PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Marco normativo de la Prevención
Obligaciones de los trabajadores
Organismos públicos relacionados con la prevención
Obligaciones de los empresarios
Imagen por tienhoang1199 en Pixabay
Prevención de riesgos: Legislación y organización © 2024 by Ana Abiega is licensed under CC BY-NC-SA 4.0
- La OIT: convenios internacionales
- Normas de la UE como Directiva Marco 89 / 391 / CEE
Normas internacionales
Constitución Española
- Art.40.2. Los poderes públicos deben velar por la seguridad e higiene de los trabajadores
- LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, ley 31 / 1995 EJE CENTRAL DE ESTE MARCO NORMATIVO.
- OBJETIVO: PROMOVER LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES
- RD 39/1997 que regula los Servicios de Prevención
Legislación básica
- Reales Decretos que desarrollan cada riesgo laboral con sus medidas de prevención y protección.
- RD 485 / 1997 sobre señalización y salud en el trabajo.
- RD 486 / 1997 sobre seguridad y salud en lugares de trabajo.
Legislación básica
Convenios colectivos
Ley General de la Seguridad Social
Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social
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Obligaciones de los empresarios
1. Adoptar un modelo de organización preventiva en la empresa. 2. Elaborar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales. 3. Elaborar la evaluación de riesgos y Planificación de la actividad preventiva 4. Formar e informar al personal de la empresa. 5. Consulta y participación de las personas trabajadoras. 6. Vigilancia de la salud de las personas trabajadoras. 7. Coordinar las actividades empresariales. 8. Adoptar medidas en caso de emergencia. 9. Investigar los daños para la salud (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) 10. Documentar las actividades preventivas. 11. Proteger a colectivos de riesgo
- Las personas especialmente sensibles a determinados riesgos (artículo 25 de la LPRL).
- La maternidad (artículo 26 de la LPRL).
- Las personas menores de 18 años (artículo 27 de la LPRL).
- Trabajadores contratados por ETT (artículo 28 de la LPRL)
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Obligaciones de los TRABAJADORES
- Usar adecuadamente
- EPIs
- Máquinas.
- Herramientas, sustancias peligrosas.
- No poner fuera de funcionamiento los dispositivos de seguridad.
- Informar de inmediato a sus superiores o delegados de situaciones que puedan entrañar un riesgo.
- Emplear correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario.
- Cooperar con el empresario en materia de prevención.
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ORGANISMOS PÚBLICOS RELACIONADOS CON LA PREVENCIÓN
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
Organismos técnicos de las CCAAs:
OSALAN INSL Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid…
Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales
Agencia europea para la seguridad y salud en el trabajo
Inspección de trabajo y de Seguridad Social
Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo
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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Ana Abiega
Created on April 26, 2024
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Obligaciones de los trabajadores
Organismos públicos relacionados con la prevención
Obligaciones de los empresarios
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Obligaciones de los empresarios
1. Adoptar un modelo de organización preventiva en la empresa. 2. Elaborar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales. 3. Elaborar la evaluación de riesgos y Planificación de la actividad preventiva 4. Formar e informar al personal de la empresa. 5. Consulta y participación de las personas trabajadoras. 6. Vigilancia de la salud de las personas trabajadoras. 7. Coordinar las actividades empresariales. 8. Adoptar medidas en caso de emergencia. 9. Investigar los daños para la salud (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) 10. Documentar las actividades preventivas. 11. Proteger a colectivos de riesgo
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Obligaciones de los TRABAJADORES
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Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
Organismos técnicos de las CCAAs: OSALAN INSL Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid…
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