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Gestión de Recuperación de Créditos Individuales, Vivienda y Adicional Grupal

La recuperación preventiva y administrativa es aquella que debe realizarse de 0 a 59 días de atraso, con la finalidad de evitar que los créditos pasen a la siguiente banda de morosidad, lo anterior con la premisa básica de una sana colocación y el seguimiento oportuno desde los primeros días de mora. Administrar responsablemente la cartera nos permite disminuir potencialmente la cartera vencida y evitar pérdidas financieras.

Recuperación Etapa Preventiva

El Asesor de Crédito y Recuperación deberá realizar llamadas telefónicas, envió de mensajes de texto SMS o WhatsApp al socio, mencionando la próxima fecha de pago, debiendo realizar esta actividad cuando el crédito se encuentre en 0 días y con al menos dos días de anticipación a su fecha de pago. Así también es obligación del Asesor de Crédito y Recuperación, anexar al sistema informático las evidencias de la gestión realizada. Adicionalmente la coordinación de recuperación preventiva y administrativa enviará mensajes PUSH un día antes del vencimiento de cada pago de socios que se encuentren al corriente. Banda 1 (0 días mora). En esta etapa se deberá realizar actividades como llamadas telefónicas, envío SMS o WhatsApp, envío de recordatorio de pago a los socios.

Recuperación Etapa Administrativa

Este proceso debe ser aplicado por el Asesor de Crédito y Recuperación a partir de 1 a 59 días de mora, iniciando con las siguientes actividades:

Banda 2 (1 a 7 días de mora).

a)

Durante este periodo el usuario asignado al crédito deberá realizar cobranza vía telefónica o mensaje SMS y/o WhatsApp al socio.

b)

Cuando el número telefónico proporcionando por el socio entre directo a buzón se deberá marcar a las referencias con el único objetivo de obtener información acerca de algún nuevo número telefónico del socio; en ningún caso se realizarán gestiones de cobro a las referencias ingresadas al sistema.

c)

Es obligación del Asesor de Crédito y Recuperación mantener actualizada la información de localización de cada uno de los socios de su cartera en el sistema informático (número telefónicos y domicilios del socio y sus avales, o cualquier otra información que contribuya a la ubicación del deudor).

Banda 3 (8 a 30 días de mora).

a. En este periodo se requerirá el pago al socio y aval(es) vía telefónica y, en caso de no obtener respuesta favorable, se deberá requerir el pago al socio en su domicilio. Se deberá utilizar el documento “Carta invitación de pago” mismo que se puede imprimir en el sistema informático las veces que sean necesarias.

b. En esta fase se debe de contar con al menos dos evidencias de las gestiones de cobranza efectuada al socio y/o avales, realizadas en fechas diferentes y digitalizados en el sistema informático en el apartado de cobranza.

Una vez que el crédito cumpla los 59 días de morosidad, el crédito deberá cumplir como mínimo con las evidencias señaladas en el recuadro siguiente, mismas que se deberán encontrar digitalizadas en el sistema informático y de manera física en el expediente físico del socio cuando aplique.

e)
c)
d)
b)
a)

Banda 4 (31 a 59 días de mora).

Nota

En caso de que el crédito retroceda de banda por el pago de la(s) cuotas vencidas(s), deberá continuar con la gestión de recuperación de acuerdo con el recuadro anterior.

ETAPA DE COBRANZA ADMINISTRATIVA CRÉDITOS INDIVIDUALES, DE VIVIENDA Y ADICIONAL GRUPAL

Recuperación Etapa Extrajudicial

Es aquella que se realiza a partir de los 60 hasta los 360 días de mora, en caso de que se tenga convenio de pago podrá exceder los días, en esta etapa el Asesor de Crédito y Recuperación contara con el apoyo del Gestor de Recuperación (cuando exista la figura), el Gerente de Sucursal y/o el Coordinador de Recuperación Extrajudicial

i)
g)
h)
f)

Es responsabilidad del Asesor de Crédito y Recuperación, Gestor de Recuperación y/o Gerente de Sucursal, la recuperación de las amortizaciones vencidas o por lo menos recuperar una cuota, con la finalidad de evitar el pase a cartera vencida.

e)
c)
d)
b)
a)

De 60 a 70 días mora.

En caso de que el crédito retroceda de banda por el pago de la(s) cuotas vencidas(s), deberá continuar con la gestión de recuperación de acuerdo con el recuadro anterior.

ETAPA DE COBRANZA ADMINISTRATIVA CRÉDITOS INDIVIDUALES, DE VIVIENDA Y ADICIONAL GRUPAL

Podrá aceptar bienes en dación en pago para liquidar las cuotas vencidas.

d)

En caso de no tener avales, exigirá el pago de las cuotas vencidas al socio, el mismo día que se acude

c)

De 71 a 80 días mora.

a)

El Gestor de Recuperación deberá seguir exigiendo el pago de las cuotas vencidas, utilizando los diferentes tipos de estrategias, ejemplos: horarios de gestión de recuperación, domicilios donde realizar las gestiones, acudir a instituciones alternativas de mediación, proponer al socio la renovación o restructura del crédito de acuerdo con las políticas vigentes del manual de crédito.

b)

Continuar realizando la confrontación con el objetivo principal de recuperar las cuotas vencidas, y reiterar el compromiso de pago con el socio y en su caso el pago obligatorio de sus avales.

En esta etapa se podrá utilizar el documento “Requerimiento de pago extrajudicial”.

h)

Cuando se trate de créditos destinados a la compra de unidad de motor, y la factura se encuentre en resguardo de la sucursal, el gestor deberá localizar el bien por los medios a su alcance y solicitar la entrega del bien.

g)

De 71 a 80 días mora.

e)

El Gestor de Recuperación acudirá al centro de trabajo (con previa autorización del socio) y/o negocio de socios y avales para solicitar el pago de las cuotas vencidas. Ubicado en el centro de trabajo el Gestor de Recuperación evitara mencionar a la Cooperativa a personas ajenas al acreditado y/o aval, con la finalidad de garantizar una gestión personalizada.

f)

El Gestor de Recuperación de no lograr concretar con el acreditado y/o aval el convenio de pago, los siguientes requerimientos los realizará en el centro laboral y/o negocio indicará que va de Cooperativa Acreimex, mostrando su gafete sin indicar el motivo por el que acude.

h)
f)
g)
e)
d)
c)
b)
a)

De 81 a 89 días mora.

c) Se identificarán los factores que causaron el vencimiento del crédito y se analizará que sean susceptibles para la aplicación de la condonación de intereses, preferentemente para la liquidación del crédito, apegándose en todo momento a los lineamientos establecidos en el presente manual.

d) Podrá realizar un convenio formal de pago, observando en todo momento que el retorno del efectivo sea lo antes posible, considerando la proporción entre saldo, tiempo y capacidad de pago.

Cartera vencida

a) Es responsabilidad del Asesor de Crédito y Recuperación, Gestor de Recuperación y/o Gerente de Sucursal, obtener de esta gestión la recuperación del total de las amortizaciones vencidas o en su caso la liquidación del crédito.

b) Exigirá al socio y/o avales la liquidación del crédito o en su defecto regularizarlo en caso contrario poder negociar el pago de la deuda de acuerdo con la capacidad de pago actual.

g) La solicitud de dictamen de crédito y, en su caso, la solicitud de aplicación a la reserva, deberán ser enviadas al correo de la Gerencia de Recuperación, digitalizadas en el sistema informático e integradas al expediente físico del socio.

Cartera vencida

e) Podrá aceptar bienes en dación en pago, únicamente para la liquidación del crédito, en caso contrario se deberá solicitar el visto bueno de la Gerencia de Recuperación Extrajudicial.

f) Una vez cumplidos los 360 días de morosidad y la cuenta no tenga movimientos de depósitos y/o pagos, el Gestor de Recuperación, Gerente de Sucursal o Coordinador de Recuperación Extrajudicial, solicitará, mediante el dictamen correspondiente, que el crédito sea turnado a la Gerencia de Recuperación Judicial, tomando a consideración lo siguiente:

Info

A continuación, se detalla la evidencia mínima que deberá de contener el expediente de crédito de manera digital en el sistema informático y física en el expediente (cuando aplique), de acuerdo con los días de morosidad. En caso de que exista un convenio firmado por escrito que se esté cumpliendo de manera puntual, a partir de la suscripción de este, no será necesario digitalizar las evidencias señaladas de acuerdo con sus días de morosidad.

COBRANZA ETAPA EXTRAJUDICIAL CRÉDITOS INDIVIDUALES, DE VIVIENDA Y ADICIONAL GRUPAL

Cuando el crédito se proponga para ser turnado para su cobro legal o para ser aplicado contra la reserva crediticia, deberá contar con todas las evidencias de la tabla anterior, siendo la última no mayor a un mes de antigüedad.

Es responsabilidad del Gestor de Recuperación, realizar la primera gestión de recuperación en conjunto con el Asesor de Crédito y Recuperación o con quien tenga asignada la cuenta, con la finalidad de lograr la pronta ubicación de los domicilios, centro de trabajo y/o lugares en donde sea localizables los socios y avales.

Todo crédito que avance a la etapa de recuperación extrajudicial, el seguimiento se deberá a pegar a lo descrito en el manual de recuperación vigente.

En esta fase se debe de contar con al menos tres evidencias de las gestiones de cobranza efectuadas al socio y/o avales, realizadas en fechas diferentes y digitalizadas en el sistema informático en el apartado de cobranza.

Realizada la confrontación, el objetivo principal es recuperar el crédito, y reiterar el compromiso de pago con el socio y en su caso el pago solidario de sus avales.

En esta fase se debe de contar con al menos tres evidencias de las gestiones de cobranza efectuadas al socio y/o avales, realizadas en fechas diferentes y digitalizadas en el sistema informático en el apartado de cobranza.

En casos de regresar lo créditos a menos de 59 días mora, será responsabilidad del asesor del producto dar el seguimiento oportuno, evitando nuevamente el pase a la etapa extrajudicial, dejando evidencias fehacientes de las gestiones realizadas, en caso de incumplimiento a este punto será acreedor a la sanción correspondiente.

El Gestor de Recuperación con apoyo del Asesor de Crédito responsable de la cuenta y/o Gerente de Sucursal, realizará una confrontación entre el socio y los avales, exigiendo el pago de las amortizaciones vencidas con la finalidad de regularizar la cuenta lo más pronto posible.

El Gestor de Recuperación deberá identificar los bienes muebles o inmuebles con los que cuenta el socio y/o avales, que puedan fungir como dación en pago y con ello lograr la liquidación del adeudo.

En esta etapa se podrá utilizar el documento “Requerimiento de pago”.

1. Saldo capital del crédito (igual o mayor a $25,000.00). 2. Localización del socio y/o aval(es). 3. Solvencia económica de socio y/o avales. 4. Tipo de garantías que respaldan el crédito. 5. Existencia de bienes susceptibles de embargo.

Caso contrario, deberá dictaminar el crédito como incobrable y solicitar su aplicación contra la reserva crediticia.

El Gestor de Recuperación podrá realizar la confrontación de socios y avales en el centro laboral y/o lugar de trabajo, exigiendo la recuperación de las cuotas vencidas

El Gestor de Recuperación por los medios a su alcance evitara en todo momento que el crédito pase a cartera vencida.

Una vez que en esta fase de recuperación no se ha obtenido respuesta de pago y antes de pasar a la etapa extrajudicial, se deberá notificar al socio por medio del documento “notificación de cobranza” este documento solo se entregara cuando en definitiva se han agotado las gestiones de recuperación administrativa y es eminente que el crédito pase a la siguiente etapa de recuperación.

Cuando el crédito no cuente con avales, se deberá concientizar al socio la importancia del pago puntual, con la finalidad de generar un buen historial crediticio y conservar los beneficios que otorgan la Cooperativa.

Derivado de la dificultad y/o garantías que respaldan al crédito, el Gestor podrá dictaminar el crédito para la recuperación a través de la Gerencia de Recuperación Judicial.

Por ningún motivo se deberán realizar gestiones de recuperación, negociación o reestructuración con menores de edad o adultos mayores de 75 años, salvo que en el último supuesto se trate de los deudores principales u obligado solidario o aval.

El Gestor de Recuperación, en conjunto con el Asesor de Crédito y Recuperación deberán determinar la mejor estrategia de recuperación de acuerdo con el monto, garantía, área geográfica etc., y requerir el pago a los socios y/o avales, evitando el pase del crédito a cartera vencida, ejemplos: horarios de gestión de recuperación, domicilios donde realizar las gestiones, acudir a instituciones alternativas de mediación, confrontación entre socios y avales

Todas las gestiones de recuperación que se lleven a cabo deberán registrarse en el sistema informático, acreditando dichas acciones con la digitalización de las evidencias correspondientes

En esta etapa el Gerente de Sucursal, Asesor de Crédito y/o Gestor de Recuperación, intensificarán las gestiones de cobranza a socios y aval(es) realizándolas de manera permanente evitando el pase a cartera vencida del crédito.

En caso de que el Gestor de Recuperación identifique que el socio y aval han cambiado de número telefónico y/o domicilio y cuente con la nueva información, solicitará al Asesor de Crédito responsable de la cuenta que se agregue la información correspondiente al sistema informático.

Durante esta etapa se podrán utilizar las garantías líquidas previa autorización de la Dirección de Recuperación, considerando esta acción como último recurso.

Durante este periodo se requerirá el pago mediante visitas de recuperación al socio y su aval (es) en su domicilio o centro de trabajo (con previa autorización) proporcionados, se deberá utilizar el documento “Requerimiento de pago” mismo que se puede imprimir en el sistema informático las veces que sea necesario.

Exigirá en todo momento la recuperación del total de las cuotas vencidas o por lo menos una cuota, con la finalidad de mantener vigente el crédito.

El Gestor de Recuperación en todo momento podrá solicitar el apoyo del Asesor de Crédito y Recuperación o de quien tenga asignada la cuenta para lograr la pronta recuperación del crédito, debido a que es el principal responsable en mejorar el índice de su cartera.