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AYUDAS PARA ALUMNOS CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO PARA E

Salva Espinosa

Created on May 6, 2024

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AYUDAS PARA ALUMNOS CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO PARA EL CURSO ACADÉMICO 2024-2025

ÍNDICE

ÍNDICE

1- NORMATIVA

4- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, CALENDARIO DE CERTIFICACIÓN Y PRESENTACIÓN POR PARTE DE LOS CENTROS:

2- BENEFICIARIOS Y AYUDAS

5- DOCUMENTACIÓN

3- SOLICITUDES

6-INCOMPATIBILIDAD/COMPATIBILIDAD CON OTRAS BECAS/AYUDAS:

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NORMATIVA

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NORMATIVA

LAS ayudas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo HAN SIDO convocadas por: la Resolución de 12 de abril de 2024, de la Secretaria de Estado de Educación, por la que se convocan ayudas para alumnos con necesidad especifica de apoyo educativo para el curso académico 2024-25. instrucciones para la tramitación por parte de los directores de los centros educativos.

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BENEFICIARIOS Y AYUDAS

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BENEFICIARIOS Y AYUDAS

BENEFICIARIOS a) Alumnado que presenta necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad (25%), trastornos graves de conducta, o trastornos graves de la comunicación y de lenguaje asociados a necesidades educativas especiales. Y el alumnado con TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad). Para optar a las ayudas deberán reunir los requisitos establecidos en artículo 2, A) 1, 2, 3, 4 y 5 de la citada resolución de 12 de abril de 2024. b) Alumnado con Trastorno del espectro autista (TEA) no incluido en el apartado anterior y que requiera estos apoyos y atenciones educativas específicas. Para optar a las ayudas deberán cumplir con los requisitos indicados en artículo 2 apartado B) de la resolución de convocatoria. c) Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales. Para optar a las ayudas deberán reunir los requisitos del artículo 3 de la citada convocatoria.

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BENEFICIARIOS Y AYUDAS

AYUDAS Se proponen en función del diagnóstico y las necesidades educativas que presente el alumno (edad, nivel educativo, tipo de centro ya sea específico, ordinario, etc.), y son las siguientes:
  • transporte (URBANO, interurbano Y fin de semana)
  • comedor escolar,
  • residencia escolar,
  • libros y material didáctico,
  • reeducación pedagógica o del lenguaje,
  • programas específicos para el alumnado con altas capacidades.
  • ENSEÑANZA (INFANTIL AUTORIZADOS NO FINANCIADO CON FONDOS PÚBLICOS)
Todas estas ayudas están sujetas a los umbrales de renta y patrimonio establecidos en la convocatoria.

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BENEFICIARIOS Y AYUDAS

SUBSIDIO Este curso SE sigue contemplando un subsidio fijo de 400 euros, para gastos adicionales de carácter general derivados de la escolarización de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo. Dicho subsidio es independiente de que tengan o no cubiertos los servicios que darían derecho o no a las ayudas (reeducación, comedor, transporte, etc.). se tiene derecho al subsidio aunque no se le conceda ayuda alguna. Para la adjudicación de este subsidio no se atenderá a la renta ni al patrimonio familiar. Esta ayuda no figura en el impreso de solicitud del 2024-25, ya que se concede de oficio a todos los solicitantes que reúnan los requisitos para acceder a las ayudas de esta convocatoria.

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SOLICITUDES

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SOLICITUDES

las solicitudes deberán cumplimentarse mediante formulario accesible por Internet en la dirección www.educacionyfp.gob.es o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en la dirección https://sede.educacion.gob.es.

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SOLICITUDES

En el supuesto de que el solicitante no disponga de sistema de firma aceptado por la sede electrónica, una vez cumplimentada la solicitud telemática, deberá imprimir el modelo de solicitud en fichero pdf y, una vez firmado por todos los miembros computables de la familia, deberá presentarlo en el centro educativo donde esté matriculado junto con la documentación correspondiente. Se adjuntan instrucciones indicando cÓmo registrarse en sede electrónica y acceder al impreso de solicitud por internet.

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SOLICITUDES

Es importante que informen a los padres que deben darse de alta en la sede electrónica del Ministerio de Educación, y Formación Profesional y Deportes, en la dirección de internet siguiente: https://sede.educacion.gob.es/sede/login/inicio.jjsp?idConvocatoria=2109 En el caso de aquellos alumnos que ya están registrados pero han olvidado o perdido la contraseña, deberán ir a la misma página indicada pero al apartado de incidencias de acceso. Deberán indicar a los padres que sigan los pasos que se le dan en las instrucciones adjuntas ya que cualquier notificación (concesión, denegación, petición de datos, etc.), se hará por esta vía. INFORMACIÓN ANEXO I

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SOLICITUDES

El impreso de solicitud establece como imprescindible que el interesado deberá indicar un correo electrónico para notificaciones, de acuerdo con las bases de la convocatoria. No será posible utilizar el correo electrónico NI EL TELÉFONO del centro educativo ni el correspondiente a los Equipos O DEPARTAMENTOS de Orientación ni el trabajador social u otro profesional de una asociación.

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CONSULTAS

Los interesados que deseen realizar alguna consulta podrán dirigirse a la unidad de becas mediante el correo electrónico: becas.educacion@murciaeduca.es. Para ello, la persona interesada en el expediente deberá identificarse con el NIF o NIE correspondiente, e indicar el DNI, nombre y apellidos del alumno/a, y realizar la consulta desde el correo electrónico que conste en la solicitud de beca. La información sobre el estado de la beca está recogida y actualizada, podrá consultarse a través de la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es En el apartado “Mis notificaciones” O "MIS EXPEDIENTES".

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PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, CALENDARIO DE CERTIFICACIÓN Y PRESENTACIÓN POR PARTE DE LOS CENTROS

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PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, CALENDARIO DE CERTIFICACIÓN Y PRESENTACIÓN POR PARTE DE LOS CENTROS

Plazo presentación de solicitudes por parte del alumno: 30 JUNIO 2024 CENTROS EDUCATIVOS (CUALQUIER TIPO DE AYUDA) Hasta el 13 de septiembre de 2024, inclusive, cambio etapa 1º eso

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PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, CALENDARIO DE CERTIFICACIÓN Y PRESENTACIÓN POR PARTE DE LOS CENTROS

Calendario de certificación Los equipos directivos de los centros educativos informarán a las familias de la convocatoria y, para poder garantizar la tramitación del servicio para el beneficiario, será necesario facilitarles LA INFORMACIÓN/ documentos para la presentación de las becas antes del 30 de junio de 2024. El director acordará con el orientador del centro la fecha para la certificación de las solicitudes que los interesados hayan presentado en el centro educativo. Se aconseja esta fecha entre el 20-30 de junio de 2024.

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PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, CALENDARIO DE CERTIFICACIÓN Y PRESENTACIÓN POR PARTE DE LOS CENTROS

Calendario de certificación La certificación será realizada por el orientador tomando en consideración la situación del alumno en el momento de cumplimentar la solicitud. En el caso de centros integrados de formación profesional, dado que no disponen de orientador educativo, la referida certificación será realizada por el orientador del centro del cual proviene el alumno. En el caso de centros privados, la certificación será cumplimentada por un orientador del EOEP de sector correspondiente.

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DOCUMENTACIÓN

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DOCUMENTACIÓN

La documentación que debe adjuntarse a las solicitudes es la que se relaciona en el Anexo-1 IMPORTANTE!
  • dar la máxima publicidad en el centro
  • aporten la documentación requerida y evitar incidencias o denegaciones de beca por no acreditar debidamente la situación DEL ALUMNO.
los centros deben certificar que los alumnos tienen plaza en ese centro para el curso 2024/2025 en el correspondiente apartado A) de Certificaciones, así como cumplimentar el tipo de ayudas que se solicitan para que éstas puedan ser tramitadas. La ayuda de subsidio para gastos generales de carácter general, podrá solicitarse independientemente de que se soliciten o no otras ayudas.

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DOCUMENTACIÓN

Anexo-I MODELO PRESENTACIÓN IMPRESCINDIBLE : APARTADO A: CENTRO APARTADO B: ORIENTADOR APARTADOS C : SOLO PARA aYUDAS PT Y AL APARTADO D: PT /AL Y ALTAS CAPACIDADES

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DOCUMENTACIÓN

ayudas de comedor y transporte en esta convocatoria será imprescindible que el director del centro aporte :
  • certificado de asistencia a comedor del propio centro .
  • certificado de distancia del domicilio al centro educativo.
Se envían los modelos de ambos certificados No podrán tramitarse las solicitudes en las que falte el sello del centro y la firma del director y/o secretario.

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DOCUMENTACIÓN

, se deberá cumplimentar el apartado D) por el reeducador, gabinete o centro que realiza la reeducación pedagógica y del lenguaje o el programa específico para alumnos de altas capacidades. Deberá describir detalladamente el servicio o asistencia que se va a prestar en relación con las necesidades del alumno, de acuerdo con el informe de los equipos o departamentos de orientación, incluyendo el número de horas semanales y especialista que lo presta así como del coste mensual. se incluye una declaración responsable de la persona que imparta la reeducación pedagógica o del lenguaje de que reúne los requisitos de formación exigidos en el apartado 1 del artículo 6 del Real Decreto 476/2013, de 21 de junio. En este apartado deberá firmar tanto el profesional que imparta pedagogía como el de logopedia. Cuando dicho profesional sea el mismo para ambos tratamientos (PT y AL), deberá acreditar que reúne los requisitos mencionados en el RD 476/2013, debiendo firmar ambos informes y la declaración responsable.

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INCOMPATIBILIDAD/COMPATIBILIDAD CON OTRAS BECAS/AYUDAS:

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INCOMPATIBILIDAD/COMPATIBILIDAD CON OTRAS BECAS/AYUDAS:

Las ayudas convocadas por esta Resolución incluida la ayuda de subsidio serán incompatibles con las becas de carácter general convocadas por el MEFP o con cualesquiera otras que se concedan para la misma finalidad. Las ayudas de “Libros y material didáctico” de esta convocatoria serán incompatibles con las ayudas obtenidas por el “Banco de Libros” convocada por esta Consejería, para los alumnos de 3º, 4º, 5º y 6º de Educación Primaria, 1º, 2º,3º y 4º de Educación Secundaria, Centros Específicos, Aulas Abiertas y Ciclos Formativos de Grado Básico (anteriormente denominado Formación Profesional Básica). La ayuda de “Libros y material didáctico” de la convocatoria de educación especial, es compatible con las Ayudas al Estudio que convoca la Consejería Educación, Formación Profesional y Empleo, para alumnos de 1º y 2º de Educación Primaria.

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MUCHAS GRACIAS POR LA ATENCIÓN Y SU COLABORACIÓN

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