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4.1. El Derecho y la moral

INSTITUTO DE ESPECIA

Created on March 22, 2024

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Transcript

Interactúa con la siguiente infografía para conocer la percepción filosófica entre el Derecho y la moral.

Storyboard Genial

El Derecho y la moral

Diferencias entre moral y Derecho

Iusnaturalismo e Iuspositivismo

La tercera pregunta:

Iusnaturalismo e Iuspositivismo

La segunda pregunta plantea:

Iusnaturalismo e Iuspositivismo

La primera de las preguntas planteadas es:

Lo primero que debemos preguntarnos al afrontar el problema que suscita la relación entre el Derecho y la moral es lo siguiente:

Lo primero que debemos preguntarnos al afrontar el problema que suscita la relación entre el Derecho y la moral es lo siguiente:

  • ¿Qué está detrás de dicha tensión y en qué consiste ésta?
  • ¿Cuándo y por qué surge la supuesta tensión entre el Derecho positivo y el Derecho natural?

Para poder responder a estas preguntas debemos recurrir conjuntamente a la Historia y a la Filosofía, así como a la fusión de ambas en el ámbito jurídico, esto es, la Historia de la Filosofía del Derecho. Sin embargo, desde la disputa entre los defensores de ambos Derechos, positivo y natural, subyace una tercera interrogante de orden axiológico en la que está sumergida principalmente la relación entre el Derecho y la moral:

  • ¿El Derecho positivo debe ser justo ?

¿El Derecho debe ser justo?

No debe ser justo para ser Derecho, pero sí debe o debería serlo para gozar de plena validez material o fuerza obligatoria.

+info

La aceptación positivista de la validez moral del Derecho estaría condicionada a que, si bien, es menester una referencia a ciertos principios para justificar su obligatoriedad, ello no implica conceder que dicha validez necesariamente tenga que provenir sólo de los principios predicados por el Derecho natural, ya que, como menciona Peces-Barba, a lo que el positivismo jurídico también se opone, no es sólo a confundir Derecho con moral, sino a integrar al Derecho en una concepción moral.

Diferencias entre moral y Derecho

¿Cuándo y por qué surge la supuesta tensión entre el Derecho positivo (iuspositivismo) y el Derecho natural (iusnaturalismo)?

Si analizamos esta interrogante, comprenderemos que las dimensiones fáctica, normativa y valorativa se presentan intrínsecamente vinculadas en el Derecho, por eso la respuesta implica necesariamente una reflexión político-histórica y jurídico-filosófica.

+Info

El primer antecedente de la disputa entre iusnaturalistas (quienes se consideran partidarios del Derecho natural) e iuspositivistas (quienes actúan del mismo modo en relación con el Derecho positivo) se inscribe histórica y socialmente en el cuestionamiento de la validez material de las normas jurídicas inmorales o injustas, por más que éstas sean producto del proceso formal de creación o reconocimiento instaurado e institucionalizado para tales fines.

¿Qué está detrás de la tensión entre iuspositivistas y iusnaturalistas y en qué consiste ésta?

Se cuentan con dos posturas básicas:

Caracterizada por aquellos que sostienen la idea de que existe un Derecho natural en tanto conjunto de principios de justicia con validez universal que pueden ser deducidos racionalmente (tesis 1). Además confirman que el Derecho positivo que no cumpla con dichos principios no podrá ser calificado como Derecho (tesis 2). Quienes así se expresen están ubicados dentro de la corriente llamada iusnaturalismo mitológico.

Primera

Es sostenida por los iusncituralistas que sólo aceptan la tesis I. Esto es, la corriente iusfilosófica denominada deontológica, conformada por aquel grupo de pensadores que conciben la existencia del Derecho natural en tanto principios morales y de justicia umversalmente válidos, asequibles a la razón humana, que son parámetro que legitima el Derecho positivo, determinan su medida y a los cuales debe estar sometido el iusnaturalismo deontológico que no niega el carácter jurídico del Derecho positivo, por más que sea contrario o violatorio de los criterios o principios del Derecho natural.

Segunda