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Transcript

LOS ELEMENTOS DEL ESTADO

MTRA. SANDRA PARTIDA SORIA

TEORIA DEL ESTADO

UNIDAD III

LOS ELEMENTOS

DEL ESTADO

Los elementos del Estado, conceptos y teorias

Elemento teleologico

El Estado, como ente cultural, tiene por objeto la obtención de un fin. Sabiendo que todo producto de la cultura humana se caracteriza por llevar dentro de sí una finalidad, aquello para lo cual es creado por el hombre.

Elemento territorial

Elemento potencial

Elemento humano

Elemento normativo

https://www.gordillo.com/pdf_tomo9/libroi/capitulo2.pdf

  • Ley general de bienes nacionales http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/267_211020.pdf
  • Ley de vías generales de comunicación http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/73_150618.pdf
  • Ley de aguas de propiedad nacional http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/16_060120.pdf
  • Convención sobre la alta mar http://www.sct.gob.mx/JURE/doc/191-alta-mar.pdf
  • Convención sobre el mar territorial y la zona contigua http://www.sct.gob.mx/JURE/doc/192-mar-territorial-zona-contigua.pdf
  • Convención sobre pesca y conservación de los recursos vivos de la alta mar http://www.sct.gob.mx/JURE/doc/190-pesca-recursos-vivos-alta-mar.pdf
  • Convención de Chicago de 1944 https://www.icao.int/publications/documents/7300_cons.pdf
  • Ley de aviación civil https://ir.oma.aero/static-files/5ecc9c97-09c3-4ec0-84ec-502fabd6a707
  • Convención sobre la plataforma continental https://www.dipublico.org/10533/convencion-de-ginebra-sobre-la-plataforma-continental-de-29-de-abril-de-1958/
  • Ley federal del mar http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/124.pdf

Referencias electronicas

Nacion

https://dle.rae.es/naci%C3%B3n

Del lat. natio, -ōnis 'lugar de nacimiento', 'pueblo, tribu'. La nación ha sido definida por Jorge Carpizo, como «el grupo de hombres, generalmente grande, unidos por sentimientos de solidaridad y de fidelidad que ayudan a crear una historia común y por datos como la raza, la lengua y el territorio y que tiene el propósito de vivir y de continuar viviendo juntos en el futuro»

Andrés Serra Rojas en Teoría del Estado, p 258.

(*) Arnaldo Córdoba, citado por Serra Rojas en Teoría del Estado.

El Derecho, es un producto, fenómeno, hecho social, que se manifiesta bajo la forma de un conjunto de reglas sociales, aseguradas por un mecanismo de coacción socialmente organizado, que traduce las exigencias de una comunidad encaminada a ordenar y dirigir la conducta de los hombres. (*)

Por ello, para precisar en lo que consiste ese fin, debemos distinguir entre «bien común», fin de toda sociedad y «bien publico», fin especifico de la sociedad estatal. Siempre que los hombres se agrupan socialmente, para la obtención de un fin que beneficie a todos, ese fin, al perseguirse precisamente para beneficiar a un conjunto de hombres, es un bien común.

BIEN COMUN Y BIEN PUBLICO

El Estado también persigue un bien común, un bien que beneficie por entero a todos lo que lo componen. Pero por ser una sociedad más amplia, una primera distinción del bien común puede ser esta: bien común particular o bien común publico, según que se relacione de manera inmediata con intereses particulares o con el interés publico. El bien común perseguido por el Estado es el bien publico.

LA ZONA ECONÓMICA EXCLUSIVA (ZEE) de México, se extiende 200 millas náuticas (370.4 km) hacia el océano, a partir de la línea de costa, que define el nivel medio del mar de la zona litoral. Cuando esa extensión se traslapa con la de otros países, la delimitación de las respectivas zonas se hace de común acuerdo entre los afectados.

Se trata de la superficie de tierra comprendida entre el límite de la nueva Zona Federal Marítimo Terrestre y el límite de la Zona Federal Marítimo Terrestre original, de conformidad con el artículo 125 de la Ley General de Bienes Nacionales y la NOM-146-SEMARNAT-2005.

TERRENOS GANADOS AL MAR

Imagen de la zona federal maritimo terrestre y de los terrenos ganados al mar.

La plataforma continental o submarina esta constituida por el lecho y subsuelo de las áreas submarinas adyacentes a la costa, pero fuera del mar territorial hasta una profundidad de 200 metros o, mas allá de ese limite hasta donde la profundidad de las aguas que la cubran permita la explotación de dichas áreas.También comprende la plataforma continental o submarina, el lecho y subsuelo de similares áreas submarinas adyacentes a las costas de las islas.

Articulos 27 párrafo 1, 42 fracción IV de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos.

PLATAFORMA CONTINENTAL Y LOS ZOCALOS SUBMARINOS

Convención sobre la plataforma continental también adoptada en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar, en Ginebra en 1958, articulo 1.

PLAYAS MARITIMAS: Las playas marítimas, entendiéndose por tales las partes de tierra que por virtud de la marea cubre y descubre el agua, desde los limites del mayor reflujo hasta los limites del mayor flujo anuales. (Art. 7 fracción IV de la Ley General de Bienes Nacionales)ZONA FEDERAL MARITIMO TERRESTRE: La zona federal marítimo terrestre estará constituida por la faja de veinte metros de ancho de tierra firme, transitable y contigua a dichas playas o, en su caso, a las riberas de los ríos, desde la desembocadura de éstos en el mar, hasta cien metros río arriba. También la ley considera como zona marítimo-terrestre las riberas y zonas federales. (Art. 119 fracción I de la Ley General de Bienes Nacionales)

En su acepción general el poder se refiere al dominio, imperio, facultad y jurisdicción, que se tiene para mandar o para ejecutar una cosa. El fundamento del poder es la facultad de tomar decisiones políticas.

El poder del Estado o relaciones de poder es un aspecto significativo de un sistema político, que distingue la política de cualquier otra actividad humana. El poder es un medio para que el Estado pueda realizar sus fines, o la capacidad de imponer obediencia. Jacques Maritain dice: «La autoridad y el poder son dos cosas distintas: el poder es la fuerza por medio de la cual se puede obligar a obedecer a otra. Autoridad es el derecho a dirigir y a mandar, a ser escuchado y obedecido por lo demás. La autoridad pide poder. El poder sin autoridad es tiranía».

El poder del Estado

Nuestra Constitución consagra en el articulo 39, el principio fundamental del poder: «todo poder dimana del pueblo, y se instituye para beneficio de éste».

Cuando existe el elemento humano o sea la sociedad que está en la base de las agrupaciones políticas y el territorio que la alberga, es preciso que existan en esa agrupación social otras notas o elementos que se llaman determinantes o constitutivos porque al presentarse determinan o constituyen la existencia del Estado.

ELEMENTOS DETERMINANTES O CONSTITUTIVOS DEL ESTADO

Citado por Andrés Serra Rojas en Teoría del Estado (estructura del Estado, clasificación de los elementos del Estado en el pensamiento tradicional, p. 238)

Esas notas o elementos constitutivos son los siguientes:

  • Un poder político que asuma el mando supremo e independiente de esa sociedad, es decir, que sea soberano.
  • Un orden jurídico creado por ese poder soberano para estructurar la sociedad política y regir su funcionamiento.
  • Una finalidad o teleología especifica del Estado que consiste en la combinación solidaria de los esfuerzos de gobernantes y gobernados para obtener el bien público temporal.

Dabin, citado por Rojas (2008), considera que son dos los elementos anteriores al Estado: cierto numero de hombres, que viven en un territorio delimitado.

Citado por Andrés Serra Rojas en Teoría del Estado (estructura del Estado, clasificación de los elementos del Estado en el pensamiento tradicional, p. 238).

LOS ELEMENTOS ANTERIORES O PREVIOS AL ESTADO

El elemento humano. En la base del Estado, formando su sustrato encontramos un grupo de hombres, de seres racionales y libres dotados de vida, que tienen fines específicos. El territorio, segundo elemento previo del Estado. Es el espacio en que viven los hombres al agruparse políticamente para formar el Estado.

La materia del bien publico consiste, en primer termino, en el bien del Estado mismo en cuanto institución política. El bien del Estado mismo comprende dos aspectos: la existencia del Estado y la conservación del Estado.

El bien publico temporal

La existencia del Estado implica, a su vez, la defensa contra sus enemigos, que pueden existir en su interior o en el exterior. Por su parte, la conservación del Estado supone el buen funcionamiento de su maquina administrativa y supone, además, la existencia de una sana economía estatal. La materia propia del bien publico queda constituida, pues, por la totalidad de los intereses humanos.

El territorio nacional, es aquella porción de la superficie terrestre en el Continente nacional, en la cual el Estado mexicano ejerce en forma exclusiva su soberanía y sirve de apoyo y unidad a nuestras instituciones, sujeta a la población al poder estatal y no tolera intromisiones indebidas de otros poderes. La Constitución reconoce los elementos o supuestos del Estado. Por lo que se refiere al territorio éste aparece como una propiedad del Estado. (Articulo 42 de la CPEUM)

La Constitución Política y el territorio nacional

Tanto la Constitución como el orden jurídico en general enumeran los diferentes dominios que comprende el territorio. Ellos son los siguientes: El dominio terrestre; El dominio marítimo; El dominio del subsuelo; El dominio aéreo; El dominio de las aguas; La plataforma continental y los zócalos submarinos; Las playas marítimas; La zona marítima; La zona exclusiva.

El subsuelo es la capa inmediata debajo de la tierra vegetal. El articulo 27 párrafo cuarto de la Constitución señala cuales son las materias que comprende el subsuelo.

El dominio del subsuelo

EL DOMINIO DE LAS AGUASEl articulo 27 párrafo quinto de la Constitución hace un amplia enumeración de cuales son las aguas propiedad de la Nación. De acuerdo con este precepto, las aguas se pueden clasificar: en Aguas publicas; y Aguas privadas.

El dominio AEREo

Groppali entiende por espacio aéreo la columna de aire encerrada en el conjunto de perpendiculares elevadas como decían los romanos us que ad sidera. El articulo 27 párrafo cuarto Constitucional señala entre los bienes de dominio directo de la Nación «el espacio situado sobre el territorio nacional con la extensión y modalidades que establezca el propio Derecho Internacional», así como en el 42 fracción VI.

El poder que se deposita en los órganos y en sus titulares es un derecho expreso que corresponde al pueblo de nuestro Estado. El punto de partida de constitución de entidades que asumen el ejercicio del poder publico radica en un régimen democrático en las personas que viven y actúan en el Estado y a quienes se reconoce el Derecho indiscutible de velar por la organización que ellos reciben y por la superación de las instituciones.

El poder del Estado en la Constitución Mexicana

El poder del Estado ha sido creado por la misma sociedad, como una necesidad imprescindible en la relaciones humanas. En la medida que la fuerza se concentraba en una persona o grupo se subordina más al Derecho, aparece la idea de poder en su sentido jurídico, o sea una entidad a quien se le provee de un amplia esfera de competencia que puede abarcar la totalidad de una fase de la acción del Estado, digamos la elaboración de la ley, su ejecución o la resolución de las controversias que origine la aplicación de la ley. El poder publico resume la unidad de una competencia general, la función por el contrario implica el medio para realizar esa misma competencia. Las funciones del Estado son el medio técnico para realizar sus fines.

Es indudable que al Derecho le corresponde una elevada misión como es la del mantenimiento de la armonía social, de la paz, de la tranquilidad, de la seguridad entre los hombres, y sobre todo, el de realizar la justicia social. El orden jurídico se desarrolla en largos siglos de evolución de la costumbre y de la norma, hasta llevarnos a las nuevas formas jurídicas. En este estadio el Derecho aparece como una norma de conducta social externa, con finalidades sociales precisas, que se elabora y se mantiene por el Estado. El Derecho constantemente está renovando su contenido ideológico.

El concepto de población del Estado hace referencia a un concepto cuantitativo o sea el numero de hombres y mujeres, nacionales y extranjeros, que habitan en su territorio, cualquiera que sea su numero y condición, y son registrados por los censos generales de población.

POBLACION

La población del Estado debe reunir determinados caracteres, que son el resultado de una larga evolución de las sociedades humanas: Por su sentido demográfico o cuantitativo;Por su unidad jurídica; política y económica;Por su sentido demológico y cualitativo;Por la cohesión cultural.

Se debe distinguir:

  • La propiedad publica o propiedad del Estado; y
  • La propiedad privada subordinada al interés general.

Dominio terrestre

Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos

El dominio terrestre comprende la extensión limitada de la superficie solida y descubierta del territorio nacional (Párrafos primero y tercero del articulo 27 constitucional).

La primera etapa de confusión en la que la fuerza se manifiesta como una dominación coactiva del grupo social. Esto no excluye que ciertas comunidades se relacionen socialmente en forma pacifica y por vínculos de simpatía o de necesidad económica. En una segunda etapa las formas políticas se manifiestan como procesos de fuerza o dominación pero en el inicio de una evolución jurídica en la que el hombre emplea el Derecho como un elemento impostergable de la vida social, y cuyo valor se mide o determina en función del adelante del grupo social. A una sociedad primitiva corresponde un Derecho primitivo y formas políticas primitivas.

etapas de integración del derecho, de acuerdo a SERRA (2008)

En una tercera etapa que corresponde al mundo moderno, el Derecho a evolucionado principalmente el Derecho privado, y las formas políticas de los clanes a los imperios, se transforman en la suprema institución por excelencia que es el Estado.

Todo Estado debe poseer un territorio como un supuesto imprescindible de su organización, de las funciones que le corresponden, de los servicios que atienden y de su competencia para regularizar, coordinar y controlar la acción administrativa, ya que no hay Estado sin territorio.

El territorio o marco territorial es el área geográfica que le sirve de asiento, o como ha afirmado Kelsen «no es en realidad otra cosa que el ámbito espacial de validez del orden jurídico del Estado». Herman Heller, «el territorio es la condición geográfica del obrar estatal, es decir, el territorio establece la comunidad de destino en la Tierra».

Territorio o marco territorial

Serra A. Teoría del Estado (2008). Porrua. Mexico.Carpizo, J. Estudios Constitucionales (1999) Porrua y Universidad Nacional Autonoma de Mexico.

Fuentes bibliograficas

En conclusión:

El bien publico que debe realizar el Estado consiste en establecer el conjunto de condiciones económicas, sociales, culturales, morales y políticas necesarias para que el hombre pueda alcanzar su pleno desarrollo material y espiritual como persona humana, como miembro de la familia, de su empresa o actividad económica o cultural, de la agrupación profesional, del municipio, del Estado y de la comunidad internacional.

Sociedad

Es una organización perdurable en constante interacción, en la cual los hombres desarrollan sus fines encaminados al bien común. La sociedad es una suprema modeladora de la conducta humana, guarda y transmite el acervo de la cultura y forma un sistema de costumbres y procederes, siempre en transformación y animados por los valores e ideales con los cuales se puede hacer mas placentera o llevadera la vida social impulsados por el espíritu de sociabilidad, la necesidad de vivir y la conciencia de la especie.

Andrés Serra Rojas en Teoría del Estado, p. 253.

Persona

¿Qué es ser «persona» para el Derecho? De Carlos Fernández Sessarego

Es todo ente al que la ley reconoce una capacidad para ser sujeto de Derecho. Sólo el hombre es persona y puede ser sujeto de Derecho tomando en cuenta su capacidad racional. De acuerdo a Kelsen “la persona es sólo una expresión unitaria personificadora para un haz de deberes y facultades jurídicas, es decir, para un complejo de normas”

El mar territorial esta constituido por la faja de mar que se extiende desde las playas hasta el alta mar libre, una extensión marítima que abarca desde las costas hasta el limite del mar abierto. El Estado mexicano es bañado por diversos mares en un largo recorrido de mas de 10 mil kilómetros de playas. Los mas importantes de esos mares son el Océano Atlántico que se interna en el Golfo de México, el Mar de las Antillas, el Océano Pacifico y el Mar de Cortes.

Artículos 27 párrafo quinto y 42, fracción quinta de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El dominio marítimo o mar territorial, marginal o mar litoral

Este sujeto es, naturalmente, el conjunto de los habitantes del Estado, el publico integrado por éstos, lo que se encuentran en el territorio nacional. Por ello, el Estado debe intervenir coordinando la actividad de los particulares de manera que la misma se verifique en forma armónica. Esta coordinación también la efectúa por medio del orden jurídico.

Determinación del sujeto beneficiario del bien común

Pueblo

El concepto de pueblo Rojas (2008), es un concepto jurídico que determina la relación entre el individuo y el Estado: «el pueblo comprende sólo a aquellos individuos que están sujetos a la potestad del Estado ligados a éste por el vínculo de la ciudadanía y que viven tanto en su territorio como en el extranjero». En resumen: el pueblo designa aquella parte de la población que tiene derechos civiles y políticos plenos.

Existen dos tipos de Derecho:

El primario o fundamental, es decir la Constitución, crea y da forma al Estado como lo decide el pueblo o nación a través de sus representantes, diputados y senadores. El secundario u ordinario aparece o surge de una de las funciones del Estado, la legislativa, a través de sus juzgados y tribunales, a los que la Constitución concede la autoridad y capacidad de hacer cumplir la ley.

Sociedad

Guia de conceptos juridicos

Se utiliza este término para referirnos a un número de personas que se agrupan de manera natural por tener alguna característica en común para vivir de manera ordenada y pacífica, conviviendo para lograr el bienestar de todos.