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ANEXOS DE LA OACI

Guerrero Silva Alejandro

Created on January 10, 2024

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Anexo 1: Licencias del Personal de Vuelo

Objetivo o propósito del anexo:

El Anexo 1 de la OACI establece los estándares internacionales para la emisión y el reconocimiento de licencias de personal de vuelo. Su objetivo principal es garantizar que los pilotos, tripulantes de cabina y otro personal de vuelo cumplan con los requisitos de competencia y salud necesarios para garantizar la seguridad de las operaciones aéreas.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

El Anexo 1 fue adoptado por primera vez en 1948, y desde entonces ha experimentado varias revisiones para mantenerse al día con los avances tecnológicos y las cambiantes demandas de la aviación civil. Ha sido fundamental en la estandarización de la formación y certificación del personal de vuelo a nivel mundial.

Contenido y estructura general del anexo

El Anexo 1 abarca aspectos como los requisitos de edad, salud, experiencia y formación para obtener licencias de piloto, así como los procedimientos para su reconocimiento internacional. Define las distintas categorías de licencias y establece los estándares mínimos para la formación y la experiencia requerida.

Anexo 1: Licencias del Personal de Vuelo

Apéndices / Adjuntos

Incluye apéndices que detallan las definiciones de términos clave, así como los procedimientos para la emisión y reconocimiento de licencias. Estos apéndices proporcionan información adicional para clarificar y respaldar los requisitos del anexo.

Publicaciones de referencia

Las publicaciones relacionadas con este anexo incluyen manuales de formación, guías médicas para la certificación de salud del personal de vuelo, y documentos que detallan los procedimientos para la emisión y el reconocimiento de licencias.

Contenido y estructura general del anexo

Licencia de Piloto Comercial: Una licencia que permite al titular actuar como piloto al mando o copiloto de una aeronave para la compensación o el alquiler. Experiencia de Vuelo: El tiempo que un piloto pasa a bordo de una aeronave en vuelo. Certificado Médico: Documento emitido por una autoridad médica competente que verifica que el titular cumple con los estándares de salud necesarios para desempeñar sus funciones como miembro de la tripulación de vuelo. Instructor de Vuelo: Persona autorizada para proporcionar instrucción y entrenamiento a los aspirantes a piloto. Licencia de Piloto de Línea Aérea: Una licencia que habilita al titular para actuar como piloto al mando de una aeronave operada por una aerolínea.

Anexo 2: Reglamento del Aire

Objetivo o propósito del anexo:

El Anexo 2 de la OACI establece las normas y procedimientos internacionales para la regulación del tráfico aéreo y el control de aeronaves en vuelo y en tierra. Su objetivo principal es garantizar la seguridad y eficiencia del tráfico aéreo global, así como establecer las reglas básicas para la navegación aérea.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

Adoptado inicialmente en 1950, el Anexo 2 ha sido objeto de revisiones periódicas para abordar los cambios en la aviación y mejorar la coordinación y la seguridad en el espacio aéreo internacional. Ha evolucionado en respuesta a la creciente complejidad del tráfico aéreo y la introducción de nuevas tecnologías.

Contenido y estructura general del anexo

El Anexo 2 establece las normas y procedimientos para la navegación y el control del tráfico aéreo, abordando aspectos como las reglas del aire, la señalización aérea, las luces de las aeronaves y las comunicaciones radiofónicas. Define las responsabilidades de los pilotos y los controladores de tráfico aéreo para garantizar una coordinación segura y eficiente.

Anexo 2: Reglamento del Aire

Apéndices / Adjuntos

Detallan las señales de mano para el control de aeronaves en tierra, las señales de luces para la comunicación entre aeronaves y controladores, así como información adicional sobre el uso de luces y colores en la señalización aérea.

Publicaciones de referencia

Las publicaciones relacionadas incluyen manuales de procedimientos para el control del tráfico aéreo, guías de comunicaciones y manuales de señalización aérea. Estas publicaciones proporcionan orientación detallada sobre la implementación y aplicación de las normas del Anexo 2.

Contenido y estructura general del anexo

Nivel de Vuelo: Altitud constante relacionada con un plano de referencia, como el nivel del mar. Aeronave: Cualquier máquina más pesada que el aire capaz de elevarse y mantenerse en vuelo. Zona de Control: Espacio aéreo controlado por un centro de control de área para proporcionar servicios de control de tráfico aéreo. Pista de Aterrizaje: Área definida en un aeródromo destinada para el despegue y aterrizaje de aeronaves. Aeronave en Emergencia: Aeronave que, debido a circunstancias imprevistas, requiere asistencia inmediata y prioritaria.

Anexo 3: Meteorología Aeronáutica

Objetivo o propósito del anexo:

Establece las normas y prácticas internacionales para la prestación de servicios meteorológicos destinados a la aviación civil. Su objetivo principal es asegurar que los operadores de aeronaves y los controladores de tráfico aéreo dispongan de información meteorológica precisa y oportuna para garantizar la seguridad y eficiencia de las operaciones aéreas.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

En 1950 fue adoptado para abordar la importancia crítica de la meteorología en la aviación. A lo largo del tiempo, ha experimentado modificaciones para reflejar avances tecnológicos y mejorar la calidad y disponibilidad de la información meteorológica para la aviación.

Contenido y estructura general del anexo

Establece las normas para la prestación de servicios meteorológicos, incluyendo la recopilación, interpretación y difusión de información meteorológica relevante. Cubre aspectos como la observación de superficie, la emisión de pronósticos, y la transmisión de información meteorológica a las tripulaciones de aeronaves.

Anexo 3: Meteorología Aeronáutica

Apéndices / Adjuntos

Incorpora apendices que describen de manera detallada los métodos y pautas aconsejadas para llevar a cabo la observación meteorológica, entender los fenómenos meteorológicos adversos y elaborar informes meteorológicos destinados a la aviación.

Publicaciones de referencia

Las obras vinculadas a este anexo abarcan manuales detallados sobre los procedimientos de observación y elaboración de informes meteorológicos, junto con guías destinadas a la comprensión de fenómenos meteorológicos adversos.

Contenido y estructura general del anexo

Aeródromo Meteorológico: Instalación encargada de proporcionar servicios meteorológicos para un aeródromo específico. Pronóstico de Área Amplia: Pronóstico que cubre una extensa área geográfica y se emite para periodos específicos del día. Observación Meteorológica Regular: Serie de observaciones sistemáticas realizadas en intervalos regulares para proporcionar información continua sobre las condiciones meteorológicas. Informe METAR: Informe meteorológico de aviación regular que describe las condiciones meteorológicas en un aeródromo en un momento específico. Radar Meteorológico: Sistema que utiliza ondas de radio para detectar y rastrear la ubicación y movimiento de las precipitaciones atmosféricas.

Anexo 4: Cartas Aeronáuticas

Objetivo o propósito del anexo:

El Anexo 4 de la OACI establece métodos y normas internacionales para la elaboración y uso de cartas aeronáuticas, que son herramientas vitales para la navegación aérea. Su objetivo principal es proporcionar información gráfica precisa y detallada necesaria para la planificación y ejecución segura de vuelos.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

El Anexo 4 adoptado inicialmente en 1950, ha experimentado revisiones para adaptarse a las demandas cambiantes de la aviación y los avances tecnológicos en cartografía aérea. Ha sido crucial para establecer estándares comunes en la representación gráfica de datos aeronáuticos.

Contenido y estructura general del anexo

Aborda la elaboración y distribución de cartas aeronáuticas, cubriendo aspectos como la representación de información topográfica, características del terreno, instalaciones de navegación y obstáculos. Establece requisitos para la actualización regular de las cartas para reflejar cambios en la infraestructura y las condiciones del espacio aéreo.

Anexo 4: Cartas Aeronáuticas

Apéndices / Adjuntos

Los apéndices que incluye detallan los símbolos y abreviaturas utilizados en las cartas aeronáuticas, así como la información que debe incluirse en cada tipo específico de carta.

Publicaciones de referencia

Incluyen manuales de diseño cartográfico aeronáutico, guías para la interpretación de símbolos en cartas aeronáuticas y documentos sobre procedimientos de actualización y distribución de cartas.

Contenido y estructura general del anexo

Carta de Aeródromo: Representación gráfica de un aeródromo, incluyendo pistas, taxiways y ubicación de instalaciones.Carta de Ruta Aérea de Baja Altitud: Representación gráfica de las rutas aéreas de baja altitud, mostrando características del terreno y obstáculos relevantes. Punto de Referencia Visual: Característica del terreno fácilmente identificable utilizada para la navegación visual. Carta de Procedimientos de Aproximación: Representación gráfica de procedimientos de aproximación instrumental para un aeródromo específico. Límite Vertical Controlado: Altitud máxima o mínima asignada para vuelos en un sector del espacio aéreo, definido en una carta aeronáutica.

Anexo 5: Unidades de Medida para la Aviación Internacional

Objetivo o propósito del anexo:

El Anexo 5 de la OACI define las normas y directrices a nivel internacional para las unidades de medida empleadas en la aviación global. Su propósito fundamental es garantizar la coherencia y uniformidad en las mediciones utilizadas en la aviación, con el fin de prevenir confusiones y asegurar la seguridad y eficacia de las operaciones aéreas.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

Instaurado inicialmente en 1950, el Anexo 5 ha desempeñado un papel crucial en prevenir malentendidos y errores en las comunicaciones y operaciones aéreas, derivados de la diversidad de sistemas de medida. Con el transcurso del tiempo, ha experimentado revisiones para mantenerse en consonancia con los estándares internacionales y las tecnologías emergentes.

Contenido y estructura general del anexo

El Anexo 5 establece las unidades de medida estándar para diversos parámetros relevantes en la aviación, tales como altitud, velocidad, masa, distancia, tiempo, entre otros. Ofrece pautas precisas sobre la forma de expresar y comunicar estas medidas, garantizando así una comprensión uniforme dentro de la comunidad internacional de la aviación.

Anexo 5: Unidades de Medida para la Aviación Internacional

Apéndices / Adjuntos

Incorpora apendices que especifican las conversiones entre unidades de medida y suministran tablas y fórmulas con el propósito de facilitar la aplicación práctica de los estándares establecidos en el anexo.

Publicaciones de referencia

Las obras vinculadas a este anexo comprenden manuales de conversión de unidades, orientaciones para la expresión de medidas en documentación aeronáutica y recursos que simplifican la implementación práctica de las normas establecidas en el Anexo 5.

Contenido y estructura general del anexo

Altitud: Distancia vertical medida desde un punto de referencia, como el nivel del mar, expresada en pies o metros según la unidad estándar adoptada. Velocidad Indicada: Velocidad de una aeronave indicada por el instrumento de velocidad, expresada en nudos o kilómetros por hora. Masa Máxima de Despegue: Peso máximo permitido para una aeronave al iniciar el despegue, expresado en libras o kilogramos. Distancia de Aterrizaje: Longitud de la pista de aterrizaje requerida para que una aeronave complete su aterrizaje y detención, expresada en metros o pies. Tiempo de Vuelo: Duración total de un vuelo desde el despegue hasta el aterrizaje, expresada en horas y minutos según la unidad estándar adoptada.

Anexo 6: Operación de Aeronaves

Objetivo o propósito del anexo:

El Anexo 6 de la OACI establece estándares internacionales y prácticas recomendadas para garantizar la operación segura y eficiente de aeronaves civiles. Su objetivo fundamental es asegurar que las operaciones aéreas se adhieran a estándares uniformes, contribuyendo así a la seguridad de la aviación civil a nivel mundial.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

Adoptado en 1948 y sometido a diversas revisiones, el Anexo 6 ha evolucionado para abordar cambios en la tecnología, la aviación y las prácticas operativas. Ha sido crucial en la promoción de prácticas operativas seguras y eficientes en la industria de la aviación internacional.

Contenido y estructura general del anexo

El Anexo 6 abarca una amplia variedad de temas, desde los requisitos generales para las operaciones de aeronaves hasta aspectos específicos como los manuales de operaciones de vuelo, el mantenimiento de aeronaves, el combustible de aviación, la carga de aeronaves y la gestión de riesgos operativos.

Anexo 6: Operación de Aeronaves

Apéndices / Adjuntos

Incluye apéndices que proporcionan detalles adicionales y orientación sobre ciertos aspectos, como la aplicación de las normas en operaciones específicas o la gestión de la fatiga de la tripulación.

Publicaciones de referencia

Las publicaciones relacionadas con este anexo incluyen manuales de operaciones de vuelo, guías de mantenimiento de aeronaves, documentos sobre seguridad operacional y publicaciones destinadas a orientar a los operadores sobre la implementación de las normas del Anexo 6.

Contenido y estructura general del anexo

Operador Aéreo: Persona o entidad que se dedica a la explotación de aeronaves para fines comerciales, agrícolas, industriales o de servicios. Certificado de Operador Aéreo: Documento emitido por la autoridad competente que autoriza a un operador aéreo a realizar operaciones específicas con aeronaves particulares. Mantenimiento Programado: Trabajos de mantenimiento planificados y llevados a cabo según un programa preestablecido para garantizar la confiabilidad y seguridad continua de la aeronave. Gestión de Riesgos Operativos: Proceso sistemático para identificar, evaluar y gestionar los riesgos asociados con las operaciones de aeronaves con el objetivo de mejorar la seguridad y la eficiencia. Operación de Vuelo No Normal: Operación que difiere de las operaciones normales, como las operaciones con fallas en sistemas o condiciones meteorológicas adversas, que requiere procedimientos y consideraciones especiales para garantizar la seguridad.

Anexo 7: Matrícula de las Aeronaves

Objetivo o propósito del anexo:

El Anexo 7 de la OACI establece normas y prácticas internacionales relacionadas con la matrícula de las aeronaves civiles. Su objetivo principal es proporcionar un sistema estandarizado para identificar y rastrear las aeronaves a nivel global, contribuyendo así a la seguridad, la eficiencia y la gestión adecuada del tráfico aéreo.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

Establecido en 1948, el Anexo 7 ha sufrido modificaciones para adaptarse a las evoluciones en la aviación, asegurando la identificación inequívoca y global de las aeronaves. Ha resultado fundamental para promover la seguridad y facilitar la gestión eficiente del tráfico aéreo a nivel internacional.

Contenido y estructura general del anexo

El Anexo 7 define requisitos particulares para la matrícula de las aeronaves, abordando aspectos como la asignación de códigos y letras, las dimensiones y la ubicación de las marcas de matrícula, así como las circunstancias en las que una aeronave puede modificar su matrícula.

Anexo 7: Matrícula de las Aeronaves

Apéndices / Adjuntos

Incorpora apéndices que ofrecen información adicional y orientación detallada sobre diversos aspectos, tales como la implementación de las normas en operaciones específicas o la gestión de la fatiga de la tripulación.

Publicaciones de referencia

Las obras asociadas a este anexo abarcan manuales de procedimientos destinados a la matrícula de aeronaves, guías sobre la asignación de códigos y letras, así como documentos explicativos que detallan los procesos para solicitar y modificar matrículas.

Contenido y estructura general del anexo

Marca de Matrícula: Secuencia de caracteres y números únicos asignados a una aeronave para su identificación. La marca de matrícula suele estar pintada en la aeronave de acuerdo con las normas establecidas en el Anexo 7. Matrícula de Estado: Letras o números que indican el país de registro de la aeronave, asignados de acuerdo con el sistema de codificación internacional. Revalidación de Matrícula: Proceso mediante el cual el propietario de una aeronave renueva o actualiza la matrícula de la misma, generalmente después de un período específico. Cambio de Matrícula: Procedimiento que permite a una aeronave cambiar su matrícula, sujeto al cumplimiento de ciertos requisitos y aprobaciones por parte de la autoridad de aviación civil. Código de País: Secuencia alfabética o alfanumérica que identifica el país o la jurisdicción de registro de la aeronave. Los códigos de país son asignados de acuerdo con estándares internacionales establecidos en el Anexo 7.

Anexo 8: Aeronavegabilidad de las Aeronaves

Objetivo o propósito del anexo:

El Anexo 8 de la OACI establece normas y prácticas internacionales relacionadas con la aeronavegabilidad de las aeronaves civiles. Su objetivo principal es garantizar que las aeronaves cumplan con los requisitos de diseño, fabricación, mantenimiento y operación para asegurar un nivel adecuado de seguridad en la aviación civil.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

Adoptado en 1951 y modificado en varias ocasiones, el Anexo 8 ha sido esencial para mantener la seguridad y la aeronavegabilidad en el entorno aeroespacial internacional. Ha evolucionado para abordar los avances tecnológicos y los cambios en las prácticas de diseño y mantenimiento de aeronaves.

Contenido y estructura general del anexo

El Anexo 8 abarca aspectos cruciales de la aeronavegabilidad, incluyendo normas para el diseño de aeronaves, la certificación de tipo, la emisión de certificados de aeronavegabilidad, y los requisitos para el mantenimiento continuo de las aeronaves.

Anexo 8: Aeronavegabilidad de las Aeronaves

Apéndices / Adjuntos

Incluye apéndices que detallan procedimientos y formularios específicos relacionados con la certificación de tipo, la emisión de certificados de aeronavegabilidad y otros aspectos técnicos.

Publicaciones de referencia

Las publicaciones relacionadas con este anexo incluyen manuales de diseño de aeronaves, guías para la certificación de tipo, y documentos técnicos sobre el mantenimiento de aeronaves, todos destinados a apoyar la aplicación y cumplimiento de las normas del Anexo 8.

Contenido y estructura general del anexo

Certificación de Tipo: Proceso mediante el cual la autoridad de aviación civil aprueba el diseño de un tipo específico de aeronave, confirmando que cumple con los estándares de aeronavegabilidad establecidos en el Anexo 8. Certificado de Aeronavegabilidad: Documento emitido por la autoridad de aviación civil que certifica que una aeronave específica cumple con los requisitos de diseño y mantenimiento establecidos en el Anexo 8 y, por lo tanto, es apta para el vuelo. Inspección de Aeronavegabilidad: Proceso regular y sistemático de examinar y evaluar una aeronave para asegurar que continúe cumpliendo con los estándares de aeronavegabilidad. Directrices de Diseño: Recomendaciones y criterios establecidos por la autoridad de aviación civil para orientar a los fabricantes de aeronaves en el diseño y desarrollo de aeronaves seguras y eficientes. Registro de Aeronavegabilidad: Base de datos mantenida por la autoridad de aviación civil que contiene información detallada sobre el estado y la historia de las aeronaves registradas, incluyendo sus certificados de aeronavegabilidad.

Anexo 9: Facilitación

Objetivo o propósito del anexo:

El Anexo 9 de la OACI comprende normas y prácticas internacionales para facilitar la movilidad eficiente y segura de personas y bienes a través de las fronteras internacionales. Su objetivo principal es promover la facilitación de los procesos en los aeropuertos y otros puntos de entrada, optimizando la seguridad y eficiencia de las operaciones de aviación civil.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

Instauradao en 1952 y revisado para abordar cambios en la aviación y enfoques más modernos en la gestión de la seguridad y la eficiencia, el Anexo 9 ha sido fundamental para mejorar la experiencia de viaje y optimizar la gestión de fronteras en el transporte aéreo internacional.

Contenido y estructura general del anexo

El Anexo 9 abarca aspectos relacionados con la facilitación, incluyendo la emisión de documentos de viaje, la inspección de pasajeros y equipaje, la coordinación de las operaciones en aeropuertos y la cooperación internacional en cuestiones de facilitación.

Anexo 9: Facilitación

Apéndices / Adjuntos

Incorpora apéndices que proporcionan detalles sobre los estándares y prácticas recomendadas vinculadas a aspectos específicos de facilitación, tales como la identificación de pasajeros, la emisión de visas y la gestión de la carga.

Publicaciones de referencia

Las obras asociadas a este anexo comprenden manuales de procedimientos destinados a la facilitación en aeropuertos, guías para la emisión de documentos de viaje y documentos que abordan la armonización de procesos en puntos de entrada.

Contenido y estructura general del anexo

Visa: Endoso o marcado en un documento de viaje que indica que su titular tiene permiso para ingresar, salir o transitar por el territorio emitente. Operador de Aeropuerto: Persona u organización responsable de la gestión y operación de un aeropuerto. Inspección de Pasajeros: Proceso de verificación de la identidad y documentación de los pasajeros que ingresan o salen de un país. Documento de Identidad de Tripulación: Documento emitido a los miembros de la tripulación de vuelo que certifica su identidad y función. Carga Internacional: Mercancías que se transportan entre dos o más países y que pueden estar sujetas a inspecciones y regulaciones aduaneras durante su transporte.

vAnexo 10: Telecomunicaciones Aeronáuticas

Objetivo o propósito del anexo:

El Anexo 10 de la OACI establece normas y prácticas internacionales para las comunicaciones y los sistemas de navegación utilizados en la aviación civil. Su objetivo principal es garantizar la eficacia y la seguridad de las comunicaciones aéreas, así como facilitar la navegación y el control del tráfico aéreo en el ámbito internacional.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

Adoptado inicialmente en 1953, el Anexo 10 ha sido revisado en varias ocasiones para mantenerse al día con los avances tecnológicos en las comunicaciones y la navegación. Ha sido esencial para establecer estándares globales que permitan la interoperabilidad y la seguridad en las operaciones aéreas.

Contenido y estructura general del anexo

El Anexo 10 aborda diversos aspectos de las telecomunicaciones aeronáuticas, incluyendo normas para la comunicación por radio, sistemas de navegación, sistemas de vigilancia y la coordinación de las frecuencias de radio utilizadas en la aviación civil.

vAnexo 10: Telecomunicaciones Aeronáuticas

Apéndices / Adjuntos

Incluye apéndices que proporcionan detalles técnicos y orientación adicional sobre los equipos y procedimientos utilizados en las telecomunicaciones aeronáuticas, así como información sobre la asignación y uso de frecuencias de radio.

Publicaciones de referencia

Las publicaciones relacionadas con este anexo incluyen manuales de procedimientos para las comunicaciones aéreas, guías sobre la implementación de tecnologías específicas de comunicación y documentos técnicos sobre equipos de radio y sistemas de navegación.

Contenido y estructura general del anexo

Frecuencia Aeronáutica: Rango específico de frecuencias de radio asignadas para la comunicación y la navegación en la aviación civil. Equipo de Comunicación de Aeronaves: Dispositivo electrónico utilizado para la transmisión y recepción de mensajes de radio entre aeronaves y con estaciones en tierra. VHF: Abreviatura de "Very High Frequency" (Muy Alta Frecuencia), utilizado comúnmente en la aviación para comunicaciones de voz y datos. Sistema de Aterrizaje por Instrumentos (ILS): Sistema de ayuda a la navegación que proporciona información de guía precisa a las aeronaves en aproximación y aterrizaje. Servicio de Información Aeronáutica (AIS): Servicio que proporciona información actualizada y precisa sobre la aviación, incluyendo datos sobre aeródromos, rutas y procedimientos de vuelo.

Anexo 11: Servicios de Tránsito Aéreo

Objetivo o propósito del anexo:

El Anexo 11 de la OACI establece directrices y estándares a nivel internacional para la entrega de servicios de control de tráfico aéreo. Su objetivo principal consiste en asegurar un sistema eficiente y seguro para supervisar el movimiento de aeronaves tanto en el espacio aéreo como en los aeródromos.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

Instaurado en 1954, el Anexo 11 ha experimentado múltiples revisiones para hacer frente a la creciente complejidad del tráfico aéreo y la integración de nuevas tecnologías en la gestión del espacio aéreo. Ha desempeñado un papel esencial al establecer estándares globales que garanticen la seguridad y la eficiencia de las operaciones aéreas.

Contenido y estructura general del anexo

El Anexo 11 aborda aspectos esenciales de los servicios de tránsito aéreo, incluyendo la organización y prestación de servicios de control del tráfico aéreo, la coordinación entre distintos proveedores de servicios de navegación aérea, y la implementación de procedimientos de emergencia.

Anexo 11: Servicios de Tránsito Aéreo

Apéndices / Adjuntos

Incorpora apendices que proporcionan información detallada sobre aspectos específicos relacionados con la estructura y prestación de servicios de tránsito aéreo, abordando temas como la categorización de aeródromos y las funciones asignadas a los servicios de información aeronáutica.

Publicaciones de referencia

Las obras vinculadas a este anexo abarcan manuales de procedimientos dirigidos a controladores de tráfico aéreo, orientaciones para la implementación de sistemas de gestión del tráfico aéreo y documentos técnicos que tratan sobre equipos y tecnologías empleadas en la navegación y control del tráfico aéreo.

Contenido y estructura general del anexo

Controlador de Tránsito Aéreo: Persona responsable de proporcionar instrucciones y asistencia a las aeronaves en un área controlada para garantizar su separación segura y un flujo eficiente del tráfico aéreo. Torre de Control: Instalación en un aeródromo que supervisa y controla las operaciones de tráfico aéreo en la pista y en el espacio aéreo cercano al aeródromo. Centro de Control de Área: Instalación que proporciona servicios de control de tráfico aéreo para aeronaves en una región geográfica específica, fuera de las áreas controladas por las torres de control. Frecuencia de Torre: Canal de comunicación de radio utilizado para la comunicación entre controladores de torre y pilotos que operan en el aeródromo. Espacio Aéreo Clasificado: Área del espacio aéreo designada para la provisión de servicios de control del tráfico aéreo, donde se aplican ciertas restricciones y procedimientos para garantizar la seguridad y la eficiencia del tráfico aéreo.

Anexo 12: Búsqueda y Salvamento (SAR)

Objetivo o propósito del anexo:

El Anexo 12 de la OACI define normas y prácticas internacionales para la planificación y ejecución de servicios de búsqueda y rescate (SAR) en la aviación civil. Su propósito fundamental es asegurar una respuesta eficiente y coordinada ante situaciones de emergencia aérea, con el objetivo de preservar vidas y bienes.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

Agregado en 1955, el Anexo 12 ha sido sometido a revisiones con el fin de integrar avances tecnológicos y adaptarse a las evoluciones en las necesidades de la aviación. Ha desempeñado un papel crucial en la definición de estándares globales que promueven la coordinación y eficiencia en las operaciones de búsqueda y salvamento.

Contenido y estructura general del anexo

El Anexo 12 trata elementos fundamentales de los servicios de búsqueda y salvamento, abordando temas como la organización de la coordinación SAR, la notificación de aeronaves desaparecidas y la utilización de tecnologías y recursos para mejorar la eficacia de las operaciones de búsqueda y salvamento.

Anexo 12: Búsqueda y Salvamento (SAR)

Apéndices / Adjuntos

Incorpora apéndices que ofrecen detalles específicos sobre la planificación y ejecución de operaciones de búsqueda y salvamento, así como la información que debe ser suministrada a las autoridades encargadas de SAR.

Publicaciones de referencia

Las obras vinculadas a este anexo abarcan manuales de procedimientos destinados a coordinadores de SAR, orientaciones sobre la aplicación de tecnologías SAR y documentos técnicos sobre los equipos y las técnicas empleadas en operaciones de búsqueda y salvamento.

Contenido y estructura general del anexo

Centro de Coordinación de Salvamento (RCC): Instalación responsable de coordinar las operaciones de búsqueda y salvamento en una región geográfica específica. Aeronave Desaparecida: Aeronave cuya posición no puede ser determinada y que se cree que está involucrada en una situación de emergencia. Frecuencia de Socorro: Canal de comunicación de radio específico para la transmisión de señales de socorro y coordinación de operaciones de búsqueda y salvamento. Área de Búsqueda: Región geográfica definida donde se concentran los esfuerzos de búsqueda y salvamento para localizar una aeronave desaparecida. Radiobaliza de Emergencia (ELT): Dispositivo a bordo de una aeronave que emite señales automáticas en caso de un accidente, facilitando la localización de la aeronave en operaciones SAR.

Anexo 13: Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación

Objetivo o propósito del anexo:

El Anexo 13 de la OACI establece normas y prácticas internacionales para la investigación de accidentes e incidentes de aviación. Su objetivo principal es garantizar la realización de investigaciones exhaustivas e imparciales que permitan identificar las causas de los incidentes y accidentes, contribuyendo así a mejorar la seguridad en la aviación.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

Adoptado en 1951 y sujeto a varias revisiones, el Anexo 13 ha sido esencial para establecer estándares que aseguren la calidad y consistencia en las investigaciones de accidentes e incidentes de aviación a nivel internacional. Ha evolucionado para abordar los cambios en la tecnología y enfoques de investigación.

Contenido y estructura general del anexo

El Anexo 13 aborda diversos aspectos relacionados con la investigación de accidentes e incidentes, incluyendo la notificación y notificación de sucesos significativos, la organización y ejecución de investigaciones, y la presentación de informes finales.

Anexo 13: Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación

Apéndices / Adjuntos

Incluye apéndices que proporcionan orientación adicional sobre temas específicos de la investigación, como la preservación de pruebas, la participación de fabricantes y la cooperación internacional en investigaciones.

Publicaciones de referencia

Las publicaciones relacionadas con este anexo incluyen manuales de procedimientos para investigadores de accidentes, guías sobre la elaboración de informes finales y documentos técnicos sobre técnicas de investigación forense en la aviación.

Contenido y estructura general del anexo

Investigador Principal: Persona designada por la autoridad de investigación para liderar una investigación específica de accidente o incidente de aviación. Notificación Inmediata: Comunicación rápida a la autoridad de investigación sobre un accidente o incidente aéreo, proporcionando detalles iniciales para facilitar una respuesta inmediata. Factores Contribuyentes: Condiciones o acciones que, aunque no fueron la causa directa, contribuyeron al desarrollo de un accidente o incidente. Información Protegida: Datos que, por razones de seguridad nacional o privacidad, están exentos de divulgación pública en informes finales de investigaciones de accidentes e incidentes. Recomendación de Seguridad: Propuesta de medidas correctivas o preventivas emitida por la autoridad de investigación para mejorar la seguridad basada en los hallazgos de una investigación.

Anexo 14: Aeródromos

Objetivo o propósito del anexo:

El Anexo 14 de la OACI establece normas y prácticas internacionales para el diseño y la operación de aeródromos. Su objetivo principal es garantizar la seguridad y la eficiencia de las operaciones aéreas en y alrededor de los aeródromos, abordando aspectos como la planificación, el diseño, la gestión, y el mantenimiento de las instalaciones aeroportuarias.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

Adoptado en 1951 y sujeto a múltiples revisiones, el Anexo 14 ha sido esencial para establecer estándares globales que promueven la seguridad y la eficiencia en la infraestructura aeroportuaria. Ha evolucionado para abordar los cambios en la aviación y las tecnologías asociadas.

Contenido y estructura general del anexo

El Anexo 14 abarca una amplia gama de aspectos relacionados con los aeródromos, incluyendo normas para el diseño de pistas, ayudas visuales, sistemas de iluminación, servicios de extinción de incendios, y la gestión de la seguridad operacional en los aeropuertos.

Anexo 14: Aeródromos

Apéndices / Adjuntos

Incluye apéndices que detallan aspectos técnicos y orientación adicional sobre el diseño y la operación de aeródromos, así como la implementación de sistemas de gestión de la seguridad operacional (SMS) en los aeropuertos.

Publicaciones de referencia

Las publicaciones relacionadas con este anexo incluyen manuales de diseño aeroportuario, guías sobre la implementación de sistemas de iluminación en aeropuertos, y documentos técnicos sobre la gestión de la seguridad operacional en instalaciones aeroportuarias.

Contenido y estructura general del anexo

Pista de Aterrizaje: Superficie rectangular definida en un aeródromo preparada para el despegue y aterrizaje de aeronaves. Ayuda a la Aproximación: Dispositivo o sistema que proporciona orientación o información para facilitar el enfoque y aterrizaje de aeronaves. Clasificación de Aeródromos: Categorización de aeródromos según su tamaño y capacidad, determinada por criterios como la longitud de la pista y el tipo de aeronaves que pueden operar en ellos. Zona de Toque y Despegue (TLOF): Área en una plataforma de helipuerto preparada para el despegue y aterrizaje de helicópteros. Rodaje: Desplazamiento de aeronaves en tierra, incluyendo el movimiento en pistas, calles de rodaje y plataformas de estacionamiento.

Anexo 15: Servicios de Información Aeronáutica (AIS)

Objetivo o propósito del anexo:

Las regulaciones y pautas internacionales para la provisión de servicios de información aeronáutica (AIS) se encuentran delineadas en el Anexo 15 de la OACI. El propósito fundamental de este anexo es asegurar que la información aeronáutica esencial para la navegación aérea y la seguridad operacional esté disponible de manera consistente y con altos estándares de calidad.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

Desde su adopción en 1953, el Anexo 15 ha experimentado diversas revisiones y se ha convertido en un pilar fundamental al establecer estándares que facilitan la eficiente provisión de información aeronáutica en la aviación civil internacional. Su evolución a lo largo del tiempo ha sido crucial para adaptarse a los cambios en tecnologías de la información y enfoques operativos.

Contenido y estructura general del anexo

El Anexo 15 se ocupa de cuestiones vinculadas a la estructura y entrega de servicios de información aeronáutica, englobando la recopilación, procesamiento y distribución de datos aeronáuticos fundamentales. Asimismo, aborda la coordinación entre los proveedores de servicios de información aeronáutica (AIS).

Anexo 15: Servicios de Información Aeronáutica (AIS)

Apéndices / Adjuntos

El Anexo 15 incorpora apéndices que ofrecen información técnica detallada y orientación adicional respecto a aspectos específicos relacionados con la prestación de servicios de información aeronáutica. Estos apéndices abordan temas particulares como la elaboración de planes de vuelo y la publicación de información aeronáutica.

Publicaciones de referencia

Las publicaciones vinculadas a este anexo engloban manuales de procedimientos destinados a proveedores de servicios de información aeronáutica (AIS), guías concernientes a la preparación de NOTAMs (Notices to Airmen) y documentos técnicos que abordan la aplicación de tecnologías de la información en el contexto de los servicios de información aeronáutica.

Contenido y estructura general del anexo

Servicio de Información Aeronáutica (AIS): Conjunto de servicios que proporcionan información aeronáutica esencial para la seguridad, regularidad y eficiencia de las operaciones aéreas. NOTAM (Notices to Airmen): Avisos emitidos para notificar a los usuarios de la aviación sobre cambios importantes en las instalaciones, servicios o procedimientos que afectan la seguridad o eficiencia de las operaciones aéreas. Carta de Aeródromo: Representación gráfica de una o varias pistas de aterrizaje de un aeródromo, con detalles sobre instalaciones y procedimientos. Servicio de Planificación de Vuelos: Provisión de información aeronáutica y asesoramiento a los pilotos antes del vuelo, incluyendo la elaboración y entrega de planes de vuelo. Datos de Obstrucciones: Información sobre objetos en el espacio aéreo, como edificaciones o antenas, que podrían afectar la seguridad de las operaciones aéreas.

Anexo 16: Protección del Medio Ambiente

Objetivo o propósito del anexo:

El Anexo 16 de la OACI establece normas y prácticas internacionales para mitigar el impacto ambiental de las operaciones de aviación civil. Su objetivo principal es abordar cuestiones como la emisión de gases contaminantes, el ruido de las aeronaves y otros aspectos relacionados con la protección del medio ambiente, contribuyendo así al desarrollo sostenible de la aviación.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

Adoptado en 1971 y sujeto a múltiples enmiendas, el Anexo 16 refleja el compromiso de la aviación civil internacional para abordar las preocupaciones ambientales asociadas con las operaciones aéreas. Ha evolucionado para incluir estándares actualizados y medidas destinadas a reducir el impacto ambiental de la aviación.

Contenido y estructura general del anexo

El Anexo 16 abarca diversos aspectos relacionados con la protección del medio ambiente en la aviación, incluyendo normas para limitar las emisiones de gases contaminantes, reducir el ruido de las aeronaves y abordar otras cuestiones ambientales relacionadas con la aviación civil.

Anexo 16: Protección del Medio Ambiente

Apéndices / Adjuntos

Contiene apendices que proporcionan información detallada sobre aspectos técnicos y procedimientos de medición vinculados a la disminución de emisiones y niveles de ruido en aeronaves, además de brindar guía acerca de la evaluación del impacto ambiental.

Publicaciones de referencia

Las publicaciones relacionadas con este anexo incluyen manuales sobre tecnologías de reducción de emisiones, guías sobre la certificación de aeronaves desde el punto de vista ambiental, y documentos técnicos sobre estrategias para minimizar el impacto ambiental.

Contenido y estructura general del anexo

Emisiones de CO2: Cantidad de dióxido de carbono liberada en la atmósfera como resultado de las operaciones de aeronaves. Índice de Emisiones de NOx: Medida de la cantidad de óxidos de nitrógeno emitidos por una aeronave durante su operación. Nivel de Ruido de Despegue: Criterio establecido para medir y limitar el ruido producido por una aeronave durante la fase de despegue. Zonas de Restricción de Ruido: Áreas designadas alrededor de los aeródromos con restricciones específicas para limitar la exposición al ruido de las aeronaves. Requisitos de Certificación Ambiental: Estándares que una aeronave debe cumplir para obtener la certificación de tipo, garantizando que cumple con los criterios ambientales establecidos en el Anexo 16.

Anexo 17: Seguridad: Protección de la Aviación Civil contra Actos de Interferencia Ilícita

Objetivo o propósito del anexo:

El Anexo 17 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) establece pautas y estándares internacionales para salvaguardar la aviación civil contra actividades ilícitas, como la amenaza de actos terroristas. Su principal finalidad es asegurar la seguridad de las operaciones aéreas y preservar la integridad de la aviación civil a nivel internacional.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

Aprobado en 1971 y sujeto a múltiples modificaciones, el Anexo 17 constituye un elemento fundamental para enfrentar los desafíos de seguridad en la aviación, particularmente en el contexto de amenazas como el terrorismo. Ha experimentado adaptaciones en respuesta a las transformaciones en las tácticas terroristas y las tecnologías relacionadas a lo largo del tiempo.

Contenido y estructura general del anexo

El Anexo 17 aborda distintas esferas vinculadas a la seguridad de la aviación civil, incorporando directrices para la seguridad en el transporte de carga, la protección de instalaciones aeroportuarias, la gestión de la seguridad de la información y la colaboración entre estados con el fin de prevenir actos de interferencia ilícita.

Anexo 17: Seguridad: Protección de la Aviación Civil contra Actos de Interferencia Ilícita

Apéndices / Adjuntos

Contiene apéndices que especifican detalles técnicos y procedimientos para llevar a cabo la implementación de medidas de seguridad, además de proporcionar guía sobre la evaluación y gestión de riesgos en materia de seguridad.

Publicaciones de referencia

Las publicaciones vinculadas a este anexo abarcan manuales relativos a la implementación de sistemas de seguridad en aeropuertos, orientaciones sobre la inspección de carga y documentos técnicos que abordan tecnologías de detección de amenazas.

Contenido y estructura general del anexo

Interferencia Ilícita: Acto o amenaza de acción deliberada que pone en peligro la seguridad de una aeronave, sus ocupantes, carga o instalaciones aeroportuarias, incluyendo actos de terrorismo. Inspección de Pasajeros y Equipaje de Mano: Procedimientos de revisión de pasajeros y sus pertenencias antes de embarcar en una aeronave, con el fin de detectar posibles amenazas. Plan de Respuesta a Incidentes de Seguridad (ASIP): Documento que describe las acciones y procedimientos a seguir en caso de un incidente de seguridad en un aeropuerto. Control de Acceso a Áreas Restringidas: Medidas para limitar y controlar el acceso a áreas críticas de un aeropuerto, restringiendo la entrada solo a personal autorizado. Capacitación en Seguridad de la Aviación: Programas educativos diseñados para mejorar la conciencia y competencia del personal aeroportuario y de las aerolíneas en materia de seguridad y prevención de actos de interferencia ilícita.

Anexo 18: Transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea.

Objetivo o propósito del anexo:

El propósito principal del Anexo 18 de la OACI es establecer estándares y prácticas recomendadas para la gestión del riesgo de la seguridad operacional en la aviación civil. Se centra en la identificación, evaluación y mitigación de riesgos para garantizar la seguridad en la operación de aeronaves.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

El Anexo 18 se desarrolló en respuesta a la creciente complejidad de las operaciones aéreas y la necesidad de adoptar enfoques sistemáticos para gestionar los riesgos asociados. Surgió como parte de los esfuerzos continuos de la OACI para mejorar la seguridad operacional en la aviación civil.

Contenido y estructura general del anexo

El Anexo 18 presenta requisitos y orientaciones específicos para la implementación de sistemas de gestión del riesgo de seguridad operacional en las organizaciones de aviación. Incluye secciones sobre políticas y objetivos, responsabilidades, procesos de gestión de riesgos, y monitoreo y mejora continua.

Anexo 18: Transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea.

Apéndices / Adjuntos

El Anexo 18 puede contener apéndices que proporcionan detalles adicionales, ejemplos o guías para facilitar la implementación efectiva de los requisitos establecidos en el documento principal.

Publicaciones de referencia

El Anexo 18 puede hacer referencia a otras publicaciones de la OACI, documentos técnicos o normativas relevantes que respalden la implementación de las medidas propuestas.

Contenido y estructura general del anexo

Gestión del riesgo: Proceso sistemático de identificación, evaluación y control de los riesgos asociados con las operaciones de aviación para alcanzar objetivos específicos. Evento de seguridad operacional: Circunstancia o suceso relacionado con la operación de una aeronave que, si no se gestiona adecuadamente, puede conducir a un accidente o incidente. Mitigación del riesgo: Acciones planificadas para reducir la probabilidad o la gravedad de un evento de seguridad operacional. Sistema de gestión de la seguridad operacional (SMS): Marco organizativo que incluye políticas, objetivos, procesos y responsabilidades para gestionar la seguridad operacional de manera efectiva. Evaluación del riesgo: Proceso de análisis sistemático para determinar la probabilidad y las consecuencias de eventos de seguridad operacional y para evaluar el riesgo resultante.

Anexo 19: Gestión de la Seguridad Operacional

Objetivo o propósito del anexo:

El Anexo 19 de la OACI, titulado "Gestión de la Seguridad Operacional", establece normas y prácticas internacionales para implementar sistemas de gestión de seguridad operacional (SMS) en las organizaciones de aviación civil. Su objetivo principal es mejorar y fortalecer la seguridad operacional mediante la implementación de procesos sistemáticos y estructurados.

Antecedentes y contexto histórico del anexo:

Desde su aprobacion en 2013, el Anexo 19 refleja la evolución en el enfoque de la OACI hacia la gestión de la seguridad operacional. Proporciona una estructura para que las organizaciones desarrollen, implementen y mantengan sistemas de gestión de seguridad operacional adaptados a su tamaño, naturaleza y complejidad.

Contenido y estructura general del anexo

Aborda la implementación de sistemas de gestión de seguridad operacional en todas las organizaciones de aviación civil involucradas en actividades de aviación. Establece principios y procesos clave, incluyendo la identificación de peligros, la evaluación de riesgos, la implementación de medidas de mitigación y la revisión continua del desempeño.

Anexo 19: Gestión de la Seguridad Operacional

Apéndices / Adjuntos

Contiene anexos que ofrecen orientación y ejemplos prácticos destinados a asistir a las organizaciones en la implementación eficiente de sistemas de gestión de seguridad operacional.

Publicaciones de referencia

Las publicaciones asociadas a este anexo comprenden manuales y guías de la OACI acerca de la implementación de sistemas de gestión de seguridad operacional, así como documentos técnicos diseñados para respaldar la capacitación y la aplicación práctica.

Contenido y estructura general del anexo

Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS): Enfoque sistemático para la gestión de la seguridad operacional, que incluye la política, la planificación, la implementación, la evaluación y la mejora continua de procesos para aumentar la seguridad en la aviación. Hazard (Peligro): Fuente, situación, o acto que tiene el potencial de causar daño en términos de lesiones a las personas, daño a la propiedad, o impacto negativo en el medio ambiente. Risk (Riesgo): Combinación de la probabilidad de que ocurra un evento peligroso y las consecuencias de ese evento, expresado en términos de pérdida. Seguridad de la Aviación: Estado o condición en el cual el riesgo de lesiones o daños a las personas o bienes y el riesgo de pérdida de la aeronave es reducido y controlado al nivel más bajo posible. Informe de Seguridad Operacional (OSR): Documento utilizado para informar de manera sistemática sobre la seguridad operacional, incluyendo incidentes, accidentes, y otros eventos relevantes, para el análisis y la mejora continua de la seguridad.