Impuesto sobre el Valor Añadido
01. Impuesto sobre el Valor Añadido
02. Operaciones sujetas
Índice
03. Operaciones exentas
04. Operaciones no sujetas a IVA
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Tributo que afecta a las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes realizadas por empresarios, profesionales o particulares
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Tributo que afecta a las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes realizadas por empresarios, profesionales o particulares
TIPOS DE IVA
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Tributo que afecta a las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes realizadas por empresarios, profesionales o particulares
TIPOS DE IVA
TIPO IMPOSITIVO GENERAL
21%
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Tributo que afecta a las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes realizadas por empresarios, profesionales o particulares
TIPOS DE IVA
TIPO REDUCIDO
TIPO IMPOSITIVO GENERAL
10%
21%
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Tributo que afecta a las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes realizadas por empresarios, profesionales o particulares
TIPOS DE IVA
TIPO REDUCIDO
TIPO SUPERREDUCIDO
TIPO IMPOSITIVO GENERAL
10%
4%
21%
OPERACIONES SUJETAS
OPERACIONES SUJETAS
1. Que se realice a título oneroso, operaciones de autoconsumo de bienes o de servicios.
OPERACIONES SUJETAS
1. Que se realice a título oneroso, operaciones de autoconsumo de bienes o de servicios.
2. Que sea realizada por un empresario o profesional.
OPERACIONES SUJETAS
1. Que se realice a título oneroso, operaciones de autoconsumo de bienes o de servicios.
2. Que sea realizada por un empresario o profesional.
3. Que sea realizada en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional.
OPERACIONES SUJETAS
1. Que se realice a título oneroso, operaciones de autoconsumo de bienes o de servicios.
2. Que sea realizada por un empresario o profesional.
3. Que sea realizada en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional.
4. Que sea realizada en Península y Baleares.
OPERACIONES SUJETAS
1. Que se realice a título oneroso, operaciones de autoconsumo de bienes o de servicios.
2. Que sea realizada por un empresario o profesional.
3. Que sea realizada en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional
4. Que sea realizada en Península y Baleares.
5. Que no se trate de una operación no sujeta.
OPERACIONES SUJETAS
1. Que se realice a título oneroso, operaciones de autoconsumo de bienes o de servicios.
2. Que sea realizada por un empresario o profesional.
3. Que sea realizada en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional.
4. Que sea realizada en Península y Baleares.
5. Que no se trate de una operación no sujeta.
6. Que no se trate de una operación exenta.
EJEMPLOS
La compra de una lata de Coca Cola está sujeta a IVA,le corresponde un 21%, ya que, todas las bebidas azucaradas llevan este IVA.
La compra de una teléfono móvil está sujeta a IVA. El IVA que le corresponde es de un 21%.
La compra de una barra de pan, lleva el IVA superreducido del 4%.
La compra de una silla es del 21%. Todos los muebles comprados sin instalación le corresponde este IVA.
OPERACIONES EXENTAS
OPERACIONES EXENTAS
-Son entregas de bienes o prestaciones de servicios que suponen la realización del hecho imponible del impuesto, pero respecto de las cuales la Ley establece que no deben ser sometidas a gravamen.
OPERACIONES EXENTAS
-Son entregas de bienes o prestaciones de servicios que suponen la realización del hecho imponible del impuesto, pero respecto de las cuales la Ley establece que no deben ser sometidas a gravamen.
-Tipos de exenciones
OPERACIONES EXENTAS
-Son entregas de bienes o prestaciones de servicios que suponen la realización del hecho imponible del impuesto, pero respecto de las cuales la Ley establece que no deben ser sometidas a gravamen.
-Tipos de exenciones
OPERACIONES EXENTAS
-Son entregas de bienes o prestaciones de servicios que suponen la realización del hecho imponible del impuesto, pero respecto de las cuales la Ley establece que no deben ser sometidas a gravamen.
Exenciones plenas
-Tipos de exenciones
Exenciones limitadas
Operaciones exentas
Servicios de asistencia social:-Orfanatos -Comedores sociales -Asilos -Centros comerciales
-Hospitalización-Asistencia sanitaria -Odontológica -Entrega de sangre -Otras partes corporales
Enseñanza de cualquier nivel (incluso las clases particulares)
Servicios realizados por Correos
EJEMPLOS
Si pagamos un colegio privado, no pagamos IVA. Ya que la educación esta exenta de IVA. Pagamos solo la cuota, no hay que repercutirlo.
Si acudimos al dentista y es asistencia sanitaria, la actividad está exenta de IVA. Por ejemplo, si decidimos ponernos ortodoncia.
El alquiler de una casa está exento de IVA. Por lo que, cuando pagues, solo pagas la cuota, sin añadirle IVA.
Si visitamos un museo, pagaremos la cuota, ya que, esta actividad está exenta de IVA.
OPERACIONES NO SUJETAS A IVA
OPERACIONES NO SUJETAS A IVA
Son operaciones que nunca se les aplica el IVA, el impuesto no es aplicable. Conforme a lo indicado en el artículo 7 de la Ley de IVA, que detalla doce operaciones no sujetas a IVA. Es decir, la operación no da lugar a la obligación de tributar por el impuesto.
ALGUNAS ACTIVIDADES NO SUJETAS SON:
La transmisión de empresas o unidades económicas autónomas
ALGUNAS ACTIVIDADES NO SUJETAS SON:
La transmisión de empresas o unidades económicas autónomas
Las realizadas por las Administraciones Públicas
ALGUNAS ACTIVIDADES NO SUJETAS SON:
La transmisión de empresas o unidades económicas autónomas
Las realizadas por las Administraciones Públicas
Las gratuitas que tienen fines promocionales
ALGUNAS ACTIVIDADES NO SUJETAS SON:
La transmisión de empresas o unidades económicas autónomas
Las realizadas por las Administraciones Públicas
Las gratuitas que tienen fines promocionales
Los servicios prestados por personas físicas en régimen de dependencia administrativas o laborales
ALGUNAS ACTIVIDADES NO SUJETAS SON:
La transmisión de empresas o unidades económicas autónomas
Las realizadas por las Administraciones Públicas
Las gratuitas que tienen fines promocionales
Los servicios prestados por personas físicas en régimen de dependencia administrativas o laborales
Los servicios prestados a las cooperativas por parte de socios
ALGUNAS ACTIVIDADES NO SUJETAS SON:
La transmisión de empresas o unidades económicas autónomas
Las realizadas por las Administraciones Públicas
Las gratuitas que tienen fines promocionales
Los servicios prestados por personas físicas en régimen de dependencia administrativas o laborales
Los servicios prestados a las cooperativas por parte de socios
El pago de intereses
EJEMPLOS
Las entregas gratuitas de muestras de mercancías sin valor comercial estimable
Las entregas de dinero a título de contraprestación o pago
Determinadas concesiones y autorizaciones administrativas, como por ejemplo cuando pides un préstamo.
Las prestaciones de servicios a título gratuito que sean obligatorias para el sujeto pasivo
¡Gracias!
Operaciones sujetas, exentas y no sujetas a IVA
Lucía González Lefle
Created on January 10, 2024
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Impuesto sobre el Valor Añadido
01. Impuesto sobre el Valor Añadido
02. Operaciones sujetas
Índice
03. Operaciones exentas
04. Operaciones no sujetas a IVA
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Tributo que afecta a las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes realizadas por empresarios, profesionales o particulares
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Tributo que afecta a las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes realizadas por empresarios, profesionales o particulares
TIPOS DE IVA
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Tributo que afecta a las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes realizadas por empresarios, profesionales o particulares
TIPOS DE IVA
TIPO IMPOSITIVO GENERAL
21%
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Tributo que afecta a las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes realizadas por empresarios, profesionales o particulares
TIPOS DE IVA
TIPO REDUCIDO
TIPO IMPOSITIVO GENERAL
10%
21%
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Tributo que afecta a las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes realizadas por empresarios, profesionales o particulares
TIPOS DE IVA
TIPO REDUCIDO
TIPO SUPERREDUCIDO
TIPO IMPOSITIVO GENERAL
10%
4%
21%
OPERACIONES SUJETAS
OPERACIONES SUJETAS
1. Que se realice a título oneroso, operaciones de autoconsumo de bienes o de servicios.
OPERACIONES SUJETAS
1. Que se realice a título oneroso, operaciones de autoconsumo de bienes o de servicios.
2. Que sea realizada por un empresario o profesional.
OPERACIONES SUJETAS
1. Que se realice a título oneroso, operaciones de autoconsumo de bienes o de servicios.
2. Que sea realizada por un empresario o profesional.
3. Que sea realizada en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional.
OPERACIONES SUJETAS
1. Que se realice a título oneroso, operaciones de autoconsumo de bienes o de servicios.
2. Que sea realizada por un empresario o profesional.
3. Que sea realizada en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional.
4. Que sea realizada en Península y Baleares.
OPERACIONES SUJETAS
1. Que se realice a título oneroso, operaciones de autoconsumo de bienes o de servicios.
2. Que sea realizada por un empresario o profesional.
3. Que sea realizada en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional
4. Que sea realizada en Península y Baleares.
5. Que no se trate de una operación no sujeta.
OPERACIONES SUJETAS
1. Que se realice a título oneroso, operaciones de autoconsumo de bienes o de servicios.
2. Que sea realizada por un empresario o profesional.
3. Que sea realizada en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional.
4. Que sea realizada en Península y Baleares.
5. Que no se trate de una operación no sujeta.
6. Que no se trate de una operación exenta.
EJEMPLOS
La compra de una lata de Coca Cola está sujeta a IVA,le corresponde un 21%, ya que, todas las bebidas azucaradas llevan este IVA.
La compra de una teléfono móvil está sujeta a IVA. El IVA que le corresponde es de un 21%.
La compra de una barra de pan, lleva el IVA superreducido del 4%.
La compra de una silla es del 21%. Todos los muebles comprados sin instalación le corresponde este IVA.
OPERACIONES EXENTAS
OPERACIONES EXENTAS
-Son entregas de bienes o prestaciones de servicios que suponen la realización del hecho imponible del impuesto, pero respecto de las cuales la Ley establece que no deben ser sometidas a gravamen.
OPERACIONES EXENTAS
-Son entregas de bienes o prestaciones de servicios que suponen la realización del hecho imponible del impuesto, pero respecto de las cuales la Ley establece que no deben ser sometidas a gravamen.
-Tipos de exenciones
OPERACIONES EXENTAS
-Son entregas de bienes o prestaciones de servicios que suponen la realización del hecho imponible del impuesto, pero respecto de las cuales la Ley establece que no deben ser sometidas a gravamen.
-Tipos de exenciones
OPERACIONES EXENTAS
-Son entregas de bienes o prestaciones de servicios que suponen la realización del hecho imponible del impuesto, pero respecto de las cuales la Ley establece que no deben ser sometidas a gravamen.
Exenciones plenas
-Tipos de exenciones
Exenciones limitadas
Operaciones exentas
Servicios de asistencia social:-Orfanatos -Comedores sociales -Asilos -Centros comerciales
-Hospitalización-Asistencia sanitaria -Odontológica -Entrega de sangre -Otras partes corporales
Enseñanza de cualquier nivel (incluso las clases particulares)
Servicios realizados por Correos
EJEMPLOS
Si pagamos un colegio privado, no pagamos IVA. Ya que la educación esta exenta de IVA. Pagamos solo la cuota, no hay que repercutirlo.
Si acudimos al dentista y es asistencia sanitaria, la actividad está exenta de IVA. Por ejemplo, si decidimos ponernos ortodoncia.
El alquiler de una casa está exento de IVA. Por lo que, cuando pagues, solo pagas la cuota, sin añadirle IVA.
Si visitamos un museo, pagaremos la cuota, ya que, esta actividad está exenta de IVA.
OPERACIONES NO SUJETAS A IVA
OPERACIONES NO SUJETAS A IVA
Son operaciones que nunca se les aplica el IVA, el impuesto no es aplicable. Conforme a lo indicado en el artículo 7 de la Ley de IVA, que detalla doce operaciones no sujetas a IVA. Es decir, la operación no da lugar a la obligación de tributar por el impuesto.
ALGUNAS ACTIVIDADES NO SUJETAS SON:
La transmisión de empresas o unidades económicas autónomas
ALGUNAS ACTIVIDADES NO SUJETAS SON:
La transmisión de empresas o unidades económicas autónomas
Las realizadas por las Administraciones Públicas
ALGUNAS ACTIVIDADES NO SUJETAS SON:
La transmisión de empresas o unidades económicas autónomas
Las realizadas por las Administraciones Públicas
Las gratuitas que tienen fines promocionales
ALGUNAS ACTIVIDADES NO SUJETAS SON:
La transmisión de empresas o unidades económicas autónomas
Las realizadas por las Administraciones Públicas
Las gratuitas que tienen fines promocionales
Los servicios prestados por personas físicas en régimen de dependencia administrativas o laborales
ALGUNAS ACTIVIDADES NO SUJETAS SON:
La transmisión de empresas o unidades económicas autónomas
Las realizadas por las Administraciones Públicas
Las gratuitas que tienen fines promocionales
Los servicios prestados por personas físicas en régimen de dependencia administrativas o laborales
Los servicios prestados a las cooperativas por parte de socios
ALGUNAS ACTIVIDADES NO SUJETAS SON:
La transmisión de empresas o unidades económicas autónomas
Las realizadas por las Administraciones Públicas
Las gratuitas que tienen fines promocionales
Los servicios prestados por personas físicas en régimen de dependencia administrativas o laborales
Los servicios prestados a las cooperativas por parte de socios
El pago de intereses
EJEMPLOS
Las entregas gratuitas de muestras de mercancías sin valor comercial estimable
Las entregas de dinero a título de contraprestación o pago
Determinadas concesiones y autorizaciones administrativas, como por ejemplo cuando pides un préstamo.
Las prestaciones de servicios a título gratuito que sean obligatorias para el sujeto pasivo
¡Gracias!