Climatización avanzado
Jon Andoni Izurieta
Created on May 19, 2024
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Transcript
INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN EN EDIFICIOS
DISEÑO
MANTENIMIENTO
LEGALIZACIÓN
MONTAJE
INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN EN EDIFICIOS
INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN. PROFUNDIZACIÓN DE CONOCIMIENTOS © 2024 by Jon Andoni Izurieta is licensed under CC BY-NC-SA 4.0
Fuente: https://www.electroalmacen.es/blog/como-elegir-los-mejores-sistemas-de-climatiz.html
Fuente: https://jofer.pro/project/climatizacion-de-vivienda/
DISEÑO
- Temperatura y humedad
- Calidad de aire
- Ruido
- Eficiencia energética
MONTAJE
- Tipología
- Pasos del montaje
MANTENIMIENTO
- Mantenimiento preventivo
- Mantenimiento correctivo
MANTENIMIENTO
LEGALIZACIÓN
- Clasificación instalaciones
- Documentación a aportar
1. Las instalaciones térmicas incluidas en el ámbito de aplicación del RITE deben ejecutarse sobre la base de una documentación técnica que, en función de su importancia, debe adoptar una de las siguientes modalidades: a) cuando la potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor que 70 kW, se requerirá la realización de un proyecto; b) cuando la potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor o igual que 5 kW y menor o igual que 70 kW, el proyecto podrá ser sustituido por una memoria técnica; c) no es preceptiva la presentación de la documentación anterior para acreditar el cumplimiento reglamentario ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma para las instalaciones de potencia térmica nominal instalada en generación de calor o frío menor que 5 kW, las instalaciones de producción de agua caliente sanitaria por medio de calentadores instantáneos, calentadores acumuladores, termos eléctricos cuando la potencia térmica nominal de cada uno de ellos por separado o su suma sea menor o igual que 70 kW y los sistemas solares consistentes en un único elemento prefabricado.
1. Las instalaciones térmicas incluidas en el ámbito de aplicación del RITE deben ejecutarse sobre la base de una documentación técnica que, en función de su importancia, debe adoptar una de las siguientes modalidades: a) cuando la potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor que 70 kW, se requerirá la realización de un proyecto; b) cuando la potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor o igual que 5 kW y menor o igual que 70 kW, el proyecto podrá ser sustituido por una memoria técnica; c) no es preceptiva la presentación de la documentación anterior para acreditar el cumplimiento reglamentario ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma para las instalaciones de potencia térmica nominal instalada en generación de calor o frío menor que 5 kW, las instalaciones de producción de agua caliente sanitaria por medio de calentadores instantáneos, calentadores acumuladores, termos eléctricos cuando la potencia térmica nominal de cada uno de ellos por separado o su suma sea menor o igual que 70 kW y los sistemas solares consistentes en un único elemento prefabricado.
OPERACIONES Y PERIODICIDADES
AISLAMIENTO TUBERIAS
Espesor de la
COQUILLA
RECUPERACIÓN DE ENERGÍA
En los sistemas de climatización de los edificios en los que el caudal de aire expulsado al exterior, por medios mecánicos, sea superior a 0,28 m³/s, de acuerdo con lo establecido en el reglamento de diseño ecológico para las unidades de ventilación, se recuperará la energía del aire expulsado.
INSTALACIONES CENTRALIZADAS
UNIDADES DE TRATAMIENTO DE AIRE
EQUIPOS COMERCIALES
UNIDADES DE VENTILACIÓN
UNIDADES DE CLIMATIZACIÓN
CONEXIÓN FRIGORÍFICA
CONEXIÓN ELÉCTRICA
PRUEBA DE PRESIÓN
VACÍO
AJUSTE
POTENCIA SONORA MÁXIMA
50 Hz
(medido con sonómetro)