Modificaciones a la Ley de Participación Ciudadana
01. Problematica
Una de las problematicas que se enfrenta actualmente en los procesos del Presupuesto Participativo en la Ciudad de México es la mala administracion de los recursos por parte de las alcaldias en la asignación de proyectos al capitulo de gasto que les corresponde, en especifico los proyectos que se aplican con cargo al capitulo 4000.
Lo anterior se encuentra estipulado en el articulo 117 de la Ley de Participación Ciudadana.
Proyecto finalEducación superior
Autor/a: Apellido, nombre Director/a: Apellido, nombre
Título TFG/TFM
Fecha
Los recursos del presupuesto participativo podrán ser ejercidos en los capítulos 2000, 3000, 4000, 5000 y
6000 conforme a lo dispuesto en el Clasificador por Objeto del Gasto vigente. Estos recursos se destinarán
al mejoramiento de espacios públicos, a la infraestructura urbana, obras y servicios y actividades
recreativas, deportivas y culturales. Dichas erogaciones invariablemente se realizarán para las mejoras de
la comunidad y de ninguna forma podrán suplir o subsanar las obligaciones que las Alcaldías como
actividad sustantiva deban realizar. Respecto de los proyectos del presupuesto participativo que se ejecuten en unidades habitacionales, se
deberá aplicar en el mejoramiento, mantenimiento, servicios, obras y reparaciones en áreas y bienes de
uso común. Las erogaciones con cargo al capitulo 4000 (Transferencias, asignaciones, subsidios, y otras yudas) solo deberán ser ejecutadas en los casos en que las condiciones sociales lo ameriten, o que el proyecto sea
enfocado al fortalecimiento y promoción de la cultura comunitaria, bajo los criterios que establezca la
Secretaría de Inclusión y Bienestar Social, considerando las partidas y sub partidas del mencionado
capítulo 4000. Dichas erogaciones no deberán superar el 10% del total del monto ejercido del presupuesto
participativo.
Proyecto Final Educación Superior Equilibrio
Manuel Manzo Ramos
Created on March 21, 2024
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Modificaciones a la Ley de Participación Ciudadana
01. Problematica
Una de las problematicas que se enfrenta actualmente en los procesos del Presupuesto Participativo en la Ciudad de México es la mala administracion de los recursos por parte de las alcaldias en la asignación de proyectos al capitulo de gasto que les corresponde, en especifico los proyectos que se aplican con cargo al capitulo 4000.
Lo anterior se encuentra estipulado en el articulo 117 de la Ley de Participación Ciudadana.
Proyecto finalEducación superior
Autor/a: Apellido, nombre Director/a: Apellido, nombre
Título TFG/TFM
Fecha
Los recursos del presupuesto participativo podrán ser ejercidos en los capítulos 2000, 3000, 4000, 5000 y 6000 conforme a lo dispuesto en el Clasificador por Objeto del Gasto vigente. Estos recursos se destinarán al mejoramiento de espacios públicos, a la infraestructura urbana, obras y servicios y actividades recreativas, deportivas y culturales. Dichas erogaciones invariablemente se realizarán para las mejoras de la comunidad y de ninguna forma podrán suplir o subsanar las obligaciones que las Alcaldías como actividad sustantiva deban realizar. Respecto de los proyectos del presupuesto participativo que se ejecuten en unidades habitacionales, se deberá aplicar en el mejoramiento, mantenimiento, servicios, obras y reparaciones en áreas y bienes de uso común. Las erogaciones con cargo al capitulo 4000 (Transferencias, asignaciones, subsidios, y otras yudas) solo deberán ser ejecutadas en los casos en que las condiciones sociales lo ameriten, o que el proyecto sea enfocado al fortalecimiento y promoción de la cultura comunitaria, bajo los criterios que establezca la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social, considerando las partidas y sub partidas del mencionado capítulo 4000. Dichas erogaciones no deberán superar el 10% del total del monto ejercido del presupuesto participativo.