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Píldora formativa: PERMISOS (Mandos intermedios)
Maria Esther García
Created on March 18, 2024
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Transcript
VACACIONES, PERMISOS Y SITUACIONES ADMINISTRATIVAS PERSONAL ESTATUTARIO
Manual de Vacaciones, Permisos y Licencias del SAS (14/07/2023)
SERVICIO ANDALUZ DE SALUD
PERMISOS
misma regulación
- Permiso por parto o aborto: 16 semanas + 4 semanas adicionales (art. 16)
- Permiso por adopción o acogimiento: 16 semanas + 4 semanas adicionales (art. 18)
- Permiso progenitor diferente de madre biológica: 16 semanas + 4 semanas adicionales (art. 19)
- Permiso por nacimiento de hijos prematuros que tengan que permanecer hospitalizados: Ampliación de la suspensión hasta máximo 13 semanas (art. 20)
- Permiso por enfermedad grave o intervención con reposo (art. 21):
- Permiso para asistir a exámenes prenatales: tiempo indispensable (art. 14).
PERMISOS
misma regulación
- Deber público o relacionados con la conciliación de la vida familiar: Tiempo indispensable (15 días) (art. 24)
- Malosos: hasta 4 días que podrán ser disfrutados de forma separada, o acumulando hasta 3 días (orden 5 julio 2013)
- Permiso por gestación: a partir de la semana 37 o 35 si es embarazo gemelar (7 días de antelación)(art. 15 bis)
- Visita médica: tiempo indispensable: En la misma provincia, se justifican 3 horas si no aporta justificante de más tiempo, y en diferente provincia 7 horas (7 días de antelación)(art. 15)
- Permiso sin sueldo:Mínimo 7 días naturales, máximo 3 meses acumulados, hasta máximo de 12 meses en dos años. (10 días antelación) (art. 29)
- Cooperación internacional (1 mes de antelación) (art. 31)
PERMISOS
algunos cambios
- LACTANCIA: una hora diaria, pero si acumulamos: 40 días (50 en partos múltiples). Contratos temporales: 1 hora de cada 7 sumando todos los turnos reales del contrato. (Art. 17)
- MATRIMONIO: 15 días naturales, a disfrutar en un año siempre que las necesidades organizativas lo permitan. (20 días de antelación) (Art. 13)
- FALLECIMIENTO DE FAMILIAR: Se puede disfrutar en los 30 días siguientes al hecho causante (art. 22)
- TRASLADO: 1 día misma localidad, 2 si es distinta y 3 si cambia la provincia. (7 días de antelación) (Art. 23)
- FUNCIONES SINDICALES: según pacto Mesa Sectorial. Las horas se comunican directamente desde SSCC. (Art. 26)
PERMISOS
algunos cambios
- SÁBADO EN FESTIVO: Un día más de vacaciones con el límite de dos para turno 1540h.(7 días de antelación) (Art. 5)
- EXÁMENES: Finales o parciales liberatorios. Incluye exámenes para procesos de selección y la noche previa al examen. No incluye la noche del día del exámen se ha disfrutado la noche anterior.(7 días de antelación) (Art. 24)
- FORMACIÓN: Para la realización de actividades de perfeccionamiento profesional, debidamente homologadas (15 días de antelación) (Art. 32):
ASUNTOS PARTICULARES
- ASUNTOS PARTICULARES: 6 días + 24 y 31 de diciembre profesionales que tengan turno ese día. Si alguien no puede disfrutarlo porque no puede faltar, se lo tendrá que tomar más adelante. La fecha fin se indicará en instrucción del SAS de cada año. (10 días de antelación). (Art. 30)
- PERMISO DÍAS ADICIONALES DE PERMISO ASUNTOS PARTICULARES EN RAZÓN DE ANTIGÜEDAD: 2 días al cumplir el sexto trienio, a partir del octavo, 1 más por cada trienio (Art. 30)
Portal del Empleado
VACACIONES: • Vacaciones Año Anterior (casos legalmente contemplados) • Vacaciones Año Anterior al anterior (casos legalmente contemplados) • Dias Complementarios vacaciones • Dias Adicionales de vacaciones
MATERNIDAD/PATERNIDAD: • Maternidad: Permiso Nacimiento Madre biológica/Adop/Acog/Aborto • Paternidad: Permiso Progenitor Distinto de Madre biologica • Adopción Internacional simple • Adopción Internacional multiple • Permiso Nacimiento Madre biologi/progenitor distinto de madre bio. (4 semanas) • Permiso Prematuro hospitalizado.
ASUNTOS PARTICULARES: • Licencia Asuntos Particulares (año actual) • Licencia Asuntos Particulares (año anterior) • Licencia Asuntos Particulares Por Antigüedad (TRIENIOS)
FALLECIMIENTO: • Permiso Fallecimiento primer grado misma localidad • Permiso Fallecimiento primer grado distinta localidad • Permiso Fallecimiento segundo grado misma localidad • Permiso Fallecimiento segundo grado distinta localidad
LACTANCIA: • Permiso Lactancia Acumulada • Permiso Lactancia Diaria (inicio o fin jornada) • Permiso Lactancia Diaria (durante jornada)
LICENCIA24/31 DE DICIEMBRE: • Licencia 24/31 Diciembre • Licencia 24/31 Diciembre Año anterior • Compensación 24/31 Diciembre
TRASLADO DOMICILIO: • Misma localidad • Distinta localidad • Distinta provincia
PERMISO DEBER PÚBLICO: • Permiso Deber Inexcusable. • Permiso Mesa Electoral.
ENFERMEDAD GRAVE / INTERVENCIÓN CON REPOSO: • Permiso Enfermedad Grave-Hosp. Intervención con reposo Primer Grado. • Permiso Enfermedad Grave-Hosp. Intervención con reposo Segundo Grado
FESTIVO EN SÁBADO TURNO DIURNO: • Permiso festivo en sábado turno diurno año actual • Permiso festivo en sábado turno diurno año anterior
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- Permiso por fallecimiento, traslado, enfermedad grave o intervención con reposo, asuntos particulares y malosos: 7 horas
- Matrimonio, visita médica, deber inexcusable: tiempo imprescindible.
- Examen, vacaciones, maternidad, paternidad, lactancia: el/los turno/s correspondiente/s.
RJs y PERMISOS CONCILIACIÓN VIDA FAMILIAR
- Permiso por violencia de género: ausencias justificadas. (Art. 27)
- Reducción de jornada víctimas violencia de género. (Art. 27)
- Reducción de jornada para atender a familiar de primer grado por enfermedad muy grave: hasta 50% de reducción con carácter retribuido, máximo 1 mes. (Art. 8)
misma regulación
RJs y PERMISOS CONCILIACIÓN VIDA FAMILIAR
- Reducción por recuperación de enfermedad: por finalización de tratamientos de especial gravedad. Posibilidad de incorporación paulatina o acumulable al inicio (Art. 10)
- Flexibilidad horaria: Posibilidad de flexibilizar una hora diaria (2 en supuestos especiales). Las horas se han de devolver en un mes. (15 días de antelación)(Art. 4)
misma regulación
RJs y PERMISOS CONCILIACIÓN VIDA FAMILIAR
- Reducción de jornada por guarda legar o familiar (no compatible con trabajo en los turnos de RJ). Porcentaje de reducción de 33,33 o 50%, hasta los 12 años en el caso de hijos. Si es de familiares, se requiere discapacidad o especial dedicación (art. 6) Antelación de 1 mes.
- Reducción de jornada por hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave (ahora cubierta por SAS): por norma general, se concede al 50% (salvo supuestos especiales). Hay que justificar cada dos meses que la situación persiste con informe médico. (Art. 9)
- Reducción de jornada voluntaria: 10%
algunos cambios
RJs y PERMISOS CONCILIACIÓN VIDA FAMILIAR
- Exención jornada complementaria (55 años, hijos menores de 1 año o con discapacidad y mujeres en estado de gestación): En el caso de la edad, se debe solicitar el último trimestre del año anterior al que se quiere disfrutar (Art. 2)
- Bolsa horas libre disposición: no existe
algunos cambios
SITUACIONES ADMINISTRATIVAS
- EXCEDENCIA POR INTERÉS PARTICULAR (antes, excedencia voluntaria): Mínimo de 2 años y no tiene máximo.
- SERVICIOS ESPECIALES (recoge varios supuestos, incluida nuestra antigua excedencia forzosa y la excedencia para realizar la residencia.)
- EXCEDENCIA POR PRESTAR SERVICIOS EN EL SECTOR PÚBLICO (antes, excedencia por incompatibilidad)
- EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES (máximo 3 años, los 3 con reserva: los dos primeros de puesto y el tercero en misma localidad)
- SERVICIOS BAJO OTRO RÉGIMEN JURÍDICO (no existía)
- EXCEDENCIA POR FORMACIÓN: desaparece.
VACACIONES
- 1 mes natural o 22 días hábiles (26 si hay actividad en sábado)
- Se toman los días del mes natural
- Fuera del periodo vacacional o diciembre (mes completo), se suman (días naturales):
- Antes, eran 22 días hábiles siempre, sin contar los sábados
- Día adicional de vacaciones: 1 por cada 6 años con el límite de 4.
INSTRUCCIONES VACACIONES
- Fecha límite de solicitud: 30 de abril (asignación de oficio en caso de no estar solicitadas en esa fecha) - Fecha límite entrega RRHH: 15 de mayo.- PLAN VACACIONAL DE VERANO: del 1 de junio al 31 de octubre. - Días adicionales por antigüedad: tercer bloque de vacaciones de forma ininterrumpida. - Solicitud en la unidad a la que se encuentra adscrito el profesional en el momento de la solicitud. - Las vacaciones se han de disfrutar de forma previa a solicitud de baja en el hospital por jubilación, excedencia... - Mínimo de plantilla garantizada: 2/3 - Preferencia de disfrute dentro de todo el periodo vacacional escolar para padres con hijos en edad escolar obligatoria.
INSTRUCCIONES VACACIONES
Las vacaciones se tienen que disfrutar en el año natural en que se generan, salvo casos legalmente establecidos
DISFRUTE DE VACACIONES DE VERANO
- Mes natural completo
- Quincena natural completa
DISFRUTE DE VACACIONES DE NAVIDAD
- Mes de diciembre completo
- 3 días en cualquier concepto entre el 24 de diciembre y el 6 de enero.
INSTRUCCIONES VACACIONES
Una vez autorizadas, no se podrá realizar el cambio salvo SITUACIONES ESPECIALES:
PROMOCIÓN INTERNA TEMPORAL: Se facilitará cambio a otra fecha. IT, MATERNIDAD, PATERNIDAD, RIESGO DURANTE EL EMBARAZO: - Si está en alguna de estas situaciones en el momento de la solicitud y finaliza antes de que acabe el año, solicitud en 15 días. - Si está en algunas de estas situaciones cuando le tocaría disfrutarlas, y finaliza antes de que acabe el año, solicitud en 15 días. - Si ha terminado el año, de forma inmediatamente continuada a la finalización de la situación
INSTRUCCIONES VACACIONES
REDUCCIONES DE JORNADA: Los trabajadores con reducciones de jornadas que al comienzo de cada año se encuentren vigentes, y sin fecha fin, deberán concretar con sus responsables con un mes de antelación al inicio del año, los turnos a disfrutar para todo el ejercicio anual. Los trabajadores que soliciten nuevas reducciones de jornada, deberán concretar con sus responsables, con la misma antelación, los turnos a disfrutar hasta la fecha fin de la reducción solicitada, o hasta final de año, en el caso de que ésta no tenga fecha fin. Los días de vacaciones son los mismos.
INSTRUCCIONES VACACIONES
PERMISOS NO RETRIBUIDOS: La autorización de solicitudes de permiso sin sueldo unido a vacaciones durante los meses de julio, agosto, septiembre y diciembre, se regirá por los siguientes criterios: - Solicitud: mismo plazo que las vacaciones - Deberá coincidir con meses o quincenas naturales, por cuestiones organizativas. - Prioridad de las vacaciones en relación con la necesidad de 2/3 de la plantilla. - Su concesión queda condicionada a que se pueda cubrir la ausencia.