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Presentación Esencial Móvil

Ceip MIGUEL HERNÁNDE

Created on May 24, 2024

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ORDEN EDU/423/2024, de 9 de mayo, por la que se desarrolla la evaluación y la promoción en la Educación Primaria en la Comunidad de Castilla y León

Propósito de la Orden: - Mejorar la calidad educativa. - Asegurar una evaluación justa y equitativa.

Acceso a la orden

ORDEN EDU/423/2024, de 9 de mayo, por la que se desarrolla la evaluación y la promoción en la Educación Primaria en la Comunidad de Castilla y León

Art. 4

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Acceso a la orden

Artículo 22. Informe personal por traslado. - Según art. 29.1 RD 157/2022 1 marzo, en papel blanco normal - Recogerá datos del centro origen y del alumno - Cumplimentado y firmado por tutor según anexo X.

Artículo 21. Informe final de etapa - Según art. 208 Decreto 38/2022 29 septiembre, además informe final 3er ciclo, informe alumno con grado competencias clave y medidas educativas - Cumplimentado y firmado por tutor según modelo anexo IX - A disposición familias - Copia al centro ESO

Artículo 25. Evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente. - Según art 19.12 Decreto 38/2022 29 septiembre - En el PE incluyendo ámbitos e indicadores, técnicas e instrumentos, momentos y agentes. - Documentos, práctica, resultados, procedimentos, metodología, materiales, recursos, clima convivencia y respeto. - Conclusiones se incorporarán memoria

Artículo 17. Actas de evaluación. - Según art. 26.1 RD 157/2022 1 marzo + resultado evaluación competencias clave - En refuerzo educativo, plan de recuperación, plan específico refuerzo, plan enriquecimiento curricular o ACS, constará como MRE, PR, PER, PEC, ACS - Según anexo IV - Informe resultados estadísticos

Artículo 4. Proceso de valoración y calificación de los aprendizajes del alumnado.- Mediante escala - Calificar crit. evaluación de áreas 0-10 - Utilizar herramientas calificación adecuadas - Incorporar a propuesta curricular los crit de calificación competencias clave

Artículo 6. Decisiones sobre la evaluación de los aprendizajes. - Corresponde a profesores imparten - Eval competencias claves-> eq. docente

Artículo 8. Promoción y permanencia del alumnado. - Art 20 Decreto 38/2022 de 29 septiembre https://www.educa.jcyl.es/es/resumenbocyl/decreto-38-2022-29-septiembre-establece-ordenacion-curricul Artículo 20. Promoción y permanencia del alumnado. 1. En lo referente a la promoción en la etapa de educación primaria se atenderá a lo regulado en el artículo 15 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo. 2. El equipo docente será el encargado de adoptar las decisiones relativas a la promoción del alumnado de manera colegiada, tomando especialmente en consideración la información y el criterio del tutor. La adopción de estas decisiones será por consenso. 3. Las decisiones sobre promoción únicamente se tomarán al final de cada ciclo, siendo por tanto automática al finalizar los cursos primero, tercero y quinto. 4. Para la toma de esta decisión, el equipo docente deberá atender, al menos, al grado de consecución de los objetivos y de adquisición por parte del alumnado de las competencias establecidas. A tal fin, se tendrá en cuenta lo establecido en los artículos 7.3 y 11.2. 5. En todo caso, la decisión de permanencia de un alumno un año más en segundo, cuarto o sexto curso tendrá carácter excepcional, y solo se podrá adoptar cuando concurran de forma conjunta las siguientes circunstancias: a) Que no se hubiera adoptado anteriormente esta medida en ningún momento de la etapa. b) Que previamente se hayan aplicado las medidas ordinarias suficientes, adecuadas y personalizadas para atender su desfase curricular o sus dificultades de aprendizaje. c) Que se considere que es la medida más adecuada para favorecer el desarrollo del alumnado.

Artículo 13. Procedimiento de reclamación ante el centro educativo sobre losresultados de la evaluación al final de curso y sobre las decisiones de promoción. - Evaluación en todos y promoción en 2º, 4º y 6º - Escrito a dirección centro - 2 días hábiles - Informar padres derecho - Si calificación áreas, la dirección pedirá informe al tutor y profesorado correspondiente. - 2 días para el informe - Si modifica calificación -> sesión extraordinaria de evaluación -> modificación calificación competencia -> dirección centro para expediente - Si decisión promoción-> sesión extraordinaria evaluación->dirección centro para expediente - Dirección resolverá 5 días hábiles desde reclamación

Artículo 26. Supervisión del proceso de evaluación. - Supervisión por área inspección educativa. - Después de la evaluación diagnóstico, reunión inspección, eq. directivo y claustro para analizar y valorar

Artículo 20. Informe final de ciclo - Según art. 20.7 Decreto 38/2022 29 septiembre - Cumplimentado y firmado por tutor según anexo VIII - A disposición eq. docente.

Artículo 3. Elementos de la evaluación de los aprendizajes del alumnado. - Grado desarrollo competencias clave - Referentes: crit. evaluación áreas - Instrumentos variados - Valorar proceso de aprendizaje sobre resultados. - 5º y 6º pruebas orales todas áreas - Evaluación continuada - Inicio curso: eval inicial - Largo curso: eval aprendizajes - Final curso: Valoración progreso y evolución - Propuesta curricular: orientaciones

Artículo 7. Sesiones de evaluación y de seguimiento. - Coord. tutor/a - Asistencia profesorado + eq. directivo - Acta de cada sesión con decisiones y acuerdos. -Evaluación inical - Sesiones seguimiento: 2 (1er y 2º trim) - Evalución final: promoción - Informe sirva base para plan refuerzo, recuperación o enriquecimiento curricular. - IN SU BI NT SB

Artículo 24. Coordinación entre los ciclos de educación primaria y con las etapas de educación infantil y educación secundaria obligatoria. - Informes ciclo a disposción de siguientes cilclos. - Informes EI a disposición 1er ciclo primaria - Reunión entre 3º EI con 1º EP, con asesoramiento orientación - Copia informe final etapa e historial académico (a petición) a centro ESO - Reunión entre 6º EP y Eq. directivo ESO con asesoramiento orientación - Puede activ conjuntas otros centros

Artículo 19. Historial académico - Según art. 28.1 RD 157/2022 1 marzo con áreas y MRE, PR, PER, PEC, ACS - Anexo VII - Papel oficial de seguridad y entregado padres

Artículo 16. Documentos e informes de evaluación en la etapa. - Establecios art.25 RD 157/2022 1 marzo - Evaluación expresará IN SU BI NT SB

Artículo 23. Autenticidad, seguridad, custodia y confidencialidad de los documentosoficiales de evaluación. - Firmas autógrafas con nombre y apellidos y cargo docente - Con sello centro que ocupe parte firmas. - Sin tachaduras, raspaduras, correcciones o manipulación tipográfica. - Las enmiendas a través de diligencia. - Custodia actas evaluación, historiales y expedientes académicos, corresponde al centro. - Conservarán manera indefinida, excepto historial académico. - Registros, documentos y soportes de instrumentos de evaluación, conservarán 12 meses posteriores en el centro. JE.

Artículo 12. Aclaraciones. - En cualquier momento sobre resultados evaluación y promoción - 1er día hábil después comunicación. - Informar del derecho

Artículo 14. Procedimiento de reclamación ante la dirección provincial de educación - Persista desacuerdo - Escrito dirigido dirección centro - 2 días hábiles - Remitir a la DP - Copia instrumentos evaluación, informes, actas evaluación, copia reclamación, resolución dirección y nuevas alegaciones.

Artículo 11. Derecho del alumnado a una evaluación objetiva - Esfuerzo y rendimiento valorados con objetividad - Eq. docente actuará coordinadamente en proceso evaluación y promoción - RRI incorpore medios que permitan tutores legales solicitar aclaraciones y reclamaciones.

Artículo 18. Expediente académico - Según art 21.1 RD 157/2022 1 marzo - Recogerá medidas PR, PER, PEC, ACS - Anexo VI

Artículo 5. Evaluación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. - Medidas para adapatar evaluación - Tiempos, materiales, recursos, técnicas e instrumentos de evaluación, momentos y agenes evaluadores. - ACS

Artículo 10. Información sobre la evaluación de los aprendizajes del alumnado. - Derecho conocer decisiones evaluación y promoción. - Acceso documentos oficiales su evaluación - Acceso pruebas se les aplique - Principio curso: informar alumnado de * Competencias específicas * Criterios evaluación * Contenidos * Procedimientos e instrumentos de evaluación * Crit de calificación * Crit de promoción - Informar medidas atención individualizada - Facilitar boletín individualizado calificaciones área y grado adquisición competencias - En 4º, resultados evaluación diagnóstico - Comunicación fluida con tutores legales - Incorporar en la propuesta curricular cirt. para facilitar a familias toda información alumno

Artículo 15. Reclamación en centros privados. -

Artículo 9. Medidas de refuerzo educativo, plan específico de refuerzo, plan de recuperación y plan de enriquecimiento curricular. - Refuerzo educativo según art 19.9 Decreto 38/2022 de 29 septiembre - Tan pronto como se detecten dificultades - Planificará cualquier docente - Deberán adaptar metodología - Si repite curso: Plan específico refuerzo (anexo I) En función informe del eq. docente curso anterior - Si promociona con suspensos: Plan recuperación (anexo II). En función informe del eq. docente curso anterior - Plan enriquecimiento curricular (anexo III) En función informe del eq. docente curso anterior

Artículo 1 - Objeto y Ámbito de Aplicación Objeto: Regular la evaluación y promoción en la Educación Primaria. Ámbito de Aplicación: Todos los centros educativos de Castilla y León.