Infografía sentencias C-492 del 2002 C-134 del 2021
Pt. Juan Camilo Burbano Fernández Compañía Atanasio Girardot Díaz Sección 7
Next
Conceptos
TOMADOS SEGÚN LAS SENTENCIAS C-492 del 2002 y C-134 del 2021
FACULTAD DE POLICIA EN EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO
POLICIA NACIONAL
Función de protección del orden público.
Poder, Función y Actividad de Policía, desde la perspectiva de la Distinción y Ejercicio.
CONCEPTO DE POLICIA NACIONAL
El concepto de la Policía Nacional se encuentra descrito en el documento de la Sentencia C-492/02, donde se establece que la Policía Nacional es una institución encargada de ejercer la actividad de policía, la cual consiste en mantener las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, aplicando medidas preventivas y correctivas sujetas al principio de legalidad, proporcionalidad y razonabilidad en el uso de la fuerza . Además, se destaca que la actividad de policía desempeñada por los miembros de la Policía Nacional se encuentra limitada por los aspectos señalados para el poder y la función de policía, y requiere cumplir con el respeto de los derechos y libertades de las personas.
En resumen, la Policía Nacional cumple un papel fundamental en la protección del orden público y en la garantía de los derechos y libertades de las personas, actuando dentro de los límites establecidos por la ley y los principios constitucionales.
FACULTAD DE POLICIA EN EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO
La facultad de policía en el Estado Social de Derecho se caracteriza por considerar que el orden público no es un fin en sí mismo, sino un medio para garantizar las condiciones mínimas en las que se puedan ejercer los derechos y libertades. Esta facultad se encuentra limitada en cada una de las instancias en las que se ejerce, y se distingue por el tipo de competencias que cada institución del Estado posee para dictar y aplicar medidas policivas que limiten el ejercicio de derechos fundamentales. El ejercicio de la facultad de policía requiere cumplir con el respeto de los derechos y libertades de las personas, así como aplicar medidas preventivas y correctivas sujetas al principio de legalidad, proporcionalidad y razonabilidad en el uso de la fuerza.
La actividad de policía es, por lo tanto, una labor oficial estrictamente material y no jurídica, al tenor de la propia norma en mención.
Poder, Función y Actividad de Policía, desde la perspectiva de la Distinción y Ejercicio.
EL poder de Policía se ejerce a través de la expedición de leyes generales, la Función de Policía se lleva a cabo por las autoridades de la rama ejecutiva, y la Actividad de Policía es desempeñada por los miembros de la Policía Nacional, cada una con sus respectivas competencias y limitaciones en el marco del Estado Social de Derecho.
La función
El poder
La actividad
Función de protección del orden público
Esta función se despliega con el fin de contrarrestar las agresiones que pongan en peligro los derechos y bienes de las personas, y su acción debe ajustarse a estrictos principios de proporcionalidad y razonabilidad en el uso de la fuerza. En situaciones que exijan una acción inmediata para contrarrestar las agresiones que amenacen los derechos y bienes de las personas, la Policía Nacional debe actuar de acuerdo con estos principios
Se considera que la preservación del orden público representa el fundamento y el límite de las competencias de la Policía Nacional. El orden público se entiende como las condiciones de seguridad, tranquilidad y sanidad medioambiental, necesarias para la convivencia y la vigencia de los derechos fundamentales, en el marco de la dignidad humana. La Policía Nacional tiene la responsabilidad de garantizar la protección del orden público, mediante la adopción de medidas preventivas y correctivas, y el uso de la fuerza pública en casos necesarios y justificados.
Función de Policía:
La Función de Policía se lleva a cabo por las autoridades de la rama ejecutiva, como los alcaldes e inspectores, en cumplimiento de competencias determinadas por la ley. Esta función consiste en hacer cumplir la ley a través de actos administrativos y acciones policivas, asegurando el mantenimiento del orden público y la protección de los derechos y libertades públicas.
Poder de Policía:
Este poder se ejerce a través de la expedición de leyes por parte del Congreso de la República, las cuales regulan el ejercicio de las libertades cuando estas trascienden el ámbito privado e íntimo. El Poder de Policía se orienta a establecer reglas generales y abstractas que delimitan los derechos constitucionales, permitiendo su específica y concreta limitación para garantizar el control del orden público.
Actividad de Policía:
La Actividad de Policía es ejercida por los miembros de la Policía Nacional, quienes aplican diversos medios legítimos para prevenir y conjurar las alteraciones del orden público, manteniendo las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas. Esta actividad se encuentra limitada por los aspectos señalados para el poder y la función de policía, y requiere cumplir con el respeto de los derechos y libertades de las personas.
Infografía sentenciasC-492 del 2002C-134 del 2021
Policia Nac Nacional de colombia
Created on January 31, 2024
Start designing with a free template
Discover more than 1500 professional designs like these:
View
Advent Calendar
View
Tree of Wishes
View
Witchcraft vertical Infographic
View
Halloween Horizontal Infographic
View
Halloween Infographic
View
Halloween List 3D
View
Magic and Sorcery List
Explore all templates
Transcript
Infografía sentencias C-492 del 2002 C-134 del 2021
Pt. Juan Camilo Burbano Fernández Compañía Atanasio Girardot Díaz Sección 7
Next
Conceptos
TOMADOS SEGÚN LAS SENTENCIAS C-492 del 2002 y C-134 del 2021
FACULTAD DE POLICIA EN EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO
POLICIA NACIONAL
Función de protección del orden público.
Poder, Función y Actividad de Policía, desde la perspectiva de la Distinción y Ejercicio.
CONCEPTO DE POLICIA NACIONAL
El concepto de la Policía Nacional se encuentra descrito en el documento de la Sentencia C-492/02, donde se establece que la Policía Nacional es una institución encargada de ejercer la actividad de policía, la cual consiste en mantener las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, aplicando medidas preventivas y correctivas sujetas al principio de legalidad, proporcionalidad y razonabilidad en el uso de la fuerza . Además, se destaca que la actividad de policía desempeñada por los miembros de la Policía Nacional se encuentra limitada por los aspectos señalados para el poder y la función de policía, y requiere cumplir con el respeto de los derechos y libertades de las personas.
En resumen, la Policía Nacional cumple un papel fundamental en la protección del orden público y en la garantía de los derechos y libertades de las personas, actuando dentro de los límites establecidos por la ley y los principios constitucionales.
FACULTAD DE POLICIA EN EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO
La facultad de policía en el Estado Social de Derecho se caracteriza por considerar que el orden público no es un fin en sí mismo, sino un medio para garantizar las condiciones mínimas en las que se puedan ejercer los derechos y libertades. Esta facultad se encuentra limitada en cada una de las instancias en las que se ejerce, y se distingue por el tipo de competencias que cada institución del Estado posee para dictar y aplicar medidas policivas que limiten el ejercicio de derechos fundamentales. El ejercicio de la facultad de policía requiere cumplir con el respeto de los derechos y libertades de las personas, así como aplicar medidas preventivas y correctivas sujetas al principio de legalidad, proporcionalidad y razonabilidad en el uso de la fuerza.
La actividad de policía es, por lo tanto, una labor oficial estrictamente material y no jurídica, al tenor de la propia norma en mención.
Poder, Función y Actividad de Policía, desde la perspectiva de la Distinción y Ejercicio.
EL poder de Policía se ejerce a través de la expedición de leyes generales, la Función de Policía se lleva a cabo por las autoridades de la rama ejecutiva, y la Actividad de Policía es desempeñada por los miembros de la Policía Nacional, cada una con sus respectivas competencias y limitaciones en el marco del Estado Social de Derecho.
La función
El poder
La actividad
Función de protección del orden público
Esta función se despliega con el fin de contrarrestar las agresiones que pongan en peligro los derechos y bienes de las personas, y su acción debe ajustarse a estrictos principios de proporcionalidad y razonabilidad en el uso de la fuerza. En situaciones que exijan una acción inmediata para contrarrestar las agresiones que amenacen los derechos y bienes de las personas, la Policía Nacional debe actuar de acuerdo con estos principios
Se considera que la preservación del orden público representa el fundamento y el límite de las competencias de la Policía Nacional. El orden público se entiende como las condiciones de seguridad, tranquilidad y sanidad medioambiental, necesarias para la convivencia y la vigencia de los derechos fundamentales, en el marco de la dignidad humana. La Policía Nacional tiene la responsabilidad de garantizar la protección del orden público, mediante la adopción de medidas preventivas y correctivas, y el uso de la fuerza pública en casos necesarios y justificados.
Función de Policía:
La Función de Policía se lleva a cabo por las autoridades de la rama ejecutiva, como los alcaldes e inspectores, en cumplimiento de competencias determinadas por la ley. Esta función consiste en hacer cumplir la ley a través de actos administrativos y acciones policivas, asegurando el mantenimiento del orden público y la protección de los derechos y libertades públicas.
Poder de Policía:
Este poder se ejerce a través de la expedición de leyes por parte del Congreso de la República, las cuales regulan el ejercicio de las libertades cuando estas trascienden el ámbito privado e íntimo. El Poder de Policía se orienta a establecer reglas generales y abstractas que delimitan los derechos constitucionales, permitiendo su específica y concreta limitación para garantizar el control del orden público.
Actividad de Policía:
La Actividad de Policía es ejercida por los miembros de la Policía Nacional, quienes aplican diversos medios legítimos para prevenir y conjurar las alteraciones del orden público, manteniendo las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas. Esta actividad se encuentra limitada por los aspectos señalados para el poder y la función de policía, y requiere cumplir con el respeto de los derechos y libertades de las personas.