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Created on April 15, 2024

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Curso Abordaje Integral a Víctimas de Violencia Sexual

Caja de herramientas Conceptos básicos para todo el personal salud

Este contenido no es evaluable; sin embargo, es clave que usted como profesional de primera línea de atención lo conozca, pues es la base que enmarca legalmente las acciones que usted como profesional tiene la responsabilidad de realizar.

En esta ocasión, veremos algunos términos claves para comprender el tema. Le sugerimos que tome nota de aquellos conceptos que considere relevantes.

Violencias

Violencia económica

Violencia psicológica

Violencia sexual

Violencia física

Términos claves

Violencia sexual

Todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre una persona a través del uso de la fuerza; la amenaza del uso de la fuerza; la coacción física, psicológica o económica; o cualquier otro mecanismo que anule o limite la voluntad personal aprovechando las situaciones y condiciones de desigualdad; y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor

».

Violencia sexual

Todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre una persona a través del uso de la fuerza; la amenaza del uso de la fuerza; la coacción física, psicológica o económica; o cualquier otro mecanismo que anule o limite la voluntad personal aprovechando las situaciones y condiciones de desigualdad; y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor

».

Violencia psicológica

Toda acción u omisión destinada a degradar o controlar las acciones, comportamientos, creencias y decisiones de otras personas por medio de cualquier conducta que implique perjuicio, afectaciones en la salud psicológica, mental, la autodeterminación, la percepción de sí mismo o el desarrollo personal

».

Violencia física

Es cualquier acto de agresión, mediante el uso de la fuerza o cualquier mecanismo, que pueda u ocasione daños físicos internos o externos a la persona agredida y pone en riesgo o disminuye su integridad corporal

».

Violencia económica

Cualquier acto que desconozca o restrinja el derecho a los ingresos, a la propiedad, el uso y disfrute de bienes y servicios, que tiene una persona, o que atenta contra otros derechos económicos de la víctima aprovechando las situaciones y condiciones de desigualdad; y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor​

».

Términos claves

1. Feminicidio 2. Hostigamiento sexual 3. Mutilación genital 4. Daño psicológico 5. Daño o sufrimiento físico 6. Daño o sufrimiento sexual 7. Daño patrimonial 8. Acoso sexual 9. Acceso carnal 10. Acto sexual 11. Explotación sexual 12. Explotación sexual de niños, niñas y adolescentes

13. Pornografía 14. Unión servil 15. Violencia económica contra la mujer 16. Misoginia 17. Tráfico de mujeres 18. Trata de personas 19. Trata de personas con fines de explotación sexual 20. Violencia intrafamiliar 21. Violencia basada en género

Feminicidio

Es la forma más extrema de la violencia basada en la desigualdad de género, entendida esta como la violencia ejercida por los hombres contra las mujeres en su deseo de obtener poder, dominación o control. Incluye los asesinatos producidos por la violencia intrafamiliar y la violencia sexual. Se refiere al asesinato de una mujer por el hecho de serlo, el final de un continuum de violencia y la manifestación más brutal de una sociedad patriarcal. Este fenómeno ha sido clasificado según la relación entre víctima y victimario en cuatro categorías:

Feminicidio por otros conocidos

Feminicidio de familiares

Feminicidio de pareja íntima

Feminicidio de extraños

Hostigamiento sexual

Acción que va dirigida a exigir, manipular, coaccionar o chantajear sexualmente a personas del sexo opuesto o del mismo sexo

».

Mutilación genital

Es la más cruel de las mutilaciones genitales femeninas y consiste en clitoridectomía seguida por el cierre vaginal mediante sutura.

Daño psicológico

Consecuencia proveniente de la acción u omisión destinada a degradar o controlar las acciones, comportamientos, creencias y decisiones de otras personas, por medio de intimidación, manipulación, amenaza, directa o indirecta, humillación, aislamiento o cualquier otra conducta que implique un perjuicio en la salud psicológica, la autodeterminación o el desarrollo personal.

Daño o sufrimiento físico

Riesgo o disminución de la integridad corporal de una persona.

Daño o sufrimiento sexual

Consecuencias que provienen de la acción consistente en obligar a una persona a mantener contacto sexualizado, físico o verbal, o a participar en otras interacciones sexuales mediante el uso de fuerza, intimidación, coerción, chantaje, soborno, manipulación, amenaza o cualquier otro mecanismo que anule o limite la voluntad personal. Igualmente, se considerará daño o sufrimiento sexual el hecho de que la persona agresora obligue a la agredida a realizar alguno de estos actos con terceras personas.

Daño patrimonial

Pérdida, transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores, derechos o económicos destinados a satisfacer las necesidades de la mujer.

Acoso sexual

El que en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona...

Todo hostigamiento con contenidos y fines sexuales ejercido de forma unidireccional que genera malestar a la persona. Persecución, hostigamiento o asedio físico o verbal, con fines sexuales no consentidos, que se realiza valiéndose de superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder, edad sexo, posición laboral, social, familiar o económica.

».

Ley 1257 de 2008.

Acceso carnal

Es la penetración del miembro viril por vía anal, vaginal u oral y/o la penetración vaginal o anal con cualquier otra parte del cuerpo humano u otro objeto mediante cualquier mecanismo que anule o limite la voluntad. Esta violencia puede ser violenta (con violencia física) o abusiva (sin violencia física).

Acto sexual

Acción o comportamiento sexual diferente al acceso carnal que se realiza en presencia de otra persona, o que incluye tocamientos e inducción a observar contenidos sexuales. También puede ser violenta (con violencia física) o abusiva (sin violencia física).

Explotación sexual

Según la legislación colombiana (Ley 985 de 2005, artículo 3), se define explotación como:

».

el obtener provecho económico o cualquier otro beneficio para sí o para otra persona

Aplicada al contexto de la explotación sexual, esta consiste en el ejercicio de dominio o propiedad sobre el cuerpo de otro ser humano, utilizado para provecho o beneficio. Es toda acción o comportamiento en el que se induce, constriñe u obliga a una persona a realizar cualquier acto sexual para conseguir u obtener algún provecho económico o de otra índole para sí mismo o para un tercero. Entre estas la esclavitud sexual en la prostitución, explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, la pornografía, y en entornos virtuales. ​ ​

Explotación sexual de niños, niñas y adolescentes

Es toda acción o comportamiento en el que se induce, constriñe u obliga a una persona a realizar cualquier acto sexual para conseguir u obtener algún provecho económico o de otra índole para sí mismo o para un tercero . Entre estas la esclavitud sexual en la prostitución, explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, la pornografía, y en entornos virtuales.

Pornografía

Es toda acción en la cual se produce, comercializa, divulga, exhibe o posee material con contenido explícito o sugestivo de tipo sexual de una persona a través de cualquier mecanismo.​

Unión servil

Situación que se establece al interior de la relación conyugal formal o de hecho entre dos personas, donde una de ellas es privada de sus derechos y libertades por la otra y es explotada servil y sexualmente.

Violencia económica contra la mujer

Según la Ley 1257 de 2008, es cualquier acción u omisión orientada al abuso económico, el control abusivo de las finanzas, recompensas o castigos monetarios a las mujeres por razón de su condición social, económica o política. Esta forma de violencia puede consolidarse en las relaciones de pareja, familiares, en las laborales o en las económicas.

Misoginia

Actitud de odio o desprecio a las mujeres por el solo hecho de ser mujeres

».

Tráfico de mujeres

Es el comercio de mujeres, para convertirlas en “esclavas modernas”, donde se combinan dos propósitos: como mano de obra barata o bien para la explotación sexual

».

Trata de personas

La Ley 985 de 2005, sobre trata de personas, tipifica el delito de la siguiente manera:

El que capte, traslade, acoja o reciba a una persona, dentro del territorio nacional o hacia el exterior, con fines de explotación

».

Trata de personas con fines de explotación sexual

El delito se configura cuando el agresor capta, es decir, atrae a alguien, en este caso, la víctima (por ejemplo, con una oferta, un aviso clasificado, etcétera), con la intención de trasladarle o le traslada (dentro o fuera de su ciudad, departamento, país) y, finalmente, la acoge con la finalidad de explotarla sexualmente

».

Violencia intrafamiliar

Es el maltrato físico, psíquico, sexual que se da entre miembros de la familia.El artículo 26 de la Ley 1257 de 2008 señala que es aquella que se presenta entre cónyuges o compañeros permanentes; padre y madre de familia, aunque no convivan en un mismo lugar; ascendientes o descendientes de los anteriores y los hijos adoptivos; todas las demás personas que de manera permanente se hallaren integrados a la unidad doméstica.

Violencia basada en género

Es un tipo de violencia física o psicológica ejercida contra cualquier persona sobre la base de su sexo o género que impacta de manera negativa sobre su identidad y bienestar social, físico y psicológico.