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Hito de Control 02

Normativa vinculada a la situación adversa

Situaciones adversas

Documentos sobre acciones adoptadas

Acciones preventivas y correctivas

Estado actual de la situación adversa

¿CUMPLIERON CON IMPLEMENTAR LAS RECOMENDACIONES PROPUESTAS EN EL INFORME DEL HITO 2?

NO CORREGIDO

NO CORREGIDO

NO CORREGIDO

NO CORREGIDO

Determinar si la ejecución de la obra "Creación servicios del centro regional de recursos educativos especializados para la educación básica regular en la dirección regional de educación del gobierno regional del Cusco, distrito de San Sebastián - Provincia de Cusco - Departamento de Cusco", a cargo de la Gerencia Regional de Gestión de Proyectos y de la Gerencia REgional de Educación, se realiza conforme a la normativa aplicable, las disposiciones internas y estipulaciones contractuales u otras análogas que sean aplicables.

Los materiales de obra carencen de orden y condiciones adecuadas en el almacén; asimismo, se aprecia diferencias entre los saldos registrados en las tarjetas de control visible (BINCARD) y del conteo físico; situaciones que podrían afectar la calidad de los materiales, así como, generar perdidas que afectarían el presupuesto de obra.

Ejecución de adicionales de obra en mayores metrados y partidas nuevas, sin aprobación de presupuesto adicional y acto resolutivo, afectaría la culminación de las partidas presupuestadas en el expediente técnico y sus modificatorias.

Cuaderno de obra sin anotaciones por parte del residente y supervisor de obra, podría afectar el control y verificación del proceso constructivo de la obra; así como; la transparecia y legalidad de las actividades desarrollas en la misma.

Los trabajos realizados en los elementos estructurales y acabados, se vienen ejecutando sin efectuar controles de calidad; situación que podría afectar funcionamiento y la vida útil de la obra.

Norma E.060 Concreto armado, aprobado con Decreto Supremo N° 010-2009-VIVIENDA del 08 de mayo del 2009. Norma G.050 Seguridad durante la construcción aprobado con Decreto Supremo N°010-2009 del 08 de mayo de 2009. Directiva N° 016-2022-GR CUSCO/GGR "Normas y procedimientos para la administración y control de existencias de los almacenes en el Gobierno Regional Cusco". Directiva N.013-2022-GR CUSCO/GGR "Normas y procedimientos para la ejecución de obras por la modalidad de ejecución de obras por la modalidad de ejecución presupuestaria directa - (Administración directa) en el Gobierno Regional Cusco" del 11 de octubre de 2022.

Directiva N.013-2022-GR CUSCO/GGR Normas y procedimientos para la ejecución de obras por la modalidad de ejecución de obras por la modalidad de ejecución presupuestaria directa - (Administración directa) en el Gobierno Regional, aprobado con resolución gerencial general regional N° 214-2022-GR CUSCO/GGR de 11 de octubre de 2022. Anexo 14: Perfil y obligaciones del personal para la ejecución de obras por administración directa. Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el sistema nacional de programación multianual y gestión de inversiones Decreto Supremo N° 284-2018-EF (Modificado por los decretos supremos N° 179-2020-EF1, N° 231-2022-EF2 y N° 074-2023-EF3) de 26 de abril de 2023.

Directiva N.013-2022-GR CUSCO/GGR "Normas y procedimientos para la ejecución de obras por la modalidad de ejecución de obras por la modalidad de ejecución presupuestaria directa - (Administración directa) en el Gobierno Regional Cusco" del 11 de octubre de 2022. Norma técnica de edificación E.060 concreto armado, aprobado con Decreto Supremo N° 010-2009-VIVIENDA de 8 de mayo del 2009. Expediente Técnico: "Creación de los servicios del Centro Regional de Recursos Educativos Especializado para la Educación Básica Regular en la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional del Cusco, Distrito de San Sebastián - Provincia de Cusco - Departamento de Cusco, aprobado mediante resolución Gerencial Regional N° 006-2021-GR CUSCO/GRGP de 17 de mayo de 2021.

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Situación adversa con estado no corregido por vencimiento de plazo, conforme a lo establecido en el numeral 6.1.8.2. de la directiva N° 013-2022-CG/NORM "Servicio de control simultáneo aprobada mediante Resolución de contraloría N° 218-2022 de 30 de mayo de 2022, establece respecto al plazo máximo para la corrección de situaciones adversas, lo siguiente: 6.1.8.2 Situaciones adversas de los informes emitidos como resultado del desarrollo del Servicio de Control Simultáneo.

Situación detectada durante la auditoría.

Acciones adoptadas por la entidad responsable.

Directiva N.013-2022-GR CUSCO/GGR Normas y procedimientos para la ejecución de obras por la modalidad de ejecución de obras por la modalidad de ejecución presupuestaria directa - (Administración directa) en el Gobierno Regional, aprobado con resolución gerencial general regional N° 214-2022-GR CUSCO/GGR de 11 de octubre de 2022.

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Situación adversa con estado no corregido por vencimiento de plazo, conforme a lo establecido en el numeral 6.1.8.2. de la directiva N° 013-2022-CG/NORM "Servicio de control simultáneo aprobada mediante Resolución de contraloría N° 218-2022 de 30 de mayo de 2022, establece respecto al plazo máximo para la corrección de situaciones adversas, lo siguiente: 6.1.8.2 Situaciones adversas de los informes emitidos como resultado del desarrollo del Servicio de Control Simultáneo.

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Situación adversa con estado no corregido por vencimiento de plazo, conforme a lo establecido en el numeral 6.1.8.2. de la directiva N° 013-2022-CG/NORM "Servicio de control simultáneo aprobada mediante Resolución de contraloría N° 218-2022 de 30 de mayo de 2022, establece respecto al plazo máximo para la corrección de situaciones adversas, lo siguiente: 6.1.8.2 Situaciones adversas de los informes emitidos como resultado del desarrollo del Servicio de Control Simultáneo.

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Situación adversa con estado no corregido por vencimiento de plazo, conforme a lo establecido en el numeral 6.1.8.2. de la directiva N° 013-2022-CG/NORM "Servicio de control simultáneo aprobada mediante Resolución de contraloría N° 218-2022 de 30 de mayo de 2022, establece respecto al plazo máximo para la corrección de situaciones adversas, lo siguiente: 6.1.8.2 Situaciones adversas de los informes emitidos como resultado del desarrollo del Servicio de Control Simultáneo.