UNIDAD 8 Derecho Constitucional
Objetivos de la Unidad - Determinar qué es el Derecho Constitucional y su importancia en la vida diaria. - Identificar el concepto de Constitución, composición y tipología.
8.1 CONCEPTO El Derecho Constitucional es una de las ramas más importantes del Derecho tiene como objeto de estudio nuestra ley fundamental, la llamada Carta Magna o Constitución. El Derecho Constitucional es “el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de éstos entre sí y los particulares.”
Eduardo García Máynez Otros autores mencionan que el Derecho Constitucional es el conjunto de normas jurídicas que regula los órganos del Estado, la forma de gobierno y los Derechos Humanos.
8.2 Importancia del estudio del Derecho Constitucional El Derecho Constitucional conviene a todas las personas conocerlo, pero especialmente a aquéllos que están teniendo una formación profesional, ya que es menester que al ejercer no sólo su profesión si no en otras facetas de su vida lo hagan dentro del marco jurídico que establece la Constitución.
Conocer el Derecho Constitucional te permitirá aprender de los Derechos Humanos; por ejemplo el derecho a la igualdad, a la propiedad y a la seguridad. Conocerás que tienes permitido y que no, tanto en lo personal como en lo laboral al trabajar con personal. Como ya es de tu conocimiento, las normas jurídicas son coercitivas, es decir, en caso de que se incumplan habrá una sanción, así que como persona capaz y profesional deberás aplicar las normas que se relacionan con tu trabajo profesional.
8.3 Concepto y clases de Constitución La Constitución, es la “ley fundamental de un Estado que define el régimen básico de los derechos y libertades de los ciudadanos y los poderes e instituciones de la organización política”. A nuestra Constitución también se le conoce como: - ley fundamental, - ley o norma suprema, Carta Magna Podemos identificar a nuestra Constitución en dos sentidos: formal y material Formal: Documento solemne, en el cual se establecen las normas fundamentales de un Estado, es pues, el documento legal supremo de una Constitución. Material: Se refiere a ese conjunto de normas jurídicas, fundamentales que regulan la estructura y organización del Estado, así como los derechos fundamentales del hombre.
8.4 Partes de la Constitución. Dogmática, orgánica y social. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se encuentra dividida en la parte orgánica, dogmática y social. Orgánica: Es la que establece la estructura y fundamento del Estado y se encuentra en los artículos 49 a 122. Dogmática: En esta parte se establecen los Derechos Humanos que poseemos las personas, particularmente del artículo 1 al 29, así como el 123, 129 y 130.
Algunos derechos que contemplan estos artículos son el de la libertad, igualdad, seguridad, etc., siendo estos derechos fundamentales para la limitación al poder de los gobernantes. Social: Se enfoca a los derechos sociales, su finalidad es proteger a los más desfavorecidos de la sociedad, aquí se encuentran los derechos a la seguridad social, a la educación, etc.
8.5 Su supremacía La Constitución posee ciertos principios constitucionales importantísimos, que la diferencian de los demás ordenamientos jurídicos, uno de ellos es la supremacía. El punto de partida de toda norma jurídica es la Constitución, es decir, que la supremacía constitucional se refiere al principio básico del sistema jurídico mexicano, significa que todas las normas de nuestro país deben de estar de acuerdo con la Constitución, ir en el mismo sentido.
La Constitución no es cualquier norma; dentro de la pirámide Kelseniana, las normas jurídicas de menor jerarquía se encuentran en la base, pues son las de menor rango, en el tronco se encuentran las de rango o importancia intermedia y en la cúspide se encuentra la Constitución. La Constitución tiene un sistema de reforma diferente al resto de las leyes, este sistema es rígido lo cual la protege pues se necesita aplicar un sistema especial para reformarla.
La supremacía de la Constitución la establece la propia Constitución, así que no existe ninguna otra norma, jurídicamente hablando, superior, de hecho, los poderes están sujetos a ésta y todo el sistema jurídico. Así que, si alguna norma jurídica de rango inferior a la Constitución la contraviniera lo que dice ésta, sería declarada inconstitucional. En los últimos años se ha hablado de un bloque constitucional que encabeza las leyes mexicanas, el cual está formado por la Constitución y los preceptos emanados de los tratados internacionales sólo de Derechos Humanos. La Constitución tiene un sistema de reforma diferente al resto de las leyes, este sistema es rígido lo cual la protege pues se necesita aplicar un sistema especial para reformarla.
8.6 Su inviolabilidad Al ser la Constitución, la legislación más importante del sistema jurídico mexicano está protegida por el principio de inviolabilidad establecido en el artículo 136 de la propia Constitución, el cual se refiere a que la Constitución tiene tal fuerza normativa, que nadie tiene el derecho a desconocerla, ni revocarla, tampoco modificar el orden jurídico que establece, a menos que para su modificación o adición se realice el procedimiento especial al que hace referencia el artículo 135 de la propia Constitución.
8.7 Las Constituciones locales Como las distintas entidades federativas son autónomas, están facultadas para construir sus propias Constituciones, siempre y cuando se ajusten a lo estipulado en la Constitución Federal. Todas las entidades, incluyendo la capital han redactado su Constitución semejante a la Federal, aunque cada una de ellas tiene ciertas particularidades correspondientes a cada Estado, tomando en cuenta, por ejemplo, idiosincrasia, sus costumbres, etc. Las Constituciones locales contienen normas jurídicas que constituyen la ley fundamental del Estado donde se establece la estructura y organización del Estado. Ejemplo: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Conclusiones. - Recuerda que el Derecho Constitucional regula al Estado, el poder y los Derechos Humanos. Su objeto de estudio es la Constitución. - Nuestra Constitución es rígida y escrita y es la ley suprema de toda la nación, la cual está protegida por principios como el de supremacía - También está dividida en 3 partes: dogmática, orgánica y social.
Unidad 8 Derecho Constitucional
JOCELYN MARLENE PERE
Created on March 10, 2024
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UNIDAD 8 Derecho Constitucional
Objetivos de la Unidad - Determinar qué es el Derecho Constitucional y su importancia en la vida diaria. - Identificar el concepto de Constitución, composición y tipología.
8.1 CONCEPTO El Derecho Constitucional es una de las ramas más importantes del Derecho tiene como objeto de estudio nuestra ley fundamental, la llamada Carta Magna o Constitución. El Derecho Constitucional es “el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de éstos entre sí y los particulares.” Eduardo García Máynez Otros autores mencionan que el Derecho Constitucional es el conjunto de normas jurídicas que regula los órganos del Estado, la forma de gobierno y los Derechos Humanos.
8.2 Importancia del estudio del Derecho Constitucional El Derecho Constitucional conviene a todas las personas conocerlo, pero especialmente a aquéllos que están teniendo una formación profesional, ya que es menester que al ejercer no sólo su profesión si no en otras facetas de su vida lo hagan dentro del marco jurídico que establece la Constitución. Conocer el Derecho Constitucional te permitirá aprender de los Derechos Humanos; por ejemplo el derecho a la igualdad, a la propiedad y a la seguridad. Conocerás que tienes permitido y que no, tanto en lo personal como en lo laboral al trabajar con personal. Como ya es de tu conocimiento, las normas jurídicas son coercitivas, es decir, en caso de que se incumplan habrá una sanción, así que como persona capaz y profesional deberás aplicar las normas que se relacionan con tu trabajo profesional.
8.3 Concepto y clases de Constitución La Constitución, es la “ley fundamental de un Estado que define el régimen básico de los derechos y libertades de los ciudadanos y los poderes e instituciones de la organización política”. A nuestra Constitución también se le conoce como: - ley fundamental, - ley o norma suprema, Carta Magna Podemos identificar a nuestra Constitución en dos sentidos: formal y material Formal: Documento solemne, en el cual se establecen las normas fundamentales de un Estado, es pues, el documento legal supremo de una Constitución. Material: Se refiere a ese conjunto de normas jurídicas, fundamentales que regulan la estructura y organización del Estado, así como los derechos fundamentales del hombre.
8.4 Partes de la Constitución. Dogmática, orgánica y social. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se encuentra dividida en la parte orgánica, dogmática y social. Orgánica: Es la que establece la estructura y fundamento del Estado y se encuentra en los artículos 49 a 122. Dogmática: En esta parte se establecen los Derechos Humanos que poseemos las personas, particularmente del artículo 1 al 29, así como el 123, 129 y 130.
Algunos derechos que contemplan estos artículos son el de la libertad, igualdad, seguridad, etc., siendo estos derechos fundamentales para la limitación al poder de los gobernantes. Social: Se enfoca a los derechos sociales, su finalidad es proteger a los más desfavorecidos de la sociedad, aquí se encuentran los derechos a la seguridad social, a la educación, etc.
8.5 Su supremacía La Constitución posee ciertos principios constitucionales importantísimos, que la diferencian de los demás ordenamientos jurídicos, uno de ellos es la supremacía. El punto de partida de toda norma jurídica es la Constitución, es decir, que la supremacía constitucional se refiere al principio básico del sistema jurídico mexicano, significa que todas las normas de nuestro país deben de estar de acuerdo con la Constitución, ir en el mismo sentido.
La Constitución no es cualquier norma; dentro de la pirámide Kelseniana, las normas jurídicas de menor jerarquía se encuentran en la base, pues son las de menor rango, en el tronco se encuentran las de rango o importancia intermedia y en la cúspide se encuentra la Constitución. La Constitución tiene un sistema de reforma diferente al resto de las leyes, este sistema es rígido lo cual la protege pues se necesita aplicar un sistema especial para reformarla.
La supremacía de la Constitución la establece la propia Constitución, así que no existe ninguna otra norma, jurídicamente hablando, superior, de hecho, los poderes están sujetos a ésta y todo el sistema jurídico. Así que, si alguna norma jurídica de rango inferior a la Constitución la contraviniera lo que dice ésta, sería declarada inconstitucional. En los últimos años se ha hablado de un bloque constitucional que encabeza las leyes mexicanas, el cual está formado por la Constitución y los preceptos emanados de los tratados internacionales sólo de Derechos Humanos. La Constitución tiene un sistema de reforma diferente al resto de las leyes, este sistema es rígido lo cual la protege pues se necesita aplicar un sistema especial para reformarla.
8.6 Su inviolabilidad Al ser la Constitución, la legislación más importante del sistema jurídico mexicano está protegida por el principio de inviolabilidad establecido en el artículo 136 de la propia Constitución, el cual se refiere a que la Constitución tiene tal fuerza normativa, que nadie tiene el derecho a desconocerla, ni revocarla, tampoco modificar el orden jurídico que establece, a menos que para su modificación o adición se realice el procedimiento especial al que hace referencia el artículo 135 de la propia Constitución.
8.7 Las Constituciones locales Como las distintas entidades federativas son autónomas, están facultadas para construir sus propias Constituciones, siempre y cuando se ajusten a lo estipulado en la Constitución Federal. Todas las entidades, incluyendo la capital han redactado su Constitución semejante a la Federal, aunque cada una de ellas tiene ciertas particularidades correspondientes a cada Estado, tomando en cuenta, por ejemplo, idiosincrasia, sus costumbres, etc. Las Constituciones locales contienen normas jurídicas que constituyen la ley fundamental del Estado donde se establece la estructura y organización del Estado. Ejemplo: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Conclusiones. - Recuerda que el Derecho Constitucional regula al Estado, el poder y los Derechos Humanos. Su objeto de estudio es la Constitución. - Nuestra Constitución es rígida y escrita y es la ley suprema de toda la nación, la cual está protegida por principios como el de supremacía - También está dividida en 3 partes: dogmática, orgánica y social.