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triptico de las Normas que Rigen a los Maestros

cvelazquezsaavedra

Created on January 11, 2024

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Transcript

Además, el artículo 14, fracciones IV, V, VII y X, de la LGSCMM señala que corresponde a la Federación la rectoría del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros y, en coordinación con las entidades federativas, su implementación, para lo cual la Secretaría, entre otras, tiene las atribuciones siguientes: definir los procesos para la admisión, promoción y reconocimiento; emitir las disposiciones bajo las que se desarrollarán estos, tomando en cuenta los contextos regionales del servicio educativo y orientados hacia la valoración de los conocimientos, aptitudes y experiencia de las maestras y los maestros

Todo esto son las normas de las cuales deriban los dominios y perfiles de un Maestro, todo esta regido por una ley y sobre esa ley se construye todo quello que la hace cumplirla y hacerla valer en esta Nueva Escuela Mexicana

Marco Normativo en el que se basan los dominios y perfiles que caracterizan a maestros y maestras de Educación Básica

  • Maestro: Cesar Emmanuel Velazauez Saavedra

Dicho mandato constitucional se amplía en el artículo 5° de la Ley General de Educación en los términos siguientes: “Toda persona tiene derecho a la educación, el cual es un medio para adquirir, actualizar, completar y ampliar sus conocimientos, capacidades, habilidades y aptitudes que le permitan alcanzar su desarrollo personal y profesional

Principales leyes

Los perfiles, dominios, criterios e indicadores que caracterizan a maestras y maestros, personal técnico, docente, de asesoría técnica pedagógica, directivo y de supervisión escolar, se basan en los preceptos normativos siguientes.

Asimismo, el artículo 93 del citado ordenamiento jurídico establece que: “Para ejercer la docencia en instituciones establecidas por el Estado en educación básica y media superior, las promociones en la función y en el servicio, así como para el otorgamiento de reconocimientos, se estará a lo dispuesto por [la] Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros”

Por su parte, la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (LGSCMM), en su artículo 13, establece que: “Las funciones docentes, de técnicos docentes, de asesoría técnica pedagógica, de dirección o supervisión de la educación básica [...] impartida por el Estado [...] deberán orientarse a lograr el máximo aprendizaje y desarrollo integral del educando, conforme a los objetivos que determine el Sistema Educativo Nacional”

El artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala, en sus tres primeros párrafos, que toda persona tiene derecho a la educación y que el Estado impartirá y garantizará la educación básica, la cual se caracterizará por ser obligatoria, universal, inclusiva, pública, gratuita, laica, “se basará en el respeto irrestricto a la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva.