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Los 19 anexos de la OACI

Pérez Castillo Sereth Suriel

Created on January 9, 2024

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Transcript

LOS 19 ANEXOS DE LA OACI

En el Convenio de Aviacion Civil Internacional de Chicago de 1944 se añaden 19 anexos que contienen normas, definiciones y prácticas recomendadas, que son enmendados por la OACI

Empezar

Sereth Suriel Perez Castillo3IV14

Los anexos de la oaci

1 - 4

5 - 8

1. Licencias al personal

5. Unidades de medida

2. Reglamento del aire

6. Operación de aeronaves

7. Marcas de nacionalidad y de Matrícula de las aeronaves

3. Servicio Meteorológico para la navegación aérea internacional

4. Cartas aeronáuticas

8. Aeronavegabilidad

Los anexos de la oaci

9 - 12

13 - 16

9. Facilitación

13. Investigación de accidentes e incidentes de aviación

10. Telecomunicaciones aeronáuticas

14. Aeródromos

15. Servicios de información aeronáutica

11. Servicios de tránsito aéreo

12. Búsqueda y salvamento

16. Protección del medio ambiente

Los anexos de la oaci

17 -

- 19

17. Seguridad

18. - Transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea

19. Gestión de la seguridad operacional

Referencias

Objetivo

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

El objetivo principal de este anexo es establecer normas y requisitos uniformes a nivel internacional para la emisión y mantenimiento de licencias para el personal de vuelo, como pilotos y tripulación de cabina.

ANEXO 1LICENCIAS AL PERSONAL

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Antecedentes y contexto histórico del anexo

Las normas y métodos recomendados para el otorgamientode licencias al personal fueron adoptadas inicialmente por el Consejo el 14 de abril de 1948 de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 37 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944), con la designación de Anexo 1 al Convenio, y comenzaron a surtir efecto el 15 de septiembre de 1948.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Contenido

CAPÍTULO 1. Definiciones y reglamento general relativos al otorgamiento de licencias CAPÍTULO 2. Licencias y habilitaciones para pilotos CAPÍTULO 3. Licencias para miembros de la tripulación de vuelo que no sean pilotos CAPÍTULO 4. Licencias y habilitaciones para el personal que no pertenezca a la tripulación de vuelo CAPÍTULO 5. Características de las licencias del personal CAPÍTULO 6. Disposiciones médicas aplicables al otorgamiento de licencias

El Anexo 1 contiene las normas y métodos recomendados adoptados por la Organización de Aviación Civil Internacional como normas mínimas para el otorgamiento de licencias al personal. El Anexo es aplicable a todos los solicitantes y, cuando se trate de renovaciones, a todos los titulares de las licencias y habilitaciones en él especificadas.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Apéndices / Adjuntos

APÉNDICE 1. Requisitos en materia de competencia lingüística para comunicaciones por radiotelefonía APÉNDICE 2. Organización de instrucción reconocida APÉNDICE 3. Requisitos para expedir la licencia de piloto con tripulación múltiple — Avión ADJUNTO A. Escala de calificación de la competencia lingüística de la OACI ADJUNTO B. Licencia de piloto con tripulación múltiple — Aviones Niveles de competencia

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Referencias

Licencias al personal. (julio de 2006). Organizacion de Aviación Civil Internacional, décima edición, https://web.udi.edu.co/files/img/ANEXO.1.pdf

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Ejemplos

Actuación humana. Capacidades y limitaciones humanas querepercuten en la seguridad y eficiencia de las operaciones aeronáuticas. Aptitud para el vuelo. La aplicación conveniente de buen juicio, conocimientos sólidos y pericias y actitudes bien consolidadas para lograr los objetivos de vuelo. Autoridad otorgadora de licencias. Autoridad, designada por el Estado contratante, encargada del otorgamiento de licencias al personal. Convalidación (de una licencia). Medida tomada por un Estado contratante, mediante la cual, en vez de otorgar su propia licencia, reconoce como equivalente a la suya propia, la otorgada por otro Estado contratante. Pilotar. Manipular los mandos de una aeronave durante el tiempo de vuelo.

Referencias

Objetivo

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Analizar las normas y reglas generales establecidas en el anexo 2 de la OACI contenidas principalmente en las reglas de vuelo visual (VFR) y de las reglas de vuelo por instrumento de navegación (IFR) aplicadas sin excepción, sobre los mares y territorios nacionales y evitar que ello no ocasione conflictos internacionales, respetando las reglas internas de los Estados donde los sobrevuelos se leven a cabo.

ANEXO 2REGLAMENTO DEL AIRE

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Antecedentes y contexto histórico del anexo

En octubre de 1945, el Departamento de reglamento del aire y control de tránsito aéreo (RAC) hizo recomendaciones en su primera conferencia para el establecimiento de normas, métodos y procedimientos relativos al reglamento del aire. El Comité de Aeronavegación, que entonces existía, las revisó y el Consejo las aprobó el 25 de febrero de 1946. Se publicaron bajo el título Recomendaciones para el establecimiento de normas, métodos y procedimientos C Reglamento del aire en la primera parte del Doc 2010, publicado en febrero de 1946. El 27 de noviembre de 1951, el Consejo adoptó un texto completamente nuevo del Anexo, que ya no contenía métodos recomendados. Las normas del Anexo 2 enmendado (Enmienda 1) comenzaron a surtir efecto el 1 de abril de 1952 y fueron aplicables a partir del 1 de septiembre de 1952.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Contenido

CAPÍTULO 1. DefinicionesCAPÍTULO 2. Aplicación del reglamento del aire CAPÍTULO 3. Reglas generales CAPÍTULO 4. Reglas de vuelo visual CAPÍTULO 5. Reglas de vuelo por instrumentos

-Hora prevista de fuera calzos-Velocidades de crucero -Niveles de crucero -Ruta que ha de seguirse -Aerodrómo de destino y duración total prevista -Aerodrómo de alternativa

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Apéndices / Adjuntos

APÉNDICE 1. SeñalesAPÉNDICE 2. Interceptación de aeronaves civiles APÉNDICE 3. Tabla de niveles de crucero APÉNDICE 4. Globos libres no tripulados . ADJUNTO A. Interceptación de aeronaves civiles ADJUNTO B. Interferencia ilícita

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Referencias

Reglamento del aire. (julio de 2005). Organizacion de Aviación Civil Internacional, décima edición, https://derechoaeronauticoiuac.files.wordpress.com/2013/02/an02_cons_es.pdf

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Ejemplos

Altitud. Distancia vertical entre un nivel, punto u objeto considerado como punto, y el nivel medio del mar (MSL). IFR. Símbolo utilizado para designar las reglas de vuelo por instrumentos. IMC. Símbolo utilizado para designar las condiciones meteorológicas de vuelo por instrumentos. Plan de vuelo repetitivo (RPL). Plan de vuelo relativo a cada uno de los vuelos regulares que se realizan frecuentemente con idénticas características básicas, presentados por los explotadores para que las dependencias de los servicios de tránsito aéreo (ATS) los conserven y utilicen repetidamente. Vuelo VFR especial. Vuelo VFR al que el control de tránsito aéreo ha concedido autorización para que se realice dentro de una zona de control en condiciones meteorológicas inferiores a las VMC

Referencias

Objetivo

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Su objetivo principal es establecer normas y prácticas recomendadas a nivel internacional relacionadas con la provisión de servicios meteorológicos para la aviación civil. Este anexo se centra en garantizar que los servicios meteorológicos sean proporcionados de manera consistente y eficiente para respaldar las operaciones seguras y eficientes de las aeronaves.

ANEXO 3Servicio Meteorológico para la navegación aérea internaciona

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Antecedentes y contexto histórico del anexo

Las normas y métodos recomendados relativos a meteorología fueron adoptados inicialmente por el Consejo el 16 de abrilde 1948, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944), con la designación de Anexo 3 al Convenio, y el título Normas y métodos recomendados — Claves meteorológicas. Las normas y métodos recomendados se basaron en recomendaciones de la Conferencia Especial del Departamento de meteorología que se celebró en septiembre de 1947.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

CAPÍTULO 1. Definiciones CAPÍTULO 2. Disposiciones generales CAPÍTULO 3. Sistema mundial de pronósticos de área y oficinas meteorológicas CAPÍTULO 4. Observaciones e informes meteorológicos CAPÍTULO 5. Observaciones e informes de aeronave CAPÍTULO 6. Pronósticos CAPÍTULO 7. Información SIGMET y AIRMET, avisos de aeródromo y avisos y alertas de cizalladura del viento CAPÍTULO 8. Información climatológica aeronáutica . . CAPÍTULO 9. Servicio para explotadores y miembros de las tripulaciones de vuelo CAPÍTULO 10. Información para los servicios de tránsito aéreo y de búsqueda y salvamento, y de información aeronáutica CAPÍTULO 11. Necesidades y utilización de las comunicaciones

Contenido

-Requisitos Técnicos -Información para la Navegación Aérea -Colaboración Internacional -Capacitación del Personal

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

APÉNDICE 1. Documentación de vuelo — Modelos de mapas y formulariosAPÉNDICE 2. Especificaciones técnicas relativas al sistema mundial de pronósticos de área y a las oficinas meteorológicas APÉNDICE 3. Especificaciones técnicas relativas a observaciones e informes meteorológicos APÉNDICE 4. Especificaciones técnicas relativas a observaciones e informes de aeronave APÉNDICE 5. Especificaciones técnicas relativas a pronósticos APÉNDICE 6. Especificaciones técnicas relativas a información SIGMET y AIRMET, avisos de aeródromo y avisos y alertas de cizalladura del viento APÉNDICE 7. Especificaciones técnicas relativas a información climatológica aeronáutica

Apéndices / Adjuntos

APÉNDICE 8. Especificaciones técnicas relativas a servicios prestados a explotadores y miembros de las tripulaciones de vueloAPÉNDICE 9. Especificaciones técnicas relativas a la información para los servicios de tránsito aéreo, los servicios de búsqueda y salvamento y los servicios de información aeronáutica APÉNDICE 10. Especificaciones técnicas relativas a las necesidades y utilización de las comunicaciones

ADJUNTO A. Precisión de la medición u observación, operacionalmente convenienteADJUNTO B. Precisión de los pronósticos operacionalmente conveniente ADJUNTO C. Selección de criterios aplicables a los informes de aeródromo ADJUNTO D. Conversión de las indicaciones por instrumentos en valores de alcance visual en la pista y de la visibilidad

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Referencias

Servicios meteorológicos para la navegación aérea internacional. (julio de 2010). Organizacion de Aviación Civil Internacional, decimoséptima edición, https://apada.org.ar/wp-content/uploads/2019/08/an03_cons_es.pdf

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Ejemplos

Aeronotificación. Informe de una aeronave en vuelo preparado de conformidad con los requisitos de notificación de posición y de información operacional o meteorológica.. Ciclón tropical. Término genérico que designa un ciclón de escala sinóptica no frontal que se origina sobre las aguas tropicales o subtropicales y presenta una convección organizada y una circulación ciclónica caracterizada por el viento en la superficie. Estación meteorológica aeronáutica. Estación designada para hacer observaciones e informes meteorológicos para uso en la navegación aérea internacional. Información meteorológica. Informe meteorológico, análisis, pronóstico, y cualquier otra declaración relativa a condiciones meteorológicas existentes o previstas. Informe meteorológico. Declaración de las condiciones meteorológicas observadas en relación con una hora y lugar determinados

Referencias

Objetivo

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

El objetivo principal de este anexo es establecer normas y prácticas recomendadas a nivel internacional para la preparación y el suministro de información relacionada con las cartas de vuelo y la notificación de vuelo. El propósito es garantizar que las aeronaves cuenten con la información necesaria para realizar vuelos seguros y eficientes, y que las autoridades competentes estén debidamente informadas sobre las operaciones aéreas.

ANEXO 4Cartas aeronáuticas

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Antecedentes y contexto histórico del anexo

Las normas y métodos recomendados relativos a cartas aeronáuticas fueron adoptados inicialmente por el Consejo el 16 de abril de 1948, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 37 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944), y se designaron como Anexo 4 al Convenio. Fueron aplicables a partir del 1 de marzo de 1949.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

CAPÍTULO 1. Definiciones, aplicación y disponibilidadCAPÍTULO 2. Especificaciones generales CAPÍTULO 3. Plano de obstáculos de aeródromo — OACI Tipo A (Limitaciones de utilización) CAPÍTULO 4. Plano de obstáculos de aeródromo — OACI Tipo B CAPÍTULO 5. Plano topográfico y de obstáculos de aeródromo — OACI (electrónico) CAPÍTULO 6. Carta topográfica para aproximaciones de precisión — OACI CAPÍTULO 7. Carta de navegación en ruta — OACI CAPÍTULO 8. Carta de área — OACI CAPÍTULO 9. Carta de salida normalizada — Vuelo por instrumentos (SID) — OACICAPÍTULO 10. Carta de llegada normalizada — Vuelo por instrumentos (STAR) — OACICAPÍTULO 11 - 21

Contenido

-Suministro de Información para la Navegación Aérea -Notificación de Vuelo -Facilitar la Planificación y Ejecución de Vuelos: -Asegurar la Coordinación Internacional -Garantizar la Conformidad con las Normas de la OACI

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Apéndices / Adjuntos

APÉNDICE 1. Disposición de notas marginalesAPÉNDICE 2. Símbolos cartográficos OACI APÉNDICE 3. Guía de colores APÉNDICE 4. Guía de tintas hipsométricas APÉNDICE 5. Índice y disposición de las hojas de la carta aeronáutica mundial OACI —1:1 000 000 APÉNDICE 6. Requisitos de calidad de los datos aeronáuticos

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Referencias

Cartas aeronáuticas. (julio de 2009). Organizacion de Aviación Civil Internacional, undécima edición, https://apada.org.ar/wp-content/uploads/2019/08/an04_cons_es.pdf

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Ejemplos

Carta aeronáutica. Representación de una porción de la Tierra, su relieve y construcciones, diseñada especialmente para satisfacer los requisitos de la navegación aérea. Geoide. Superficie equipotencial en el campo de gravedad de la Tierra que coincide con el nivel medio del mar (MSL) en calma y su prolongación continental. Posición (geográfica). Conjunto de coordenadas (latitud y longitud) con relación al elipsoide matemático de referencia que define la ubicación de un punto en la superficie de la Tierra. Relieve. Desigualdades de elevación en la superficie de la Tierra, representadas en las cartas aeronáuticas por curvas de nivel, tintas hipsométricas, sombreados o cotas. Terreno. La superficie de la Tierra con características naturales de relieve como montañas, colinas, sierras, valles, masas de agua, hielos y nieves eternos, y excluyendo los obstáculos.

Referencias

Objetivo

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

ANEXO 5Unidades de medida

El objetivo principal de este anexo es establecer normas y prácticas recomendadas a nivel internacional para el uso de unidades de medida en la aviación civil. El propósito es asegurar la uniformidad y consistencia en la aplicación de unidades de medida para la navegación aérea y la operación de aeronaves.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Antecedentes y contexto histórico del anexo

Las normas y métodos recomendados internacionales relativos a unidades dimensionales que han de utilizarse en las comunicaciones aeroterrestres, fueron adoptados primeramente por el Consejo el 16 de abril de 1948, en cumplimiento del Artículo 37 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944) y se designaron como Anexo 5 al Convenio. Surtieron efecto a partir del 15 de septiembre de 1948 y fueron aplicables a partir del 1 de enero de 1949.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

CAPÍTULO 1. Definiciones CAPÍTULO 2. Aplicación CAPÍTULO 3. Aplicación normalizada de las unidades de medida CAPÍTULO 4. Terminación del uso de las unidades opcionales ajenas al SI

Contenido

-Uniformidad de Unidades -Evitar Ambigüedades y Errores -Facilitar la Comunicación Internacional -Aplicación de Estándares Internacionales -Compatibilidad con Sistemas de Medida -Adaptación a los Avances Tecnológicos

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Apéndices / Adjuntos

ADJUNTO A. Desarrollo del sistema internacional de unidades (SI)ADJUNTO B. Guía sobre la aplicación del SI ADJUNTO C. Factores de conversión ADJUNTO D. Tiempo Universal Coordinado ADJUNTO E. Presentación de la fecha y la hora en forma exclusivamente numérica

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Referencias

Unidades de medida que se emplearán en las operaciones aéreas y terretres (julio de 2010). Organizacion de Aviación Civil Internacional, quinta edición, http://apada.org.ar/wp-content/uploads/2019/08/an05_cons_es.pdf

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Ejemplos

Amperio (A). El amperio es la corriente eléctrica constante que, mantenida en dos conductores paralelos, rectilíneos de longitud infinita, de sección circular despreciable y ubicados a una distancia de 1 metro entre sí, en el vacío, produce entre estos dos conductores una fuerza igual a 2 × 10-7 newtons por metro de longitud. Coulomb (C). La cantidad de electricidad transportada en 1 segundo por una corriente de 1 amperio. Grado Celsius (°C). Nombre especial con que se designa la unidad kelvin para utilizarla en la expresión de valores de temperatura Celsius. Gray (Gy). La energía entregada por radiación ionizante a una masa de materia correspondiente a 1 julio por kilogramo. Metro (m). Distancia que la luz recorre en el vacío en 1/299 792 458 de segundo

Referencias

Objetivo

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

ANEXO 6 Operación de aeronaves

El objetivo principal de este anexo es establecer normas internacionales y prácticas recomendadas para la operación segura y eficiente de aeronaves civiles. Este anexo aborda una amplia gama de aspectos relacionados con la operación de aeronaves, con el objetivo fundamental de garantizar la seguridad de las operaciones aéreas y la protección de las personas y bienes en tierra. ndares y prácticas recomendadas que aborden diversos aspectos de la operación de aeronaves, con el objetivo central de garantizar la seguridad y la eficiencia en la aviación civil internacional.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Antecedentes y contexto histórico del anexo

Las normas y métodos recomendados para la Operación de aeronaves — Transporte aéreo comercial internacional fueron adoptados inicialmente por el Consejo el 10 de diciembre de 1948 de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 37 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944), con la designación de Anexo 6 al Convenio, y surtieron efecto a partir del 15 de julio de 1949. Se basaron en las normas y métodos recomendados formulados por el Departamento de operaciones en su Primera Conferencia, en abril de 1946, los cuales se desarrollaron posteriormente en la Segunda Conferencia de dicho Departamento, en febrero de 1947

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

CAPÍTULO 1. Definiciones CAPÍTULO 2. Aplicación CAPÍTULO 3. Generalidades CAPÍTULO 4. Operaciones de vuelo CAPÍTULO 5. Limitaciones de utilización de la performance del avión CAPÍTULO 6. Instrumentos, equipo y documentos de vuelo del avión CAPÍTULO 7. Equipo de comunicaciones, navegación y vigilancia de a bordo CAPÍTULO 8. Mantenimiento del avión CAPÍTULO 9. Tripulación de vuelo del avión CAPÍTULO 10. Encargado de operaciones de vuelo/despachador de vuelo CAPÍTULO 11. Manuales, libros de a bordo y registros CAPÍTULO 12. Tripulación de cabina CAPÍTULO 13. Seguridad de la aviación CAPÍTULO 14. Mercancías peligrosas

Contenido

-Establecer Normas de Seguridad -Garantizar la Competencia y Aptitud del Personal -Normas de Operación de Aeronaves -Prevención de Accidentes -Cumplimiento de Estándares Internacionales -Facilitar la Eficiencia Operativa -Adaptarse a Cambios Tecnológicos

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

APÉNDICE 1. Luces que deben ostentar los avionesAPÉNDICE 2. Organización y contenido del manual de operaciones APÉNDICE 3. Nuevos requisitos para operaciones aprobadas de aviones monomotores de turbina por la noche o en condiciones meteorológicas de vuelo por instrumentos APÉNDICE 4. Requisitos de performance del sistema altimétrico para operaciones en espacio aéreo RVSM APÉNDICE 5. Supervisión de la seguridad operacional de los explotadores de servicios aéreos APÉNDICE 6. Certificado de explotador de servicios aéreos (AOC) APÉNDICE 7. Requisitos del sistema de gestión de riesgos asociados a la fatiga . APÉNDICE 8. Registradores de vuelo APÉNDICE 9. Localización de un avión en peligro ADJUNTO A. Suministros médicos ADJUNTO B. Limitaciones de utilización de la performance del avión ADJUNTO C. Orientación sobre los vuelos de más de 60 minutos de aviones con motores de turbina hasta un aeródromo de alternativa en ruta, comprendidas las operaciones con tiempo de desviación extendido ( ADJUNTO D. Certificación y validación del explotador de servicios aéreos ADJUNTO E. Lista de equipo mínimo (MEL) ADJUNTO F. Sistema de documentos de seguridad de vuelo ADJUNTO G. Orientación adicional para operaciones aprobadas de aviones monomotores de turbina por la noche o en condiciones meteorológicas de vuelo por instrumentos (IMC) ADJUNTO H. Sistemas de aterrizaje automático, visualizador de “cabeza alta” (HUD) o visualizadores equivalentes y sistemas de visión (EVS) ADJUNTO I. Niveles de los servicios de salvamento y extinción de incendios (SSEI) . ADJUNTO J. Mercancías peligrosas ADJUNTO K. Localización de aviones en peligro

Apéndices / Adjuntos

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Referencias

Operación de aeronaves (julio de 2018). Organizacion de Aviación Civil Internacional, undécima edición, http://www.srvsop.aero/site/wp-content/uploads/2019/12/4-an06_p1_cons_es.pdf

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Ejemplos

Aterrizaje forzoso seguro. Aterrizaje o amaraje inevitable con una previsión razonable de que no se produzcan lesiones a las personas en la aeronave ni en la superficie. Conformidad de mantenimiento. Documento por el que se certifica que los trabajos de mantenimiento a los que se refiere han sido concluidos de manera satisfactoria los requisitos adecuados de aeronavegabilidad. Control de operaciones. La autoridad ejercida respecto a la iniciación, continuación, desviación o terminación de un vuelo en interés de la seguridad operacional de la aeronave y de la regularidad y eficacia del vuelo{ Masa máxima. Masa máxima certificada de despegue. Tramo de aproximación final (FAS). Fase de un procedimiento de aproximación por instrumentos durante la cual se ejecutan la alineación y el descenso para aterrizar.

Referencias

Objetivo

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

ANEXO 7 Marcas de nacionalidad y de Matrícula de las aeronaves

El objetivo principal de este anexo es establecer normas y prácticas recomendadas a nivel internacional para la asignación y el uso de marcas de matrícula en aeronaves civiles. La matrícula es un identificador único para cada aeronave y su uso está regulado para garantizar la identificación y rastreabilidad efectiva de las aeronaves.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Antecedentes y contexto histórico del anexo

En el Anexo 7 aparecen normas adoptadas por la Organización de Aviación Civil Internacional como normas mínimas aplicables a las marcas distintivas apropiadas de nacionalidad y de matrícula, que se han determinado de conformidad con el Artículo 20 del Convenio. El 8 de febrero de 1949, el Consejo adoptó normas relativas a marcas de nacionalidad y de matrícula de las aeronaves, de conformidad con las disposiciones del Artículo 37 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944), y a las que designó como Anexo 7 al Convenio. Comenzaron a surtir efecto a partir del 1 de julio de 1949. Las normas se basaron en las recomendaciones de la primera y segunda Conferencias del Departamento de Aeronavegabilidad, celebradas en marzo de 1946 y en febrero de 1947, respectivamente.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Contenido

1. Definiciones2. Clasificación de aeronaves 3. Marcas de nacionalidad, marcas comunes y de matrícula que han de usarse 4. Colocación de las marcas de nacionalidad, de las marcas comunes y de las de matrícula . 5. Dimensiones de las marcas de nacionalidad, de las marcas comunes y de las de matrícula 6. Tipo de los caracteres empleados para las marcas de nacionalidad, las marcas comunes y las de matrícula 7. Inscripción de las marcas de nacionalidad, de las marcas comunes y de las de matrícula

-Identificación Unívoca: -Seguridad y Control: -Registro y Seguimiento: -Evitar la Duplicación: -Adaptarse a Cambios en la Propiedad: -Cumplimiento de Normativas Nacionales:

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Referencias

Marcas de nacionalidad y de matrícula de las aeronaves (julio de 2018). Organizacion de Aviación Civil Internacional, sexta edición, http://apada.org.ar/wp-content/uploads/2019/08/an07_cons_es.pdf

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Ejemplos

Aeronave de reacción subsónica civil. Significará una aeronave de reacción subsónica civil con una capacidad interior máxima certificada para el tipo de aeronave de que se trate superior a 19 plazas de pasajeros, excluyendo las plazas reservadas para la tripulación, y propulsada por motores con una relación de dilución inferior a tres Marcas de nacionalidad, marcas comunes y de matrícula que han de utilizarse. Los explotadores de aeronaves pueden, por un período específico, explotar aeronaves que no ostenten las marcas de matrícula, o pueden retirar las marcas de matrícula temporalmente para fines de exposiciones, exposiciones aéreas, películas o producciones de televisión. Se requiere un permiso de la Autoridad aeronáutica antes de proceder a explotar aeronaves que no ostenten las marcas de matrícula.

Referencias

Objetivo

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

ANEXO 8 Aeronavegabilidad

El objetivo principal de este anexo es establecer normas internacionales y prácticas recomendadas para la certificación y el mantenimiento de la aeronavegabilidad de las aeronaves civiles. La aeronavegabilidad se refiere a la capacidad de una aeronave para operar de manera segura y eficiente en el espacio aéreo.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Antecedentes y contexto histórico del anexo

El 1° de marzo de 1949, el Consejo adoptó normas y métodos recomendados relativos a aeronavegabilidad, de conformidad con las disposiciones del Artículo 37 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944) y a los que designó Anexo 8 al Convenio. El Anexo contenía, en la Parte II, procedimientos generales de aeronavegabilidad aplicables a todas las aeronaves y en la Parte III se especificaban las características mínimas de aeronavegabilidad para aviones que están provistos o que se proveerán de certificados de aeronavegabilidad que los clasifique en alguna de las categorías establecidas por la OACI. En la Parte I figuraban las definiciones.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Contenido

PARTE I. DEFINICIONES PARTE II. PROCEDIMIENTOS PARA LA CERTIFICACIÓN Y EL MANTENIMIENTO DE LA AERONAVEGABILIDAD PARTE III. AVIONES GRANDES PARTE IVA. Helicópteros para los que se solicitó la certificación el 22 de marzo de 1991 o posteriormente, pero antes del 13 de diciembre de 2007 . PARTE IVB. Helicópteros para los que se solicitó la certificación el 13 de diciembre de 2007 o más tarde PARTE V. AVIONES PEQUEÑOS PARTE VI. MOTORES PARTE VII. HÉLICES

-Certificación de Tipo -Certificación de Producción -Certificación de Diseño de Aeronaves: -Mantenimiento de la Aeronavegabilidad -Cumplimiento de Estándares Internacionales: Prevención de Riesgos y Accidentes -Adaptación a la Evolución Tecnológica

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Referencias

Marcas de nacionalidad y de matrícula de las aeronaves (julio de 2018). Organizacion de Aviación Civil Internacional, undécima edición, http://apada.org.ar/wp-content/uploads/2019/08/an08_cons_es.pdf

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Ejemplos

Carga de rotura. La carga límite multiplicada por el coeficiente de seguridad apropiado. Cargas límites. Cargas máximas que se supone se presentan en las condiciones previstas de utilización. Certificado de tipo. Documento expedido por un Estado contratante para definir el diseño de un tipo de aeronave y certificar que dicho diseño satisface los requisitos pertinentes de aeronavegabilidad del Estado. Coeficiente de seguridad. Factor de cálculo que se emplea para prever la posibilidad de que puedan producirse cargas superiores a las supuestas y para tomar en consideración las incertidumbres de cálculo y fabricación. Mantenimiento de la aeronavegabilidad. Conjunto de procedimientos que permite asegurar que una aeronave, motor, hélice o pieza cumple con los requisitos aplicables de aeronavegabilidad y se mantiene en condiciones de operar de modo seguro durante toda su vida útil.

Referencias

Objetivo

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

ANEXO 9 Facilitación

El objetivo principal de este anexo es establecer normas y prácticas recomendadas a nivel internacional para facilitar la eficiencia, seguridad y seguridad en la aviación civil internacional, específicamente en lo que respecta a los procedimientos y prácticas relacionadas con la entrada, salida y tránsito de aeronaves en los aeropuertos.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Antecedentes y contexto histórico del anexo

Las normas y métodos recomendados relativos a Facilitación fueron adoptados inicialmente por el Consejo el 25 de marzo de 1949, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944), con la designación de Anexo 9 al Convenio y el título “Normas y métodos recomendados — Facilitación”, que comenzaron a surtir efecto el 1 de septiembre de 1949.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Contenido

CAPÍTULO 1. Definiciones y principios generales CAPÍTULO 2. Entrada y salida de aeronaves CAPÍTULO 3. Entrada y salida de personas y de su equipaje CAPÍTULO 4. Entrada y salida de carga y otros artículos CAPÍTULO 5. Personas no admisibles y deportadas CAPÍTULO 6. Aeropuertos internacionales — Instalaciones y servicios para el tráfico CAPÍTULO 7. Aterrizaje fuera de los aeropuertos internacionales CAPÍTULO 8. Otras disposiciones sobre facilitación situaciones de emergencia semejantes en que se requiera la ayuda de las Naciones Unidas

-Mejora de la Eficiencia Operativa -Facilitación de los Procesos en Aeropuertos -Estándares para Documentación y Procesamiento -Seguridad y Protección -Colaboración entre Autoridades Aeronáuticas -Facilitación del Comercio Aéreo: -Uso Eficiente de la Tecnología

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Apéndices / Adjuntos

APÉNDICE 1. Declaración general APÉNDICE 2. Manifiesto de pasajeros APÉNDICE 3. Manifiesto de carga ... APÉNDICE 4. Certificado de desinsectación residual . APÉNDICE 5. Tarjeta de embarque/desembarque APÉNDICE 6. Recomendación del Consejo de cooperación aduanera APÉNDICE 7. Certificado de miembro de la tripulación (CMT) APÉNDICE 8. Certificado de inspector de la aviación civil APÉNDICE 9. Formatos sugeridos de documentos para devolución de personas no admisibles APÉNDICE 10. Formulario patrón de las Naciones Unidas para los documentos mercantiles APÉNDICE 11. Modelo de programa de facilitación (FAL) de aeropuerto APÉNDICE 12. Modelo de programa nacional FAL APÉNDICE 13. Tarjeta de salud pública para localizar a los pasajeros

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Referencias

Facilitación (julio de 2011). Organizacion de Aviación Civil Internacional, decimotercera edición, http://apada.org.ar/wp-content/uploads/2019/08/an09_cons_es.pdf

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Ejemplos

Aeropuerto internacional. Todo aeropuerto designado por el Estado contratante en cuyo territorio está situado, como puerto de entrada o salida para el tráfico aéreo internacional, donde se llevan a cabo los trámites de aduanas, inmigración, salud pública, reglamentación veterinaria y fitosanitaria, y procedimientos similares. Carga. Acción de colocar mercancías, correo, equipaje o suministros a bordo de una aeronave para transportarlos en un vuelo. Comodidades para los pasajeros. Instalaciones y servicios que se suministran a los pasajeros y que no son esenciales para el despacho de los mismos. Control de estupefacientes. Medidas adoptadas para controlar el movimiento ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas por vía aérea. Zona de tránsito directo. Zona especial que se establece en los aeropuertos internacionales, con la aprobación de las autoridades competentes y bajo su supervisión o control directos, en la que los pasajeros pueden permanecer durante el tránsito o trasbordo sin solicitar entrada al Estado.

Referencias

Objetivo

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

ANEXO 10 Telecomunicaciones aeronáuticas

El objetivo principal de este anexo es establecer normas y prácticas recomendadas a nivel internacional para garantizar la eficacia y la seguridad de las telecomunicaciones utilizadas en la aviación civil. Esto incluye la comunicación de voz y datos entre aeronaves y estaciones en tierra, así como entre aeronaves.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Antecedentes y contexto histórico del anexo

Las normas y métodos recomendados relativos a las telecomunicaciones aeronáuticas fueron adoptados inicialmente por el Consejo el 30 de mayo de 1949 de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944), con la designación de Anexo 10 al Convenio. Surtieron efecto el 1 de marzo de 1950. Las normas y métodos recomendados se basaron en recomendaciones del Departamento de comunicaciones durante su tercer período de sesiones celebrado en enero de 1949.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Contenido

CAPÍTULO 1. Definiciones CAPÍTULO 2. Disposiciones generales relativas a las radioayudas para la navegación CAPÍTULO 3. Especificaciones relativas a las radioayudas para la navegación

-Establecer Requisitos Técnicos -Facilitar la Comunicación Aeronáutica -Garantizar la Seguridad y la Integridad -Promover la Uniformidad Internacional -Integrar Tecnologías Emergentes -Coordinación con Organizaciones Relevantes -Gestión del Espectro de Frecuencias

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Apéndices / Adjuntos

APÉNDICE A. Características del sistema de aterrizaje por microondas (MLS) APÉNDICE B. Especificaciones técnicas del sistema mundial de navegación por satélite (GNSS) ADJUNTO A. Determinación de los objetivos de integridad y continuidad de servicio mediante el método del árbol de riesgos ADJUNTO B. Estrategia para la introducción y aplicación de ayudas no visuales en la aproximación y el aterrizaj ADJUNTO C. Información y texto de orientación sobre la aplicación de las normas y métodos recomendados para ILS, VOR, PAR, radiobalizas de 75 MHz (en ruta), NDB y DME ADJUNTO E. Texto de orientación sobre la verificación previa al vuelo del equipo VOR de a bordo ADJUNTO F. Texto de orientación relativo a confiabilidad y disponibilidad de radiocomunicaciones y de radioayudas para la navegación

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Referencias

Telecomunicaciones aeronáuticas (julio de 2006). Organizacion de Aviación Civil Internacional, decimotercera edición, http://www.anac.gov.ar/anac/web/uploads/normativa/anexos-oaci/anexo-10-vol-i.pdf

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Ejemplos

Anchura de banda de aceptación efectiva. Gama de frecuencias con respecto a la que ha sido asignada, cuya recepción se consigue si se han tenido debidamente en cuenta todas las tolerancias del receptor. Navegación basada en la performance (PBN). Requisitos para la navegación de área basada en la performance que se aplican a las aeronaves que realizan operaciones en una ruta ATS, en un procedimiento de aproximación por instrumentos o en un espacio aéreo designado Potencia media (de un transmisor radioeléctrico). La media de la potencia suministrada a la línea de alimentación de la antena por un transmisor en condiciones normales de funcionamiento, evaluada durante un intervalo de tiempo suficientemente largo comparado con el período correspondiente a la frecuencia más baja que existe realmente como componente de modulación. . Punto de toma de contacto. Punto en el que la trayectoria nominal de planeo intercepta la pista. Radiobaliza de abanico. Tipo de radiofaro que emite un haz vertical en forma de abanico.

Referencias

Objetivo

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

ANEXO 11 Servicios de Tránsito Aéreo

El objetivo principal de este anexo es establecer normas y prácticas recomendadas a nivel internacional para la provisión segura y eficiente de servicios de tránsito aéreo, que incluyen el control del tráfico aéreo y otros servicios relacionados con la gestión del espacio aéreo.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Antecedentes y contexto histórico del anexo

¿En octubre de 1945, el Departamento de reglamento del aire y control de tránsito aéreo (RAC) hizo recomendaciones en su Primera Conferencia para el establecimiento de normas, métodos y procedimientos para el control de tránsito aéreo. El Comité de Aeronavegación, que entonces existía, las examinó y el Consejo las aprobó el 25 de febrero de 1946. Se publicaron bajo el título Recomendaciones para el establecimiento de normas, métodos y procedimientos — Control del Tráfico Aéreo en la segunda parte del Doc 2010 publicado en febrero de 1946. El Departamento RAC, en su Segunda Conferencia celebrada en diciembre de 1946 – enero de 1947, examinó el Doc 2010 y propuso normas y métodos recomendados para el control del tránsito aéreo. Sin embargo, se estimó que no era posible completar esas normas antes de que el Departamento RAC estableciera principios básicos para la organización de los servicios correspondientes.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Contenido

CAPÍTULO 1. Definiciones CAPÍTULO 2. Generalidades CAPÍTULO 3. Servicio de control de tránsito aéreo CAPÍTULO 4. Servicio de información de vuelo CAPÍTULO 5. Servicio de alerta CAPÍTULO 6. Requisitos de los servicios de tránsito aéreo respecto a comunicaciones CAPÍTULO 7. Requisitos de los servicios de tránsito aéreo respecto a información

-Seguridad en la Navegación Aérea -Eficiencia Operativa -Coordinación y Colaboración -Gestión del Espacio Aéreo -Prevención de Conflictos de Tráfico -Implementación de Tecnologías Avanzadas: -Capacitación del Personal -Armonización Internacional

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Apéndices / Adjuntos

APÉNDICE 1. Principios que regulan la identificación de especificaciones para la navegación y la identificación de rutas ATS distintas de las rutas normalizadas de salida y de llegadaAPÉNDICE 2. Principios que regulan el establecimiento e identificación de los puntos significativos APÉNDICE 3. Principios que regulan la identificación de rutas normalizadas de salida y de llegada y los procedimientos conexos APÉNDICE 4. Clases de espacio aéreo ATS — Servicios suministrados y requisitos de vuelo APÉNDICE 5. Requisitos de calidad de los datos aeronáuticos APÉNDICE 6. Marco para los sistemas de gestión de la seguridad operacional (SMS) ADJUNTO A. Texto relativo al método para establecer rutas ATS definidas por VOR ADJUNTO B. Radiodifusión de información en vuelo sobre el tránsito aéreo (TIBA) y procedimientos operacionales conexos ADJUNTO C. Materiales relativos a la planificación de contingencia ADJUNTO D. Marco para el programa estatal de seguridad operacional (SSP)

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Referencias

Servicios de tránsito aéreo (julio de 2006). Organizacion de Aviación Civil Internacional, decimotercera edición, http://apada.org.ar/wp-content/uploads/2019/08/an11_cons_es.pdf

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Ejemplos

Dependencia de control de tránsito aéreo. Expresión genérica que se aplica, según el caso, a un centro de control de área, a una dependencia de control de aproximación o a una torre de control de aeródromo.. Estación de telecomunicaciones aeronáuticas. Estación del servicio de telecomunicaciones aeronáuticas. Información de tránsito. Información expedida por una dependencia de servicios de tránsito aéreo para alertar al piloto sobre otro tránsito conocido u observado que pueda estar cerca de la posición o ruta previstas de vuelo y para ayudar al piloto a evitar una colisión. Oficina de notificación de los servicios de tránsito aéreo. Oficina creada con objeto de recibir los informes referentes a los servicios de tránsito aéreo y los planes de vuelo que se presentan antes de la salida. Publicación de información aeronáutica (AIP). Publicación expedida por cualquier Estado, o con su autorización, que contiene información aeronáutica, de carácter duradero, indispensable para la navegación aérea.

Referencias

Objetivo

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

ANEXO 12 Busqueda y salvamento

El objetivo principal de este anexo es establecer normas y prácticas recomendadas a nivel internacional para la organización y provisión de servicios de búsqueda y salvamento (SAR, por sus siglas en inglés) en la aviación civil.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Antecedentes y contexto histórico del anexo

¿En diciembre de 1946 el Departamento de búsqueda y salvamento, en su Segunda Conferencia, hizo recomendaciones para el establecimiento de normas y métodos recomendados para búsqueda y salvamento. La Secretaría y el Comité de Aeronavegación que entonces existía, las prepararon y las sometieron debidamente al Consejo. Éste no aceptó las propuestas en la forma presentada y el 20 de abril de 1948 las devolvió al Comité de Aeronavegación para que las estudiara de nuevo.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Contenido

CAPÍTULO 1. CAPÍTULO 1. Definiciones CAPÍTULO 2. Organización CAPÍTULO 3. Cooperación CAPÍTULO 4. Procedimientos preparatorios CAPÍTULO 5. Procedimientos para las operaciones de socorro APÉNDICE. Señales de búsqueda y salvamento

-Coordinación Internacional -Establecimiento de Servicios SAR -Gestión de Emergencias -Utilización Eficiente de Recursos -Colaboración entre Estados -Uso de Tecnologías Avanzadas -Capacitación y Ejercicios -Registros y Reportes

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Apéndices / Adjuntos

APÉNDICE 1. Principios que regulan la identificación de especificaciones para la navegación y la identificación de rutas ATS distintas de las rutas normalizadas de salida y de llegadaAPÉNDICE 2. Principios que regulan el establecimiento e identificación de los puntos significativos APÉNDICE 3. Principios que regulan la identificación de rutas normalizadas de salida y de llegada y los procedimientos conexos APÉNDICE 4. Clases de espacio aéreo ATS — Servicios suministrados y requisitos de vuelo APÉNDICE 5. Requisitos de calidad de los datos aeronáuticos APÉNDICE 6. Marco para los sistemas de gestión de la seguridad operacional (SMS) ADJUNTO A. Texto relativo al método para establecer rutas ATS definidas por VOR ADJUNTO B. Radiodifusión de información en vuelo sobre el tránsito aéreo (TIBA) y procedimientos operacionales conexos ADJUNTO C. Materiales relativos a la planificación de contingencia ADJUNTO D. Marco para el programa estatal de seguridad operacional (SSP)

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Referencias

Busqueda y salvamento (julio de 2004). Organizacion de Aviación Civil Internacional, decimotercera edición, http://apada.org.ar/wp-content/uploads/2019/08/an12_cons_es.pdf

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Ejemplos

Dependencia de control de tránsito aéreo. Expresión genérica que se aplica, según el caso, a un centro de control de área, a una dependencia de control de aproximación o a una torre de control de aeródromo.. Estación de telecomunicaciones aeronáuticas. Estación del servicio de telecomunicaciones aeronáuticas. Información de tránsito. Información expedida por una dependencia de servicios de tránsito aéreo para alertar al piloto sobre otro tránsito conocido u observado que pueda estar cerca de la posición o ruta previstas de vuelo y para ayudar al piloto a evitar una colisión. Oficina de notificación de los servicios de tránsito aéreo. Oficina creada con objeto de recibir los informes referentes a los servicios de tránsito aéreo y los planes de vuelo que se presentan antes de la salida. Publicación de información aeronáutica (AIP). Publicación expedida por cualquier Estado, o con su autorización, que contiene información aeronáutica, de carácter duradero, indispensable para la navegación aérea.

Referencias

Objetivo

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

ANEXO 13 Investigación de accidentes e incidentes de aviación

El objetivo principal de este anexo es establecer normas y prácticas recomendadas a nivel internacional para la investigación de accidentes e incidentes de aviación civil.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Antecedentes y contexto histórico del anexo

El Consejo adoptó inicialmente las normas y métodos recomendados para encuestas de accidentes de aviación el 11 de abril de 1951, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 37 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944), con la designación de Anexo 13 al Convenio. Las normas y métodos recomendados se basaron en recomendaciones formuladas por el Departamento de investigación de accidentes en su Primera Conferencia, celebrada en febrero de 1946, las cuales se desarrollaron ulteriormente en la Segunda Conferencia del Departamento, celebrada en febrero de 1947.

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

CAPÍTULO 1. Definiciones CAPÍTULO 2. Aplicación CAPÍTULO 3. Generalidades CAPÍTULO 4. Notificación CAPÍTULO 5. Investigación CAPÍTULO 6. Informe final CAPÍTULO 8. Medidas de prevención de accidentes APÉNDICE. Formato del informe final ADJUNTO A. Derechos y obligaciones del Estado del explotador respecto a los accidentes e incidentes en que intervengan aeronaves arrendadas, fletadas o intercambiadas ADJUNTO B. Cuadros de verificación para hacer notificaciones e informes ADJUNTO C. Lista de ejemplos de incidentes graves ADJUNTO D. Directrices sobre lectura y análisis de los registradores de vuelo ADJUNTO E - G

Contenido

-Establecer Procedimientos para la Investigación -Promover la Seguridad y la Prevención -Coordinación y Cooperación -Garantizar la Independencia de las Investigaciones -Reporte de Incidentes -Preservación de Evidencia -Publicación de Informes Finales -Colaboración Internacional

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Apéndices / Adjuntos

APÉNDICE. Formato del informe final ADJUNTO A. Derechos y obligaciones del Estado del explotador respecto a los accidentes e incidentes en que intervengan aeronaves arrendadas, fletadas o intercambiadas ADJUNTO B. Cuadros de verificación para hacer notificaciones e informes ADJUNTO C. Lista de ejemplos de incidentes graves ADJUNTO D. Directrices sobre lectura y análisis de los registradores de vuelo ADJUNTO E. Orientación jurídica para la protección de la información obtenida por medio de sistemas de recopilación y procesamiento de datos sobre seguridad operacional ADJUNTO F. Marco para el programa estatal de seguridad operacional (SSP) ADJUNTO G. Orientación para determinar los daños de una aeronave

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Referencias

Investigación de accidentes e incidentes de aviación (julio de 2010). Organizacion de Aviación Civil Internacional, décima edición, http://apada.org.ar/wp-content/uploads/2019/08/an13_cons_es.pdf

Referencias

Objetivos

Contenido

Antecedentes

Apéndices / Adjuntos

Ejemplos

Ejemplos

Accidente. Todo suceso relacionado con la utilización de una aeronave, que, en el caso de una aeronave tripulada, ocurre entre el momento en que una persona entra a bordo de la aeronave, con la intención de realizar un vuelo, y el momento enque todas las personas han desembarcado, o en el caso de una aeronave no tripulada Programa estatal de seguridad operacional. Conjunto integrado de reglamentación y actividades destinadas a mejorar la seguridad operacional. Representante acreditado. Persona designada por un Estado, en razón de sus calificaciones, para los fines de participar en una investigación efectuada por otro Estado. Cuando el Estado ha establecido una autoridad encargada de la investigación de accidentes, el representante acreditado designado provendría normalmente de dicha autoridad. Investigación. Proceso que se lleva a cabo con el propósito de prevenir los accidentes y que comprende la reunión y el análisis de información, la obtención de conclusiones, incluida la determinación de las causas y/o factores contribuyentes y, cuando proceda, la formulación de recomendaciones sobre seguridad operacional.

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