreditación.- Los derechos y compromisos de las personas usuarias. - Las tres fases que comprende y en qué consisten.- Qué son las familias profesionales, las cualificaciones profesionales y las unidades o estándares de competencia.- El referente de evaluación (guía de evidencias). Se explica cómo se traduce su experiencia profesional en los términos establecidos en la UC.- La posibilidad de convalidar o completar la formación de un certificado profesional (CP) o un título de formación profesional (TFP).- La posibilidad de solicitar el certificado profesional correspondiente, en el caso de que la persona usuaria haya demostrado todas las unidades o estándares de competencia del CP.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.2. Identificación de objetivos, expectativas e intereses de la persona usuaria
Acto seguido, en el desarrollo de la sesión, se solicita a la persona usuaria que explique:
Cuál es su objetivo, sus expectativas y sus intereses a nivel profesional.
La persona asesora lo tiene que registrar en la pestaña 5- Informe asesor:
Esta información quedará recogida en el informe de asesoramiento.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.3. Revisión del HPF
2- El HPF se compone de dos subpestañas: "HPF" e "IMPRIMIR + GUARDAR HPF". Si durante el asesoramiento se amplía la información del HPF, desde esta pestaña se debe:
2- HPF > HPF:
2- HPF > IMPRIMIR + GUARDAR HPF:
En caso de que no se actualice ningún dato, la persona asesora volverá a cargar la versión del HPF firmada por la persona usuaria en el procedimiento de admisión.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.4. Procedimiento ante una UC de idioma
Ante una QP que contiene una UC de idioma, se pueden dar las siguientes situaciones: La persona asesora explicará que, dado que este certificado corresponde a formación formal, no puede acreditar directamente la UC asociada con el certificado, ni tampoco podrá reconocer al SOC esta UC de idiomas directamente con el certificado formal de idiomas, ya que el SOC no realiza convalidaciones. El SOC únicamente tramita el título del certificado de profesionalidad si ha sido obtenido por estas vías: por acreditación de competencias, por formación, o por convalidación del módulo profesional de idiomas. Por este motivo, la persona asesora explicará los siguientes supuestos para que la persona usuaria tenga toda la información para decidir si quiere asesorarse y evaluarse de esta UC:
- Si la persona demuestra la UC de idiomas mediante el servicio de Acreditación, podrá solicitar al SOC la expedición del certificado correspondiente (siempre que haya completado todas las UC del CP).
- Si la persona no consigue demostrar la UC de idiomas o decide no hacer la evaluación, deberá matricularse en un centro de formación profesional y pedir la convalidación del módulo profesional de idiomas correspondiente al certificado formal de idiomas, o bien cursarlo.
Con el certificado de acreditación de las UC acreditadas, con la convalidación del módulo profesional de idiomas por parte del centro, o con la superación de los módulos profesionales (incluido el de idiomas, en su caso), la persona podrá dirigirse al SOC para solicitar la expedición del CP.La persona usuaria SÍ que dispone de un certificado formal de idiomas
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.4. Procedimiento ante una UC de idioma
Con esta información, la persona usuaria puede decidir entre las siguientes opciones:
No asesorarse de esta UC. Por lo tanto, debe desactivarla.
Asesorarse de esta UC pero, finalmente, no solicitar evaluarla.
Realizar el asesoramiento y evaluarse (mediante prueba de evaluación).
Es importante recordar que siempre que se solicite la evaluación de una UC de idioma será obligatoria la sesión de evaluación.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.4. Procedimiento ante una UC de idioma
La persona usuaria no quiere asesorarse de esta UC y, por tanto, se desactiva
Si la persona usuaria no quiere asesorarse de la UC de idioma, la persona asesora tendrá que recoger y adjuntar un documento de constancia en el que la persona manifieste expresamente que no quiere ser asesorada (y, en consecuencia, tampoco evaluada) de esta UC.Con este documento, la persona asesora desactivará la UC de idioma en el apartado "Gestión de las UC coincidentes", en el bloque de Admisión.
Para ver cómo se desactiva una UC, podéis consultar el punto 4.3.2.5. "Gestión de las UC coincidentes".
En este caso, la persona usuaria puede matricularse en el ciclo formativo en un centro de formación para solicitar la convalidación de todas las UC acreditadas en el servicio de Acreditación, incluyendo la UC de idioma, con el certificado correspondiente, o cursar el módulo profesional de idiomas y otros módulos profesionales relacionados con las UC no acreditadas, si procede. Con el certificado de acreditación de las UC acreditadas, y la convalidación del módulo profesional de idiomas por parte del centro, o bien con la superación de los módulos profesionales (incluidos los de idiomas, si procede), podrá solicitar la expedición del CP al SOC.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.4. Procedimiento ante una UC de idioma
La persona usuaria se asesora de esta UC pero no solicita evaluación
Se realizará el asesoramiento (como cualquier otra UC).
No obstante, al tratarse de una UC de idioma, la persona asesora debe marcar en la aplicación de gestión que se requiere "Apoyo lingüístico" e indicar cuál es el idioma objeto de evaluación. En el punto 4.5.4.3. se explica cómo hacerlo en la aplicación de gestión GESAC. Finalmente, la persona usuaria decide no avaluarse de esta UC. En este caso, la persona usuaria puede matricularse del ciclo formativo en un centro para solicitar la convalidación de todas las UC acreditadas en el servicio de Acreditación, incluyendo la UC de idioma, con el certificado correspondiente, o cursar el módulo profesional de idiomas y otros módulos profesionales relacionados con las UC no acreditadas, si procede. Con el certificado de acreditación de las UC acreditadas, y la convalidación del módulo profesional de idiomas por parte del centro, o bien con la superación de los módulos profesionales (incluyendo el de idiomas, si procede), podrá solicitar la expedición del CP al SOC.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.4. Procedimiento ante una UC de idioma
La persona usuaria realiza el asesoramiento y se evalúa (haciendo la prueba de evaluación)
Se realizará el asesoramiento (como cualquier otra UC). Al tratarse de una UC de idioma, la persona asesora debe marcar en la aplicació de gestión que se requiere "Apoyo lingüístico" e indicar cuál és el idioma objeto de evaluación.
En el punto 4.5.4.3. se explica cómo hacerlo en la aplicación de gestión GESAC.
Es muy importante indicar el idioma de evaluación correctamente, ya que, cuando la persona usuaria solicite la evaluación de la UC de idioma, automáticamente se enviará un correo electrónico a la Coordinación de la familia en el que se indicará la necesidad de asignar una persona evaluadora que disponga del nivel mínimo para evaluar la UC determinada.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.4. Procedimiento ante una UC de idioma
La persona usuaria NO dispone de un certificado formal de idiomas
Se realizará el asesoramiento (como cualquier otra UC).
No obstante, al tratarse de una UC de idioma, la persona asesora debe marcar en la aplicación de gestión que se requiere "Apoyo lingüístico" e indicar cuál es el idioma objecto de evaluación. En el punto 4.5.4.3 se explica cómo hacerlo en la aplicación de gestión GESAC. Es muy importante indicar el idioma de evaluación correctamente, ya que, cuando la persona usuaria solicite la evaluación de la UC de idioma, automáticamente se enviará un correo electrónico a la Coordinación de la familia en el que se indicará la necesidad de asignar una persona evaluadora que disponga del nivel mínimo para evaluar la UC determinada.
4.5.3. Actuaciones durante la sesión de asesoramiento
4.5.3.5 Ideas clave
La persona asesora acoge a la persona usuaria y le explica los aspectos más relevantes del servicio de Acreditación (las fases, qué son las cualificaciones profesionales, las guías de evidencias, etc).
Identifica el objetivo, las expectativas y los intereses a nivel profesional de la persona usuaria.
Revisa, conjuntamente con la persona usuaria, su historial profesional y formativo.
En caso de tratarse de una UC de idioma, se debe tener en cuenta y explicar a la persona usuaria las diferentes consideraciones.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.1. Confirmación de asistencia a la sesión y registro de la sesión
A través del siguiente icono se accede a la edición de la sesión creada:
En la edición se marcará si la persona se ha presentado (Sí/No) y se guardará el documento de constancia de registro de la sesión:
Para ver en detalle todos los pasos a seguir para enviar la confirmación de asistencia a la sesión y hacer el registro de la sesión, ver el apartado 4.3.4.1.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
En este apartado se debe indicar, teniendo en cuenta la guía de evidencias y la documentación justificativa aportada por la persona usuaria, qué nivel tiene la persona usuaria para cada una de las APP de la UC, qué valoración se hace de la UC y si se recomienda o no evaluarla. En la aplicación, la Sistematización de evidencias contiene dos subpestañas: "EVIDENCIAS" y "VALORACIÓN Y RESULTADO".
4- SISTEMATIZACIÓN DE EVIDENCIAS > EVIDENCIAS:
4- SISTEMATIZACIÓN DE EVIDENCIAS > VALORACIÓN Y RESULTADO:
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
2. Editar la evidencia creada para valorar y relacionarla (seleccionando del listado) con la referencia en la que se ha observado o de la que se ha extraído (subpestaña EVIDENCIAS). Es posible seleccionar para una misma evidencia una referencia de la columna izquierda (por ejemplo, el HPF) y una evidencia de la columna derecha (entrevista de asesoramiento). Por ejemplo, de las funciones que constan en el certificado de empresa, la entrevista de la sesión, etc., valorar el grado de la evidencia, entre "alta", "media", "baja" o "sin evidencia" y anotar las orientaciones correspondientes.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
3. Hacer la valoración POSITIVA O NEGATIVA de la UC (subpestaña VALORACIÓN Y RESULTADO)
Para recomendar la evaluación de una UC es preciso que todas las APP dispongan de evidencias valoradas como altas o medias.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
En caso de que la "Valoración y resultado" sea negativo, se debe recomendar e indicar la formación complementaria que la persona usuaria debería hacer para consolidar las competencias de la UC que no se recomienda evaluar.
Al indicar que la valoración es negativa, se puede acceder a los visores:
1. Tengo unidades de competencia acreditadas. ¿Puedo solicitar algún certificado profesional?
Relación de unidades de competencia (UC) acreditadas con certificados profesionales (CP)
2. Tengo unidades de competencia acreditadas. ¿Qué módulos profesionales convalidan?
Correspondencia entre unidades de competencia (UC) acreditadas y módulos profesionales (MP) que convalidan
3. Tengo módulos profesionales superados. ¿Qué unidades de competencia acreditan?
Correspondencia entre módulos profesionales (MP) superados y unidades de competencia (UC) que acreditan
Estos visores se explicarán a continuación. Los visores se han incorporado a la aplicación de gestión del servicio de Acreditación de competencias profesionales: en la fase de asesoramiento, cuando se define el itinerario formativo en caso de no recomendar evaluar una UC, y en la fase de evaluación, en el Plan de formación.
https://fp.gencat.cat/ca/arees/cataleg-de-qualificacions-professionals/visors/
Los visores están disponibles en la web de la Agencia FPCAT:
Las personas asesoras también pueden utilizar el buscador para localizar la formación relacionada tanto a nivel de certificados profesionales como de ciclos formativos, para hacer las recomendaciones de la oferta formativa.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
1. Tengo unidades de competencia acreditadas. ¿Puedo solicitar algún certificado profesional?
Permite ver la relación entre las unidades de competencia (UC) seleccionadas en la columna izquierda del visor (seleccionar las UC de la cualificación, especialmente las que no se recomienda evaluar) y los certificados profesionales que los contienen. Al pulsar sobre los certificados profesionales, se muestran las UC que los forman, en la parte inferior del visor. En caso de que no se recomiende evaluar la UC, se recomendará a la persona que se inscriba en el CP correspondiente y curse el módulo profesional vinculado a dicha UC.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
2. Tengo unidades de competencia acreditadas. ¿Qué módulos profesionales convalidan?
Muestra la correspondencia entre UC acreditadas y los módulos profesionales que convalidan de los ciclos formativos de la formación profesional. La pantalla permite ver las UC seleccionadas a partir del filtro del código UC o de una palabra clave. También se puede filtrar por “Sector”, “Familia profesional” y por el “Nombre del ciclo” formativo.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
3. Tengo módulos profesionales superados. ¿Qué unidades de competencia acreditan?
Expone la correspondencia entre los módulos profesionales superados de la formación profesional y las UC de los ciclos formativos de la formación profesional.La pantalla permite ver los módulos profesionales (MP) seleccionados a partir de los filtros aplicados. Los resultados se pueden analizar con detalle y pueden consultarse tanto los datos identificadores de los MP como de las UC a las que están asociados.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.2. Sistematización de evidencias
Recuerda
Para recomendar la evaluación de una UC (resultado positivo) es preciso que todas las actividades principales (APP) dispongan de evidencies valoradas como altas o medias. Las UC que tengan alguna APP valorada con una evidencia baja o sin evidencia no serán recomendadas para la evaluación. Es importante tener en cuenta que la deducción de la valoración positiva de la evidencia debe estar basada en la experiencia adquirida mediante la experiencia laboral, el voluntariado, los servicios realizados a través de una beca o por la formación no formal realizada, comparándola con la guía de evidencias. Ciertos elementos del historial profesional y formativo, com las pruebas de acceso a ciclos formativos o la formación reconocida oficialmente, no sirven como referencias válidas de la evidencia.
4.5.4. Actuaciones después de la sessió d’assessorament
4.5.4.3. Apoyo lingüístico en el caso de UC de idioma
En caso de asesorar una UC de idioma, en la sistematización de evidencis de la UC correspondiente deberemos indicar la necesidad de que intervenga una persona evaluadora de suporte. Por lo que:
Una vez se han añadido las evidencias correspondientes a la UC y se ha hecho la valoración, ir a la pestaña de "Apoyo".
En la pestaña de "Apoyo", clicar a Editar.
Seleccionar "Apoyo lingüístico" en el desplegable "Necesidades de apoyo específicas en la UC del expediente".
Seleccionar el idioma objecto de evaluación del desplegable "Necesidades de apoyo-competencias lingüísticas" y clicar "Guardar".
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.4. Generar el informe de asesoramiento
Tiene por objeto realizar las recomendaciones para la evaluación de unidades o estándares de competencia que han sido asesorados, a partir de las evidencias indirectas y la información aportada por la persona usuaria.
En caso de que no se recomiende evaluar alguna unidad o estándar de competencia asesorado, se informa de la propuesta de continuidad formativa aconsejada para adquirirlo.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.4. Generación del informe de asesoramiento
En la aplicación, en informe de asesoramiento:
1.
2.
3.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.5. Observaciones
En la pestaña de Observaciones de la aplicación se pueden anotar observaciones e información relevante del asesoramiento. Esta información podrá leerla la Coordinación del servicio y la persona evaluadora que se asigne posteriormente.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.6. Finalización de la fase de asesoramiento
4.5.4.6.1. Finalización de la fase de asesoramiento con asesoramiento finalizado
Para finalizar la fase de asesoramiento y que el expediente pueda pasar a la fase de evaluación, se debe ir a la pestaña de Cierre y marcar el Asesoramiento como finalizado:
Para poder finalizarlo, cuando se ha realizado el asesoramiento se deben rellenar todas las pestañas anteriores, excepto en el caso de cierre por desistimiento.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.6. Finalización de la fase de asesoramiento
4.5.4.6.1. Finalización de la fase de asesoramiento con asesoramiento finalizado
En caso de que falte algún documento por adjuntar o una acción por completar, la aplicación no dejará finalizar el asesoramiento e indicará qué paso falta.
También durante la fase de asesoramiento, en pestañas relevantes se nos informa de si la actuación ha quedado completada o no:
No permite realizar el cierre:
Permite realizar el cierre:
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.6.1. Finalización de la fase de asesoramiento con asesoramiento finalizado
Una vez se cierra la fase de asesoramiento se envía de manera automática un correo electrónico a la persona usuaria con el informe de asesoramiento.
En el mismo mensaje también se envía el enlace a la solicitud de UC a avaluar, que la persona usuaria debe rellenar siempre, señalando para cada UC si quiere evaluarla.Es importante hacer seguimiento de la cumplimentación de la solicitud de UC a avaluar. Si procede, transcurridos 7 días, se envía el recordatorio de cumplimentación de la solicitud de UC a evaluar.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.6. Finalización de la fase de asesoramiento
4.5.4.6.2. Finalización de la fase de asesoramiento por desistimiento
La persona usuaria desiste por voluntad propia: Debe comunicarlo por escrito. La persona asesora debe guardar el escrito de desistimiento en la aplicación de gestión (ver imagen de la pestaña siguiente).
Motivos de desistimiento durante la fase de asesoramiento
La persona usuaria no asiste a la sesión de asesoramiento: En caso de ausencia injustificada, la persona asesora debe indicarlo en la aplicación de gestión (ver imagen de la pestaña siguiente).
Resolución de desistimiento: se notifica la correspondiente resolución a la persona interesada. Contra la resolución de desistimiento, la persona interesada puede interponer recurso de alzada ante la Presidencia Ejecutiva de la Agencia FPCAT, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.4.6.2. Finalización de la fase de asesoramiento por desistimiento
La persona asesora accede a la aplicación de gestión y:
Informa del cierre por desistimiento en la aplicación de gestión.
Selecciona la causa de desistimiento del desplegable.
Si procede, guarda los escritos de constancia.
4.5.4. Actuaciones después de la sesión de asesoramiento
4.5.7. Ideas clave
Confirma, en la aplicación de gestión, que la persona ha asistido a la sesión y guarda el registro de la sesión.
Sistematización de evidencias: teniendo en cuenta la guía de evidencias y la documentación justificativa aportada por la persona usuaria, valora qué nivel tiene la persona usuaria para cada APP que contiene la UC.
Indica si la valoración es positiva o negativa para cada UC y determina si recomienda o no evaluarla (para que la valoración sea positiva, todas las APP de la UC deben tener evidencias demostrables).
Indica la recomendación formativa si la valoración de la UC es negativa.
Genera el informe de asesoramiento.
Finaliza la fase de asesoramiento y hace seguimiento de la solicitud de UC a evaluar que debe cumplimentar la persona usuaria.
4.5.5. Decisión y solicitud de las UC a evaluar
4.5.5.1. Seguimiento por parte de la persona asesora
Desde la pestaña "Cierre" la persona asesora realizará el seguimiento de la cumplimentación de la solicitud de evaluación. En caso de que hayan transcurrido 7 días desde el envío del informe de asesoramiento y la persona usuaria no la haya rellenado, le enviará un recordatorio (un mensaje predeterminado), ofreciéndole ayuda ante cualquier duda (si es necesario, le puede dar apoyo vía telefónica), e informándole de que dispone de un plazo de 10 días hábiles para rellenar la solicitud de evaluación. En caso de que no lo haga, se cerrará la fase de asesoramiento y el expediente no pasará a la fase de avaluación.
4.5.5. Decisión y solicitud de las UC a evaluar
4.5.5.2. Cumplimentación de la solicitud por parte de la persona usuaria
De todas las UC que la persona asesora le ha recomendado evaluar, la persona usuaria indica de qué quiere ser evaluada finalmente:
Es importante remarcar que el informe de asesoramiento no es vinculante. La persona usuaria puede decidir evaluarse de unidades de competencia que la persona asesora no recomiende evaluar y viceversa.
4.5.5. Decisión y solicitud de las UC a evaluar
4.5.5.2. Cumplimentación de la solicitud por parte de la persona usuaria
La persona usuaria indica, para cada UC que ha sido asesorada, si la solicita evaluar o no y clica en "Guardar". Una vez rellenada la solicitud, clica en "Enviar". A partir de aquí, si hay almenos una UC que se solicita evaluar, se inicia la fase de evaluación.
@fpcatalunya
AgenciaFPCAT
fp.gencat.cat
Registro de la sesión
La persona interesada recibe el siguiente mensaje, descarga el adjunto, lo firma y lo devuelve a través del enlace facilitado:
*Evidencias indirectas: aquella información profesional y formativa del historial profesional y formativo y de la entrevista.
**Referente de evaluación: conjunto de realizaciones profesionales, criterios de realización y contexto profesional incluidos en las unidades o estándares de competencia, de acuerdo con los criterios que se fijan en las correspondientes guías de evidencias de la competencia profesional.
Ejemplo Informe de asesoramiento
Evitar actuar según impulsos, impresiones o exceso de empatía:Hacerlo puede desvirtuar las valoraciones finales que tendrá que reflejar en el informe que tiene que elaborar.A pesar de la proximidad que pueda conseguirse con la persona usuaria, deberá mantenerse la objetividad en todo momento.
Procurar un entorno de confianza:
De esta manera la persona usuaria mostrará de una forma más real y positiva lo que sabe hacer.
Correo electrónico de requerimiento de documentación en 10 dies hábiles
Cuando la persona asesora registra el requerimiento de documentación justificativa y envía el comunicado, la persona usuaria recibe el siguiente mensaje:
En caso de que la persona usuaria no la presente en un plazo de 10 días hábiles, o no responda solicitando ayuda para hacerlo, la solicitud se dará por desistida y se cerrará la admisión por desistimiento. Este mensaje quedará recogido en el log de e-mails del procedimiento de admisión.
Fer seguiment de l’emplenament de la sol·licitud d’avaluació
Des de la pestanya "Tancament" la persona assessora farà el seguiment de l’emplenament de la sol·licitud d’avaluació. Des d'aquesta mateixa pestanya podrà enviar el missatge predeterminat i veure si ha transcorregut els 10 dies naturals des de l'enviament del recordatori:
Distancia profesional:
El trato debe ser cordial y afable, y al mismo tiempo profesional.
Tener presente el referente de evaluación...
... para ayudarle a identificar su situación de manera clara y objetiva respecto a éste.
Correu electrònic de recordatori per emplenar la sol·licitud d'unitats o estàndards de competència a avaluar
No dar opiniones personales...
... sobre el currículum ni sobre sus expectativas: sólo centrarse en el objetivo de la fase de asesoramiento, sin entrar en juicios de valor que puedan afectarle.
Fiabilidad:
Deben asegurar que los resultados sean homogéneos y comparables con los de otras personas usuarias, independientemente del lugar o momento en que se desarrolle el procedimiento.
Acompañamiento a la persona usuaria:
Para conseguir el clima de confianza y un ambiente constructivo y positivo que reafirme la autoestima y el empoderamiento de la persona usuaria en el proceso.
Pantalla on es registra la decisió UC a UC sobre si passa o no avaluació
Pantalla on es registra la decisió UC a UC sobre si passa o no avaluació
Transparència:
La información generada en la fase de asesoramiento debe estar a disposición de las personas implicadas y en los momentos definidos en el servicio de Acreditación, respetando en todo momento la confidencialidad.
En el siguiente ejemplo se observa que todas las UC del expediente se han desactivado (en la columna "UC solicitada"), ya que coinciden con las de otro expediente (columna "Motivo de desactivación"). La aplicación de gestión ha detectado automáticamente que hay una solicitud previa que contiene las mismas UC activas.
Ante esta situación, la Coordinación del servicio gestiona el cierre de las solicitudes duplicadas y emite la correspondiente resolución de desistimiento.
Asegurar la privacidad y confidencialidad...
... de la información personal, profesional y/o de las pruebas aportadas.
Fer seguiment de l’emplenament de la sol·licitud d’avaluació
Des de la pestanya "Tancament" la persona assessora farà el seguiment de l’emplenament de la sol·licitud d’avaluació. Des d'aquesta mateixa pestanya podrà enviar el missatge predeterminat i veure si ha transcorregut els 10 dies naturals des de l'enviament del recordatori:
Correu electrònic de recordatori per emplenar la sol·licitud d'unitats o estàndards de competència a avaluar
Comunicar con claridad...
... utilizando un lenguaje comprensible, con una terminología propia del entorno laboral.
Salvaguardar su autoestima:
Las personas usuarias pueden tener la sensación de que las competencias profesionales obtenidas a través de la experiencia laboral, de los servicios prestados mediante una beca o voluntariado o de una formación no formal no tienen valor.
Correu electrònic amb el detall de la decisió d'avaluació que s'ha emplenat prèviament
Debemos guardar el mensaje antes de enviarlo.
Escuchar de manera activa:
Evitando interrumpir a la persona usuaria: si se quiere preguntar o aclarar algún aspecto, es mejor anotarlo y hacerlo al final.
Cooperación:
Para relacionarse con otras personas asesoras y con las personas evaluadoras y colaborar con la Comisión Evaluadora y la Agencia FPCAT, cuando le sea requerido.
Validez:
Deben ayudar a identificar la información profesional aportada relacionada con el referente de evaluación.
Motivar a continuar en el procedimiento...
... aunque no se deben crear falsas expectativas que puedan generar frustración.
¿Se pueden hacer sesiones grupales en la fase de asesoramiento?
Solo en el procedimiento masivo. En este caso, se pueden hacer sesiones grupales si se trata de facilitar la información general del procedimiento. Estas sesiones permiten acoger a varias personas usuarias y dar la información necesaria a la vez. La persona asesora dirige y supervisa la actividad a realizar por el grupo y focaliza las instrucciones en aquellas acciones críticas o determinantes.
Guardar el HPF firmado por la persona usuaria
En caso de que la persona usuaria tenga dificultades para devolver el HPF firmado a través del enlace que se le ha facilitado, puede enviarlo a la persona asesora adjuntándolo a un correo electrónic, para que sea la persona asesora quién guarde la copia firmada en el expediente. La persona asesora dispone de esta opción en "Registrar HPF en admisión"
Mejora de la calidad:
Para comprobar la eficacia y eficiencia de su tarea, la persona asesora debe analizar los resultados del asesoramiento y autoevaluar su actuación.
Rigor:
Deben ser utilizados con profesionalidad y objetividad.
Confidencialidad:
La persona asesora será responsable de la información que tiene de las personas usuarias, y velará por su confidencialidad.
Sesión de asesoramiento
Correu electrònic amb el detall de la decisió d'avaluació que s'ha emplenat prèviament
Sesiones en el asesoramientoSi no es posible realizar las sesiones por videoconferencia, la persona asesora debe comunicar a la Coordinación del servicio la necesidad de realizarlas de manera presencial, para que la Agencia FPCAT indique dónde.En el caso de que la persona usuaria necesite algún recurso adicional para realizar el asesoramiento, como por ejemplo una persona intérprete de lengua de signos, la persona asesora deberá comunicarlo a la Coordinación del servicio de la Agencia FPCAT.
En el siguiente ejemplo se observa que todas las UC del expediente se han desactivado (en la columna "UC solicitada"), ya que coinciden con las de otro expediente (columna "Motivo de desactivación"). La aplicación de gestión ha detectado automáticamente que hay una solicitud previa que contiene las mismas UC activas.
Ante esta situación, la Coordinación del servicio gestiona el cierre de las solicitudes duplicadas y emite la correspondiente resolución de desistimiento.
Tener una actitud positiva i dialogante:
El éxito del proceso puede dependeren gran medida de la empatía o entendimiento que se dé entre la persona usuaria y la persona asesora.
La persona usuària sol·licita voluntàriament la baixa del procediment Quan la persona usuària comunica a la persona assessora que no vol continuar el procediment, aquesta li informarà que ha de tramitar la baixa al TEI, mitjançant el tràmit de Presentació d'esmenes, escrits i documents al servei d'Acreditació de competències professionals (FPCAT), seleccionant l’opció “Demanar la baixa de la sol·licitud d’inscripció”. Un cop la baixa hagi estat sol·licitada al TEI, la coordinació enviarà un missatge d’avís a la persona assessora informant-la del desistiment i indicant-li que ha de tancar l’admissió, marcant el motiu de desistiment “Sol·licitat per la persona usuària”. Com a resultat, s’enviarà a la persona usuària la Resolució de desistiment corresponent. En cas que, transcorreguts 15 dies naturals des de la comunicació a la persona usuària sobre la necessitat de sol·licitar la baixa mitjançant el tràmit d’esmenes del TEI, aquesta no ho hagi fet, la persona assessora haurà de crear una sessió de verificació dels requisits de participació. Si la persona usuària no es presenta en aquesta sessió, se la tindrà per desistida, i s’haurà de tancar l’admissió, assenyalant com a motiu “Absència injustificada a la sessió telemàtica per justificar els requisits de participació”. En aquest cas, s’enviarà a la persona usuària la Resolució de desistiment per absència injustificada a la sessió de verificació dels requisits de participació.
Indagación:
Para recopilar la mayor cantidad de información profesional y pruebas relacionadas con el referente de evaluación.
Interpretación:
Para seleccionar la información profesional y las pruebas aportadas que cumplan los requisitos de suficiencia, autenticidad y actualidad y de las que se pueda inferir que la persona usuaria está en condiciones de superar la fase de evaluación.
Motivación:
Para estimular a la persona usuaria a potenciar su aprendizaje a lo largo de la vida y mejorar su cualificación profesional.
Equidad:
La persona asesora debe aplicar la igualdad de oportunidades, asumiendo la diversidad de las personas usuarias que acceden al procedimiento y haciendo uso de un lenguaje adaptado a sus características.
Veure un exemple d'AUTOAVALUACIÓ > REGISTRE emplenat
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