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ca_u3_s3_Métodos secundarios de Valoración

FERNANDA DIAZ

Created on January 13, 2024

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Transcript

Métodos secundarios de Valoración

Ley Aduanera

Valor reconstruido de las mercancías importadas

Valor de transacción de mercancías idénticas

Artículo 72

Artículo 74

Valor del precio unitario de la venta

Valor determinado

Artículo 78

Artículo 73

Se utiliza cuando no es posible aplicar los métodos anteriores, el cual se basa en el costo de la producción de las mercancías importadas más un margen de beneficio, más los gastos generales y de los costos de importación.

Este método de valoración aduanera aplica cuando no es posible determinar el valor con ninguno de los métodos anteriores. En este sentido, la autoridad aduanera determinará el valor de las mercancías importadas a partir de lo siguiente: La documentación presentada por el importador. Los valores determinados para las mercancías idénticas o similares. Aplicará otros medios consistentes con los principios y disposiciones legales.

Si no existen mercancías idénticas, se recurrirá al método de valoración de la transacción de mercancías similares vendidas para exportación a México y exportadas en el mismo momento que las mercancías objeto de la valoración. Se fundamenta en el precio real pagado o por pagar por las mercancías similares exportadas al mismo país de importación, en el mismo momento o en un momento aproximado, siguen los siguientes criterios:

  • Ser muy semejantes a las mercancías objeto de la valoración respecto a su composición y características.
  • Cumplir con las mismas funciones que las mercancías objeto de la valoración, además de ser comercialmente intercambiables.
  • Ser producidas en el mismo país y por el mismo productor de las mercancías objeto de la valoración

Si las mercancías importadas, idénticas o similares no son vendidas en el mismo estado cuando son importadas, se determinará el valor de acuerdo con el precio unitario al cual se venda la mayor cantidad de mercancías importadas, idénticas o similares, en el mismo estado cuando son importadas a personas que no están vinculadas con los vendedores. Además, se utiliza como última opción antes de pasar a los métodos secundarios de valoración aduanera.