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Mapa conceptual del Patrimonio

Dara Jatniel Blas Gonzalez

Created on March 10, 2024

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MAPA CONCEPTUAL DEL PATRIMONIO

Activos

P. de la Humanidad

Pasivos

P. Cultural

PATRIMONIO

P. Ejidal

Tipos

Elementos

P. Familiar

Un subtítulogenial aquí

P. Nacional

Muebles e inmuebles

Contratos

Fuentes de las obligaciones

Bienes

Fungibles y No fungibles

Declaración Unilateral de Voluntad

Consumibles y No Consumibles

Responsabilidad Objetiva

Divisibles y No Divisibles

Enriquecimiento ílegítimos

Propiedad

Derechos Reales

Presentes y Futuros

Habitación

Hechos ilícitos

Usufructo

Prenda

Principales y Accesorios

Gestión de negocios

Uso

Mostrencos y Vacantes

Hipoteca

Servidumbre

Bibliografía y Referencias

Elaboró

Hechos ilícitos

El hecho ilícito es la conducta antijurídica y dañosa, la cual, impone a su autor la obligación de reparar los daños y engendra una responsabilidad civil. Estos hechos son aquellas conductas antijurídicas ejecutada por un sujeto con dolo que provoca el daño a ota persona, la cual, tiene derecho a la reparación del daño y para que esta proceda no se requiere que sea un delito, sólo que sea un hecho antíjurídico. Esta es otra forma de llamar a la responsabilidad subjetiva, la cual, se deriva de la culpa o deber de cuidado de una persona.

Elemento activo

Los bienes y derechos que integran el activo de una persona quedará constituido por derechos reales, personales o mixtos.

Elemento activo

Los bienes y derechos que integran el activo de una persona quedará constituido por derechos reales, personales o mixtos.

Elemento activo

Los bienes y derechos que integran el activo de una persona quedará constituido por derechos reales, personales o mixtos.

Contratos

De acuerdo con el Código Civil Federal, toman el nombre de contratos los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos. En otras palabras, los contratos son una especie de convenio, lo cual, es un acuerdo entre dos o más partes para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones. En el artículo 1796 del CCF, se establece que los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento,..., desde que se perfeccionan obligan a los contratantes, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a las consecuencias que, según su naturaleza, son conforme a la buena fe, al uso o a la ley. Ejemplos: contrato de obra, contrato laboral, contrato por arrendamiento.

Patrimonio Familiar

Es el conjunto de todos los bienes, derechos y obligaciones que tienes y has adquirido para tí y tu familia. El patrimonio de familia está integrado por un conjunto de bienes muebles e inmuebles que se constituye con el objeto de satisfacer las necesidades de subsistencia de los integrantes de la familia.

Instituto Tecnológico de la Construcción Maestria en Administración de la ConstrucciónMódulo de Planeación Patrimonial Mtra. Olga María Villalpando Hernández

Lic. Dara Jatniel Blas González

P. Cultural

Conjunto de bienes tangibles, intangibles y naturales que forman parte de prácticas sociales, a los que se les atribuyen valores a ser transmitidos, y luego resignificoados, de una época a otra, o de una generación a las siguientes.

El patrimonio cultural mueble incluye pinturas, esculturas, manuscritos, colecciones científicas, artefactos históricos, fotografías, películas, artesanías. El patrimonio cultural inmueble comprende monumentos, edificios, conjuntos arquitectónicos, sitios arqueológicos.

Fuentes de las obligaciones

Peñalilio (2013), las define como "los hechos o actos de donde las obligaciones surgen¨. El Poder Judicial estable que son fuentes de las obligaciones los actos y los hechos jurídicos que producen consecias jurídicas y en el Código Civil de la Federación se establece que las fuentes son los contratos, la declaración unilateral de la voluntad, el enriquecimiento ilegítimo, la gestión de negocios, las obligaciones que nacen de los actos ilícitos y riesgos profesionales. Sin embargo otros autores, establecen seis fuentes, las cuales son hechos ílicitos, enriquecimiento ílicito o sin causa, contratos, gestión de negocios y responsabilidad objetiva.

Elemento activo

Los bienes y derechos que integran el activo de una persona quedará constituido por derechos reales, personales o mixtos.

Prenda

La prenda es un derecho real de garantía que se puede constituir sobre determinados bienes de una persona que se obliga como deudor. Mediante un contrato de prenda, el acreedor podrá retener el bien que el deudor entrega como garantía hasta que cumpla con la obligación pactada.

Patrimonio Ejidal

El patrimonio ejidal está constituído por el conjunto de bienes que han sido entregados a las comunidades ejidales mediante restitución, dotación, permuta o constitución de centros de población, y por aquellos bienes añadidos por el trabajo de las propias comunidades. De acuerdo con el artículo 9 de la Ley Agraria, los núcleos de población ejidales o ejidos tienen personalidad jurídica y patrimonio propio y son propietarios de las tierras que les han sido dotadas o de las que hubieren adquirido por cualquier otro título.

Elemento activo

Los bienes y derechos que integran el activo de una persona quedará constituido por derechos reales, personales o mixtos.

Bienes fungibles

Los bienes fungibles son aquellos que pueden ser reemplazados por otros de la misma especie, calidad y cantidad, sin que se altere su valor o uso. Ejemplos de bienes fungibles son el dinero, los alimentos, los combustibles, entre otros.

Bienes no fungibles

Los bienes no fungibles son aquellos que tienen características únicas e irrepetibles, y no pueden ser intercambiados por otros de la misma especie, calidad y cantidad sin alterar su valor o uso. Ejemplos de bienes no fungibles son las obras de arte, los bienes históricos o culturales, los objetos de colección, entre otros.

Elemento activo

Los bienes y derechos que integran el activo de una persona quedará constituido por derechos reales, personales o mixtos.

Ejemplos

Esta fuente de obligación se emplean en:

  • Accidentes automotrices, en el cual, independiente de la responsabilidad penal, existe la responsabilidad de pagar daños a una persona, ya que, el vehículo es peligroso por la velocidad que desarrolla.
  • En el caso de los anestesiológos, se incurre en responsabilidad por daños al paciente por anestesia.

Enriquecimiento ilegítimo

El artículo 1882 del CCF señala que, el que sin causa se enriquece en detrimento (deterioro, daño o perjuicio) de otro, está obligado a indeminazarlo de su empobrecimiento en la medida que él se ha enriquecido. Por su parte, el artículo 1883 establece que cuando se reciba alguna cosa que no se tenía derecho de exigir y que por error ha sido indebidamente pagada, se tiene obligación de restituirla.

Bienes presentes

Son aquellos que pueden ser utilizados de inmediato por su propia existencia por ejemplo un carro.

Bienes futuros

Son aquellos que dependen de un lapso de tiempo para que pueden ser aprovechables debido a su inexistencia en ese momento, ejemplo de ellos son, bienes que adquirimos por sucesión y las cosechas.

Derechos reales

Los derechos reales, como su etimología lo dice (del latín realis, derivado de res, rei ‘cosa’), son los derechos que se constituyen sobre las cosas, en oposición a los derechos personales que se constituyen sobre las personas (derechos de hacer, o sobre su patrimonio). Los derechos reales no se constituyen sobre todas las cosas, sino sobre aquellas que son objeto de apropiación. A estas cosas que son objeto de apropiación se les denomina bienes.

Elemento activo

Los bienes y derechos que integran el activo de una persona quedará constituido por derechos reales, personales o mixtos.

P. de la Humanidad

Espacio que sustrae a la soberanía de los Estados y se atribuye a la humanidad en su conjunto, regido entre otros por el principio de su uso libre y pacífico, sometido en algún caso a un régimen internacional convencional de explitación de sus recursos. Estos patrimonios pueden ser pinturas, esculturas, manuscritos, sitios arqueológicos.

Servidumbre

De acuerdo con el artículo 1057 del CCF, establece que la servidumbre es un gravamen real impuesto sobre un inmueble en beneficio de otro perteneciente a distinto dueño. El inmueble a cuyo favor está constituida la servidumbre, se llama predio dominante; el que la sufre, predio sirviente.Es cuando un bien inmueble genera una obstrucción para otro bien inmueble, por lo tanto el propietario del obstructor debe proporcionar algún derecho de tránsito dentro del mismo, tal es el caso de las servidumbres de paso, servidumbres de acueducto, servidumbres de vista, etcétera. Por ejemplo, cuando un cable o tubería pasa por una propiedad privada, es una servidumbre de paso a favor de la empresa que hace la instalación.

Hipoteca

La hipoteca es un derecho real de garantía y de realización de valor, que se constituye para asegurar el cumplimiento de una obligación (normalmente el pago de un crédito o préstamo) sobre un bien inmueble, el cual aunque gravado, permanece en poder de su propietario.

Patrimonio Nacional

Los bienes del Patrimonio Nacional conforman una de las cuatro grandes categorías de bienes públicos junto cn los bienes de dominio público, los bienes patrimoniales y os bienes comunales. El patrimonio de un país está constituido por un conjunto de bienes y de valores, que pueden ser tanto de índole natural como cultural. Algunos ejemplos de ello son: la torre Eiffel en Francia, las pirámides de Tikal en las selvas de Guatemala, las esfinges y pirámides de Egipto, o la Gran Muralla China.

Ejemplo

Supongamos que uno de tus vecinos cambia de residencia y con el paso del tiempo, se descompone la chapa de la entrada de su casa, tú te acomides en reparar la chapa.

Patrimonio Ejidal

El patrimonio ejidal está constituído por el conjunto de bienes que han sido entregados a las comunidades ejidales mediante restitución, dotación, permuta o constitución de centros de población, y por aquellos bienes añadidos por el trabajo de las propias comunidades. De acuerdo con el artículo 9 de la Ley Agraria, los núcleos de población ejidales o ejidos tienen personalidad jurídica y patrimonio propio y son propietarios de las tierras que les han sido dotadas o de las que hubieren adquirido por cualquier otro título.

De la Declaración Unilateral de la Voluntad

Manifestación del consentimiento hecha por una autoridad competente del Estado, cualquiera que sea su forma, con la intención de producir efectos jurídicos obligatorios respecto de una situación concreta, de hecho o de derecho, con independencia de la conducta de otros sujetos respecto a tal declaración.

Bienes

En economía, es un elemento tangible o material destinado a satisfacer alguna necesidad del público y puede ser adquirido en el mercado a cambio de una contrapestración. En el derecho, se entiende por bien cualquier cods que puede ser objeto de apropiación, por lo tanto, tiene un valor económico y se encuenta dentro del comercio. En el artículo 47 del Código Civil Federal, pueden ser objeto de apropiación todas las cosas que no estén excluidas del comercio. En este código se encuentra regulado el Derecho de bienes, allí se establen las reglas que rigen todo lo relacionado con los bienes que integran el patrimonio de los individuos y determinar los derechos y obligaciones que el sujeto tiene sobre estos.

Elemento activo

Los bienes y derechos que integran el activo de una persona quedará constituido por derechos reales, personales o mixtos.

Elemento activo

Los bienes y derechos que integran el activo de una persona quedará constituido por derechos reales, personales o mixtos.

Habitación

El derecho de habitación es aquel derecho real que otorga a su titular el derecho a ocupar en un inmueble la parte necesaria para él y su familia, con la finalidad de satisfacer sus necesidades de vivienda.

Elemento activo

Los bienes y derechos que son activo de una persona quedarán constituido por derechos reales, personales o mixtos.

Elementos del patrimonio

Referente a los elementos del patrimonio son dos, el activo y el pasivo, los cuales se integran por el conjunto de bienes y derechos apreciables en dinero, y el pasivo por el conjunto de obligaciones y cargas susceptibles de valorización pecuniaria.

Bienes mostrencos

Son aquellos muebles abandonados y perdidos que se encuentren sin dueño aparente o conocido.

Bienes vacantes

Son aquellos inmuebles que no tienen dueño cierto o conocido.

Patrimonio Familiar

Es el conjunto de todos los bienes, derechos y obligaciones que tienes y has adquirido para tí y tu familia. El patrimonio de familia está integrado por un conjunto de bienes muebles e inmuebles que se constituye con el objeto de satisfacer las necesidades de subsistencia de los integrantes de la familia.

Responsabilidad objetiva

Consiste en la obligación de responder por los daños que se pueden causar a una persona cuando se hace uso de mecanismos, instrumentos, aparatos o sustancias peligrosas por sí mismos, por la velocidad que desarrollen por su naturaleza explosiva o inflamable, por la energía de la corriente eléctica que conduzcan o por otras causas análogas. La responsabilidad objetiva implica la obligación de resarcir un daño cuando este se causa como consecuenci del uso de un objeto peligroso.

Usufructo

En el ámbito jurídico, es el derecho a disfrutar bienes ajenos con la obligación de conservarlos. Es decir, sin ser el dueño de un bien, el usufructuario tiene su posesión y la posibilidad de utilizarlo y obtener sus frutos.El usufructo se clasifica en dos, según su duración preconcebida: temporal y vitalicio.

  • El usufructo temporal es aquel que tiene un período de duración establecido en su contrato y de antemano, al término del cual se vence, es decir que el derecho de goce y disfrute regresa al legítimo dueño de la cosa.
  • Un usufructo vitalicio tiene la duración de la vida entera del usufructuario, y sólo entonces regresará al dueño los derechos de disfrute de la cosa.

Elementos del Patrimonio

Referente a los elementos del patrimonio son dos, el activo y el pasivo, los cuales se integran por el conjunto de bienes y derechos apreciables en dinero, y el pasivo por el conjunto de obligaciones y cargas susceptibles de valorización pecuniaria.

El patrimonio neto es el valor de la empresa una vez se restan los activos y pasivos.

Bienes divisibles

Son aquellos que pueden ser reducidos en partes, sin que por ello se altere sensiblemente su forma, esencia o valor.Algunos ejemplos son las barras de metal, el dinero.

Bienes indivisibles

Son aquellos que no pueden ser partidos física o intelectualmente en porciones distintas porque al separar las partes del todo se inutilizan. Algunos ejemplos son animales, obras de arte o una casa.

Bienes principales

Bienes Principales, son aquellos que tienen una existencia propia e independiente.

Bienes accesorios

Bienes Accesorios, son aquellos que requieren de otro bien principal para existir.

Por ejemplo; un bien principal es una casa y los bienes accesorios son los electrodomésticos, el inodoro, los muebles, etc.

Definición

De acuerdo con Sánchez (2024), en economía el patrimonio se refiere a todo lo que una persona, grupo de personas o una empresa posee y utiliza para lograr sus objetivos. Esto incluye bienes como propiedades o dinero, derechos como patentes o marcas, y también obligaciones, como deudas o préstamos. Desde el punto de vista jurídico, patrimonio significa el conjunto de poderes y deberes apreciables en dinero que tiene una persona. Se utiliza la expresión poderes y deberes en razón de que no sólo los derechos subjetivos y las obligaciones pueden ser estimadas en dinero, ya que, también, lo son las facultades, las cargas y en ciertos casos, el ejercicio de la protestad, es decir, un valor pecuniario* (Diccionario Jurídico, 2001).

*Pecuniario: Según la RAE, el precio es “el VALOR pecuniario (relacionado al dinero) que se estima de algo”, en otras palabras y para nosotros es el «valor en dinero que le asignamos a un producto o servicio».

Diferencia entre cosa y bien

Todo lo que existe en la naturaleza y que se pueda tocar y apreciar materialmente, son cosas, pero dentro de las cosas, podemos calificar de bienes aquellas de las que el hombre puede apropiarse y le sirven para satisfacer sus necesidades, siempre y cuando no se encuentren excluidas del comercio. Algunos ejemplos son el sol, la luna, las estrellas.

P. Cultural

Conjunto de bienes tangibles, intangibles y naturales que forman parte de prácticas sociales, a los que se les atribuyen valores a ser transmitidos, y luego resignificoados, de una época a otra, o de una generación a las siguientes.

El patrimonio cultural mueble incluye pinturas, esculturas, manuscritos, colecciones científicas, artefactos históricos, fotografías, películas, artesanías. El patrimonio cultural inmueble comprende monumentos, edificios, conjuntos arquitectónicos, sitios arqueológicos.

Uso

El derecho de uso es un derecho real mediante el cual el titular de este derecho tiene la facultad de utilizar un bien ajeno (es decir, perteneciente a otra persona) que no sea consumible y con el objetivo de satisfacer sus necesidades y las necesidades de su familia.

Elemento activo

Los bienes y derechos que integran el activo de una persona quedará constituido por derechos reales, personales o mixtos.

Gestión de negocios

El artículo 1896 del CCF, define la gestión de negocios como "El que sin mandato y sin estar obligado a ello, se encarga de un asusnto de otro, debe obrar conforme a los intereses del dueño del negocio". La gestión de negocios como una fuente de obligación cuando existe la intromisión intencional de una persona que carece de mandato y de obligación legal en los asuntos de otros con el proposito altruista de evitarle daños o producirle beneficios.

Elemento pasivo

El pasivo se constituye por obligaciones o deudas que son el aspecto pasivo de los derechos personales, es decir, contemplados desde la posición del deudor, y cargas u obligaciones reales

Bibliografía y referencias

Adame, J. (2022). El concepto jurídico de bienes. Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.Arce, J. (2023). De los Bienes (10.ª ed.). Ed: Porrúa México. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2024). Código Civil Federal. Reformado el 17 de enero de 2024, Consultado el 11 de marzo de 2024. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CCF.pdf Campos, M. (2023). Bienes y derechos reales (2.ª ed.). Ed: Iure Editores. Colegio de Notarios del Distrito Federal. (2014). Revista Mexicana de Derecho. Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. De Pina, R. (2004). Elementos del Derecho Civil Mexicano. México: Porrúa. Gutiérrez, E. El patrimonio. Ed Porrúa, México, 1999. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Diccionario Jurídico Mexicano (2001). Ed: Porrúa, México. Rojina, R. (2005). Derecho Civil Mexicano. México : Porrúa.

Bienes inmuebles

Se caracterizan por estar inmovilizados desde el inicio de su existencia, sin intervención humana, es decir, no pueden trasladarse o cambiar de ubi cación, ejemplo: un terreno, una casa o un cerro.

Bienes muebles

Bienes que pueden ser trasladados sin alterar su naturaleza o calidad, estos pueden ser acciones, dinero, joyas, autos, obras de arte, animales e instrumentos musicales. También, se consideran bienes muebles los documentos donde consta la adquisición de derechos personales (contrato de renta).

Ejemplos

Esta fuente de obligación se emplea cuando:

  • Se realiza una transferencia al número de cuenta equivocado, con este tipo de fuente puede exigirse una solución.
  • Suponiendo que un perro se suelta y muerde a alguien, el dueño tiene la obligación de ternelo con correa y, en ciertos casos con bozal, sin embargo, tendrá que pagar los daños causados a la persona que sufrió la mordida.

Propiedad

Propiedad es el derecho que tiene una persona para gozar y disponer de sus bienes.

Bienes consumibles

Los bienes consumibles son aquellos que, debido a su naturaleza, se extinguen o perecen tras su primer uso, o bien que pierden toda individualidad posible cuando un sujeto deja de poseerlos. Ejemplo de ello es la comida, bebidas, medicinas, dinero, combustible.

Bienes no consumibles

Son aquellos que pueden utilizarse en reiteradas ocasiones sin padecer en el proceso otro desgaste que propio y natural del uso mismo y del transcurso del tiempo. Algunos ejemplos son; ropa, calzado, vehículos, maquinaría, electrodomésticos y aparatos tecnológicos.