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Fase de DAR AVISO

Unidad Institucional de la Mujer

Created on May 8, 2024

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Transcript

Ruta general para el abordaje de casos de violencia sexual en los centros educativos

2. FASE DAR AVISO

Esta fase responde a las diferentes instancias gubernamentales que están obligadas a actuar en caso de violencia sexual en los centros educativos, de tal manera que se establezcan medidas legales y sociales para la víctima (niña, niño o adolescente) y se activen mediante el aviso.

Medida

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📌Cuando la persona agresora sea docente, debe reportarla ante la Junta de la Carrera Docente y la Dirección Departamental del MINEDUCYT.

📌Dar aviso inmediato a la Junta de Protección de Primera Infancia, Niñez y Adolescencia más cercana para que brinde apoyo y protección a la víctima.

📌La dirección del centro educativo identificará los recursos de apoyo psicosocial para la víctima, así como los programas sociales en los cuales pueda involucrarse; y brindará un seguimiento continuo.

📌Activar mecanismos al interior del centro educativo: la dirección de la institución levantará un acta de la situación. 📌Cuando la persona agresora sea parte del personal docente, se ordenará que sea suspendida de sus labores.

📌Dar aviso de inmediato a la PNC o la FGR. Recordar que la omisión es un delito.

📌 Si la víctima es mayor de edad, deberá dar aviso al Juzgado Especializado de Instrucción para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, para que emita las medidas de protección correspondientes.