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M1_Regimen disciplinario *

AprenderSalud

Created on May 14, 2024

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Transcript

Manual del capacitador Ruta integral en atención en salud para trastornos y problemas de salud mental

Régimen disciplinariopara los servidores públicos

Reconocer qué es la estrategia IAMII, su importancia, así como los diez (10) pasos para su implementación.

Resultado Esperado de Aprendizaje

Al finalizar este curso usted conocerá los aspectos claves relacionados con el régimen y el procedimiento disciplinario establecido para los servidores públicos.

Núcleos temáticos

que abordarás

Procedimiento disciplinario según la Ley 1952 de 2019
Aspectos generales del régimen disciplinario
Deberes, prohibiciones y faltas disciplinarias
Aspectos generales sobre la responsabilidad disciplinaria

Núcleo temático

Aspectos generalesdel régimen disciplinario

5 minutos

Régimen disciplinario de los servidores públicos

Aspectos generales

Son servidores(as) públicos(as) los definidos en el artículo 123 de la Constitución Política, a saber:
¿Quiénes son servidores públicos?
Miembros de corporaciones públicas
Empleados(as) públicos(as)
Trabajadores(as) del estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios
Los particulares: Artículo 70 del Código General Disciplinario (CGD)

Haga clic en el botón para ver la información.

Régimen disciplinario de los servidores públicos

Aspectos generales

El régimen disciplinario de los servidores públicos es entendido como el conjunto de normas que contemplan lo siguiente:

Pase el cursor sobre los iconos para ver la información.

Marco jurídico

Aspectos generales

Todo servidor público tiene el deber de capacitarse y actualizarse en el área en la cual desempeña su función (art. 38-42, Ley 1952 de 2019, Código General Disciplinario). Es de vital importancia para los servidores públicos, conocer las normas que les aplican o que inciden de manera directa en el ejercicio de sus funciones. Entre ellas se destacan las siguientes:
Constitución Política de Colombia
Ley 1952 de 2019
Manuales de funciones y competencias laborales
Principios de la función pública

Haga clic en los botones para ver la información.

El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contensioso Administrativo (CPACA)

En el artículo 3 de este código se establecen los principios de la función administrativa, los cuales son:
13
10
12
11

Autolesión y suicidio

Pase el cursor sobre los iconos para ver la información.

Validar si esta es la información correcta ya que no concuerda con el menú en cuanto a título y tiempo

Conoce más sobre los principios de la función pública:

Haga clic en los botones para ver la información.

Haga clic en cada botón para ampliar la información.

¡Recuerda!

El servidor público debe conocer muy bien la Constitución Política pues en ella se consagran los fundamentos de todo el ordenamiento jurídico de la organización estatal, los principios y aspectos esenciales de la función pública.

Ejemplo

Recursos

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¡Has terminado el primer núcleo temático!

¡Sigamos!

Núcleo temático

Deberes, prohibiciones y faltas disciplinarias

Acciones claves del servidor público

Faltas disciplinarias

Deberes

Prohibiciones

Haga clic en los botones para ver la información.

Deberes

Cumplir y hacer que se cumplan los deberes
Formular, decidir oportunamente
Custodiar y cuidar la documentación
Acatar las órdenes e instrucciones
Tratar con respeto, imparcialidad y rectitud a las personas
Cumplir con diligencia, eficiencia e imparcialidad el servicio
Utilizar los bienes y recursos asignados
Cumplir las disposiciones de sus superiores

Haga clic en los números para ver la información.

¡Recuerde!

Prohibiciones

Incumplir de manera reiterada e injusticia obligaciones civiles
Omitir, negar, retardar o entrabar
Gestionar directa o indirectamente, a título personal, o en representación de terceros; en asuntos que estuvieron a su cargo
Distinguir, excluir, restringir o preferir
Aceptar, sin permiso de la autoridad correspondiente, cargos, honores o recompensas
"Infringir las disposiciones sobre honorarios o tarifas de los profesionales liberales o auxiliares de la justicia y/o el arancel judicial, en cuantía injusta y excesiva".
Incumplir los deberes o abusar de los derechos

10

"Tener a su servicio, en forma estable para las labores propias de su despacho, personas ajenas a la entidad".
Desempeñar simultáneamente más de un empleo público
1. Omitir, negar, retardar o entrabar

11

"Las demás prohibiciones consagradas en la ley".
Imponer a otro servidor público trabajos ajenos a sus funciones
2. Distinguir, excluir, restringir o preferir
3. Aceptar, sin permiso de la autoridad correspondiente, cargos, honores o recompensas

Haga clic en los números para ver la información.

¡Recuerde!

4. Incumplir los deberes o abusar de los derechos
5. Desempeñar simultáneamente más de un empleo público
6. Imponer a otro servidor público trabajos ajenos a sus funciones
7. Incumplir de manera reiterada e injusticia obligaciones civiles
8. Gestionar directa o indirectamente, a título personal, o en representación de terceros; en asuntos que estuvieron a su cargo

Faltas disciplinarias

Los servidores públicos NO SOLO responden disciplinariamente por descuidar sus labores o no poner el empeño necesario o suficiente, tambien responden por conductas sancionables.
Modalidades de conductas sancionables disciplinariamente:
Culpa: acciones que evidencian una negligencia.
Dolo: es decir, “con intención” o, en términos jurídicos, con conocimiento y voluntad sobre una conducta contraria a la ley. Es conocimiento de los hechos, la ilicitud y quiere su realización.

¡Has terminado el segundo núcleo temático!

¡Sigamos!

Núcleo temático

Aspectos generales sobre la responsabilidad disciplinaria

El Código General Disciplinario en el art. 25, define: "Son destinatarios de la ley disciplinaria los servidores públicos aunque se encuentren retirados del servicio y los particulares contemplados en esta ley. Para los efectos de esta ley y en concordancia con el artículo 38 de la Ley 489 de 1998; son servidores públicos disciplinables los gerentes de cooperativas, fundaciones, corporaciones y asociaciones que se creen y organicen por el Estado o con su participación mayoritaria. Los indígenas que ejerzan funciones públicas o administren recursos del Estado, serán disciplinados conforme a este código".

¿Quiénes son los destinatarios de la ley disciplinaria?

Recordemos que la Constitución Política de Colombia en el art. 123 establece como servidores públicos a: a. Miembros de corporaciones públicas. b. Empleados públicos. c. Trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios. d. Personas particulares: Artículo 70 de CGD.

¿Quiénes son los sujetos disciplinables?

Régimen disciplinario de los servidores públicos

Tipos de faltas

Las faltas graves o leves se gradúan de acuerdo con unos criterios establecidos en el mismo CGD, que describe las siguientes conductas: - Infracción a las prohibiciones. - Incumplimiento de deberes. - Extralimitación en el ejercicio de derechos y funciones.
LEVES
GRAVES
Las faltas gravísimas se encuentran contenidas en el Libro II, Cap. 1 del Código General Disciplinario, se caracterizan por tener las mayores sanciones y están agrupadas. Por ejemplo: » Faltas relacionadas con la infracción al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario. » Faltas relacionadas con la libertad y otros derechos fundamentales.
GRAVÍSIMAS

Importante

¡Has terminado el tercer núcleo temático!

¡Excelente!

Núcleo temático

Procedimiento disciplinario según la Ley 1952 de 2019

Finalidad del derecho disciplinario

¡Recuerda!

El derecho disciplinario, tiene por finalidad garantizar el correcto desempeño de la función pública y el cumplimiento de los fines de un Estado social y democrático de derecho, materializados por medio del cumplimiento oportuno de los deberes funcionales que le asisten al servidor público en atención al cargo que ostenta.
Para esto se limita el alcance de algunos derechos como es el caso de las inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos, conflictos de interés, se fijan deberes y establecen prohibiciones que exigen al servidor público determinado comportamiento.
La ley 1952 de 2019 incorporó un procedimiento disciplinario con dos etapas principales. Veamos la primera.
1. Etapa de instrucción(Funcionario de instrucción OCID)
Indagación previa (6 meses)

Procedimiento disciplinario

Investigación disciplinaria (6 meses)
Cierre de investigación
Alegatos pre calificatorios (10 días)

¡Importante!

Formulación del pliego de cargos notificado
Remisión al funcionario de juzgamiento

Importante

Procedimiento disciplinario

Ahora conozcamos la segunda etapa del procedimiento disciplinario que incorporó la ley 1952 de 2019.

¡Veamos esta etapa en detalle!

2. Etapa de juzgamiento (Funcionario de juzgamiento. Ofic. jurídica)
Fallo de segunda instancia
Fijación del juicio.
Traslado para que el disciplinado presente descargos (15 días)
Etapa de pruebas en descargos
Traslado para alegatos de conclusión (10 días)
Fallo de primera instancia
Ahora conozcamos la segunda etapa del procedimiento disciplinario que incorporó la ley 1952 de 2019.
2. Etapa de juzgamiento(Funcionario de juzgamiento. Ofic. de Asuntos Jurídicos)
Fijación del juicio.
Traslado para que el disciplinadopresente descargos (15 días)

Procedimiento disciplinario

Etapa de pruebas en descargos.
Traslado para alegatos de conclusión (10 días)
Fallo de primera instancia.
Fallo de segunda instancia.

Veamos esta etapa en detalle

Finalmente, conoceremos el régimen de sanciones...

Tipo de falta
Gravísima
Gravísima
Gravísima
Graves
Graves
Leve
Leve
Modalidad de la falta
Dolo
Culpa gravísima
Culpa grave se considera falta grave
Dolo
Culpa
Dolo
Culpa
Destitución e inhabilidad general de 10 a 20 años.
Destitución e inhabilidad general de 8 a 10 años.
Suspensión de 1 a 12 meses.
Suspensión e inhabilidad especial de 3 a 18 meses
Suspensión de 1 a 12 meses.
Multa de 10 a 180 días de salario básico devengado para la época de los hechos.
Sanción
Amonestación escrita.

Régimen de sanciones

Rol de la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Secretaría Distrital de Salud (SDS)

La competencia de la Oficina de Control Disciplinario Interno está circunscrita al desarrollo de la función disciplinaria y, por consiguiente, está encargada de conocer y adelantar la etapa de INSTRUCCIÓN de los procesos disciplinarios que se adelanten contra sus servidores o ex servidores públicos. El alcance incluye el proceso de formulación de cargos, momento en el cual, cuando el auto de cargos esté notificado, es remitido el proceso a la Oficina de Asuntos Jurídicos para que allí se surta la etapa de juzgamiento hasta el fallo de primera instancia. La segunda instancia (es decir las apelaciones) está a cargo del Despacho del Secretario de Salud.
Fuente: Logo de la Oficina de Control disciplinario Interno de la SDS.

Autoevaluación

Consolidemos nuestrosconocimientos alcanzados

A continuación, encontrarás una situación de aprendizaje (caso). Deberás responder correctamente cada una de las cinco preguntas, aplicando lo aprendido en los núcleos temáticos.

Comenzar

Autoevaluación

Lee con atención y analiza el siguiente caso.Después, selecciona la respuesta correcta.

El día de ayer un funcionario formuló una queja ante la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Secretaría Distrital de Salud, contra el contratista: JTM, manifestando que, “él maltrata de manera constante a los(as) demás contratistas que tienen menor tiempo en la entidad". Además, ha utilizado palabras soeces contra las personas del servicio en varias ocasiones y adjuntó un video tomado en la oficina donde muestra uno de los eventos que se presentó.

Selecciona la respuesta correcta.

El día de ayer un funcionario formuló una queja ante la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Secretaría Distrital de Salud, contra el contratista: JTM, manifestando que, “él maltrata de manera constante a los(as) demás contratistas que tienen menor tiempo en la entidad". Además, ha utilizado palabras soeces contra las personas del servicio en varias ocasiones y adjuntó un video tomado en la oficina donde muestra uno de los eventos que se presentó.

Selecciona la respuesta correcta.

El día de ayer un funcionario formuló una queja ante la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Secretaría Distrital de Salud, contra el contratista: JTM, manifestando que, “él maltrata de manera constante a los(as) demás contratistas que tienen menor tiempo en la entidad". Además, ha utilizado palabras soeces contra las personas del servicio en varias ocasiones y adjuntó un video tomado en la oficina donde muestra uno de los eventos que se presentó.

Selecciona la respuesta correcta.

El día de ayer un funcionario formuló una queja ante la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Secretaría Distrital de Salud, contra el contratista: JTM, manifestando que, “él maltrata de manera constante a los(as) demás contratistas que tienen menor tiempo en la entidad". Además, ha utilizado palabras soeces contra las personas del servicio en varias ocasiones y adjuntó un video tomado en la oficina donde muestra uno de los eventos que se presentó.

Selecciona la respuesta correcta.

El día de ayer un funcionario formuló una queja ante la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Secretaría Distrital de Salud, contra el contratista: JTM, manifestando que, “él maltrata de manera constante a los(as) demás contratistas que tienen menor tiempo en la entidad". Además, ha utilizado palabras soeces contra las personas del servicio en varias ocasiones y adjuntó un video tomado en la oficina donde muestra uno de los eventos que se presentó.

¡Estupendo!

Has terminado con éxito la actividad y lograste aplicar lo aprendido en cada núcleo temático.

Ley 1952 de 2019. Ley 2094 de 2021. Resolución 160 del 11 de febrero de 2021. Constitución Política de Colombia. “Guía Disciplinaria Ley 1952 de 2019” de la Procuraduría General de la Nación. Disponible (recuperada el 24-4-2024) en: https://apps.procuraduria.gov.co/guia/index_1952.html

Referencias bibliográficas

6. "Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o función conserve bajo su cuidado o a la cual tenga acceso, e impedir o evitar la sustracción, destrucción, ocultamiento o utilización indebidos".

7. "Tratar con respeto, imparcialidad y rectitud a las personas con que tenga relación por razón del servicio".

Procedimiento disciplinario / Etapa 2

Los particulares

  • Aquellos que cumplan labores de interventoría o supervisión en los contratos estatales.
  • Aquellos que ejezan funciones públicas* de manera permanente o transitoria.
  • Aquellos que administren recursos públicos u oficiales.

* Por funciones públicas debe entenderse aquel que, por disposición legal, acto administrativo, convenio o contrato, realice funciones administrativas o actividades propias de los órganos del estado.

Recuerde que el artículo 39 del Código General Disciplinario enlista 34 prohibiciones incluyendo las 11 que usted acaba de conocer.

8. "Cumplir las disposiciones que sus superiores jerárquicos adopten en ejercicio de sus atribuciones, siempre que no sean contrarias a la Constitución Nacional y a las leyes vigentes, y atender los requerimientos y citaciones de las autoridades competentes.”

1.“Cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos en la Constitución, los tratados de derechos humanos y derecho internacional humanitario, los demás ratificados por el Congreso, las leyes, los decretos, las ordenanzas, los acuerdos distritales y municipales, los estatutos, de la entidad, los reglamentos y los manuales de funciones, las decisiones judiciales y disciplinarias, las convenciones colectivas, los contratos de trabajo y las órdenes superiores emitidas por funcionario competente".

"Distinguir, excluir, restringir o preferir, con base en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural, o en cualquier otra de la vida pública". (ARTÍCULO 1, Convención Internacional sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, aprobada en Colombia mediante la Ley 22 de 1981)."Manifestar indebidamente en acto público o por los medios de comunicación, opiniones o criterios dirigidos a influir para que la decisión contenida en sentencias judiciales, fallos disciplinarios, administrativos o fiscales sean favorables a los intereses de la entidad a la cual se encuentra vinculado, en su propio beneficio o de un tercero".

"Gestionar directa o indirectamente, a título personal, o en representación de terceros; en asuntos que estuvieron a su cargo"."Nombrar o elegir, para el desempeño de cargos públicos, personas que no reúnan los requisitos constitucionales, legales o reglamentarios, o darles posesión a sabiendas de tal situación”. "Prescindir del reparto cuando sea obligatorio hacerlo o efectuarlo en forma irregular". "Ejercer la docencia por un número superior a cinco horas semanales dentro de la jornada laboral, salvo lo previsto en la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia.”

2. "Acatar las órdenes e instrucciones contenidas en las Directivas Presidenciales cuyo objeto sea la promoción de los derechos humanos y la aplicación del Derecho Internacional Humanitario y el manejo del orden público.”

  • Incurrir en inhabilidades, impedimentos, incompatilidades y conflicto de intereses.
  • Faltas relacionadas con la hacienda pública.
  • Faltas relacionadas con la accion de repetición.
  • Faltas relacionadas con la salud pública, los recursos naturales y el medio ambiente.
  • Faltas relacionadas con la intervención en política.
  • Faltas relacionadas con el servicio, la función, el trámite de asuntos oficiales.
  • Faltas relacionadas con la moralidad pública.
  • Faltas atribuibles a los funcionarios y empleados judiciales.
  • Faltas que coinciden con descripciones típicas de la ley penal.
  • Causales de mala conducta.
  • Faltas relacionadas con la contratación pública.
  • Faltas relacionadas con el servicio o la función pública.

Se disponen de muchos recursos sean leyes, decretos, actos administrativos y lineamientos que los servidores públicos deben consultar y conocer para el adecuado desempeño de su función.

La ley 1952 de 2019 en el artículo 26 señala: "Constituye falta disciplinaria y, por lo tanto, da lugar a la imposición de la sanción disciplinaria correspondiente la incursión en cualquiera de las conductas previstas en este código que conlleven incumplimiento de deberes, extralimitación en el ejercicio de derechos y funciones, prohibiciones y violación del régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflicto de intereses, sin estar amparado por cualquiera de las causales de exclusión de responsabilidad contempladas en esta ley".

Aquellos que cumplan labores de interventoría o supervisión en los contratos estatales. Aquellos que ejerzan funciones públicas* de manera permanente o transitoria. Aquellos que administren recursos públicos u oficiales. * Por funciones públicas debe entenderse aquel que, por disposición legal, acto administrativo, convenio o contrato, realice funciones administrativas o actividades propias de los órganos del estado".

Funcionario de instrucción evalúa la investigación...

Pliego de cargos

Archivo del proceso

El funcionario de instrucción remite el proceso al funcionario de juzgamiento.

En su defecto, a la Procuraduría General de la Nación.

A la oficina de juzgamiento.

El artículo 209 de la constitución política establece que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, (…)”

El artículo 23 del Código General Disciplinario -CGD- señala que, “Con el fin salvaguardar la moralidad pública, transparencia, objetividad, legalidad, honradez, lealtad, igualdad, imparcialidad, celeridad, publicidad, economía, neutralidad, eficacia y eficiencia”.

"Incumplir de manera reiterada e injusticia obligaciones civiles, laborales: comerciales o de familia impuestas en decisiones judiciales o admitidas en diligencia de conciliación". "Ocasionar daño o dar lugar a la pérdida de bienes, elementos, expedientes o documentos que hayan llegado a su poder por razón de sus funciones".

Manual específico de funciones y competencias laborales para los empleos de planta de cargos de la Secretaría Distrital de Salud:
  • La Resolución 160 del 11 de febrero de 2021 actualmente contiene la descripción de las funciones esenciales de los cargos de la planta de la Secretaría Distrital de Salud.

El artículo 39 del Código General Disciplinario -CGD- señala las prohibiciones que se pueden denominar “generales” a los servidores públicos, no obstante, el mismo numeral 34 de esta norma reconoce que hay otras prohibiciones a quienes desempeñan funciones públicas en otras normas legales. El citado artículo contiene 34 prohibiciones a los servidores públicos, las más relevantes serán descritas en este núcleo temático.

“Aceptar, sin permiso de la autoridad correspondiente, cargos, honores o recompensas provenientes de organismos internacionales o gobiernos extranjeros, o celebrar contratos con estos, sin previa autorización del Gobierno"."Ocupar o tomar indebidamente oficinas o edificios públicos". "Ejecutar actos de violencia contra superior, subalterno o compañeros de trabajo, o demás servidores públicos".

Recuerde que el artículo 38 del Código General Disciplinario enlista 43 deberes, incluyendo los 8 que usted ya conoce.

Constitución Política de Colombia
  • Artículo 6°. "Los particulares solo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.”
  • Artículos 121 y 122, los cuales determinan que las funciones públicas y su ejercicio se deben apegar a su definición detallada en la constitución y las leyes.

Fuente: Corte Constitucional de la República de Colombia. (2016). Constitución Política de Colombia. Bogotá. Colombia: Imprenta Nacional. Obtenido de chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.corteconstitucional.gov.co/inicio/Constitucion%20politica%20de%20Colombia%20-%202015.pdf

La Ley 1952 de 2019 (modificada por la Ley 2094 de 2021) Código General Disciplinario.*

Además de determinar algunas normas especiales para notarios, jueces y los particulares que ejercen funciones públicas, contiene la mayor parte del régimen de los servidores públicos, esta ley tiene una parte general sobre la acción disciplinaria, una parte especial sobre las faltas disciplinarias y el procedimiento disciplinario general.

* Reemplazó la anterior Ley 734 de 2002, Código Disciplinario Único.

3. “Cumplir con diligencia, eficiencia e imparcialidad el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o perturbación injusticia de un servicio esencial, o que implique abuso indebido del cargo o función”.

"Imponer a otro servidor público trabajos ajenos a sus funciones o impedirle el cumplimiento de sus deberes". "Solicitar, directa o indirectamente, dadivas, agasajos, regalos, favores o cualquier otra clase de beneficios".

La autolesión y suicidio

Finalmente encontramos la autolesión y suicidio, que tiene que ver con aquellos pensamientos actuales, que involucran plan o acto de autolesión o suicidio, es clave identificar si hay antecedentes de pensamientos, plan o acto de autolesión o suicidio, así mismo las señales/marcas de autolesión: cortes y heridas, signos de intoxicación, pérdida de la conciencia y finalmente la angustia emocional severa: desesperanza, violencia y agitación.

El funcionario de juzgamiento recibe el proceso

Profiere un auto de fijación del juzgamiento el cual decide si adelanta juicio verbal o juicio ordinario.

Juicio verbal

Llamamiento a audiencia verbal

Juicio ordinario

Traslado de 15 días para que el disciplinado presente descargos y solicite pruebas.

Etapa de práctica de pruebas.

Traslado 10 días para que el disciplinado presente alegatos de conclusión.

El funcionario de juzgamiento tiene 30 días para proferir. Fallo de primera instancia.

Apelación

Fallo segunda instancia

Promover el respeto y la dignidad

Fomentar las buenas relaciones entre los proveedores de atención de salud, los usuarios y sus cuidadores, y asegurar que se brinde atención de forma no discrecional, no estigmatizante y en un ambiente de apoyo.

"Desempeñar simultáneamente más de un empleo público o recibir más de una asignación que provenga del tesoro público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado, salvo los casos expresamente determinados por la ley. Entiéndase por tesoro público el de la nación, las entidades territoriales y las descentralizadas"."Ordenar el pago o percibir remuneración oficial por servicios no prestados, o por cuantía superior a la legal, o reconocer y cancelar pensiones irregularmente reconocidas, o efectuar avances prohibidos por la ley o los reglamentos".

“Incumplir los deberes o abusar de los derechos o extralimitar las funciones contenidas en la Constitución, los tratados internacionales ratificados por el Congreso, las leyes, los decretos, las ordenanzas, los acuerdos distritales y municipales, los estatutos de la entidad, los reglamentos y los manuales de funciones, las decisiones judiciales y disciplinarias, las convenciones colectivas y los contratos de trabajo"."Constituirse en acreedor o deudor de alguna persona interesada directa o indirectamente en los asuntos a su cargo, de sus representantes o apoderados, de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, o de su cónyuge o compañero(a) permanente".

5."Formular, decidir oportunamente o ejecutar los planes de desarrollo y los presupuestos".

4. Utilizar los bienes y recursos asignados para el desempeño de su empleo, cargo o función, las facultades que le sean atribuidas, o la información reservada a que tenga acceso por razón de su función, en forma exclusiva para los fines a que están afectos.”

¡Recuerda!
  • Un ejemplo de otras normas asociadas a los procedimientos, deberes y obligaciones de cada servidor público, son:
  • Normativa propia del sector salud .
  • Normativa sobre el derecho fundamental de petición.
  • Normativa distrital en materia de PQRS.
  • Normativa en materia laboral para servidores públicos.

"Omitir, negar, retardar o entrabar el despacho de los asuntos a su cargo o la prestación del servicio a que está obligado". "Omitir, retardar o no suministrar debida y oportuna respuesta a las peticiones respetuosas de los particulares o a solicitudes de las autoridades, así como retenerlas o enviarlas a destinatario diferente de aquel a quien corresponda su conocimiento”. “Ausentarse del cumplimiento de la función, cargo o servicio sin justificación". "Gestionar directa o indirectamente, a título personal, o en representación de terceros; en asuntos que estuvieron a su cargo".

El artículo 38 del CGD define los deberes “generales” de los servidores públicos, no obstante, el mismo numeral 1 de esta norma reconoce que hay deberes exigibles a quienes desempeñan funciones públicas en todo el ordenamiento jurídico, incluyendo la constitución, las leyes, los decretos, manuales de funciones, decisiones judiciales, y hasta tratados internacionales. De los 43 deberes que la norma enlista, veremos los más pertinentes.