John RawlsEn defensa de la igualdad
Capítulo VI - Justicia, ¿Hacemos lo qué debemos?
Por: Raquel Domínguez, Adán Golás y Natalia Gómez.
El contrato social
Jean Jacques Rousseau 1712-1778
Thomas Hobbes 1588-1679
John Locke 1632-1704
Immanuel Kant 1724-1804
- ¿Por qué estamos obligados a obedecer la ley?
- ¿Cómo podemos decir que nuestro gobierno se cimienta en el consentimiento de los gobernantes?
John Rawls 1921-2002
1724-1804
1632-1704
Immanuel Kant Consentimiento hipotético
John Locke Consentimiento tácito
“Mi objetivo es presentar una concepción de la justicia que generalice y lleve al más alto nivel de abstracción la teoría familiar del contrato social tal y como se puede encontrar en Locke, Rosseau y Kant”.
- John Rawls -
1921-2002
- Universidad de Princeton - Doctorado en Filosofía.
- Profesor de filosofía política en Harvard.
- Rawls fue reconocido con el Premio Schock para lógica y filosofía.
- Teoría de la justicia (1971).
- Liberalismo político (1993).
- La ley de los pueblos (1999).
- Justice as Fairness: A Restatement (2001).
Obras
Propuesta de Rawls de contrato social
1.
3.
2.
Problemas: las personas tenemos intereses diversos que influirán al elegir esos principios.
El velo de la ignorancia
1. Acuerdo hipotético. 2. Ciudadanos en situación de igualdad. 3. No saben nada sobre quienes son: NO CONDICIONANTES.
Los principios elegidos
1. "Cada persona ha de tener un derecho igual al más extenso sistema total de libertades básicas compatible con un sistema similar de libertad para todos"
2.Las desigualdades económicas y sociales han de ser estructuradas de manera qua sean para mayor beneficio de los menos aventajados, de acuerdo con un principio de ahorro justo unidos a los cargos y las funciones asequibles a todos, en condiciones de justa igualdad de oportunidades .
Los límites de su teoría
2ª Límite
1º Límite
3º Límite
¿Imaginemos el contrato perfecto?
AUTONOMÍA
DOS IDEALES
RECIPROCIDAD
Principios de la justicia
LOREM IPSUM
Utilitarismo
Principio de la diferencia
Libertarismo
La arbitrariedad moral
Teorías de la justicia distributiva
IGUALITARISMO
LIBERTARISMO
SISTEMA FEUDAL O DE CASTAS
MERITOCRACIA
OBJECIONES AL PRINCIPIO DE DIFERENCIA
LOREM IPSUM
Esfuerzo
Incentivos
- Las circunstancias familiares y sociales afectan a la disposición de esforzarse de una persona
- Requisito:beneficiar a los más desfavorecidos
Distinción entre merecimiento moral y el derecho a las expectativas legítimas
DERECHO A LAS EXPECTATVAS LEGÍTIMAS
MERECIMIENTO MORAL
- Las personas tienen derecho a esperar que las instituciones sociales cumplan con ciertas promesas o acuerdos implícitos
- Las personas merecen recompensas o castigos en función de sus acciones, virtudes o esfuerzos individuales.
CRÍTICA A RAWLS
Robert Nozick
Alasdair MacIntyre
Michael Sandel
¡Gracias!
Debate
ÍNDIE
- ¿Consideraís qué los territorios ricos deberían sustentar a los más pobres? Por ejemplo, en la actualidad hay una situación de sequía y hay muchos territorios que tienen mucho agua y otros no y se niegan a hacer trasvase a los que no tienen.
- ¿Por qué un futbolista masculino cobra más que una femenina? Por ejemplo, Cristiano Ronaldo VS Alexia Putellas o cualquier tipo de discriminación salarial por cuestiones de género.
- ¿Cuál es el papel de la educación en la meritocracia? ¿Realmente todos tienen las mismas oportunidades de acceso a una educación de calidad?
"Le voy a hacer una oferta que no podrá rehusar"
¡El consentimiento por sí solo no basta!
Los contratos tienen dos ideales, que en la práctica pueden ser imperfectos:
- Autonomía: son actos voluntarios que expresan voluntad; nuestra autonomía.
- Reciprocidad: la obligación consiste en beneficio mutuo.
Los términos de un contrato pueden no ser siempre equitativos; algunos acuerdos aunque sean voluntarios no son mutuamente beneficiosos.
Acuerdo hipotético
El acuerdo que propone Rawls es una hipótesis, no se produce en la realidad. Base contractualista de Kant.
Ejemplo: contrato social entre humanos y alienígenas.
Martha Nussbaum
Mercado libre con igualdad formal de oportunidades
Corrige la desigual distribución de aptitudes sin perjudicar a quienes los poseen y deben compartirlo con quienes carecen de ellas
David Hume y el consentimiento no esencial.
Hume critíca la idea de contrato social, para él es: "Una ficción filosófica que nunca tuvo y nunca podría tener la menor realidad y una de las operaciones más misteriosas e incomprensibles que sea posible imaginar."
Obligaciones que se basan puramente en el benefio.
1711-1776
¿Rozan la extorsión?
¿Cristiano Ronaldo se pasaría menos horas ensayando tiros libres o penaltis o se retiraría antes?
Distribución renta, oportunidades y poder conforme al nacimiento
Mercado libre con igualdad de oportunidades equitativa
- Michael: niño con riqueza
- Alex:niño pobre
John Rawls - En Defensa de la igualdad.
Raquel Domínguez
Created on March 10, 2024
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John RawlsEn defensa de la igualdad
Capítulo VI - Justicia, ¿Hacemos lo qué debemos?
Por: Raquel Domínguez, Adán Golás y Natalia Gómez.
El contrato social
Jean Jacques Rousseau 1712-1778
Thomas Hobbes 1588-1679
John Locke 1632-1704
Immanuel Kant 1724-1804
John Rawls 1921-2002
1724-1804
1632-1704
Immanuel Kant Consentimiento hipotético
John Locke Consentimiento tácito
“Mi objetivo es presentar una concepción de la justicia que generalice y lleve al más alto nivel de abstracción la teoría familiar del contrato social tal y como se puede encontrar en Locke, Rosseau y Kant”.
- John Rawls -
1921-2002
Obras
Propuesta de Rawls de contrato social
1.
3.
2.
Problemas: las personas tenemos intereses diversos que influirán al elegir esos principios.
El velo de la ignorancia
1. Acuerdo hipotético. 2. Ciudadanos en situación de igualdad. 3. No saben nada sobre quienes son: NO CONDICIONANTES.
Los principios elegidos
1. "Cada persona ha de tener un derecho igual al más extenso sistema total de libertades básicas compatible con un sistema similar de libertad para todos"
2.Las desigualdades económicas y sociales han de ser estructuradas de manera qua sean para mayor beneficio de los menos aventajados, de acuerdo con un principio de ahorro justo unidos a los cargos y las funciones asequibles a todos, en condiciones de justa igualdad de oportunidades .
Los límites de su teoría
2ª Límite
1º Límite
3º Límite
¿Imaginemos el contrato perfecto?
AUTONOMÍA
DOS IDEALES
RECIPROCIDAD
Principios de la justicia
LOREM IPSUM
Utilitarismo
Principio de la diferencia
Libertarismo
La arbitrariedad moral
Teorías de la justicia distributiva
IGUALITARISMO
LIBERTARISMO
SISTEMA FEUDAL O DE CASTAS
MERITOCRACIA
OBJECIONES AL PRINCIPIO DE DIFERENCIA
LOREM IPSUM
Esfuerzo
Incentivos
Distinción entre merecimiento moral y el derecho a las expectativas legítimas
DERECHO A LAS EXPECTATVAS LEGÍTIMAS
MERECIMIENTO MORAL
CRÍTICA A RAWLS
Robert Nozick
Alasdair MacIntyre
Michael Sandel
¡Gracias!
Debate
ÍNDIE
- ¿Consideraís qué los territorios ricos deberían sustentar a los más pobres? Por ejemplo, en la actualidad hay una situación de sequía y hay muchos territorios que tienen mucho agua y otros no y se niegan a hacer trasvase a los que no tienen.
- ¿Por qué un futbolista masculino cobra más que una femenina? Por ejemplo, Cristiano Ronaldo VS Alexia Putellas o cualquier tipo de discriminación salarial por cuestiones de género.
- ¿Cuál es el papel de la educación en la meritocracia? ¿Realmente todos tienen las mismas oportunidades de acceso a una educación de calidad?
"Le voy a hacer una oferta que no podrá rehusar"
¡El consentimiento por sí solo no basta!
Los contratos tienen dos ideales, que en la práctica pueden ser imperfectos: - Autonomía: son actos voluntarios que expresan voluntad; nuestra autonomía. - Reciprocidad: la obligación consiste en beneficio mutuo.
Los términos de un contrato pueden no ser siempre equitativos; algunos acuerdos aunque sean voluntarios no son mutuamente beneficiosos.
Acuerdo hipotético
El acuerdo que propone Rawls es una hipótesis, no se produce en la realidad. Base contractualista de Kant.
Ejemplo: contrato social entre humanos y alienígenas.
Martha Nussbaum
Mercado libre con igualdad formal de oportunidades
Corrige la desigual distribución de aptitudes sin perjudicar a quienes los poseen y deben compartirlo con quienes carecen de ellas
David Hume y el consentimiento no esencial.
Hume critíca la idea de contrato social, para él es: "Una ficción filosófica que nunca tuvo y nunca podría tener la menor realidad y una de las operaciones más misteriosas e incomprensibles que sea posible imaginar."
Obligaciones que se basan puramente en el benefio.
1711-1776
¿Rozan la extorsión?
¿Cristiano Ronaldo se pasaría menos horas ensayando tiros libres o penaltis o se retiraría antes?
Distribución renta, oportunidades y poder conforme al nacimiento
Mercado libre con igualdad de oportunidades equitativa