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Copia - Comparación

Adelina Grava

Created on April 4, 2024

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Transcript

Comparativa guías de verificación

8 guías analizadas

3 dimensiones

dimensiones 1, 4 y 5

Dimensión 1Decripción, objetivos formativos y justificación del título

Madrid

Galicia

ANECA

Análisis Dimensión 1

100%

83,9%

83,2%

Aunque todas las guías tienen elementos comunes, algunas prescienden de cierta información. Las que más eliminan contenido son Aragón y Cataluña. La más cercana al RD 822 es la Comunidad de Madrid, Castilla y León, Galica y la ANECA.

Andalucía

Castilla y León

Aragón

94,6%

81.8%

61,8%

Cataluña

País Vasco

67.9%

79,6%

  • Aragón, al ser una nueva agencia tiene una guía muy genérica y escueta.
  • Andalucía y PV no solicitan el convenio en los títulos conjuntos .
  • La ANECA no especifica todos los porcentajes de ECTS.
  • Cataluña cambia MECES por MCQES. Quita los requisitos para las titulaciones bilingues y no mencional la Orden Mnisterial de profesiones reguladas.
  • Algunas no piden que el 20% de los ECTS deben estar adscritos al mismo ámbito en grado y 60% en máster.
  • La mayoría solo piden que se adscriban a 1 de los 32 ámbitos exitentes.
  • En 4 de las guías no aparece nada sobre el itienrario académico abierto y en otras no se especifica las asignaturas que pueden escoger del primer y del segundo curso.
  • No piden un mínimo de ECTS para las especialidades (ANECA) ni mención dual (Cataluña y Galicia).
  • PV no pide los convenios de títulos conjuntos sino que se debe contactar con la agencia para la verificación-autorización.
  • Aragón y PV no tienen nada sobre modalidad de enseñanza, Catalauña solo lo define de forma general.
  • En Andalucía no piden criterios y procedimiento de administión, perfil de ingreso y egreso para cada modalidad.. No mencionan las asginaturas virtuales ni ponen los porcentajes de ECTS para cada modalida.
  • En el 1.7 nº total de créditos los agencias no tienen especificados los ECTS de TFG/TFM o prácticas, al igual que la mayoría no tiene este punto desarrollado.
  • Andalucía no pide la memoria en otro idioma si el título es bilingue.
  • No se pide cómo se organizará la importición (rrhh, plazas. nivel eligido a los alumnos del idioma) en Castilla y León, Andalucía y Galicia.
  • ANECA no define los títulos bilingues y Cataluña y PV son genéricos sin pedir la especificación del idioma de impartición de las asignaturas.
  • Cataluña solo especifica el nº de plazas pero no pide más detalles.
  • Andalucía quita información sobre la justificación e interés del título como: propuesta avalada por grupo académico si no tiene precedentes, no piden justificar porqué se crea otro si se ha extinguido otro igual. No pide justificar características tecnológicas ni diferenciasen 90 ECTS minimo los titulos.
  • Los objetivos formativos, estructuras curriculares y metodologías las agencias los tienen de forma muy genérica.
  • Castilla y León quitan pedir detalles sobre los objetivos formativos de grado y máster como habilidades de cada disciplina o en máster la formación avanzada y carácter multidisciplinar. Tampoco hace referencia al Suplemento Europeo al Título.

Las comunidades que más información añaden

aparte del rd 822/2021

Andalucía y Castilla y León son las que más información extra añaden a las guías, seguidas de la ANECA.

  • Castilla y León permite incluir expresiones en idiomas extranjeros en la denominación si no tienen traducción directa al español.
  • Cataluña permite que grado y máster tengan misma denominación.
  • ANECA menciona la posibilidad de grados con 300 ECTS adscritos a MECES 3 mediante resolución del Consejo de Universidades.
  • Castilla y León piden tener en cuenta los acuerdos sectoriales adoptados por los representantes de las universidades.
  • Andaucía recalca los ECTS necesarios en entidades colaboradoras si estamos en mención dual.
  • Castilla y León añade que las especialiddes y menciones pueden incluir los TFG/TFM y prácticas externas en el cómputo de ECTS.
  • Andalucía detalla lo que debe incluir el convenio de los títulos conjuntos. Junto a ella, la ANECA también piden que la universidad española debe custodiar los expedientes de los títulos y que seguirán las recoendaciones de la European University Association.
  • Castilla y León pide que en el 1.4 aparezcan si se está desarrllando en el marco del Programa de Universidades Europeas o si es un Máster universitario Erasmus mundus. Tambien que en la Memoria aparezcan en qué centros se imparten las menciones ofertadas.
  • Andalucía pide para la modalidad dual una normativa de permanencia: tiempo completo o parcial + horquillas ECTS.
  • En Andalucía recalcan que la mención dual es preferiblemente presencial.
  • La ANECA deja claro que la sinronía/asincronía de la docencia virual no tendrá efectos en la tipificación de la modalidad.
  • Castilla y León al igual que Galicia piden la buena diferenciación entre las modalidades en cuanto a los créditos.
  • Andalucía pide el nº de ECTS optativos (prácticas externas cuentan como obligatorios) y los créditos en mención dual en entidad colaboradora.
  • ANECA añade que los TFM son obligatorios en titulos oficiales.
  • Andalucía pide las plazas de los 4 años primeros en grado y 2 en máster (incluyendo traslado de expediente y asignadas a plazas extranjeras) junto a la ANECA.
  • ANECA pide que el nº de plazas tiene que estar desglosado por centros, modalidades, plazas de modalidades provenientes de dobles grados,
  • Algunas agencias recalcan que el 5% de las plazas se deben reservar para personas con un grado de discapacidad igual o mayor de 33%.
  • Castilla y León pide la concreción de plazas por idioma de impartición y las plazas si hay varias ediciones al año.
  • Galicia tiene sus propias restricciones de plazas según ubicación.
  • ANECA pide experiencias anterioes de la universidad en titulos similares.
  • ANECA y Castilla y León iden que se mencionen los ODS.
  • Castilla y León pide un informe preceptivo sobre la necesidad y viabiliad académica del titulo realizado por la comunidad autónoma. Tambien que se justifique aplicandolo a la comunidad y sistema universitario de Castilla y León por parte de la universidad. Justificacion de especialidades, egresados, avales para profesiones reguladas.
  • Cataluña pide una adecuación al sistema universitario cataán (SUC).
  • Galicia y Catalña iden un anexo de la viabilidad académica y social y necesidad que lo respalde.
  • Andalucía pide asegurar que se pueda compaginr en modalidad dual que la actividad formativa se pueda compaginar con la actividad en la entidad colaborador.
  • Castilla y León tiene una guía de presentación de resultados de aprendizaje aparte y hacen referencia a ella.
  • Cataluña pide además de los objetivos formativos, qué va a abarcar cada profesor.
  • ANECA añade los cursos puente o de adaptación al grado como estructura curricular.
  • Andalucía añade que trabajan en los marcos de REACU sobre el protocolo de evaluación para la inclusión de estrategias metodológicas.
  • ANECA especifica que las estrategias metodológicas de innovación no son obligatorias.
  • Todos coinciden en los perfiles fundamentales de egreso y el PV añade que se debe especificar si las profesiones son reguladas.

1.1 Denominación

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

1.2. Ámbito de conocimiento al que se adscribe

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

1.3 .Menciones del grado y especialidades de máster universitario

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

1.4 Universidad, o universidades, en el caso de títulos conjuntos

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

1.5 Centros universitarios de una universidad en los que se imparte un mismo título

RD 822/2021
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Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

1.6 Modalidad de enseñanza: presencial, híbrida y virtual

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

1.7 Número total de créditos

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

1.8 Idioma

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

1.9 Número de plazas

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

1.10. Justificación del interés académico, científico, profesional y social del título e incardinación en el contexto de la planificación estratégica de la universidad o del sistema universitario de la Comunidad Autónoma.

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

1.11 Pricipales objetivos formativos

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

1.12 Estructuras curriculares específicas

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

1.13 Estrategias metodológicas de innovación

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

1.14 Perfiles fundamentales de egreso

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

Dimensión 4Planificación de la enseñanza

Madrid

Galicia

ANECA

Análisis Dimensión 4

100%

62,5%

18,8%

Aunque todas las guías tienen elementos comunes, algunas prescienden de cierta información. Las que más eliminan contenido son ANECA y Cataluña. La más cercana al RD 822 es la Comunidad de Madrid, Castilla y León, y Andalucía.

Andalucía

Castilla y León

Aragón

100%

77,5%

52,5%

Cataluña

País Vasco

50%

56,3%

  • Aragón, Castilla y León y PV hablan de ello de forma genérica. Galicia solo hace referencia a la definición.
  • Andalucía, PV y Galicia no mencionan la planificación de las enseñanzas y Aragón y Cataluña hacen una introducción general.
  • ANECA simplifica el tema de prácticas externas y no menciona nada del TFM.
  • Cataluña no habla de las actividades formativas, las horas lectivas, prácticas académicas externas, ni de la defensa del TFG y TFM.
  • Galicia no especifica dentro de las materias o asignaturas, la carga, ámbito, organización, resultados, horas, evaluación, etc. No especifica el % de horas en las prácticas y no habla del formato de defensa del TFG o TFM.
  • En PV no mencionan horas de trabajo, no son exigentes con las prácticas académicas externas y con la orientación investigadora, profesional y académica del máster.
  • Andalucía y Cataluña no especifican los ECTS de las asignaturas presenciales y las horas de interactividad síncrona.
  • Varias guías no especifica los ECTS de la presencialidad, ni de las horas síncronas. No controlan la autoría de las pruebas de evaluación.
  • En Cataluña no es necesario señalar las horas presenciales de las actividades formativas. En la metodología virtual no indican el carácter síncrono o asíncrono.
  • Galicia no habla de la mención dual y tampoco de los contenidos curriculares de los módulos o asignaturas.

Las comunidades que más información añaden

aparte del rd 822/2021

Andalucía y Cataluña son las que más información extra añaden a las guías.

  • Galicia pide en las prácticas como máximo el 25% de ECTS y 1/3 en máster. En TFM entre 6 y 30 ECTS.
  • País Vasco incluye los acuerdos de movilidad del estudiantado y posibles ayudas financieras. Además hace referencia al RD 274/2017 donde se especifica la implantación y supresión de enseñanzas universitarias oficiales vascas.
  • PV recalca el establecimiento de mecanismos que impulsan el euskera en las enseñanzas universitarias oficiales y que la memoria tiene un limite de 10.000 palabras.
  • Andalucía y Cataluña añade que los métodos de evaluación tienen que tener en cuenta la consideración de la diversidad del estudiantado y encionan el entorno de aprendizaje inclusivo.
  • Cataluña añade que en modalidades no presenciales las pruebas de evaluación se deben adaptar.
  • Algunas guías recalcan la necesidad de una normativa de TFG/TFM.

Introducción

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

4.1. Estructura básica de las enseñanzas

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

4.2. Actividades y metodologías docentes

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

4.3. Sistemas de evaluación

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

4.4. Estructuras curriculares específicas: Mención Dual

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

Dimensión 5Personal académico y de apoyo a la docencia

Madrid

Galicia

ANECA

Análisis Dimensión 5

100%

62,5%

45%

Aunque todas las guías tienen elementos comunes, algunas prescienden de cierta información. Las que más eliminan contenido son ANECA y Castilla y León.La más cercana al RD 822 es la Comunidad de Madrid, Andalucía y País Vasco.

Andalucía

Castilla y León

Aragón

45%

86,7%

50%

Cataluña

País Vasco

53,3%

75%

  • Galicia, PV y Aragón hacen referencia al RD 822 pero su dimensión 5 es muy genérica.
  • Andalucía, Castilla León y Cataluña no piden el nº de estudiantes y distribución por grupos (al igual que ANECA), ni disponibilidad docente o dedicación del profesorado.
  • ANECA no pide las asignaturas (y ECTS asumidos) en las que está implicado cada profesor, dedicación de TFM, no se pide que estén en proyectos competitivos (igual que Cataluña). Tampoco aparecen los titulos conjuntos ni se pide justificar el personal docente en los centros adscritos.
  • ANECA y Castilla y León no piden un calendario de incorporaciones de profesorado no disponible.
  • Castilla y León deja de pedir para el perfil básico del profesorado la categoría académica, dedicación a prácticas, experiencia docente mínima exigida para profesores no acreditados, Solo pide méritos investigadores y profesionales a nivel general.
  • Algunas guías no mencionan la difrencia entre máster profesional o investigador ni menciona los títulos conjuntos o centros adscritos.
  • Cataluña no pide un certificado de idioma a los profesores que imparten en otra lengua ni experiencia profesional en máster con orientación profesional.
  • Castilla y León no solicita un plan de formación adecuado si la experiencia del personal no es suficiente.
  • Cataluña no tiene nada en cuanto a mención dual.

Las comunidades que más información añaden

aparte del rd 822/2021

ANECA es la que más información extra añade a las guía.

  • Andalucía pide extra para las universidades privadas especificar si los profesores han obtenido evaluaciones positivas por el órgano de evaluación que determine la Comuniad Autónoma.
  • Andalucía pide perfil profesional, experiencia y preparación de los docentes de Formación Dual.
  • Cataluña da peso al personal no permanente/externo en titulaciones profesionalizantes y a investigadores en los MU.
  • ANECA hace diferencia pidiendo en universidad pública el nº de catedráticos, titulares y contratados, y para las privadas/iglesia solo hace falta la categoría.
  • Aragón pide ademásel convenio de contratación de profesores en universidades privadas. Piden 40% de doctores en grado y 70% en máster (y permanente al menos 60%). Recalca la incompatibilidad entre funcionariado de los docentes y clases en universidad privada junto a Cataluña.
  • Cataluña pide el porcentaje de doctores.
  • En apoyo a la docencia ANECA resalta que existan métodos de identidad de los estudiantes en modalidades híbridas/virtuales.
  • ANECA añade otro criterio llamado "Mecanismos para asegurar la igualdad entre hombres y mujeres y la no discriminación de personas con discapacidad".

Introducción

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

5.1. Perfil básico del profesorado

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

5.2. Perfil básico de otros recursos de apoyo a la docencia necesarios

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

5.3. Personal académico y de apoyo a la docencia en el caso de la mención dual

RD 822/2021
madri+d
Galicia
ANECA
Andalucía
Aragón
Castilla y León
Cataluña
País Vasco

Añadir interés de la propuesta en la búsqueda de referentes externos actualizados (en instituciones con titulaciones equivalentes). Tiene que reflejarse que el título enmarca la planificación estratégica de la universidad y el sistema universitario catalán. Se pide enlace/anexo el informe perceptivo sobre la necesidad y viabilidad académica y social de la implantación.

No piden las categorías académicas.No aparece la dedicación a prácticas, pero si a TFM/TFG pero sin detalles de créditos. Piden Méritos investigadores y profesionales exigibles pero en general. Falta que pidan la experiencia docente mínima exigida (sólo en el caso del profesorado no acreditado) No aparece el Nº máximo estudiantes por profesor en cada grupo. No aparece que para títulos con carga alta de experimentalidad, la universidad deberá justificar la dedicación del profesor. No desglosan las horas de dedicación. No aparece nada de los másteres con orientación investigadora ni orientación profesional. No aparece nada de títulos conjuntos, deben especificarse los compromisos que adquiere cada universidad en cuanto a la participación den profesores y su carga docente en la titulación. No aparece nada de centros adscritos: justificar personal docente propio suficiente y adecuado para impartir el título de acuerdo con las previsiones de la memoria y con el número de plazas adjudicado.

Añaden que el personal no permanente/ externo será relevante en las titulaciones con carácter profesionalizante. Los catedráticos en escuelas publicas contratados como funcionariado no pueden estar en universidades privadas o centros. Piden el porcentaje de créditos que imparten y el porcentaje de doctores y no doctores

Quitan señalar las horas de presencialidad en las actividades formativas. No aparece que en el carácter virtual deberá indicarse el carácter síncrono e interactivo o asíncrono de las actividades y, horas de interactividad síncrona. No se especifica que la presencialidad es entre 8 y 12 horas por ECTS y que las horas de interactividad síncrona por ECTS de carácter virtual serán de entre 4 y 8 horas. No aparece que se deberán asegurar el control de la autoría de las pruebas de evaluación el estudiante sin ayuda externa no autorizada.

Añaden: Convenio de contratación de profesores en universidades privadas Referencia al RD 640/2021 de creación de universidades para que sea coherente. Piden 40% de doctores en grado y 70% en master. Piden profesorado permanente de al menos 60%. Incompatibilidad entre funcionariado de los docentes y dar clase en universidades privadas.

Si proviene de un título ya implantado que está en proceso de extinción, se aporta justificacón motivada. Se incluye la información del título del que proviene y los cambios sufridos que motivan la aparición de esta nueva propuesta (demanda, actualización plan de estudios, resultados aprendizaje, contenidos..). Justificar características tecnológicas del entorno. Grados parecidos en misma universidad, se deben diferenciar en mínimo en 90 créditos. Se deben incluir diferencias en el perfil de distintos egresados. En ingeniería técnica en el marco de Órdenes Ministeriales es un 60%. En máster se debe diferenciar un 40%.

Quitan dentro de materias/asignaturas: carga de asignaturas básicas al ámbito, el ámbito de conocimiento, organización temporal, resultados de aprendizaje, actividades formativas, horas de trabajo, sistemas de evaluación, descripción de metodologías, contenidos de las materias y asignaturas. Quitan que las practicas tienen que tener al menos el 70% de las horas de los ECTS. No mencionan las defensas en formato videoconferencias y su desarrollo.

Quitan nº estudiantes y distribución en grupos. Tampoco piden la disponibilidad docente (en ECTS) por ámbito conocimiento o área de conocimiento. No se habla de las dedicaciones del profesorado al TFM (al menos, 7,5 horas para TFM de hasta 12 ECTS; 10 horas entre 12 y 15 ECTS; 15 horas entre 16 y 24 ECTS y 20 horas de más de 24 ECTS), No se piden desglosar horas de dedicación: diseño y revisión de materiales, tutorías personales, sesiones síncronas e interactivas de clases, grupos de trabajo, resolución de casos, atención de chats, sesiones de problemas, corrección de trabajos y pruebas, etc.

No piden que las actividades formativas deberán estar especificadas y descritas. Tampoco las horas de trabajo de cada actividad formativa/presencialidad. No pide sistemas de evaluación ni peso en la calificación final. No se pide descripción básica de las metodologías docentes. contenidos de las materias ni de las asignaturas. Prácticas académicas externas: la memoria proporcionar número de créditos, plazas ofertadas, funciones, resultados de aprendizaje, sistemas de evaluación, etc. No especifica que las prácticas académicas externas deben ocupar al menos el 70% de las horas correspondientes a los ECTS. No aparece nada sobre la defensa TFG y TFM videoconferencia en cualquiera de sus modalidades ni se pide que se asegure la identidad del estudiante, que la defensa sea pública y que haya interacción síncrona entre el estudiante y el tribunal. En el caso de máster no se pied indicar la orientación investigadora, profesional o académica.

Quitan establecer las modalidades de impartición , el Nº estudiantes, distribución en grupos, idiomas de impartición y prácticas académicas externas. Sobre el profesorado no piden experiencia docente mínima exigida ni méritos investigadores y profesionales exigibles . No se pide el nº máximo estudiantes por profesor en cada grupo ni la dedicación en horas. No se pide a los profesores que impartan en segunda lengua una acreditación con un nivel no inferior al C1 del MCERL en esa lengua. Tampoco aparece: requisitos de másteres orientación investigadora, número y calidad de las publicaciones ni participación en proyectos o contratos competitivos. Los requisitos de los másteres con orientación profesional. No se piden los compromisos que adquiere cada universidad en cuanto a la participación de profesores y carga docente en los titulos conjuntos. Respecto los centros adscritos, no piden justificar personal docente propio suficiente y adecuado para impartir el título de acuerdo con las previsiones de la memoria y con el número de plazas adjudicado.

No aparecen las horas de trabajo de cada actividad formativa ni las horas correspondientes a las clases lectivas, teóricas o prácticas, las horas de estudio autónomo, seminarios, trabajos, prácticas o proyectos. No se piden tantos datos sobre las prácticas académicas externas: la memoria proporcionar número de créditos, plazas ofertadas, funciones, resultados de aprendizaje, sistemas de evaluación, etc. Quitan del escrito, pero aparece de forma general, la defensa TFG y TFM por videoconferencia en cualquiera de sus modalidades. No se pide en el caso de máster: indicar la orientación investigadora, profesional o académica del mismo.

Añaden incluir los acuerdos de movilidad del estudiantado y posibles ayudas financieras. Añaden referencias al Decreto 274/2017 de enseñanzas universitarias oficiales vascas. Recalcan el establecimiento de mecanismos que aseguran la aplicación de los criterios que incluyen la normativa relativa al impulso del euskera en las enseñanzas universitarias oficiales. Añaden que la memoria tenga un limite de 10.000 palabras.

Piden el informe preceptivo sobre la necesidad y viabilidad académica del Título realizado por la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Se añade la incardinación del Título en la planificación estratégica de la Universidad. y la justificación socioeconómica de la Comunidad Autónoma y de su Sistema Universitario. La potencial demanda del nuevo Título a nivel general y en el contexto de la Comunidad Autónoma. El aporte y valor diferencial del Título a nivel académico, diferenciándolo de otros títulos cercanos temáticamente ya ofertados por la Universidad. La relevancia profesional, su ajuste a las necesidades del mercado laboral y la empleabilidad de los egresados. El impacto social, haciendo hincapié en los ODS. Si hay menciones/especialidades, se deberá aportar una breve justificación. En caso de presentar avales, estos deberán incorporarse como enlace o anexo. Se deberá garantizar una diferenciación clara e inequívoca entre la oferta formativa de la Universidad, de tal manera que dos títulos se deberán diferenciar en, al menos, un 40% de sus contenidos. Si la propuestas de títulos que suponen la extinción de uno previo equivalente , se deberá justificar las motivaciones que han llevado a tomar esta decisión.

Quitan en nº de estudiantes por profesor y la distribución de grupos. No piden para el profesorado las materias o asignaturas en las que están implicados ni el nº de ECTS asumidos en las materias/TFM. No aparece que recogerá un calendario de incorporación del profesorado necesario no disponible. No especifica los detalles del Máster investigador. No se pide que estén en proyectos competitivos. No aparecen los títulos conjuntos (compromisos que adquiere cada universidad en cuanto a la participación den profesores y su carga docente en la titulación). Tampoco se pide que lo centros adscritos justifiquen el personal docente propio suficiente y adecuado para impartir el título de acuerdo con las previsiones de la memoria y con el número de plazas adjudicado.

Quitan señalar las horas de presencialidad en las actividades formativas. No aparece que en el carácter virtual deberá indicarse el carácter síncrono e interactivo o asíncrono de las actividades y, horas de interactividad síncrona. No se especifica que la presencialidad es entre 8 y 12 horas por ECTS y que las horas de interactividad síncrona por ECTS de carácter virtual serán de entre 4 y 8 horas. No aparece que se deberán asegurar el control de la autoría de las pruebas de evaluación el estudiante sin ayuda externa no autorizada.