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Unidad 2: Manifestaciones de género y ENVIGMU

Bertha Guzman

Created on February 5, 2024

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Manifestaciones de Violencia de Género. Encuesta Nacional sobre Relaciones Familiares y Violencia de Género contra las Mujeres – ENVIGMU 2019

"Hay violencia cuando usamos una palabra denigrante, cuando hacemos gestos para denigrar a otra persona, cuando obedecemos porque hay miedo. La violencia es mucho más sutil, mucho más profunda" (Jiddu Krishnamurti)

Sunshine, no confundir amor con abuso

Fuente: DayOneNY.2018

Manifestaciones de Violencia de Género ¿Qúe son?

El acoso y el hostigamiento sexual son manifestaciones de violencia comunes dentro de las instituciones educativas de nivel superior; sin embargo, frecuentemente no se distingue como un problema inminente, por lo tanto, prevalece oculto. A causa de lo anterior, no se generan mecanismos de atención que permitan a través de lineamientos institucionales prevenir y atender la problemática, contrario a ello, en ocasiones se le resta importancia, ya que se observa como algo aislado y de forma individual, es así, que no se toman medidas de prevención, lo que propicia su repetición y la institucionalización de la violencia dentro de la cultura universitaria (1).

Son aquellas conductas puntuales que se evidencian en el trayecto de las agresiones contra la mujer.

Violentómetro, una aplicación web para identificar la violencia basada en género

Se trata de una aplicación web que busca concientizar sobre las distintas manifestaciones de la violencia basada en género. A modo de escala, permite visibilizar, alertar y detectar todo tipo de prácticas violentas. La herramienta está dirigida a hombres y mujeres (2).

Para ingresar a la aplicación pulsa aquí

Enlace

Las manifestaciones de violencia de género en el entorno universitario pueden manifestarse de diversas formas

  • Violencia física: Esto puede incluir golpes, empujones, agresiones físicas directas u otras formas de violencia física que pueden ocurrir entre estudiantes, personal docente o administrativo.
  • Violencia verbal y emocional: Comentarios despectivos, humillaciones, intimidaciones, burlas y otras formas de agresión verbal y emocional que tienen como objetivo menospreciar, controlar o discriminar a personas basadas en su género.
  • Acoso sexual: El acoso sexual es una forma común de violencia de género en las universidades e implica comportamientos no deseados de naturaleza sexual, como comentarios inapropiados, avances no deseados, tocamientos no deseados, chantaje sexual, entre otros (3).

Las manifestaciones de violencia de género en el entorno universitario pueden manifestarse de diversas formas

  • Violencia psicológica: Esta forma de violencia puede incluir manipulación emocional, control excesivo, aislamiento social, amenazas, chantajes emocionales y otras tácticas que tienen como objetivo socavar la autoestima y la autonomía de la víctima.
  • Violencia digital o ciberacoso: Con el avance de la tecnología, el ciberacoso se ha vuelto más común en entornos universitarios. Esto puede incluir el envío de mensajes de texto no deseados, difusión de rumores o imágenes comprometedoras en línea, acoso a través de redes sociales, etc.
  • Discriminación y exclusión: La discriminación basada en el género puede manifestarse en forma de trato desigual, exclusión de oportunidades académicas o laborales, estereotipos de género y otras formas de discriminación que pueden crear un ambiente hostil para estudiantes y personal universitario (3).

Manifestación de acoso /hostigamiento sexual

  • Desnudadar con la mirada
  • Comentarios sexuales o chistes subidos
  • Exclamaciones o silbidos insinuantes
  • Preguntas sobre su vida sexual
  • Tocada/o, besada/o manoseada/o
  • Invitaciones a salir con propósitos sexuales
  • Llamadas, correos, mensajes, cartas o publicaciones en redes
  • Citado sin necesidad para hacerle proposiciones sexuales
  • Propuestas de contactos sexuales por beneficio académico
  • Amenazado con publicar videos, fotos o conversaciones
  • Propuestas para contactos sexuales a cambio de beneficios materiales (4).

Las manifestaciones del acoso sexual obedecen a dos situaciones

1. El chantaje sexual o quid pro quo: (en latín: “algo a cambio de algo”), es el que se produce verbal, no verbal o físico de naturaleza sexual u otro comportamiento basado en el sexo, que afecta la dignidad de las personas, el cual es no deseado, irrazonable y ofensivo para el destinatario.

2. Ambiente laboral hostil: aquella conducta que crea un entorno laboral intimidatorio, hostil o humillante para la persona que es objeto de ella (5).

Ecuador - Encuesta Nacional de Relaciones Familiares y Violencia de Género contra las Mujeres 2019 (ENVIGMU)

La Encuesta Nacional de Relaciones Familiares y Violencia de Género contra las Mujeres es una encuesta por muestreo a hogares, ejecutada por el Sistema Integrado de Encuesta de Hogares de la Dirección de Estadísticas Sociodemográficas del INEC, dirigida a las mujeres que tengan 15 años de edad o más, sin importar su estado civil o si han tenido o no una relación de pareja (6).

Objetivo de la Encuesta Nacional de Relaciones Familiares y Violencia de Género contra las Mujeres

Esta encuesta tiene por objetivo generar datos y producir información estadística sobre la prevalencia, incidencia y magnitud de los distintos tipos de violencia de género (física, psicológica, sexual, patrimonial ) que sufren o han sufrido las mujeres, tanto en el ámbito público (escolar, laboral y social) como en el privado (hogar, familia, relación de pareja); sobre el conocimiento o búsqueda de servicios e instancias de justicia para enfrentar la violencia; y sus percepciones sobre la respuesta institucional (6).

Tabla 1 Prevalencia de la violencia contra las mujeres

Principales Resultados

32 de cada 100 mujeres han experimentado algún hecho de violencia en su contra en los últimos 12 meses y una de cada cuatro ha sufrido violencia psicológica (7),

Figura 1 Prevalencia de la violencia contra las mujeres por provincia

Azuay es la provincia en la que más se declaran hechos de violencia a lo largo de la vida, en esta cerca de 80 de cada 100 mujeres han experimentado algún hecho violento en su vida y el 46,2% en el último año. Las prevalencias más bajas están en Bolívar y Manabí (7).

Principales Resultados

Violencia total a lo largo de la vida Mujeres de 15 años y más

Fuente: ENVIGMU (2019)

Tabla 3 Prevalencia de la violencia contra las mujeres por ámbito

Tabla 4 Prevalencia de tipos de violencia contra las mujeres en el ámbito educativo

La mayor cantidad de actos de violencia a lo largo de la vida en el ámbito educativo son de tipo psicológico (13,7%) y cerca del 9% si consideramos los últimos 12 meses (7).

El ámbito educativo es uno de los espacios en donde más casos de violencia de género existe (7).

Violencia en el ámbito educativo a lo largo de la vida Mujeres de 15 años y más que asistieron a un centro educativo

A nivel nacional en los últimos 12 meses, 12 de cada 100 mujeres, experimentaron algún tipo de violencia en el ámbito educativo (8).

Fuente: ENVIGMU (2019)

¡Recuerda!

La ENVIGMU posibilitan la caracterización de los hechos de violencia contra las mujeres, los perpetradores y los lugares donde estos hechos ocurren, de modo que contribuyen al diseño informado de políticas públicas adecuadas para enfrentar tales hechos.

La ENVIGMU 2019 recoge dimensiones críticas sistematizadas en derechos: Derechos civiles, derecho a una vida libre de violencia y discriminación, derechos sexuales y reproductivos, derechos económicos, sociales y culturales, derechos civiles y políticos, derechos colectivos y ambientales (8).

Mapa de Feminicidios en Ecuador 2023

Violencia femi(ni)cida: una pandemia que mata en Ecuador a mujeres y niñas

Mapa de feminicidios en Ecuador durante el 2023. Fuente: Alianza Mapeo Feminicidio

ALERTA 2023: una mujer fue asesinada cada 27 horas por razones de género.

321 femi(ni)cidios ocurrieron en Ecuador en el 2023: 128 casos son femicidios íntimos, familiares y/o en contextos sexuales, 17 transfemicidios y 172 femicidios en sistemas criminales. 4 casos son de mujeres desaparecidas en años anteriores, cuyos cuerpos fueron hallados en el 2023.

La edad más frecuente de las mujeres asesinadas fue de 22 años. Pero las cifras revelan que los femicidios afectan la vida de mujeres de diversas edades, desde los 0 años (bebés) hasta los 90 años de edad, demostrando que la escalada mortal de la violencia atraviesa todo el ciclo vital de las mujeres (9).

Un Acercamiento Territorial

Las provincias de la Región Costa son las que presentan las mayores cifras de femicidios: Guayas (91 casos), Manabí (43 casos), Los Ríos (40), El Oro (25) y Esmeraldas (20). Otro dato revelador es que en las provincias de Guayas y Esmeraldas también se concentran la mayor cantidad de víctimas menores de edad: 11 y 5 casos, respectivamente.

Ceguera del Estado para identificar nuevas condiciones en que se perpetran los Femicidios

En Ecuador las instancias competentes se niegan a identificar estas formas de violencia contra las mujeres y niñas, que escalan en femicidios brutales y que sirven para enviar mensajes aleccionadores en barrios o comunidades. Los cuerpos de las mujeres y niñas se utilizan como botines de guerras entre bandas delincuenciales y el Estado se queda impávido sin ofrecer una respuesta preventiva y de protección (9).

Exigencia de Derechos y Reparación Integral

Estos datos demuestran que es ineficiente la activación del sistema de protección integral en los territorios. El Estado ESTÁ EN DEUDA con las víctimas de violencia y con las familias de víctimas de femicidio.

Se hace un LLAMADO URGENTE a todas las instancias gubernamentales, en especial a la Presidencia de la República, al Ministerio de Finanzas, Ministerio de la Mujer y DDHH, Ministerio de Inclusión Económica y Social, y al sistema de justicia para que aseguren PRESUPUESTOS SUFICIENTES para la implementación de la Ley Orgánica integral para la Prevención de la Violencia contra las mujeres en sus 4 ejes: prevención, atención, protección y reparación; así como para el seguimiento de los más de 1600 casos de femicidios cuyas familias requieren atención y reparación integral (9).

Estándares Internacionales de Derechos Humanos de las mujeres:

Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer

A partir de 1945 la Organización de las Naciones Unidas reconoce los derechos de las mujeres de manera evolutiva. La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), considerada también como la Carta Internacional de los Derechos de las Mujeres, fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979 y entró en vigor el 3 de septiembre de 1981. México la firmó en 1980 y la ratificó el 23 de marzo de 1981. La Convención es el instrumento vinculante, universalmente reconocido, que no solo lucha contra la discriminación de la mujer, sino que también protege los derechos de las niñas para preservar su dignidad y bienestar; asimismo, alienta todas las políticas públicas que les puedan ofrecer oportunidades de igualdad.

El Protocolo Facultativo de la Convención establece procedimientos tanto para las comunicaciones como para las investigaciones. Para las comunicaciones, autoriza al Comité CEDAW a recibir peticiones relacionadas con violaciones de los derechos consagrados en la Convención y a emitir decisiones en la forma de “opiniones y recomendaciones”. El procedimiento para las investigaciones permite al Comité iniciar averiguaciones acerca de violaciones graves o sistemáticas cometidas por un Estado Parte. En México, el Senado aprobó el Protocolo Facultativo el 14 de diciembre de 2001 y entró en vigor el 15 de junio de 2002. El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW) está integrado por 23 personas expertas independientes de todo el mundo, su principal función consiste en vigilar y dar seguimiento a la implementación adecuada de la Convención. Su funcionamiento se encuentra regulado por la Convención y el Protocolo Facultativo (9) (10).

Para más información clic aquí: https://mexico.unwomen.org/es/digiteca/publicaciones/2011/12/cedaw https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/convention-elimination-all-forms-discrimination-against-women

Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer

Conocida como Convención de Belém do Pará (sitio de su adopción en 1994), define la violencia contra las mujeres, establece el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia y destaca a la violencia como una violación de los derechos humanos y de las libertades fundamentales. Propone por primera vez el desarrollo de mecanismos de protección y defensa de los derechos de las mujeres como fundamentales para luchar contra el fenómeno de la violencia contra su integridad física, sexual y psicológica, tanto en el ámbito público como en el privado, y su reivindicación dentro de la sociedad (9). CAPÍTULO II DERECHOS PROTEGIDOS Artículo 3.- Toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado.

Artículo 4.- Toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas por los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos. Estos derechos comprenden, entre otros: a. el derecho a que se respete su vida; b. el derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral; c. el derecho a la libertad y a la seguridad personales; d. el derecho a no ser sometida a torturas; e. el derecho a que se respete la dignidad inherente a su persona y que se proteja a su familia;

CAPÍTULO III DEBERES DE LOS ESTADOS Artículo 7.- Los Estados Partes condenan todas las formas de violencia contra la mujer y convienen en adoptar, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia y en llevar a cabo lo siguiente: a. abstenerse de cualquier acción o práctica de violencia contra la mujer y velar por que las autoridades, sus funcionarios, personal y agentes e instituciones se comporten de conformidad con esta obligación; b. actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer(9).

PROGRAMA DE ACCIÓN DE CAIRO Y LA CONSTITUCIÓN ECUATORIANA

El Programa de Acción de El Cairo configura un marco importante para el ejercicio de los derechos humanos, pues todos los temas que aborda se articulan a otros instrumentos y conferencias internacionales como la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Declaración de Derechos Humanos de Viena (1993), la Plataforma de Acción de Beijing (1995) y la Declaración de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (2000).

En el 2010, la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó la resolución 65/234 que extiende el Programa de Acción más allá del 2014 y pide que en septiembre del 2014 se presente un informe sobre su estado, el cual se basará en una revisión global con datos y análisis de alta calidad sobre el estado y desarrollo de la población en el mundo entero y resumirá las tendencias globales –y de ser posible las regionales– en cuanto a los temas más relevantes de la Conferencia; presentará avances y retos, y especialmente será ocasión para posicionar una Agenda en Población y Desarrollo, “más allá del 2014” (11).

El Programa de Acción del Cairo contribuye además al logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), especialmente al cumplimiento de los siguientes objetivos: ODM 1: Erradicar la pobreza extrema y el hambre •ODM 2: Lograr la enseñanza primaria universal • ODM 3: Promover la igualdad entre los géneros y la autonomía de la mujer • ODM 4: Reducir la mortalidad infantil • ODM 5: Mejorar la salud materna ODM 6: Combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades El Programa de Acción del Cairo está dividido en las secciones siguientes: • Sección 1: Población, crecimiento económico sostenido y desarrollo sostenible • Sección 2: Crecimiento y estructura de la población

Sección 3: Urbanización y migración interna • Sección 4: Migración internacional y desarrollo • Sección 5: Familia, bienestar de los individuos y de las sociedades • Sección 6: Derechos reproductivos y salud reproductiva, y salud, morbilidad y mortalidad • Sección 7: Igualdad y equidad de género y empoderamiento de las mujeres (Capítulo IV) • Sección 8: Población, desarrollo y educación (Capítulo XI) (11).

Clic aquí:https://biblio.flacsoandes.edu.ec/libros/140782-opac

Bibliografía

1. Civilization I, TEMA 19, Domenico E. Violencia de género en instituciones de educación superior. 2021 [cited 2024 Jan 31];6. Available from: https://www.scielo.org.mx/pdf/dilemas/v8nspe1/2007-7890-dilemas-8-spe1-00014.pdf 2. UNFPA. El Violentómetro, una aplicación web para identificar la violencia basada en género [Internet]. 18/10/2022. 2022 [cited 2024 Jan 31]. Available from: https://ecuador.unfpa.org/es/news/el-violentómetro-una-aplicación-web-para-identificar-la-violencia-basada-en-género 3. Tibaná-Ríos DC, Arciniegas-Ramírez DA, Delgado-Hernández IJ. Tipos y manifestaciones de la violencia de género: una visibilización a partir de relatos de mujeres víctimas en Soacha, Colombia. Prospectiva [Internet]. 2020 [cited 2024 Jan 31];(2020):117–44. Available from: Dialnet-TiposYManifestacionesDeLaViolenciaDeGenero-7964355.pdf 4. Arroyo Vargas R, Barreiro Santana K. Acoso sexual: un reto de derechos humanos en los estudios de posgrado del Instituto de Altos Estudios Nacionales en Ecuador. Prevalencia, manifestaciones y efectos del hostigamiento Sex en universidades [Internet]. 2022 [cited 2024 Jan 17];15–258. Available from: https://editorial.iaen.edu.ec/libros/prevalencia-manifestaciones-y-efectos-del-hostigamiento-sexual-en-universidades/ 5. González H. Hostigamiento sexual y acoso sexual [Internet]. Vol. 1, Revista Electrónica de Psicología Iztacala. 2017. 133–150 p. Available from: http://appweb.cndh.org.mx/biblioteca/archivos/pdfs/Hostigamiento-Acoso-Sexual.pdf 6. Instituto Nacional de Censos. ECU-INEC-DIES-ENVIGMU-2019-V1.3 [Internet]. 10/08/2022. 2022 [cited 2023 Jan 31]. Available from: https://anda.inec.gob.ec/anda/index.php/catalog/919 7. De IN, (INEC) E y C. FAMILIARES Y GÉNERO CONTRA LAS MUJERES ( ENVIGMU ) Boletín. 2019 [cited 2024 Jan 31]; Available from: https://www.ecuadorencifras.gob.ec/documentos/web-inec/Estadisticas_Sociales/Violencia_de_genero_2019/Boletin_Tecnico_ENVIGMU.pdf 8. INEC. Principales resultados de la Encuesta Nacional de Relaciones Familiares y Violencia de Género contra las Mujeres - EMVIGMU. Inec [Internet]. 2019 [cited 2024 Jan 31];2–77. Available from: https://www.ecuadorencifras.gob.ec/documentos/web-inec/Estadisticas_Sociales/Violencia_de_genero_2019/Principales resultados ENVIGMU 2019.pdf 9. Organización de las Naciones Unidas. Asamblea general. 1979 [citado el 19 de mayo de 2024]. p. 1–12 Convención sobre todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Disponible en: https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/cedaw.aspx 10. ONU MuM. Convención sobre la Eliminación de todas formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) [Internet]. 2021 [citado el 19 de mayo de 2024]. Disponible en: https://mexico.unwomen.org/es/digiteca/publicaciones/2011/12/cedaw 11. Editorial MCI y P. El Programa de Acción de Cairo y la Constitución Ecuatoriana [Internet]. 2013 [cited 2024 Jun 16]. Available from: https://biblio.flacsoandes.edu.ec/libros/140782-opac