MAESTRIA EN EDUCACIÓN DE CAMPO, DIRECCIÓN Y GESTIÓN EDUCATIVA.
SEMESTRE 2.
Módulo 4: Normatividad del docente como trabajador.UNIDAD DE APRENDIZAJE II. (Cuadro sinóptico del acuerdo #96: Que establece la organización y funcionamiento delas escuelas primarias). Alumna: Tania Rubí Carreño González. Profesor: DR. Ambrosio Olivas. Cd. Delicias, Chihuahua a 02 de abril del 2024.
Enfoque en la educación primaria:
El texto se centra en las escuelas de educación primaria como instituciones destinadas a proporcionar educación general básica.
Objetivos educativos:
Incluyen dotar al educando de formación, conocimientos, habilidades fundamentales y promover el desarrollo de capacidades individuales y hábitos positivos para la convivencia social.
Responsabili-dades de las escuelas primarias:
Propiciar el cumplimiento de los objetivos educativos, promover el desarrollo integral del educando, proporcionar bases para el ejercicio de derechos y deberes cívico-sociales, aplicar planes y programas de estudio establecidos, y desarrollar contenidos educativos aplicables en la vida del educando.
Ajuste a normas y programas educativos:
Se establece la obligación de que la educación primaria se ajuste a normas jurídicas y pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio aprobados por la Secretaría de Educación Pública, con la posibilidad de adaptación a las necesidades regionales con autorización expresa.
Se especifica que los libros de texto gratuitos elaborados por la Secretaría de Educación Pública son de uso obligatorio, con la posibilidad de utilizar textos auxiliares aprobados por la misma dependencia.
Uso de libros de texto:
Nomenclatu-ra de escuelas:
Se establece el procedimiento para nombrar las escuelas de nueva creación, con restricciones sobre los nombres a elegir.
Se señala que la Secretaría de Educación Pública es la autoridad competente para interpretar el acuerdo y vigilar su correcta observancia, lo que garantiza la supervisión y aplicación adecuada de las disposiciones establecidas.
Autoridad competente:
Se clasifican por ubicación (urbanas y rurales), organización (completa, incompleta, unitarias), permanencia de los alumnos en el plantel (internas, medio internas, externas), alumnado al que prestan servicios (comunes, especiales, bilingües o biculturales), por sexo de los alumnos (unisexuales, mixtas), dependencia económica (federales, federalizadas, coordinadas) , y por turno de trabajo (matutinas, vespertinas, nocturnas).
Clasificación de las escuelas primarias:
Autoriza- ción para militariza-ción:
Se menciona que las escuelas primarias pueden ser militarizadas con autorización de la Secretaría de la Defensa Nacional para impartir instrucción militar.
Se establece que las escuelas dependientes de la Secretaría de Educación Pública en el Distrito Federal y en las entidades federativas se sujetarán a las disposiciones normativas emitidas por las Direcciones Generales de Educación Primaria y de Educación Indígena.
Desconcen-tración:
Las escuelas particulares autorizadas por la Secretaría de Educación Pública se sujetarán a procesos de supervisión por parte de las Direcciones Generales de Educación Primaria y de Educación Indígena, ajustándose a normas técnicas y administrativas.
Supervisión de escuelas particulares:
Se establece que las escuelas primarias regidas por este acuerdo deben proporcionar la información y documentación necesarias para que las autoridades correspondientes verifiquen el cumplimiento de normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, y métodos educativos aprobados.
Aportación de informa-ción:
Se establece que las escuelas primarias regidas por este acuerdo deben proporcionar la información y documentación necesarias para que las autoridades correspondientes verifiquen el cumplimiento de normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, y métodos educativos aprobados.
Aportación de informa-ción:
Debe radicar en la comunidad donde presta servicios, abstenerse de abandonar sus labores dentro del plantel y de disponer del personal o equipo escolar para asuntos particulares.
Radicación y prohibicio-neS:
Designación y autoridad del director:
Es designado o autorizado por la Secretaría de Educación Pública y es la máxima autoridad responsable del funcionamiento de la escuela y sus anexos.
DIRECTOR:
- Encauzar el funcionamiento general del plantel.
- Organizar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar diversas actividades.
- Acatar y hacer cumplir las disposiciones de la Secretaría de Educación Pública.
- Representar técnica y administrativamente a la escuela.
- Resolver problemas pedagógicos y administrativos.
- Suscribir documentación oficial y elaborar el plan de trabajo anual.
- Coordinar actividades fuera del plantel y eventos públicos relacionados con la escuela.
Responsabili-dades del director:
Se define como aquel que cumple con los requisitos determinados por la Secretaría de Educación Pública y desempeña funciones pedagógicas en el plantel.
Definición de personal docente:
- Responsabilizarse y auxiliar a los alumnos en su formación integral.
- Elaborar y presentar al director el plan anual de trabajo.
- Adecuar las tareas educativas a las necesidades de los alumnos.
- Desempeñar eficientemente las labores asignadas.
- Participar en reuniones del Consejo Técnico Consultivo y otras convocadas por el director.
- Organizar las actividades educativas diarias y disponer adecuadamente de los recursos.
- Asistir a cursos de capacitación y reuniones profesionales.
- Elaborar y entregar documentación de control escolar en los plazos establecidos.
- Mantener la disciplina y la higiene en el aula y en el plantel.
- Asistir puntualmente a la escuela y cumplir con el horario establecido.
Responsabi-lidades
Personal docente:
acuerdo #96:
Especificidades para escuelas bilingües y biculturales:
Se establece que el personal docente en estas escuelas debe dominar el idioma español y la lengua nativa del lugar.
Maestros de enseñanzas especiales:
Se menciona que tendrán las facultades y obligaciones enumeradas, además de las especificaciones que requieran sus funciones.
Se establece la integración de un Consejo Técnico Consultivo en las escuelas con un mínimo de cinco maestros, con el director como presidente y los maestros como vocales.
Integración del Consejo:
Se encarga de analizar y recomendar sobre planes y programas de estudio, métodos de enseñanza, evaluación de programas educativos, capacitación del personal docente, uso de auxiliares didácticos y otros asuntos educativos.
Funciones del Consejo:
Consejo Técnico Consultivo:
El Consejo se reúne al menos una vez al mes, requiriendo la presencia del presidente y la mayoría de los presentes para sesionar. En caso de empate, el presidente tiene voto de calidad.
Sesiones y funciona-miento:
Se establece que las recomendaciones del Consejo pueden ser desechadas o diferidas para su estudio por autoridades competentes, y se requiere un registro de actas de las sesiones.
Supervisión y registro:
El personal administrativo se divide en empleados de oficina y personal de mantenimiento, aseo y vigilancia.
Integración y funciones:
Se detallan las responsabilidades del personal administrativo, como cumplir instrucciones, permanecer en el lugar de trabajo, desempeñar tareas diligentemente, cuidar el material a su cargo, sugerir mejoras en el servicio, entre otras.
Obligaciones del personal administra-tivo:
Personal Administra-tivo:
Funciones del personal de mantenimiento y aseo:
Se describen las labores y responsabilidades del personal encargado del mantenimiento, aseo y cuidado del patrimonio escolar.
Se detallan las responsabilidades del personal encargado de la vigilancia del plantel, incluyendo la distribución de trabajos, programación de servicios de vigilancia, informes diarios al director, entre otras tareas.
Funciones del personal de vigilancia:
Se establece que son considerados alumnos de una escuela primaria aquellos que cumplen con los requisitos de ingreso y están registrados en algún grupo de la escuela. Las personas atípicas son atendidas en establecimientos especializados.
Definición de Alumnos:
Admisión de alumnos:
Se detallan los requisitos para la admisión de alumnos, como la edad mínima y máxima para ingresar a diferentes turnos, la presentación de documentos como acta de nacimiento y boletas de calificaciones, entre otros.
Requisitos de Admisión:
La evaluación de conocimientos se realizará de acuerdo con las disposiciones de la S.E.P., y los exámenes para obtener certificados de educación primaria seguirán las normativas establecidas.
Evaluación:
Disciplina y Evaluación:
Se establecen las medidas disciplinarias a seguir en caso de faltas de los alumnos, como amonestaciones privadas y comunicación escrita a los padres. Para infracciones del personal, se notifica al superior jerárquico para imponer sanciones.
Medidas Disciplinarias:
Tanto el personal docente como los alumnos tienen la responsabilidad de mantener el orden en la escuela. Se detallan medidas para establecer un orden disciplinario, como evitar cambios de maestros, impulsar la participación de los alumnos, vigilar la asistencia del personal, entre otros.
Mantenimien-to del Orden:
Es importante que los recursos materiales de la escuela, incluyendo el edificio y sus anexos, cumplan con condiciones de seguridad, funcionalidad e higiene para permitir la realización eficiente de todas las actividades y funciones destinadas.
Condiciones :
RECURSOS MATERIALES:
Responsabili-dades de los Maestros:
Se establece que los maestros que utilizan los anexos de la escuela son responsables de su administración y cuidado, así como del funcionamiento y conservación de los útiles, instrumentos, equipos, máquinas,etc.
Participación de los Alumnos:
Los alumnos participarán en el cuidado del edificio y sus anexos bajo la dirección del personal docente, fomentando así la responsabilidad y colaboración de los estudiantes en el mantenimiento de las instalaciones.
Supervisión y Colaboración:
La labor de supervisión en los planteles de educación primaria se realizará de acuerdo con las disposiciones de la S.E.P. y se destaca la importancia de la colaboración de las autoridades de cada plantel.
Cuadro sinóptico del acuerdo #96
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Created on April 2, 2024
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MAESTRIA EN EDUCACIÓN DE CAMPO, DIRECCIÓN Y GESTIÓN EDUCATIVA.
SEMESTRE 2.
Módulo 4: Normatividad del docente como trabajador.UNIDAD DE APRENDIZAJE II. (Cuadro sinóptico del acuerdo #96: Que establece la organización y funcionamiento delas escuelas primarias). Alumna: Tania Rubí Carreño González. Profesor: DR. Ambrosio Olivas. Cd. Delicias, Chihuahua a 02 de abril del 2024.
Enfoque en la educación primaria:
El texto se centra en las escuelas de educación primaria como instituciones destinadas a proporcionar educación general básica.
Objetivos educativos:
Incluyen dotar al educando de formación, conocimientos, habilidades fundamentales y promover el desarrollo de capacidades individuales y hábitos positivos para la convivencia social.
Responsabili-dades de las escuelas primarias:
Propiciar el cumplimiento de los objetivos educativos, promover el desarrollo integral del educando, proporcionar bases para el ejercicio de derechos y deberes cívico-sociales, aplicar planes y programas de estudio establecidos, y desarrollar contenidos educativos aplicables en la vida del educando.
Ajuste a normas y programas educativos:
Se establece la obligación de que la educación primaria se ajuste a normas jurídicas y pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio aprobados por la Secretaría de Educación Pública, con la posibilidad de adaptación a las necesidades regionales con autorización expresa.
Se especifica que los libros de texto gratuitos elaborados por la Secretaría de Educación Pública son de uso obligatorio, con la posibilidad de utilizar textos auxiliares aprobados por la misma dependencia.
Uso de libros de texto:
Nomenclatu-ra de escuelas:
Se establece el procedimiento para nombrar las escuelas de nueva creación, con restricciones sobre los nombres a elegir.
Se señala que la Secretaría de Educación Pública es la autoridad competente para interpretar el acuerdo y vigilar su correcta observancia, lo que garantiza la supervisión y aplicación adecuada de las disposiciones establecidas.
Autoridad competente:
Se clasifican por ubicación (urbanas y rurales), organización (completa, incompleta, unitarias), permanencia de los alumnos en el plantel (internas, medio internas, externas), alumnado al que prestan servicios (comunes, especiales, bilingües o biculturales), por sexo de los alumnos (unisexuales, mixtas), dependencia económica (federales, federalizadas, coordinadas) , y por turno de trabajo (matutinas, vespertinas, nocturnas).
Clasificación de las escuelas primarias:
Autoriza- ción para militariza-ción:
Se menciona que las escuelas primarias pueden ser militarizadas con autorización de la Secretaría de la Defensa Nacional para impartir instrucción militar.
Se establece que las escuelas dependientes de la Secretaría de Educación Pública en el Distrito Federal y en las entidades federativas se sujetarán a las disposiciones normativas emitidas por las Direcciones Generales de Educación Primaria y de Educación Indígena.
Desconcen-tración:
Las escuelas particulares autorizadas por la Secretaría de Educación Pública se sujetarán a procesos de supervisión por parte de las Direcciones Generales de Educación Primaria y de Educación Indígena, ajustándose a normas técnicas y administrativas.
Supervisión de escuelas particulares:
Se establece que las escuelas primarias regidas por este acuerdo deben proporcionar la información y documentación necesarias para que las autoridades correspondientes verifiquen el cumplimiento de normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, y métodos educativos aprobados.
Aportación de informa-ción:
Se establece que las escuelas primarias regidas por este acuerdo deben proporcionar la información y documentación necesarias para que las autoridades correspondientes verifiquen el cumplimiento de normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, y métodos educativos aprobados.
Aportación de informa-ción:
Debe radicar en la comunidad donde presta servicios, abstenerse de abandonar sus labores dentro del plantel y de disponer del personal o equipo escolar para asuntos particulares.
Radicación y prohibicio-neS:
Designación y autoridad del director:
Es designado o autorizado por la Secretaría de Educación Pública y es la máxima autoridad responsable del funcionamiento de la escuela y sus anexos.
DIRECTOR:
Responsabili-dades del director:
Se define como aquel que cumple con los requisitos determinados por la Secretaría de Educación Pública y desempeña funciones pedagógicas en el plantel.
Definición de personal docente:
Responsabi-lidades
Personal docente:
acuerdo #96:
Especificidades para escuelas bilingües y biculturales:
Se establece que el personal docente en estas escuelas debe dominar el idioma español y la lengua nativa del lugar.
Maestros de enseñanzas especiales:
Se menciona que tendrán las facultades y obligaciones enumeradas, además de las especificaciones que requieran sus funciones.
Se establece la integración de un Consejo Técnico Consultivo en las escuelas con un mínimo de cinco maestros, con el director como presidente y los maestros como vocales.
Integración del Consejo:
Se encarga de analizar y recomendar sobre planes y programas de estudio, métodos de enseñanza, evaluación de programas educativos, capacitación del personal docente, uso de auxiliares didácticos y otros asuntos educativos.
Funciones del Consejo:
Consejo Técnico Consultivo:
El Consejo se reúne al menos una vez al mes, requiriendo la presencia del presidente y la mayoría de los presentes para sesionar. En caso de empate, el presidente tiene voto de calidad.
Sesiones y funciona-miento:
Se establece que las recomendaciones del Consejo pueden ser desechadas o diferidas para su estudio por autoridades competentes, y se requiere un registro de actas de las sesiones.
Supervisión y registro:
El personal administrativo se divide en empleados de oficina y personal de mantenimiento, aseo y vigilancia.
Integración y funciones:
Se detallan las responsabilidades del personal administrativo, como cumplir instrucciones, permanecer en el lugar de trabajo, desempeñar tareas diligentemente, cuidar el material a su cargo, sugerir mejoras en el servicio, entre otras.
Obligaciones del personal administra-tivo:
Personal Administra-tivo:
Funciones del personal de mantenimiento y aseo:
Se describen las labores y responsabilidades del personal encargado del mantenimiento, aseo y cuidado del patrimonio escolar.
Se detallan las responsabilidades del personal encargado de la vigilancia del plantel, incluyendo la distribución de trabajos, programación de servicios de vigilancia, informes diarios al director, entre otras tareas.
Funciones del personal de vigilancia:
Se establece que son considerados alumnos de una escuela primaria aquellos que cumplen con los requisitos de ingreso y están registrados en algún grupo de la escuela. Las personas atípicas son atendidas en establecimientos especializados.
Definición de Alumnos:
Admisión de alumnos:
Se detallan los requisitos para la admisión de alumnos, como la edad mínima y máxima para ingresar a diferentes turnos, la presentación de documentos como acta de nacimiento y boletas de calificaciones, entre otros.
Requisitos de Admisión:
La evaluación de conocimientos se realizará de acuerdo con las disposiciones de la S.E.P., y los exámenes para obtener certificados de educación primaria seguirán las normativas establecidas.
Evaluación:
Disciplina y Evaluación:
Se establecen las medidas disciplinarias a seguir en caso de faltas de los alumnos, como amonestaciones privadas y comunicación escrita a los padres. Para infracciones del personal, se notifica al superior jerárquico para imponer sanciones.
Medidas Disciplinarias:
Tanto el personal docente como los alumnos tienen la responsabilidad de mantener el orden en la escuela. Se detallan medidas para establecer un orden disciplinario, como evitar cambios de maestros, impulsar la participación de los alumnos, vigilar la asistencia del personal, entre otros.
Mantenimien-to del Orden:
Es importante que los recursos materiales de la escuela, incluyendo el edificio y sus anexos, cumplan con condiciones de seguridad, funcionalidad e higiene para permitir la realización eficiente de todas las actividades y funciones destinadas.
Condiciones :
RECURSOS MATERIALES:
Responsabili-dades de los Maestros:
Se establece que los maestros que utilizan los anexos de la escuela son responsables de su administración y cuidado, así como del funcionamiento y conservación de los útiles, instrumentos, equipos, máquinas,etc.
Participación de los Alumnos:
Los alumnos participarán en el cuidado del edificio y sus anexos bajo la dirección del personal docente, fomentando así la responsabilidad y colaboración de los estudiantes en el mantenimiento de las instalaciones.
Supervisión y Colaboración:
La labor de supervisión en los planteles de educación primaria se realizará de acuerdo con las disposiciones de la S.E.P. y se destaca la importancia de la colaboración de las autoridades de cada plantel.