Ruta general de actuación para la atención de casos de violencia sexual
Ruta general para la prevención, actuación y atención de la violencia sexual en los centros educativos
Se establece una ruta general, planteada a partir de normativas legales que identifican a las instituciones obligadas a actuar, en casos de violencia sexual en niñas, niños y adolescentes. En esta ruta se describen las instrucciones a seguir para salvaguardar la seguridad de la niña, niño o adolescente víctima de violencia sexual.
Las instrucciones deberán ser aplicadas por las personas que identifiquen los hechos de violencia sexual, esto con el fin de garantizar un abordaje adecuado, realizándolo de manera simultánea, pues el objetivo es activar de manera inmediata el Sistema de Protección Integral de Primera Infancia, Niñez y Adolescencia.
Fases de la ruta general de actuación y detección de la violencia sexual en los centros educativos
Fase de detección
El proceso general para desarrollar la ruta, y que corresponde a las tres fases: detección, dar aviso y establecer medidas de seguimiento, es la siguiente:
Fase de dar aviso
Fase de seguimiento
Sin embargo, antes es importante diferenciar entre aviso y denuncia. Básicamente la diferencia radica en la formalidad y el anonimato.
Aviso
La denuncia
Importante
3. Fase de SEGUIMIENTO DEL CASO
📌Corresponde a las acciones a desarrollar para asegurar la permanencia y seguridad del niño, niña o adolescente víctima de violencia sexual. 📌Con el propósito de proteger la integridad física y psicológica de la NNA, se debe proceder de inmediato a tomar medidas de protección de las víctimas, independientemente de si se enteraron por la vía del aviso o de la denuncia.
2. Fase de dar aviso
📌Esta fase corresponde a las diferentes instancias gubernamentales, las cuales están obligadas a actuar en un caso de violencia sexual en los centros educativos, de tal manera que se establezcan medidas legales y medidas sociales para la niña, niño o adolescente, y se activa mediante el aviso. 📌El procedimiento para dar aviso recae, principalmente, sobre el personal de dirección del centro educativo, siempre y cuando no esté relacionado al caso, o cualquier docente que se entere del hecho.
1. FASE DE DETECCIÓN:
📌Esta fase responde a cómo podemos detectar un caso de violencia sexual en un centro educativo. Este protocolo establece que puede detectarse de las siguientes maneras:
- Reportado por NNA a docentes o a la dirección.
- Reportado por terceras personas a la dirección. Con base en evidencia o en sospecha.
- NNA llegan al centro educativo con evidentes señales de violencia, tales como golpes, sangramientos, ropa rasgada, entre otros.
Ruta general de actuación frente a situaciones
Unidad Institucional de la Mujer
Created on May 8, 2024
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Ruta general de actuación para la atención de casos de violencia sexual
Ruta general para la prevención, actuación y atención de la violencia sexual en los centros educativos
Se establece una ruta general, planteada a partir de normativas legales que identifican a las instituciones obligadas a actuar, en casos de violencia sexual en niñas, niños y adolescentes. En esta ruta se describen las instrucciones a seguir para salvaguardar la seguridad de la niña, niño o adolescente víctima de violencia sexual.
Las instrucciones deberán ser aplicadas por las personas que identifiquen los hechos de violencia sexual, esto con el fin de garantizar un abordaje adecuado, realizándolo de manera simultánea, pues el objetivo es activar de manera inmediata el Sistema de Protección Integral de Primera Infancia, Niñez y Adolescencia.
Fases de la ruta general de actuación y detección de la violencia sexual en los centros educativos
Fase de detección
El proceso general para desarrollar la ruta, y que corresponde a las tres fases: detección, dar aviso y establecer medidas de seguimiento, es la siguiente:
Fase de dar aviso
Fase de seguimiento
Sin embargo, antes es importante diferenciar entre aviso y denuncia. Básicamente la diferencia radica en la formalidad y el anonimato.
Aviso
La denuncia
Importante
3. Fase de SEGUIMIENTO DEL CASO
📌Corresponde a las acciones a desarrollar para asegurar la permanencia y seguridad del niño, niña o adolescente víctima de violencia sexual. 📌Con el propósito de proteger la integridad física y psicológica de la NNA, se debe proceder de inmediato a tomar medidas de protección de las víctimas, independientemente de si se enteraron por la vía del aviso o de la denuncia.
2. Fase de dar aviso
📌Esta fase corresponde a las diferentes instancias gubernamentales, las cuales están obligadas a actuar en un caso de violencia sexual en los centros educativos, de tal manera que se establezcan medidas legales y medidas sociales para la niña, niño o adolescente, y se activa mediante el aviso. 📌El procedimiento para dar aviso recae, principalmente, sobre el personal de dirección del centro educativo, siempre y cuando no esté relacionado al caso, o cualquier docente que se entere del hecho.
1. FASE DE DETECCIÓN:
📌Esta fase responde a cómo podemos detectar un caso de violencia sexual en un centro educativo. Este protocolo establece que puede detectarse de las siguientes maneras: