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RELACION Y ELEMENTOS DE LA RELACION DE TRABAJO

janerymateo30

Created on February 1, 2024

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LA RELACION DE TRABAJO Y SUS ELEMENTOS

EMPEZAR

ART. 20 LFT

El contrato individual del trabajo, cualquiera que sea su forma o denominacion es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, medinate el pago de un salario.

NO IMPORTA SI EXISTE UN CONTRATO DENOMINADO SUSCRITO POR EL PATRON Y EL TRABAJADOR PARA QUE SE LLEVE A CABO LA RELACION LABORAL. LA OBLIGACION ENTRE TRABAJADOR Y PATRON ES RECIPROCA, PERO LA RELACION LABORAL EXISTE POR EL SIMPLE HECHO DE SER RETRIBUIDA POR UN SALARIO.

- Genially

CONTRATO INDIVIDUAL DEL TRABAJO

CONTRATO POR OBRA O TIEMPO DETERMINADO

CONTRATO POR TEMPORADA

CONTRATO POR TIEMPO INDETERMINADO

ART. 35 Y 37 LFT

  • I. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar;
  • II. Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador; y
  • III. En los demás casos previstos por esta Ley.

  • En la relacionde trabajo por tiempo indeterminado podran pactarse labores discontinuos
  • Es el contrato verbal o escrito, no se estipula expresamente la duracion de la relacion de trabajo

ARTICULO 24 Y 26 LEY FEDERAL DEL TRABAJO

ART. 26 LFT La falta del escrito a que se refieren los artículos 24 y 25 no priva al trabajador de los derechos que deriven de las normas de trabajo y de los servicios prestados, pues se imputará el patrón la falta de esa formalidad.

ART. 24 LFT Las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito cuando no existan contratos colectivos aplicables. Se harán dos ejemplares, por lo menos, de los cuales quedará uno en poder de cada parte.

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ART. 25 LFT

I. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de Contribuyentes y domicilio del trabajador y del patrón; II. Si la relación de trabajo es para obra o tiempo determinado, por temporada, de capacitación inicial o por tiempo indeterminado y, en su caso, si está sujeta a un periodo de prueba; III. El servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinarán con la mayor precisión posible. IV. El lugar o los lugares donde deba prestarse el trabajo; V. La duración de la jornada; VI. La forma y el monto del salario;

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VII. El día y el lugar de pago del salario; VIII. La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes y programas establecidos o que se establezcan en la empresa, conforme a lo dispuesto en esta Ley; y IX. Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón.

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CAPACIDAD DE LOS TRABAJADORES

Artículo 27.- Si no se hubiese determinado el servicio o servicios que deban prestarse, el trabajador quedará obligado a desempeñar el trabajo que sea compatible con sus fuerzas, aptitudes, estado o condición y que sea del mismo género de los que formen el objeto de la empresa o establecimiento.

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ART. 21 LFT

  • Artículo 31.- Los contratos y las relaciones de trabajo obligan a lo expresamente pactado y a las consecuencias que sean conformes a las normas de trabajo, a la buena fe y a la equidad.

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SUBORDINACION

SALARIO

  • Es el superior jerarquico llamado patron, que encomienda las actividades al trabajador, desenvolviendose este de acuerdo a sus aptitutes y capacidades
  • Es el pago por los servicios prestados del trabajador hacia el patron.

ELEMENTOS DE LA RELACION DE TRABAJO.

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