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NORMATIVIDAD

(ARQ) Anakaren León Saldaña (21140570)

Created on March 16, 2024

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Transcript

NORMATIVIDAD

Urbanismo I

León Saldaña Anakaren

10 - Abril - 2024

13. Tabla de Compatibilidad PPDUZMBT

Índice

01. Plano General de la zonificación Secundaria del Municipio de Querétaro

05. Plano Felipe Carrillo Puerto

04. Plano Epigmenio González

02. Plano Villa Cayetano Rubio

06. Plano Félix Osores Sotomayor

03. Plano Centro Histórico

07. Plano Josefa Vergara y Hernández

08. Plano Santa Rosa Jauregui

15. Código Urbano del Estado de Querétaro

09. Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la Zona de Monumentos y Barrios

10. Normatividad por zonificación

11. Tabla de compatibilidad

12. Normatividad por Zonificación Secundaria ZMBT (Zona de Monumentos y Barrios tradicionales)

14. Reglamento de Diseño Vial y Urbano para la Movilidad Sostenible del Municipio de Querétaro.

01.

Simbología temática
Simbología básica

Plano General de la zonificación Secundaria del Municipio de Querétaro

Consiste en un documento cartográfico que delimita y regula los usos de suelo dentro de esta área específica, es un istrumento esencial que guía el diseño y planificación urbana. Este plano detalla las áreas designadas para diferentes usos de suelo, como residencial, comercial, industrial y recreativo, junto con las regulaciones específicas para cada zona. Nos proporciona información crucial sobre las restricciones de altura, densidades de construcción, áreas verdes requeridas y normativas de diseño. Con este conocimiento, podemos crear proyectos arquitectónicos que se ajusten a las normas locales.

Cuerpo de agua

Caminos

Vialidad secundaria

Zona de estudio

Traza urbana

Plano Centro Histórico

Plano Felipe Carrillo Puerto

Plano Villa Cayetano Rubio

Plano Epigmenio Gonzáñez

Límite Municipal

Plano Josefa Vergara y Hernandez

Plano Félix Osores Sotomayor

Plano Santa Rosa Jauregui

Canal

Límite Estatal

Vialidad primaria

Vialidad regional

Vías ferreas

Líneas de transmisión eléctrica

Curvas de nivel

Simbología básica

Corriente de agua

Acueducto

Carretera

Secundaria

Primaria

Regional

Dren

Salvaguarda y riesgo

Habitacional densidad aislada

Habitacion al densidad mínima

Habitacional densidad baja

Habitacion al densidad media

Habitacional densidad media intensiva

Protección a cauces y cuerpos de agua

Equipamiento

Indrustria pesada

Indrustria mediana

Protección ecológica

Conservación agropecuaria

Espacios verdes y abiertos

Indrustria ligera

Habitacional densidad alta

Habitacional densidad muy alta

Habitacional rural

Habitacional mixto densidad baja

Habitacional mixto medio densidad media

Habitacional con comercio densidad media intensiva

Habitacional con comercio densidad alta

Comercio y servicios

Plano Centro Histórico

Plano Felipe Carrillo Puerto

Plano Villa Cayetano Rubio

Plano Epigmenio Gonzáñez

Plano Josefa Vergara y Hernandez

Plano Félix Osores Sotomayor

Plano Santa Rosa Jauregui

Vialidades propuestas

Simbología temática

Simbología temática: definiciones (Ibidem diapositiva 5)

Simbología básica: definiciones (Ibidem diapositiva 4)

Primaria

CS-9-40-Mat

Drenes

HM-3-40-Bj

H-3-50-As

Protección a cauces y cuerpos de agua

02.

Zonificación secundaria

HC-6-40-MdI

H-4-25-At

Equipamiento

H-3-40-Bj

HC-8-40-At

Protección ecológica

Vialidades propuestas

Conservación agropecuaria

Espacios verdes y abiertos

H-5-40-MAt

Indrustria ligera

H-3-40-Md

HMM-4-25-Md

H-4-25-MdI

Plano Villa Cayetano Rubio

H-3-50-Mn

Simbología temática: definiciones (Ibidem diapositiva 5)

Simbología básica: definiciones (Ibidem diapositiva 4)

03.

Primaria

CS-9-40-Mat

Dren

HM-3-40-Bj

Secundaria

Zonificación secundaria

HC-6-40-MdI

H-4-25-At

Equipamiento

H-3-40-Bj

HC-8-40-At

Vialidades propuestas

Espacios verdes y abiertos

Indrustria pesada

H-3-40-Md

Indrustria ligera

HMM-4-25-Md

H-4-25-MdI

Plano Centro Histórico

Simbología temática: definiciones (Ibidem diapositiva 5)

Simbología básica: definiciones (Ibidem diapositiva 4)

04.

Primaria

CS-9-40-Mat

Drenes

HM-3-40-Bj

Zonificación secundaria

H-3-50-As

Protección a cauces y cuerpos de agua

HC-6-40-MdI

H-4-25-At

Equipamiento

Secundaria

H-3-40-Bj

HC-8-40-At

Protección ecológica

Vialidades propuestas

Conservación agropecuaria

Salvaguarda y riesgo

Espacios verdes y abiertos

HR-3-40

Indrustria ligera

Indrustria mediana

H-3-40-Md

HMM-4-25-Md

H-4-25-MdI

H-3-50-Mn

Plano Epigmenio González

Simbología temática: definiciones (Ibidem diapositiva 5)

Simbología básica: definiciones (Ibidem diapositiva 4)

05.

Primaria

Metropolitana

CS-9-40-Mat

Drenes

HM-3-40-Bj

H-3-50-As

Protección a cauces y cuerpos de agua

HC-6-40-MdI

H-4-25-At

Equipamiento

Secundaria

H-3-40-Bj

HC-8-40-At

Protección ecológica

Conservación agropecuaria

Zonificación secundaria

Espacios verdes y abiertos

HR-3-40

Indrustria ligera

Vialidades propuestas

Indrustria mediana

Indrustria pesada

H-3-40-Md

HMM-4-25-Md

H-4-25-MdI

H-3-50-Mn

Felipe Carrillo Puerto

Simbología temática: definiciones (Ibidem diapositiva 5)

Simbología básica: definiciones (Ibidem diapositiva 4)

Primaria

Metropolitana

CS-9-40-Mat

06.

Drenes

HM-3-40-Bj

H-3-50-As

Protección a cauces y cuerpos de agua

HC-6-40-MdI

H-4-25-At

Equipamiento

Secundaria

Plano Félix Osores Sotomayor

H-3-40-Bj

HC-8-40-At

Protección ecológica

Espacios verdes y abiertos

Indrustria ligera

Indrustria mediana

Zonificación secundaria

Indrustria pesada

H-3-40-Md

Vialidades propuestas

HMM-4-25-Md

H-4-25-MdI

H-3-50-Mn

Simbología temática: definiciones (Ibidem diapositiva 5)

Simbología básica: definiciones (Ibidem diapositiva 4)

07.

CS-9-40-Mat

Drenes

HM-3-40-Bj

H-3-50-As

Protección a cauces y cuerpos de agua

HC-6-40-MdI

H-4-25-At

Equipamiento

Secundaria

Plano Josefa Vergara y Hernández

H-3-40-Bj

HC-8-40-At

Protección ecológica

Conservación agropecuaria

Espacios verdes y abiertos

H-3-40-Md

Zonificación secundaria

Vialidades propuestas

HMM-4-25-Md

H-4-25-MdI

H-3-50-Mn

Simbología temática: definiciones (Ibidem diapositiva 5)

Simbología básica: definiciones (Ibidem diapositiva 4)

08.

Primaria

Metropolitana

CS-9-40-Mat

Drenes

HM-3-40-Bj

H-3-50-As

Protección a cauces y cuerpos de agua

HC-6-40-MdI

H-4-25-At

Equipamiento

Secundaria

H-3-40-Bj

HC-8-40-At

Protección ecológica

Conservación agropecuaria

Espacios verdes y abiertos

HR-3-40

Indrustria ligera

Zonificación secundaria

Indrustria mediana

Indrustria pesada

H-3-40-Md

Salvaguarda y riesgo

Vialidades propuestas

HMM-4-25-Md

H-4-25-MdI

H-3-50-Mn

Plano Santa Rosa Jauregui

09.

Es un instrumento que guía las intervenciones en áreas históricas y culturales. Este programa establece normativas para la conservación y desarrollo de estas zonas, protegiendo su patrimonio. Nos ofrece directrices sobre construcción, materiales y alturas permitidas, y promueve el uso adecuado del suelo y la preservación de la identidad de los barrios. Es una guía completa para crear propuestas que respeten la riqueza cultural y arquitectónica de estos lugares.

Simbología complementaria

Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la Zona de Monumentos y Barrios

MANZANAS CONTEXTO

ESPACIO ABIERTO

VÍAS DE FERROCARRIL

FUENTE

ACUEDUCTO

CORRIENTES DE AGUA

RÍO QUERÉTARO

CURVAS @ 5 m

LÍMITE DE COLONIA

LÍMITE DE ZONA

LÍMITE DELEGACIONAL

LÍMITE PPDUZMBT

Simbología complementaria

Normatividad por Zonificación

10.

Para nosotros, los arquitectos, las tablas de normatividad por zonificación son herramientas fundamentales que nos brindan las reglas y parámetros específicos para el diseño y desarrollo de proyectos en áreas urbanas. Estas tablas detallan las normas relacionadas con el uso de suelo, alturas máximas de edificación, áreas verdes requeridas, distancias entre edificaciones, estacionamientos, entre otros aspectos. Nos permiten comprender las restricciones y posibilidades de cada zona, asegurando que nuestros diseños cumplan con las regulaciones locales y contribuyan al ordenamiento urbano. Además, nos ayudan a optimizar el aprovechamiento del espacio, garantizar la seguridad estructural y funcional de las edificaciones, así como promover la integración armónica de los proyectos en el contexto urbano.

Ejemplo

Ver tabla completa

Es una herramienta que indica qué actividades son permitidas o no en diferentes zonas urbanas. Define categorías como residencial, comercial, industrial o recreativo, especificando qué construcciones son aceptables en cada una. Esto nos ayuda a diseñar proyectos que cumplen con las regulaciones locales y promueven un desarrollo urbano ordenado. Evita conflictos de uso de suelo y facilita la obtención de permisos para construir viviendas, oficinas, tiendas, fábricas o parques de manera efectiva y en concordancia con las normativas vigentes.

11. Tabla de compatibilidad

Ejemplo

12. Normatividad por Zonificación Secundaria ZMBT

Es un conjunto de reglas para la conservación del patrimonio histórico. Define cómo intervenir en áreas con edificios históricos, asegurando que las acciones respeten su valor cultural y arquitectónico. Nos da pautas para restaurar, remodelar o construir en estas zonas, considerando la estética histórica y las restricciones de altura, materiales y estilos. Esto promueve la preservación y revitalización de espacios importantes para la comunidad y su identidad local.

Ejemplo

13. Tabla de Compatibilidad PPDUZMBT

Detalla características arquitectónicas, estilos y materiales apropiados para áreas históricas. Facilita diseñar proyectos que respeten la identidad de monumentos y barrios, promoviendo su preservación y revitalización. Al seguir estas pautas, se pueden crear propuestas que enriquezcan cultural y turísticamente Querétaro, manteniendo la autenticidad de estos espacios

Ejemplo

Se compone de siete Títulos, en el siguiente archivo de reseñas se especifica cada uno de ellos y los capítulos que lo componen.

Reseñas

Es una herramienta fundamental para regular y guiar el desarrollo de infraestructura vial y urbana en la ciudad. Su objetivo principal es promover un modelo de movilidad sostenible que priorice el bienestar de los ciudadanos, la seguridad vial, y la eficiencia en el desplazamiento de personas y mercancías. Este reglamento establece normas y lineamientos específicos para el diseño y construcción de calles, avenidas, ciclovías, banquetas, intersecciones, y demás elementos que conforman el sistema vial y urbano.

14.

Reglamento de diseño vial y urbano para la movilidad sostenible del municipio de Querétaro

TÍTULO II DE LA PLANIFICACIÓN DE LA MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO V DE LA CONFORMACIÓN DEL SISTEMA DE MOVILIDAD MUNICIPAL

TÍTULO III DE LA EVALUACIÓN DEL IMPACTO EN MOVILIDAD

TÍTULO IV DE LA GESTIÓN DEL IMPACTO EN MOVILIDAD

TÍTULO VII PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, DE LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA, DE LAS NOTIFICACIONES, DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PREVENTIVAS, DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN Y DE LA DENUNCIA CIUDADANA

TÍTULO VI NORMAS TÉCNICAS PARA LA MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE

CAPÍTULO QUINTO DE LOS ORGANOS AUXILIARES PARA LA GESTIÓN DE LA MOVILIDAD

CAPÍTULO CUARTO PRINCIPIOS GENERALES DE DISEÑO VIAL Y URBANO PARA LA MOVILIDAD SOSTENIBLE

CAPÍTULO TERCERO DE LAS AUTORIDADES Y SUS FACULTADES

CAPÍTULO SEGUNDO DE LAS DEFINICIONES

CAPÍTULO PRIMERODE LAS GENERALIDADES

I.

Establece las bases y objetivos para promover una movilidad urbana sostenible. Se destaca la importancia de normas para regular el diseño vial y urbano, así como la construcción de vialidades y desarrollos inmobiliarios. El enfoque es garantizar el derecho de las personas a una movilidad equitativa y segura, con perspectiva de género y accesibilidad universal.

CAPÍTULO CUARTO DEL SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CONTROL DE LA POLÍTICA, LOS PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACCIONES EN MATERIA DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL

CAPÍTULO TERCERO DE LOS ESTUDIOS EN MATERIA DE MOVILIDAD

CAPÍTULO SEGUNDO DE LOS PLANES Y PROGRAMAS EN MATERIA DE MOVILIDAD

CAPÍTULO PRIMERO DE LA PLANIFICACIÓN DE LA MOVILIDAD

II.

Aborda de manera integral la importancia de ordenar y regular la movilidad en el municipio de Querétaro, con un enfoque estratégico hacia la sostenibilidad y la mejora de la calidad de vida de sus habitantes. Este Título se divide en tres capítulos, cada uno con sus respectivas secciones:

CAPÍTULO QUINTO DE LA ELABORACIÓN DE AFOROS PARA LOS ESTUDIOS DE IMPACTO EN MOVILIDAD

CAPÍTULO DÉCIMODEL VISTO BUENO DEL DICTAMEN DE IMPACTO EN MOVILIDAD

CAPÍTULO NOVENODE LOS APROVECHAMIENTOS DERIVADOS DEL DICTAMEN DE IMPACTO EN MOVILIDAD

CAPÍTULO CUARTO DE LOS PROYECTOS SUJETOS A EVALUACIÓN DEL IMPACTO EN MOVILIDAD

CAPÍTULO TERCERO DE LOS ESTUDIOS DE INGENIERÍA VIAL PARA LA EVALUACIÓN DEL IMPACTO EN MOVILIDAD

CAPÍTULO SEGUNDO DE LOS CORRESPONSABLES EN INGENIERÍA DE TRÁNSITO

CAPÍTULO PRIMEROGENERALIDADES

CAPÍTULO SEXTODE LOS ESTUDIOS DE IMPACTO EN MOVILIDAD

CAPÍTULO SÉPTIMODEL DICTAMEN DE IMPACTO EN MOVILIDAD

III.

Detallada el proceso de evaluación del impacto en movilidad que deben seguir todos los proyectos que se lleven a cabo dentro del territorio municipal. Este proceso se encuentra regulado por una serie de normativas establecidas con el objetivo de garantizar una adecuada integración de los proyectos con su entorno y mitigar los impactos potenciales en la movilidad urbana.

CAPÍTULO ÚNICO DEL PROCEDIMIENTO PARA EVALUAR EL IMPACTO EN MOVILIDAD

IV.

Trata sobre la Gestión del Impacto en Movilidad, enfocándose en el proceso para evaluar dicho impacto. Este título incluye unicamente un capítulo:

CAPÍTULO TERCERO DE LA COHERENCIA Y CONECTIVIDAD DEL SUBSISTEMA VIAL

CAPÍTULO SEXTO DE LA RED VIAL

CAPÍTULO SEGUNDO PRINCIPIOS GENERALES DE LA RED VIAL

CAPÍTULO QUINTO DE LA RED CICLISTA

CAPÍTULO PRIMERO DE LA INTEGRACIÓN INTERMODAL DEL SISTEMA DE MOVILIDAD MUNICIPAL

CAPÍTULO CUARTO DE LA RED PEATONAL

V.

Se enfoca en la conformación y funcionamiento del sistema de movilidad a nivel municipal, estableciendo pautas y normativas para la integración intermodal, la red vial, la red peatonal y la red ciclista. Este Título se divide en seis capítulos, cada uno con sus respectivas secciones:

CAPÍTULO SEGUNDO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA EL DISEÑO, INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA SEMÁFOROS

CAPÍTULO PRIMERO DE LAS INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA MOVILIDAD EN LAS EDIFICACIONES

VI.

Se abordan las Normas Técnicas para la Movilidad Urbana Sostenible. Este título incluye dos capítulos:

CAPÍTULO QUINTO NOTIFICACIONES

CAPÍTULO NOVENODE LA DENUNCIA CIUDADANA

CAPÍTULO CUARTODE LAS SANCIONES

CAPÍTULO TERCERO DE LAS INFRACCIONES

CAPÍTULO SEGUNDO DE LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA

CAPÍTULO PRIMERODEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

CAPÍTULO SEXTOMEDIDAS DE SEGURIDAD Y PREVENTIVAS

CAPÍTULO SÉPTIMODE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN

VII.

Aborda diversos aspectos relacionados con el procedimiento administrativo, la inspección y vigilancia, las notificaciones, las medidas de seguridad y preventivas, los medios de impugnación y la denuncia ciudadana.

Se compone de ocho Títulos, en el siguiente archivo de reseñas se especifica cada uno de ellos y los capítulos que lo componen.

Reseñas

Es un conjunto de normas y disposiciones legales que regulan el desarrollo urbano en el estado de Querétaro. Su principal objetivo es establecer las bases para el ordenamiento territorial, la planificación urbana y el crecimiento sostenible de las ciudades y comunidades dentro del estado. Este código es fundamental para asegurar un crecimiento urbano planificado y adecuado, evitando la expansión desordenada de las ciudades, promoviendo el uso eficiente del suelo, la conservación del medio ambiente y el desarrollo de infraestructuras necesarias para el bienestar de la población.

14.

Código Urbano del Estado de Querétaro

TÍTULO II DE LA PLANEACIÓN URBANA Y DEL ORDENAMIENTO Y REGULACIÓN TERRITORIAL DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS

TÍTULO I DE LAS AUTORIDADES Y SU COMPETENCIA

TÍTULO V DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN MEDIANTE EL SISTEMA DE OBRAS POR COOPERACIÓN Y CAPTACIÓN

TÍTULO III DE LOS DESARROLLOS INMOBILIARIOS

TÍTULO IV DE LAS CONSTRUCCIONES

TÍTULO VII DE LAS CARRETERAS, CAMINOS Y OTRAS VIALIDADES

TÍTULO VIII DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD, SANCIONES, PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y MEDIOS DE IMPUGNACIÓN

TÍTULO VI DEROGADO (P. O. NO. 38, 21-V-22)

CAPÍTULO TERCERO DE LOS ESTUDIOS EN MATERIA DE MOVILIDAD

CAPÍTULO SEGUNDO DE LOS PLANES Y PROGRAMAS EN MATERIA DE MOVILIDAD

CAPÍTULO PRIMERO DE LA PLANIFICACIÓN DE LA MOVILIDAD

I.

Se enfoca en las autoridades y su competencia en cuanto al desarrollo urbano y el ordenamiento territorial. Este Título se divide en tres capítulos, cada uno con sus respectivas secciones:

CAPÍTULO QUINTO DEL ORDENAMIENTO Y REGULACIÓN DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS

CAPÍTULO DÉCIMO DE LOS MONUMENTOS ARQUEOLÓGICOS, ARTÍSTICOS, HISTÓRICOS Y DE LAS ZONAS DE MONUMENTOS RELACIONADOS CON EL DESARROLLO URBANO EN EL ESTADO

CAPÍTULO DÉCIMO SEGUNDODEL CONTROL DEL DESARROLLO URBANO

CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERODE LA VIVIENDA

CAPÍTULO NOVENODEL DERECHO DE PREFERENCIA POR EL TANTO DEL ESTADO Y MUNICIPIOS

CAPÍTULO OCTAVODE LAS POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE SUELO Y RESERVAS TERRITORIALES

CAPÍTULO CUARTODE LOS PROGRAMAS MUNICIPALES SUBREGIONALES, DE ZONAS METROPOLITANAS Y ZONAS CONURBADAS DE DESARROLLO URBANO

CAPÍTULO TERCERO DE LOS PROGRAMAS MUNICIPALES DE DESARROLLO URBANO

CAPÍTULO SEGUNDO DEL PROGRAMA ESTATAL DE DESARROLLO URBANO

CAPÍTULO PRIMERODE LA PLANEACIÓN ESTATAL

CAPÍTULO SEXTODE LA FUNDACIÓN, CONSERVACIÓN, MEJORAMIENTO, CRECIMIENTO Y CONSOLIDACIÓN DE LOS CENTROS DE POBLACIÓN

CAPÍTULO SÉPTIMODE LOS PREDIOS BALDÍOS

II.

Aborda la temática de la Planeación Urbana y del Ordenamiento y Regulación Territorial de los Asentamientos Humanos.

CAPÍTULO QUINTO DE LA FUSIÓN Y SUBDIVISIÓN DE PREDIOS

CAPÍTULO OCTAVODE LOS CONJUNTOS HABITACIONALES Y COMERCIALES

CAPÍTULO CUARTODE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN E INFRAESTRUCTURA

CAPÍTULO TERCERO DE LAS TRANSMISIONES GRATUITAS EN LOS DESARROLLOS INMOBILIARIOS

CAPÍTULO PRIMERO BIS DE LAS FORMAS DE GARANTIZAR OBLIGACIONES POR LOS FRACCIONADORES Y/O DESARROLLADORES Y SU EFECTIVIDAD

CAPÍTULO SEGUNDO DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO Y SERVICIOS URBANOS EN LOS DESARROLLOS INMOBILIARIOS

CAPÍTULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO SEXTODE LOS FRACCIONAMIENTOS Y SUS CARACTERÍSTICAS

CAPÍTULO SÉPTIMODEL CONDOMINIO

III.

Se enfoca en establecer normas para autorizar, modificar, controlar y regularizar proyectos como fraccionamientos, condominios y conjuntos habitacionales. Entre los aspectos destacados de cada capítulo se encuentran:

CAPÍTULO TERCERO DE LOS ANUNCIOS

CAPÍTULO SEGUNDO DEL DICTAMEN DE USO DE SUELO, LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN, RIESGOS Y VULNERABILIDAD URBANA, VÍA PÚBLICA Y CONTEXTO DE IMAGEN URBANA

CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

IV.

Se enfoca en las normas y disposiciones que rigen las construcciones en terrenos públicos y privados, así como las reglas para su uso y destino, buscando un desarrollo armónico de las zonas urbanas. Se enfoca en regular las construcciones, desde los procesos para obtener autorizaciones y licencias, hasta las normas para el uso adecuado de la vía pública y la regulación de anuncios en diferentes contextos urbanos.

CAPÍTULO TERCERO DEL SISTEMA DE CAPTACIÓN

CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO SEGUNDO SISTEMA POR COOPERACIÓN

V.

Se centra en las Obras de Urbanización mediante el Sistema de Obras por Cooperación y Captación. Este título consta de tres capítulos, cada uno abordando aspectos clave del proceso de urbanización participativa.

CAPÍTULO TERCERO DEL DERECHO DE VÍA EN CARRETERAS Y CAMINOS

CAPÍTULO SEGUNDO DE LA CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS

CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

VII.

Aborda las normativas relacionadas con las Carreteras, Caminos y otras Vialidades. Este título consta de tres capítulos que detallan aspectos importantes en la planificación, construcción, conservación y derecho de vía de las vías de comunicación terrestre.

CAPÍTULO TERCERO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

CAPÍTULO TERCERO DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN

CAPÍTULO SEGUNDO DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

CAPÍTULO PRIMERO DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD

VIII.

Aborda aspectos relacionados con las Medidas de Seguridad, Sanciones, Procedimiento Administrativo y Medios de Impugnación. Este título se divide en tres capítulos, cada uno con sus respectivas secciones, que detallan los procesos y normativas importantes en materia de seguridad, infracciones, sanciones, procedimientos administrativos y medios de impugnación.

Graciaspor su atención

Aborda el Dictamen de Impacto en Movilidad, que es emitido por la Secretaría de Movilidad basado en un Estudio de Impacto en Movilidad. Este documento describe las características de operación y seguridad vial del proyecto, las acciones de integración y compensación, y determina su viabilidad en materia de movilidad.

Corriente de agua:

Una corriente de agua es un flujo natural de agua en movimiento, como un río, arroyo o canal. Puede ser permanente o temporal y desempeña un papel importante en la conformación del paisaje y la distribución de los recursos hídricos.

Espacio físico cuya función es facilitar el flujo del tránsito vehicular continuo o controlado por semáforo, entre distintas zonas de la Ciudad, con la posibilidad de reserva para carriles exclusivos.

Vialidad primaria:

  • Cuentan con camellón y con carriles destinados al transporte público y ciclovía.
  • Mayor flujo de tráfico
  • El flujo vehicular es controlado por semáforos.
  • El límite de velocidad es de 50km/h.
  • El volumen en la vía primaria es mayor a 800 vehículos por hora.

Vías ferreas:

Las vías férreas son sistemas de transporte que consisten en raíles colocados sobre una superficie de rodadura, utilizados para el desplazamiento de trenes. Estas vías permiten el transporte eficiente de mercancías y pasajeros a larga distancia y son parte fundamental de la infraestructura de transporte en muchas ciudades y regiones.

Espacio físico cuya función es permitir el acceso a los predios y facultar el flujo del tránsito vehicular no continuo. Sus intersecciones pueden estar controladas por semáforos.

Vialidad secundaria:

  • Cuentan con topes, reductores de velocidad o semáforos.
  • Se puede transitar a 40km/h como máximo.

Una zona de estudio se refiere a un área específica que es objeto de investigación, análisis y planificación. Esta zona puede corresponder a un barrio, una ciudad, una región o cualquier otro territorio delimitado con características particulares que se estudian para comprender su contexto, evaluar su potencial de desarrollo y proponer intervenciones urbanas.

Zona de estudio:

Se define el rol del Corresponsable en Ingeniería de Tránsito, quien es responsable de garantizar el cumplimiento del reglamento en los proyectos que elabora y presenta ante la Secretaría. Se establecen los requisitos para obtener esta responsabilidad y las obligaciones que conlleva, incluyendo la supervisión de la construcción del proyecto y la renovación anual de su registro.

En el Capítulo Segundo, se detallan los Planes y Programas en Materia de Movilidad.

Secciónprimera

Seccióncuarta

Seccióntercera

Secciónsegunda

Secciónsexta

Secciónquinta

Líneas de transmisión eléctrica:

Las líneas de transmisión eléctrica son estructuras que transportan electricidad a largas distancias desde las plantas generadoras hasta los puntos de consumo. Estas líneas están compuestas por cables conductores suspendidos en torres o postes, y son parte fundamental de la infraestructura eléctrica de una región.

Secciónprimera

Se centra en los proyectos que están sujetos a evaluación del impacto en movilidad.

Secciónsegunda

Detalla las autoridades responsables de aplicar y vigilar el cumplimiento del ordenamiento. En este capítulo se especifican las funciones y facultades de varias dependencias municipales: Ayuntamiento, presidente Municipal, Secretaría de Movilidad, Secretaría de Desarrollo Sostenible, Secretaría de Finanzas, Secretaría de Obras Públicas, Instituto Municipal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

El límite estatal es la frontera política y administrativa que separa los territorios de dos estados o entidades políticas. En el contexto de la arquitectura y el urbanismo, el límite estatal puede influir en la planificación y el desarrollo urbano, ya que puede implicar diferencias en las regulaciones, los servicios públicos y la gestión urbana entre los municipios situados en diferentes estados.

Límite estatal:

Un "hotel", se encuentra en "alojamientos". Es compatible con los siguientes usos de suelo y puede ser construido en cualquiera de estos: Mixto central, mixto primario, mixto secundario, mixto zona de monumentos, habitacional mixto densidad alta, habitacional mixto densidad media, habitacional mixto y zona de monumentos los usos de suelo restantes están prohibidos para este tipo de edificio.

Se refiere a cualquier masa de agua natural o artificial presente en un entorno urbano o rural. Puede incluir ríos, lagos, embalses, estanques, arroyos, entre otros. Los cuerpos de agua desempeñan un papel importante en el diseño urbano, ya que pueden proporcionar beneficios estéticos, recreativos y medioambientales.

Cuerpo de agua:

Caminos:

Los caminos son vías o rutas diseñadas para el desplazamiento de personas, vehículos y/o animales. Forman parte de la red de transporte y tienen como objetivo conectar diferentes puntos dentro de un área urbana o rural. Los caminos pueden ser carreteras, calles, avenidas, senderos, entre otros, y su diseño y ubicación se planifican considerando aspectos como el tráfico, la seguridad vial y la integración con el entorno urbano.

Detalla los aprovechamientos derivados del Dictamen de Impacto en Movilidad, que son montos determinados por la Secretaría para acciones de mitigación de efectos en la movilidad urbana. Se establecen plazos para el pago y consecuencias por falta de cumplimiento.

Canal:

Cauce de agua que puede ser natural, como ocurre en los deltas y áreas pantanosas, o artificial, lo más frecuente, cuando sirve para conducir las aguas destinadas a la irrigación de los campos de cultivo, el abasto a las poblaciones, el drenaje de las marismas o para la navegación fluvial. Por extensión, han adquirido esta denominación los pasos navegables interoceánicos debidos a grandes obras de ingeniería.

Abordando en sus secciones diversas instancias y sus respectivas funciones en el ámbito de la movilidad sostenible y la seguridad vial.

Secciónprimera

Seccióntercera

Secciónsegunda

Se enfoca en los Estudios en Materia de Movilidad, abordando los Estudios de Semaforización, Estudios de Ingeniería Vial y Estudios de Impacto en Movilidad. Estos estudios son fundamentales para la autorización y planificación de infraestructura vial, control de velocidad, transporte público y acciones urbanísticas, garantizando una movilidad eficiente y segura en el municipio.

Secciónprimera

Seccióntercera

Secciónsegunda

Las curvas de nivel son líneas imaginarias que unen puntos de igual elevación en un terreno o superficie topográfica. Estas curvas se utilizan para representar la forma y la pendiente del terreno en un mapa, lo que ayuda a comprender la topografía de un lugar.

Curvas de nivel:

Para utilizar la tabla de Normatividad por Zonificación en el Estado de Querétaro, primero necesitas identificar la zona específica en la que te encuentras o en la que estás interesado en desarrollar un proyecto.

Comercial y de Servicios densidad Muy Alta - Urbano - Altura máxima: 31.50 m - COS: 0.60 - CUS: 5.40 - Factor: 68 - Superficie mínima: 450.00 m2 - Frente mínimo: 20.00 m - Numero de niveles: 9 - Área libre: 0.40 - Literal: Mat Su nomenclatura quedaría de la siguiente manera: CS-9-40-Mat

Secciónprimera

Se establecen los lineamientos fundamentales que deben regir el diseño e implementación de políticas públicas, programas, obras y acciones relacionadas con la movilidad y el desarrollo urbano. Estos principios buscan orientar el diseño vial y urbano hacia un enfoque centrado en las personas, promoviendo la movilidad no motorizada y el uso del transporte público, así como garantizando la participación social, la equidad, la seguridad, la resiliencia, la sostenibilidad y la innovación tecnológica en el sistema de movilidad municipal.

Seccióncuarta

Seccióntercera

Secciónsegunda

La traza urbana se refiere al diseño y la configuración de las calles, avenidas y espacios públicos de una ciudad o área urbana. Incluye la planificación de la distribución y orientación de las vías de circulación, la ubicación de los edificios y las zonas verdes, así como la organización de los espacios peatonales.

Traza urbana:

Establece la necesidad de integrar los instrumentos de planeación en materia de ordenamiento territorial, ecológico, desarrollo urbano y movilidad urbana. Asimismo, destaca la importancia de garantizar políticas que promuevan la movilidad sostenible, la convivencia ciudadana y el desarrollo urbano adecuado.

Supongamos que estás interesado en abrir una tienda de ropa y calzado en una zona habitacional mixto. En este ejemplo simplificado, puedes ver que el uso de suelo "Comercio Venta de ropa y calzado" es compatible con "Habitacional Mixto". Esto significa que el uso de suelo es permitido para abrir una tienda de ropa y calzado en una zona habitacional mixta.

Se proporcionan las definiciones clave que orientarán la aplicación del Reglamento. Se incluyen conceptos dirigidos a garantizar la armonización de los proyectos con el entorno urbano y la reducción de impactos negativos.

Acueducto:

Construcción que permite la conducción de agua para el abasto de poblaciones. Actualmente se restringe su denominación solo a los puentes, normalmente con uno o varios pisos de arcos, que sustentan el caño por el que discurre el agua.

No. de viviendas = Superficie total del predio (ha) * Densidad (viv/ha)

Viviendas construibles por hectárea = densidad bruta

Habitacional mixto densidad alta Niveles: 4 HMA 4 CÁLCULO DEL NÚMERO DE VIVIENDAS

Detalla los estudios que la Secretaría puede requerir para evaluar adecuadamente el impacto potencial generado por acciones urbanísticas. Se mencionan una serie de estudios como aforos, niveles de servicio vehicular y peatonal, tiempos de recorrido, entre otros, que deben ser considerados en el proceso de evaluación.

Se enfoca en los Estudios de Impacto en Movilidad, también conocidos como Estudios de Impacto Vial. Estos estudios tienen como objetivo identificar cambios en las condiciones de operación y seguridad vial, estableciendo acciones de integración y mitigación para reducir efectos negativos y garantizar la integración adecuada del proyecto al entorno.

Habla sobre el Visto Bueno del Dictamen de Impacto en Movilidad, que es emitido por la Secretaría para validar el cumplimiento de acciones indicadas en el dictamen. Este visto bueno es requisito para la autorización de entrega de obras de urbanización y fraccionamientos, entre otros, una vez que se han cumplido los procedimientos y pagos correspondientes.

Se enfoca en las generalidades de la evaluación del impacto en movilidad. Se destaca la importancia de considerar desde el inicio del diseño de un proyecto su impacto en la movilidad, abordando aspectos como la movilidad peatonal, ciclista, transporte público y vial. Además, se establecen estrategias generales para el diseño de proyectos sostenibles e integrados a su entorno, la optimización de la red de movilidad existente, y la mitigación de impactos residuales.

Secciónprimera

El Capítulo Cuarto se enfoca en el "Seguimiento, Evaluación y Control de la Política, Programas, Proyectos y Acciones en Materia de Movilidad y Seguridad Vial". Se detallan varios instrumentos para esto, como el Sistema Municipal de Información para la Movilidad Urbana y Seguridad Vial, el Observatorio de Movilidad Urbana y Seguridad Vial, las Auditorías de Movilidad Urbana y Seguridad Vial, el Banco de Proyectos para la Movilidad Urbana y la Seguridad Vial, y el Anuario de Movilidad y Seguridad Vial.

Seccióncuarta

Secciónquinta

Seccióntercera

Secciónsegunda

El límite municipal es la frontera que delimita el territorio de un municipio o entidad local. Los límites municipales son importantes para la planificación urbana, ya que determinan la jurisdicción y la responsabilidad administrativa de cada municipio en términos de servicios públicos, regulaciones urbanas y desarrollo urbano.

Límite municipal:

Establece que las políticas de movilidad deben priorizar a los peatones, ciclistas, usuarios del transporte público y demás, en un esquema jerárquico que busca una movilidad no motorizada y un transporte público eficiente. También se detallan las causas de utilidad pública en materia de movilidad, incluyendo la creación de zonas de bajas emisiones y la evaluación de impacto en movilidad de nuevos desarrollos.

Trata sobre la elaboración de aforos para los Estudios de Impacto en Movilidad. Los aforos son conteos de elementos para obtener datos sobre personas o vehículos que transitan por un punto específico en ciertos horarios. Se detallan los procedimientos y condiciones para realizar aforos vehiculares, peatonales y ciclistas, así como su vigencia y supervisión.

Vialidad regional:

La vialidad regional se refiere a las carreteras, autopistas o infraestructuras viales que conectan diferentes regiones o áreas geográficas. Estas vías de comunicación permiten el transporte de personas y bienes entre distintos lugares y contribuyen al desarrollo económico y social de una región.

Carretera:

Vía que conecta distintos asentamientos y cuyo perfil, trazado y firme han sido acondicionados para que puedan circular vehículos con ruedas. Las carreteras son elementos fundamentales del orden territorial existente, tanto en su condición singular, pues cada una de ellas establece una marca o serial decisiva en el mismo, como formando una red que propicia la movilidad general y la accesibilidad de las distintas partes del territorio y la posible organización de un sistema integrado de transportes.

Secciónprimera

Detalla el Procedimiento para Evaluar el Impacto en Movilidad, dividido en dos secciones principales.

Secciónsegunda

Presenta los Principios Generales de la Red Vial, definiendo que las vialidades municipales deben ser sostenibles, promover la integración de la red peatonal, ciclista y de transporte público, proteger los sistemas ecológicos, promover la actividad social y económica, entre otros principios.

Se centra en la Coherencia y Conectividad del Subsistema Vial, estableciendo que las vialidades deben promover la accesibilidad, la integración social y la convivencia en espacios organizados, así como la conexión entre distintos usos de suelo.

Secciónprimera

Aborda la Integración Intermodal del Sistema de Movilidad, enfatizando la importancia de diseñar acciones urbanísticas que promuevan la movilidad no motorizada y el transporte público, priorizando la seguridad vial y la accesibilidad universal.

El Capítulo Sexto, por otro lado, se enfoca en la red vial del Municipio.

Secciónprimera

Secciónsegunda

Aborda detalladamente la infraestructura ciclista en el Municipio de Querétaro.

Secciónprimera

Secciónsegunda

Secciónprimera

Seccióntercera

Secciónsegunda

Se enfoca en los principios y componentes del diseño de la infraestructura peatonal, con el objetivo de crear un entorno seguro y accesible para los peatones. Se detallan los principios de diseño, como generar un entorno seguro, accesible y conectado para todos los usuarios a pie.

Secciónprimera

Seccióncuarta

Seccióntercera

Secciónsegunda

Secciónsexta

Se enfoca en las Instalaciones Complementarias para la Movilidad en las Edificaciones. Este capítulo está dividido en varias secciones que detallan los requisitos y condiciones mínimas para el diseño y funcionamiento de los estacionamientos de vehículos motorizados, tanto públicos como privados.

Secciónquinta

Secciónprimera

Seccióncuarta

Seccióntercera

Secciónsegunda

Secciónquinta

Se enfoca en las especificaciones técnicas para el diseño, instalación y mantenimiento de la infraestructura para semáforos.

Se refiere a los medios de impugnación de los actos administrativos emitidos por el Municipio, que pueden ser combatidos según lo dispuesto en la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado y la Ley de Enjuiciamiento de lo Contencioso Administrativo del Estado.

Se aborda el tema de la inspección y vigilancia, donde se especifica que las autoridades municipales pueden realizar visitas de inspección en cualquier momento para verificar el cumplimiento del reglamento. Se establecen las obligaciones de los propietarios y ocupantes de permitir el acceso y cooperar con las autoridades. También se menciona la posibilidad de solicitar el auxilio de la fuerza pública en caso de obstrucción.

Trata sobre las sanciones que pueden imponerse a quienes incurran en las infracciones mencionadas en el Capítulo anterior. Las sanciones incluyen la amonestación del registro, suspensión del registro y cancelación del registro. Se establece que la suspensión del registro debe ser de al menos un año natural, y la cancelación del registro será definitiva en casos de acumular tres amonestaciones en menos de un año o tres suspensiones en un periodo de cinco años. Además, se menciona el derecho de los ciudadanos a interponer denuncias por violaciones a las disposiciones del reglamento que consideren afecten la salud o seguridad de las personas.

Trata sobre la denuncia ciudadana, donde se establece el derecho de los ciudadanos a denunciar obras que consideren un riesgo para sus propiedades, los trabajadores o el medio ambiente. Además, se establece que las obras que no cumplan con el reglamento pueden ser denunciadas y estar sujetas a medidas preventivas y correctivas.

Aborda las infracciones que pueden cometer los Corresponsables de Ingeniería de Tránsito. Se detallan diversas conductas que constituyen infracciones, como realizar actividades que no concuerden con los conceptos de ética profesional, entregar información incompleta o falsa, obstaculizar el trabajo de la Secretaría de Movilidad, no atender acciones de integración o compensación, entre otras.

Aborda las medidas de seguridad y preventivas que pueden dictar las autoridades administrativas en el ámbito de su competencia. Estas medidas están encaminadas a evitar daños que puedan causar instalaciones, construcciones u obras que afecten la seguridad, salubridad, movilidad o salud pública. Las autoridades pueden aplicar medidas como la suspensión de trabajos, clausura temporal o definitiva de instalaciones, desocupación de inmuebles, entre otras. Se destaca que las medidas de seguridad son de ejecución inmediata y tienen un carácter preventivo, aplicándose sin perjuicio de las sanciones que correspondan.

Se establecen los principios que regirán el procedimiento administrativo, tanto iniciado de oficio como a petición de parte interesada. Además, se detalla que la autoridad administrativa tiene un plazo máximo de dos meses para resolver, de lo contrario se entenderán las resoluciones en sentido negativo.

Trata sobre las notificaciones en el procedimiento administrativo. Se establece que estas deben realizarse conforme a lo estipulado en el código de procedimientos civiles del estado y en la ley de procedimientos administrativos del estado de Querétaro. Además, se menciona que las notificaciones al interesado o su representante pueden realizarse de manera presencial, dándose por enterados del acto.

Aborda la concurrencia del Poder Ejecutivo del Estado y los Municipios en el desarrollo urbano y ordenamiento territorial. Aquí se establece que el Poder Ejecutivo, en coordinación con los Municipios, definirá acciones para la planeación y desarrollo urbano. Además, se menciona la promoción de políticas de infraestructura, equipamiento urbano, servicios públicos, gestión del suelo y accesibilidad universal. También se señala que existen asuntos de competencia concurrente entre el Poder Ejecutivo y los Municipios, donde se afecten los intereses o atribuciones de ambos órdenes de gobierno, según lo establecido por las leyes o por acuerdo entre ambas partes.

Secciónprimera

Seccióncuarta

Aborda las Autoridades y su Competencia en diversas áreas relacionadas con el planeamiento urbano, el desarrollo integral del territorio y la gestión de los procesos inmobiliarios y de construcción. Este capítulo se divide en varias secciones, cada una con su propio enfoque:

Seccióntercera

Secciónsegunda

Secciónsexta

Secciónséptima

Secciónquinta

Establece las disposiciones generales del Código, dejando claro que las normas son de orden público e interés social en todo el estado. Su objetivo principal es regular la distribución de la población y sus actividades, la planificación y fundación de centros de población, así como la autorización y recepción de desarrollos inmobiliarios. También se mencionan las bases para la planeación y regulación de asentamientos humanos, especificaciones para obras de urbanización, restricciones en caminos y carreteras, normas para construcciones y mobiliario urbano, entre otros temas.

Trata sobre los predios baldíos en zonas urbanizadas, definiéndolos como terrenos habilitados sin edificaciones. Establece que la adquisición de estos terrenos para el crecimiento y equipamiento de las poblaciones es de utilidad pública.

Enfocado en el Programa Estatal de Desarrollo Urbano, se detallan sus componentes esenciales, como la congruencia con los Planes Nacional y Estatal de Desarrollo, estrategias para el ordenamiento del territorio, acciones para el desarrollo sustentable, y conservación del patrimonio histórico y cultural.

Trata sobre los Programas Municipales Subregionales, de Zonas Metropolitanas y Zonas Conurbadas de Desarrollo Urbano. Estos programas tienen como objetivo ordenar y regular el crecimiento de los asentamientos humanos y actividades socioeconómicas. Son elaborados y controlados por los municipios, con declaratorias emitidas por el Poder Ejecutivo del Estado para áreas conurbadas o zonas metropolitanas. Se establecen convenios que detallan la participación de los actores involucrados y el proceso para su elaboración, modificación o cancelación.

Se abordan las políticas y programas de suelo y reservas territoriales para el desarrollo urbano. Se busca establecer políticas integrales para el suelo urbano, diseñar instrumentos operativos y promover la adquisición de suelo con infraestructura y servicios.

Sobre los Programas Municipales de Desarrollo Urbano, se describe que estos programas serán elaborados y gestionados por los propios Municipios, conteniendo elementos como la zonificación del territorio, el Sistema Normativo Municipal, estrategias para el desarrollo sustentable, creación de polígonos de actuación y protección, así como disposiciones para la participación ciudadana en su elaboración. Se menciona la posibilidad de formar Consejos Municipales de Desarrollo Urbano para facilitar la interacción entre distintos sectores en la elaboración de estos programas. También se detalla el proceso de convocatoria, consulta pública, elaboración, aprobación, publicación y modificación de estos programas.

Secciónprimera

Seccióncuarta

Seccióntercera

Secciónsegunda

Secciónquinta

Aborda la fundación, conservación, mejoramiento, crecimiento y consolidación de los centros de población.

Habla del derecho de preferencia del Estado y Municipios en la adquisición de terrenos considerados para reserva territorial en programas de desarrollo urbano. Establece los procedimientos y condiciones para ejercer este derecho.

Se detallan las disposiciones sobre la Planeación Estatal, donde se define este proceso participativo como orientado a la creación de instrumentos técnicos y jurídicos para la ordenación y regulación de los asentamientos humanos. Se establece el Sistema Estatal de Planeación Urbana, con programas como el Estatal de Desarrollo Urbano, Subregionales, de Zonas Metropolitanas, Municipales, de Centros de Población y Parciales. Además, se mencionan los programas sectoriales que pueden abordar aspectos como suelo, vivienda, conservación patrimonial, movilidad, vialidad, transporte, accesibilidad universal, equipamiento, servicios públicos y pluvial.

Se centra en el Ordenamiento y Regulación de los Asentamientos Humanos, estableciendo que es un proceso clave para la distribución equilibrada y sustentable de la población y las actividades económicas en el territorio estatal. También se declara el interés público y social en la regularización de asentamientos humanos irregulares, con la Legislatura del Estado facultada para expedir la ley correspondiente y establecer los requisitos y condiciones para su regularización.

Aborda la conservación y protección de monumentos arqueológicos, artísticos, históricos y zonas relacionadas con el desarrollo urbano. Se menciona la necesidad de acciones para su investigación, protección, conservación y restauración.

Se centra en la vivienda, definiendo los objetivos de satisfacer progresivamente el derecho a la vivienda, considerando la vivienda como factor de ordenamiento territorial y desarrollo urbano, entre otros puntos. Se detallan las competencias del poder ejecutivo del estado y los municipios en materia de vivienda y las normas para enajenaciones de reservas territoriales para programas de vivienda de interés social.

Secciónprimera

Seccióncuarta

Seccióntercera

Secciónsegunda

Trata sobre el "Control del Desarrollo Urbano", abordando las normativas y acciones destinadas a regular y promover un desarrollo urbano adecuado en el Estado de Querétaro. Aborda las medidas y organismos necesarios para regular y promover un desarrollo urbano sostenible, garantizando el cumplimiento de las normativas y la protección del medio ambiente en la entidad.

Secciónprimera

Seccióncuarta

Seccióntercera

Secciónsegunda

Secciónquinta

Aborda los Fraccionamientos y sus características, definiendo un fraccionamiento como la división de un terreno en lotes que requieren una o más calles para acceso, las cuales deben conectar con una vía de jurisdicción federal, estatal o municipal.

Se destaca que el desarrollador debe transmitir gratuitamente al Municipio el 10% de la superficie total del predio para equipamiento urbano, además de la propiedad de la superficie para la vialidad pública en fraccionamientos. Se menciona que para ciertos tipos de desarrollos, la superficie para equipamiento urbano puede estar fuera del predio y debe estar dentro del territorio municipal con servicios adecuados. El Municipio determina las zonas para el equipamiento urbano y se permiten permutas por predios urbanizados. También se detallan los porcentajes de áreas verdes, plazas, y otros equipamientos según la densidad de habitantes por hectárea.

Secciónprimera

Secciónséptima

Secciónquinta

Secciónsexta

Seccióncuarta

Seccióndécimoprimera

Seccióndécimosegunda

Seccióntercera

Seccióndécimotercera

Secciónsegunda

Seccióndécima

Seccióndécimoseptima

Seccióndécimonovena

Secciónnovena

Seccióndécimoctava

Secciónvigésima

Secciónoctava

Seccióndécimosexta

Seccióndécimoquinta

Seccióndécimocuarta

Trata sobre el Condominio, regulando su constitución, modificación, modalidades, administración y extinción del régimen de propiedad en condominio.

Este capítulo establece las bases para integrar los desarrollos inmobiliarios al entorno, conservar elementos naturales, y cumplir con programas de planeación y reglamentos municipales. Se enfatiza la garantía de abastecimiento de agua, servicios urbanos indispensables, y áreas destinadas a estacionamiento, comercio, recreación y vigilancia.

Se describen los procesos y requisitos para fusionar o subdividir predios urbanos y rústicos. Se especifica que la autorización de fusión o subdivisión es competencia del municipio donde se encuentren los predios. Se detallan casos en los cuales se permite la subdivisión, como apertura de vías públicas, programas de regularización, o solicitudes de autoridades. La solicitud para fusión o subdivisión debe incluir documentación sobre identidad y propiedad del solicitante, así como planos del estado actual y propuesto de los predios.

Se enfoca en los Conjuntos Habitacionales y Comerciales, definiendo el conjunto habitacional como un desarrollo inmobiliario de viviendas, y el conjunto comercial como uno de locales. Estos conjuntos pueden tener varias secciones y cuerpos, con obras de vialidad, equipamiento urbano y estacionamiento. Se destaca que los desarrollos incompletos bajo estas figuras pueden ser reconocidos como condominios. Además, se detalla que las modificaciones a estos conjuntos requieren cumplir con el Código, un dictamen técnico de la autoridad competente, y deben formalizarse en escritura pública e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad.

Se indica que las obras deben estar concluidas en un plazo máximo de dos años desde el inicio de la vigencia de la licencia. El desarrollador debe instalar señales de tránsito y placas de calles, y cubrir impuestos y derechos. También se menciona el pago de derechos de supervisión y la obligación de operar y mantener las obras hasta la entrega al municipio.

Este capítulo introduce las formas en que los fraccionadores y desarrolladores deben garantizar el cumplimiento de sus obligaciones. Se mencionan opciones como garantía hipotecaria, prendaria, depósito de dinero, carta de crédito, entre otros, que deben ser suficientes para asegurar el cumplimiento de las obligaciones.

Este capítulo introduce las formas en que los fraccionadores y desarrolladores deben garantizar el cumplimiento de sus obligaciones. Se mencionan opciones como garantía hipotecaria, prendaria, depósito de dinero, carta de crédito, entre otros, que deben ser suficientes para asegurar el cumplimiento de las obligaciones.

Secciónprimera

Seccióntercera

Secciónsegunda

Se aborda el proceso de obtener dictámenes de uso de suelo para construcciones, las licencias de construcción, y se detallan los requisitos y procedimientos para estas autorizaciones. También se establece la regulación sobre riesgos y vulnerabilidad urbana, uso de la vía pública, y la importancia de la imagen urbana.

Detalla el proceso para obtener permisos para la colocación de anuncios, las restricciones en su contenido, y la regulación sobre la instalación de anuncios en terrenos adyacentes a carreteras estatales y federales. También menciona la colaboración entre autoridades para la colocación de simbología turística.

Establece que las construcciones públicas deben contar con accesibilidad para personas con discapacidad. También indica que este título es aplicable como norma reguladora, y los municipios deben expedir reglamentos congruentes.

Describe el sistema de captación para las obras mencionadas en el artículo 367. En este sistema, las obras son financiadas a través de los tributos que las leyes impongan a aquellos que se beneficien específicamente de la obra. Se señala que las obras se realizarán de acuerdo con las leyes aplicables y los tributos se impondrán a quienes obtengan un beneficio particular de las mismas.

Establece las bases para la realización de obras de urbanización con participación ciudadana, mediante el sistema de cooperación y el sistema de captación. Las obras que pueden ser objeto de contribución incluyen apertura de vías públicas, pavimentación, seguridad vial, ornato urbano, infraestructura para discapacitados, ciclovías, agua potable, alumbrado público, entre otras. Las autoridades competentes son el poder ejecutivo del estado, la comisión estatal de infraestructura de Querétaro y los municipios.

Detalla cómo se pueden llevar a cabo las obras de urbanización mediante el sistema de cooperación. Se mencionan los requisitos para la realización de estas obras, como la formación de comités de cooperación, la solicitud por escrito con diversos documentos anexos, la evaluación de factibilidad, la aprobación en asamblea vecinal, y la contribución de los integrantes del Comité para el financiamiento de la obra. También se establecen los pasos para la convocatoria, realización y aprobación de la asamblea vecinal.

Se aborda el derecho de vía en carreteras y caminos, definiendo la franja de terreno necesaria para la construcción, conservación y uso adecuado de estas vías. La comisión estatal de infraestructura de Querétaro tiene la facultad de fijar la amplitud del derecho de vía, autorizar su uso y ocupación, así como llevar a cabo el registro de las vialidades de jurisdicción estatal. También se establecen las obligaciones de los propietarios de predios colindantes con el derecho de vía y las regulaciones para la colocación de anuncios, señalética y accesos carreteros.

Se establece el objetivo de regular acciones como la planeación, presupuestación, construcción y conservación de las vías de comunicación terrestre entre centros de población de jurisdicción estatal, así como las normas generales para vialidades urbanas. Se menciona específicamente la función de la comisión estatal de infraestructura de Querétaro y su relación con la ley, el código y demás disposiciones legales aplicables.

Se enfoca en la construcción de carreteras, donde la Comisión Estatal de Infraestructura de Querétaro tiene la responsabilidad de procurar el buen funcionamiento de la red de carreteras estatales. Se mencionan los análisis operacionales que se deben realizar, así como los objetivos de la modernización de las carreteras, que incluyen resolver problemas de congestión, disminuir costos de operación, impulsar el desarrollo regional, entre otros. También se detallan los criterios para la planeación, como considerar aspectos sociales, económicos, ambientales y de tránsito.

Secciónprimera

Secciónsegunda

Se enfoca en las Infracciones y Sanciones, dividido en dos secciones principales:

Se centra en las medidas de seguridad adoptadas por las autoridades del Estado o Municipios para evitar daños a la seguridad o salud pública, así como para el desarrollo urbano. Las medidas de seguridad son de inmediata ejecución y preventivas, incluyendo acciones como la suspensión de obras, clausura temporal de instalaciones, desocupación de inmuebles, entre otras. Se destaca la importancia de la notificación previa al interesado, salvo en casos de alto riesgo o emergencia.

Menciona los medios de impugnación disponibles para los actos administrativos de las autoridades del Estado y Municipios en la aplicación del Código Urbano. Estos medios de impugnación están previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado y la Ley de Enjuiciamiento de lo Contencioso Administrativo del Estado.

Secciónprimera

Secciónsegunda

En este capítulo se establecen las normativas para el procedimiento administrativo en relación con las infracciones al Código Urbano.