ANTECEDENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN ELMUNDO
Unidad 1. Generalidades del derecho de la seguridad social
MATERIA: Derecho de la Seguridad Social FACILITADORA: Dra. Lorena González MurrietaTEMA: Generalidades del Derecho de la Seguridad Social ALUMNO: Manuel Sánchez Hernández
MATRÍCULA: 201876189 FECHA: 28 de enero de 2024
Nugent R (1997)
De Buen LN (1997).
https://www.rua.unam.mx/portal/recursos/ficha/82984/el-trabajo-antes-de-la-revolucion-industrial
https://repositorio.unam.mx/contenidos/la-seguridad-social-su-historia-y-sus-fuentes-5012646
ANTECEDENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL MUNDO
EDAD ANTIGUA
En Roma surgieron los collegia corpora oficie, asociaciones de artesanos con propósitos mutuales, religiosos y de asistencia a los colegiados y a sus familiares, que asumían la obligación de atender a sus funerales. Los collegia subsistieron hasta la caída de Roma como resultado de las invasiones de los bárbaros.
En la antigua Mesopotamia, los dioses permeaban todos los aspectos de la vida cotidiana, y por supuesto esto incluía la atención sanitaria. La diosa Gula, la diosa sumeria de la curación, presidió sobre las artes médicas y guio a doctores y dentistas en el tratamiento de los problemas de salud, normalmente atribuidos a causas sobrenaturales, durante más de 2000 años.
La vara cruzada por serpientes, que hoy en día es la insignia de la profesión médica, se originó en la antigua Mesopotamia.
MESOPOTAMIA
MESOPOTAMIA
Grecia 1200 ac
En Grecia, los ciudadanos que por sus limitaciones físicas no podían subvenir a sus necesidades eran auxiliados, y educados los hijos de quienes habían perecido en defensa del Estado. Las erans consistían en asociaciones de trabajadores con fines de ayuda mutua. Las hetairas tuvieron también existencia en Grecia, cuando el trabajo estuvo a cargo exclusivo de esclavos.
Roma 776 ac
Mesopotamia 4000 ac
ANTECEDENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL MUNDO
EDAD MEDIA
A partir del siglo V surgen las condiciones particulares del sistema medieval cuyas tres etapas principales no habrán de tener la misma duración en todas partes.
En Italia en el año 645: se efectúa la aplicación de los edictos de rotario, los cuales fueron una de las primeras normas destinadas a proteger de los accidentes de trabajo de los obreros de la construcción, en este se fijan tarifas monetarias para solventar litigios entre las personas.
Las guildas, oriundas de Escandinavia y extendidas en Gran Bretaña y los pueblos germanos en el siglo VII, fueron asociaciones de asistencia mutua, unidas por el juramento de ayudar y socorrer en determinadas circunstancias a los enfermos, apoyadas en el principio de la solidaridad.
Carlomagno 768 DC
Las Guildas 1500 DC
Edad Media 476 DC
Carlomagno en el siglo VIII dictaminó que cada parroquia debía sostener a sus pobres, viejos, enfermos sin trabajo y a los huérfanos, cuando no contaban con ayuda familiar.
REVOLUCION INDUSTRIAL
Año 1760
REVOLUCION INDUSTRIAL: Al producirse la primera revolución industrial, el trabajador se encontraba en el más absoluto desamparo, frente a los riesgos y contingencias sociales, jornadas de trabajo extenuantes, salarios miserables que tenían que aceptar para no morirse de hambre, la coalición profesional figuraba en el catálogo de los delitos. La huelga estaba igualmente proscrita. Además, los empleadores no se consideraban obligados a solventar los gastos de enfermedad, accidentes de trabajo, etcétera, por considerar que tales egresos aumentaban los costos de producción.
CONCEPTOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
La formación de la seguridad social es el resultado de un prolongado
proceso que se extiende desde los inicios del siglo pasado hasta la época
presente. Ella hace su aparición desde el momento en que reducidos grupos
de trabajadores de algunas actividades económicas se unen con fines de protección mutua, hasta llegar paulatinamente a la protección de todos los trabajadores, por cuenta ajena, después de los laborantes independientes y posteriormente al amparo de toda población contra los riesgos y contingencias,
como la enfermedad, el accidente, la maternidad, la vejez y la muerte.
LA SEGURIDAD SOCIAL
Paúl Durand ha señalado que la formación histórica del sistema de seguridad
social ha pasado por tres etapas: la primera es la que él llama los Procedimientos
Indiferenciados de Garantía, que son: el ahorro individual, la mutualidad, el
seguro privado, la asistencia pública y la responsabilidad; la segunda es la de
los seguros sociales, y la tercera, la de la seguridad social.
Los sistemas iniciales de protección
Fue así como, progresivamente, surgieron los sistemas iniciales de protección, como el ahorro privado, la mutualidad, el seguro
privado, la responsabilidad civil y la asistencia pública.
Al producirse la primera revolución
industrial, el trabajador se encontraba en el más absoluto desamparo, frente a
los riesgos y contingencias sociales, jornadas de trabajo extenuantes, salarios
miserables que tenían que aceptar para no morirse de hambre, la coalición
profesional figuraba en el catálogo de los delitos.
Por consiguiente, los obreros ubicados en tan lamentable situación, teóricamente debían atender con sus
magros salarios los riesgos y contingencias sociales, aunque para ello tuvieran
que enviar a la fábrica, sus mujeres y a sus hijos menores desde su más tierna
infancia.
EL AHORRO PRIVADO
El ahorro privado. Como un medio de solventar necesidades futuras,
nace el ahorro particular; cuando una persona reserva parte de sus ingresos
ordinarios, y renuncia a determinadas satisfacciones inmediatas. Se trataba y
se trata de una previsión de carácter individual, en la que está ausente el
principio de la solidaridad.
EL MUTUALISMO
El mutualismo fue otro de los sistemas de ayuda mutua, mediante la
creación de asociaciones entre miembros de determinadas colectividades, para
asumir ciertos riesgos y contingencias sociales, como la vejez, invalidez, enfermedad y muerte, a través de las aportaciones de sus miembros.
EL SEGURO PRIVADO
El seguro privado. El seguro privado hace su aparición a fines del siglo
XIX, como un contrato de derecho privado, con objeto de cubrir ciertos riesgos
y contingencias sociales, mediante el convenio de su propósito, aleatorio y
por consiguiente de naturaleza mercantil, en virtud del cual, mediante el pago
de una prima estimada en función del riesgo asumido por la aseguradora, ésta
se obligaba al pago del capital del seguro, al producirse el evento incierto y
futuro materia de la convención.
LA RESPONSABILIDAD DE LOS RIESGOS PROFESIONALES
La responsabilidad de los riesgos profesionales. Hasta la aparición de la
teoría del riesgo profesional, el trabajador se encontraba completamente desamparado frente a los infortunios laborales. En caso de un accidente ocurrido
en el trabajo o con ocasión directa a él, el empleador se acogía a la teoría
civilística de la culpa, exonerándose de toda responsabilidad en tanto la víctima no acreditara que el evento dañoso se había producido por culpa del
empresario.
ASISTENCIA SOCIAL
La asistencia social, orientada a solucionar el problema de la indigencia,
nació a consecuencia del sistema del asalariado, al producirse la primera Revolución Industrial. Tuvo inicialmente su fundamento en la caridad y en la
beneficencia, con prestaciones que constituían en esencia actos de liberalidad,
y, por consiguiente, no exigibles por los beneficiarios.
FUENTES DEL DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Fuentes del derecho de la seguridad social. Los hechos y circunstancias
de la vida son la fuente generadora de todas las ramas del derecho. Son las
denominadas por la doctrina ‘‘fuentes reales"
Las normas constitucionales como fuentes de derecho de la seguridad social,
adquieren trascendental importancia al iniciarse el proceso conocido con el
nombre de constitucionalismo social.
LA CONSTITUCION POLITICA
La Constitución Política, dentro de la jerarquía normativa, se encuentra en la cúspide del ordenamiento jurídico, por eso es la ley de leyes.
Es la expresión más cabal del pacto social, y a ella deben sujetarse las leyes
expedidas por el órgano Legislativo, así como las normas reglamentarias expedidas por el órgano Ejecutivo, y, por supuesto, las resoluciones dictadas por
el órgano Judicial.
CONVENIO COLECTIVO
Convenios colectivos. Los convenios colectivos, como es sabido, son
acuerdos concertados entre una organización sindical y un empleador o una
asociación de empleadores, en virtud de los cuales se crean o amplían los
derechos mínimos reconocidos a los trabajadores en las legislaciones de sus
respectivos países.
LA JURISPRUDENCIA
La jurisprudencia. Las sentencias de los tribunales, expedidas en última
instancia sobre una determinada materia de seguridad social, si son reiteradas,
constituyen lo que se ha dado en llamar en el derecho moderno, la jurisprudencia.
LAS NORMAS INTERNACIONALES
Las normas internacionales son los convenios bilaterales, multilaterales
y los de las organizaciones internacionales.
Los convenios bilaterales son concertados para dar solución a la problemática relacionada con los trabajadores migrantes producida entre los Estados,
en los cuales se pacta la igualdad de trato, apoyada en el principio de la
reciprocidad y determinadas reglas para conciliar las diferencias entre las legislaciones nacionales.
Los convenios multilaterales tienen un mayor ámbito de aplicación, y su
finalidad es resolver los problemas comunes que se presenten en los Estados
contratantes.
ORDEN DE LA LEGISLACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL
LA CONSTITUCION POLITICA
LEY DEL SEGURO SOCIAL
OTRAS LEGISLACIONES CORRELATIVAS A LA SEGURIDAD SOCIAL
REGLAMENTOS DE LAS LEGISLACIONES DEL IMSS
ACUERDOS DEL CONSEJO TECNICO DEL IMSS
SENTENCIAS EJECUTORIADAS Y RESOLUCIONES JURISDICCIONALES
LOS ACUERDOS INTERNACIONALES
Antecedentes de la Seguridad Social en el Mundo
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ANTECEDENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN ELMUNDO
Unidad 1. Generalidades del derecho de la seguridad social
MATERIA: Derecho de la Seguridad Social FACILITADORA: Dra. Lorena González MurrietaTEMA: Generalidades del Derecho de la Seguridad Social ALUMNO: Manuel Sánchez Hernández MATRÍCULA: 201876189 FECHA: 28 de enero de 2024
Nugent R (1997)
De Buen LN (1997).
https://www.rua.unam.mx/portal/recursos/ficha/82984/el-trabajo-antes-de-la-revolucion-industrial
https://repositorio.unam.mx/contenidos/la-seguridad-social-su-historia-y-sus-fuentes-5012646
ANTECEDENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL MUNDO
EDAD ANTIGUA
En Roma surgieron los collegia corpora oficie, asociaciones de artesanos con propósitos mutuales, religiosos y de asistencia a los colegiados y a sus familiares, que asumían la obligación de atender a sus funerales. Los collegia subsistieron hasta la caída de Roma como resultado de las invasiones de los bárbaros.
En la antigua Mesopotamia, los dioses permeaban todos los aspectos de la vida cotidiana, y por supuesto esto incluía la atención sanitaria. La diosa Gula, la diosa sumeria de la curación, presidió sobre las artes médicas y guio a doctores y dentistas en el tratamiento de los problemas de salud, normalmente atribuidos a causas sobrenaturales, durante más de 2000 años. La vara cruzada por serpientes, que hoy en día es la insignia de la profesión médica, se originó en la antigua Mesopotamia.
MESOPOTAMIA
MESOPOTAMIA
Grecia 1200 ac
En Grecia, los ciudadanos que por sus limitaciones físicas no podían subvenir a sus necesidades eran auxiliados, y educados los hijos de quienes habían perecido en defensa del Estado. Las erans consistían en asociaciones de trabajadores con fines de ayuda mutua. Las hetairas tuvieron también existencia en Grecia, cuando el trabajo estuvo a cargo exclusivo de esclavos.
Roma 776 ac
Mesopotamia 4000 ac
ANTECEDENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL MUNDO
EDAD MEDIA
A partir del siglo V surgen las condiciones particulares del sistema medieval cuyas tres etapas principales no habrán de tener la misma duración en todas partes. En Italia en el año 645: se efectúa la aplicación de los edictos de rotario, los cuales fueron una de las primeras normas destinadas a proteger de los accidentes de trabajo de los obreros de la construcción, en este se fijan tarifas monetarias para solventar litigios entre las personas.
Las guildas, oriundas de Escandinavia y extendidas en Gran Bretaña y los pueblos germanos en el siglo VII, fueron asociaciones de asistencia mutua, unidas por el juramento de ayudar y socorrer en determinadas circunstancias a los enfermos, apoyadas en el principio de la solidaridad.
Carlomagno 768 DC
Las Guildas 1500 DC
Edad Media 476 DC
Carlomagno en el siglo VIII dictaminó que cada parroquia debía sostener a sus pobres, viejos, enfermos sin trabajo y a los huérfanos, cuando no contaban con ayuda familiar.
REVOLUCION INDUSTRIAL
Año 1760
REVOLUCION INDUSTRIAL: Al producirse la primera revolución industrial, el trabajador se encontraba en el más absoluto desamparo, frente a los riesgos y contingencias sociales, jornadas de trabajo extenuantes, salarios miserables que tenían que aceptar para no morirse de hambre, la coalición profesional figuraba en el catálogo de los delitos. La huelga estaba igualmente proscrita. Además, los empleadores no se consideraban obligados a solventar los gastos de enfermedad, accidentes de trabajo, etcétera, por considerar que tales egresos aumentaban los costos de producción.
CONCEPTOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
La formación de la seguridad social es el resultado de un prolongado proceso que se extiende desde los inicios del siglo pasado hasta la época presente. Ella hace su aparición desde el momento en que reducidos grupos de trabajadores de algunas actividades económicas se unen con fines de protección mutua, hasta llegar paulatinamente a la protección de todos los trabajadores, por cuenta ajena, después de los laborantes independientes y posteriormente al amparo de toda población contra los riesgos y contingencias, como la enfermedad, el accidente, la maternidad, la vejez y la muerte.
LA SEGURIDAD SOCIAL
Paúl Durand ha señalado que la formación histórica del sistema de seguridad social ha pasado por tres etapas: la primera es la que él llama los Procedimientos Indiferenciados de Garantía, que son: el ahorro individual, la mutualidad, el seguro privado, la asistencia pública y la responsabilidad; la segunda es la de los seguros sociales, y la tercera, la de la seguridad social.
Los sistemas iniciales de protección
Fue así como, progresivamente, surgieron los sistemas iniciales de protección, como el ahorro privado, la mutualidad, el seguro privado, la responsabilidad civil y la asistencia pública.
Al producirse la primera revolución industrial, el trabajador se encontraba en el más absoluto desamparo, frente a los riesgos y contingencias sociales, jornadas de trabajo extenuantes, salarios miserables que tenían que aceptar para no morirse de hambre, la coalición profesional figuraba en el catálogo de los delitos.
Por consiguiente, los obreros ubicados en tan lamentable situación, teóricamente debían atender con sus magros salarios los riesgos y contingencias sociales, aunque para ello tuvieran que enviar a la fábrica, sus mujeres y a sus hijos menores desde su más tierna infancia.
EL AHORRO PRIVADO
El ahorro privado. Como un medio de solventar necesidades futuras, nace el ahorro particular; cuando una persona reserva parte de sus ingresos ordinarios, y renuncia a determinadas satisfacciones inmediatas. Se trataba y se trata de una previsión de carácter individual, en la que está ausente el principio de la solidaridad.
EL MUTUALISMO
El mutualismo fue otro de los sistemas de ayuda mutua, mediante la creación de asociaciones entre miembros de determinadas colectividades, para asumir ciertos riesgos y contingencias sociales, como la vejez, invalidez, enfermedad y muerte, a través de las aportaciones de sus miembros.
EL SEGURO PRIVADO
El seguro privado. El seguro privado hace su aparición a fines del siglo XIX, como un contrato de derecho privado, con objeto de cubrir ciertos riesgos y contingencias sociales, mediante el convenio de su propósito, aleatorio y por consiguiente de naturaleza mercantil, en virtud del cual, mediante el pago de una prima estimada en función del riesgo asumido por la aseguradora, ésta se obligaba al pago del capital del seguro, al producirse el evento incierto y futuro materia de la convención.
LA RESPONSABILIDAD DE LOS RIESGOS PROFESIONALES
La responsabilidad de los riesgos profesionales. Hasta la aparición de la teoría del riesgo profesional, el trabajador se encontraba completamente desamparado frente a los infortunios laborales. En caso de un accidente ocurrido en el trabajo o con ocasión directa a él, el empleador se acogía a la teoría civilística de la culpa, exonerándose de toda responsabilidad en tanto la víctima no acreditara que el evento dañoso se había producido por culpa del empresario.
ASISTENCIA SOCIAL
La asistencia social, orientada a solucionar el problema de la indigencia, nació a consecuencia del sistema del asalariado, al producirse la primera Revolución Industrial. Tuvo inicialmente su fundamento en la caridad y en la beneficencia, con prestaciones que constituían en esencia actos de liberalidad, y, por consiguiente, no exigibles por los beneficiarios.
FUENTES DEL DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Fuentes del derecho de la seguridad social. Los hechos y circunstancias de la vida son la fuente generadora de todas las ramas del derecho. Son las denominadas por la doctrina ‘‘fuentes reales"
Las normas constitucionales como fuentes de derecho de la seguridad social, adquieren trascendental importancia al iniciarse el proceso conocido con el nombre de constitucionalismo social.
LA CONSTITUCION POLITICA
La Constitución Política, dentro de la jerarquía normativa, se encuentra en la cúspide del ordenamiento jurídico, por eso es la ley de leyes. Es la expresión más cabal del pacto social, y a ella deben sujetarse las leyes expedidas por el órgano Legislativo, así como las normas reglamentarias expedidas por el órgano Ejecutivo, y, por supuesto, las resoluciones dictadas por el órgano Judicial.
CONVENIO COLECTIVO
Convenios colectivos. Los convenios colectivos, como es sabido, son acuerdos concertados entre una organización sindical y un empleador o una asociación de empleadores, en virtud de los cuales se crean o amplían los derechos mínimos reconocidos a los trabajadores en las legislaciones de sus respectivos países.
LA JURISPRUDENCIA
La jurisprudencia. Las sentencias de los tribunales, expedidas en última instancia sobre una determinada materia de seguridad social, si son reiteradas, constituyen lo que se ha dado en llamar en el derecho moderno, la jurisprudencia.
LAS NORMAS INTERNACIONALES
Las normas internacionales son los convenios bilaterales, multilaterales y los de las organizaciones internacionales. Los convenios bilaterales son concertados para dar solución a la problemática relacionada con los trabajadores migrantes producida entre los Estados, en los cuales se pacta la igualdad de trato, apoyada en el principio de la reciprocidad y determinadas reglas para conciliar las diferencias entre las legislaciones nacionales. Los convenios multilaterales tienen un mayor ámbito de aplicación, y su finalidad es resolver los problemas comunes que se presenten en los Estados contratantes.
ORDEN DE LA LEGISLACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL
LA CONSTITUCION POLITICA
LEY DEL SEGURO SOCIAL
OTRAS LEGISLACIONES CORRELATIVAS A LA SEGURIDAD SOCIAL
REGLAMENTOS DE LAS LEGISLACIONES DEL IMSS
ACUERDOS DEL CONSEJO TECNICO DEL IMSS
SENTENCIAS EJECUTORIADAS Y RESOLUCIONES JURISDICCIONALES
LOS ACUERDOS INTERNACIONALES