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Tratados Internacionales.

wilmer torres

Created on February 6, 2024

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Transcript

Proceso para la aprobación y puesta en vigencia de los Tratados Internacionales en el Ecuador

Alumno: Wilmer F. Torres G.

• El Presidente de la República, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, inicia la negociación del tratado con otros Estados. • Se conforma una delegación ecuatoriana para la negociación, la cual se encarga de discutir y redactar el texto del tratado.

Negocia-ción:

• Una vez concluida la negociación, el texto del tratado es adoptado por los Estados participantes. • Existen diferentes formas de adopción, como la firma, la firma ad referéndum o la rúbrica.

Adopción del texto:

• El Estado ecuatoriano puede expresar su consentimiento para obligarse por el tratado de diferentes maneras:o Ratificación: Es el procedimiento más común. Requiere la aprobación del tratado por parte de la Asamblea Nacional mediante una ley reformatoria.o Aprobación: No requiere la intervención de la Asamblea Nacional. El Presidente de la República, previa autorización del Consejo de Gabinete, puede aprobar el tratado mediante decreto ejecutivo.o Aceptación: Similar a la aprobación, pero se utiliza para tratados de menor importancia.

Manifes-tación del consenti-miento

• La Corte Constitucional puede realizar un control de constitucionalidad del tratado antes de su ratificación o aprobación.• Este control se realiza para verificar que el tratado no sea contrario a la Constitución.

Control de constitu-cionali-dad:

Depósito del instrumento de ratificación, aprobación o aceptación:

• Una vez que el Estado ecuatoriano ha expresado su consentimiento para obligarse por el tratado, debe depositar el instrumento de ratificación, aprobación o aceptación ante el depositario del tratado.

• La mayoría de los tratados entran en vigor para el Estado ecuatoriano 30 días después del depósito del instrumento de ratificación, aprobación o aceptación. • Algunos tratados pueden tener requisitos específicos para su entrada en vigor.

Entrada en vigor:

• El tratado debe ser publicado en el Registro Oficial para que sea de conocimiento público y obligatorio para todos los ecuatorianos.

Publica- ción en el Registro Oficial:

Aspectos adicionales: • La Constitución ecuatoriana establece que los tratados internacionales que versen sobre derechos humanos y que contengan normas más favorables que las de la Constitución, tienen jerarquía superior a la ley. • El Ecuador puede formular reservas a los tratados internacionales, siempre que no sean incompatibles con el objeto y fin del tratado. • El Ecuador puede denunciar un tratado internacional, siguiendo el procedimiento establecido en el propio tratado o en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.

TRATADOS DE ECUADOR.

Estructura: • Asamblea General: Órgano principal de la ONU, compuesto por representantes de todos los Estados Miembros. • Consejo de Seguridad: Órgano responsable de mantener la paz y la seguridad internacionales. • Consejo Económico y Social: Órgano responsable de la cooperación internacional en materia económica y social. • Consejo de Administración Fiduciaria: Supervisa la administración de los territorios en fideicomiso. • Corte Internacional de Justicia: Principal órgano judicial de la ONU. • Secretaría: Órgano administrativo de la ONU. Países miembros: 193 Estados Miembros Ámbito de acción administrativa: • Mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales: La ONU se encarga de prevenir y resolver conflictos, y de mantener la paz y la seguridad internacionales. • Cooperación económica y social: La ONU promueve la cooperación internacional en materia económica y social, con el objetivo de mejorar el bienestar de las personas en todo el mundo. • Derechos humanos: La ONU promueve y protege los derechos humanos de todas las personas. • Desarrollo sostenible: La ONU promueve el desarrollo sostenible, que equilibra las necesidades económicas, sociales y ambientales. • Derecho internacional: La ONU codifica y desarrolla el derecho internacional. • Asistencia humanitaria: La ONU proporciona asistencia humanitaria a las personas que la necesitan en todo el mundo.

ORGANI-ZACION DE NACIO-NES UNIDAS (ONU)

1. Competencia: El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA) tiene competencia para conocer y resolver las controversias que se susciten entre los Estados Miembros de la Comunidad Andina (CAN) en relación con: • La aplicación e interpretación del Tratado Constitutivo de la CAN y demás normas comunitarias. • El cumplimiento de las obligaciones derivadas de la decisión de los órganos de la CAN. • La responsabilidad extracontractual de la CAN. • Los conflictos de intereses entre los órganos e instituciones de la CAN. 2. Procedimiento: El procedimiento ante el TJCA se inicia mediante la presentación de una demanda por parte de un Estado Miembro, un órgano o institución de la CAN, o una persona natural o jurídica que tenga interés legítimo en el asunto. La demanda debe contener una serie de requisitos, como la identificación de las partes, la exposición de los hechos y fundamentos de derecho, y la petición concreta que se formula al Tribunal. El TJCA puede dictar medidas cautelares para proteger los derechos de las partes durante el proceso . El Tribunal celebrará una audiencia en la que las partes podrán presentar sus alegaciones y pruebas. El TJCA dictará una sentencia que será definitiva e inapelable. 3. Ejecución de las sentencias: Las sentencias del TJCA son obligatorias para los Estados Miembros. El Estado Miembro que no cumpla con una sentencia del TJCA podrá ser objeto de sanciones, como la suspensión de sus derechos y beneficios como miembro de la CAN. 4. Recursos: Contra las sentencias del TJCA cabe interponer un recurso de aclaración o un recurso de revisión. 5. Importancia del TJCA: El TJCA es un órgano fundamental para el funcionamiento de la CAN. Su función es garantizar la correcta aplicación del ordenamiento jurídico comunitario y dirimir las controversias que se susciten entre los Estados Miembros.

Tratado Constitu-tivo del Tribunal de Justicia de la Comuni-dad Andina:

bibliografía • Constitución de la República del Ecuador: • Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados: https://www.oas.org/dil/esp/convencion_de_viena_sobre_derecho_tratados_colombia.pdf • Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana: