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M1RC3 - Introducción al registro de marcas

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Created on December 28, 2023

DER7058 – Propiedad industrial e intelectual

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Transcript

Propiedad industrial e intelectual

Módulo 1

Introducción al registro de marcas

con el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI)

Empezar

© Copyright Universidad Anáhuac. 2023. Todos los derechos reservados

Módulo 1

Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI)

En otras palabras, protege los nombres, marcas, logos, entre otros elementos distintivos de una compañía, dándoles exclusividad y valor. Estos beneficios se otorgan siempre y cuando dichas organizaciones cumplan con los procedimientos, requisitos, tiempos y costos dictados por la ley, dependiendo del material intelectual a registrar.

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) es una organización pública que cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, siendo acreedora de la autoridad legal necesaria para administrar el sistema de propiedad industrial en México. El objetivo del IMPI consiste en que las actividades industriales y comerciales en nuestro país hagan uso del sistema de propiedad industrial como elemento de protección legal en la distinción y perfeccionamiento de sus bienes y servicios.

Módulo 1

Registro de una marca

Con el propósito de que las organizaciones registren sus marcas, el IMPI ha elaborado una guía del usuario de signos distintivos, en la que se publican los trámites administrativos a realizar para la apropiada solicitud de protección de los signos distintivos, a través de marcas, avisos y nombres comerciales.

Una marca es lo que distingue a un producto o servicio del resto de los pertenecientes a su misma especie, y cumple con la función de identificar los diversos bienes que ofrecen y se prestan en el mercado. Al registrar una marca, el propietario obtiene un título de registro, el cual le otorga exclusividad de uso (en el territorio nacional), por lo que nadie la podrá utilizar sin su autorización.

Módulo 1

Estos artículos se presentan a continuación:

De manera general, para registrar una marca, se requiere de los siguiente:
  1. Llenar el formato de solicitud IMPI-00-001 que proporciona el IMPI por duplicado con firmas autógrafas, y presentarlo junto con la documentación señalada al reverso de la misma, de conformidad con los artículos 113 y 114 de la Ley de la Propiedad Industrial y el 5º de su reglamento.

a. Artículo 113

b. Artículo 114

c. Artículo 5º

Haga clic sobre los botones para ver los artículos.

Haga clic sobre las imágenes para ampliarlas.

Módulo 1

En caso de no cumplirse con el requerimiento, las solicitudes o promociones serán desechadas de plano. Si las solicitudes o promociones no cumplen con el requisito establecido en la fracción VII anterior, los solicitantes o promoventes deberán, sin mediar requerimiento del Instituto, presentar ante éste la traducción correspondiente de los documentos que se exhiben dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que las solicitudes o promociones se entreguen. Si los solicitantes o promoventes no exhiben la traducción dentro del plazo fijado, las solicitudes o promociones serán desechadas de igual forma.

Las solicitudes y promociones deberán presentarse por separado para cada asunto, salvo cuando se trate de:
  • Inscripción de licencias o transmisiones en los términos previstos en los artículos 62, 63, 137 y 143 de la Ley;
  • Inscripción de transmisiones de derechos en las que hayan habido transmisiones intermedias o no inscritas; y
  • Las relacionadas a un mismo asunto.
Cuando las solicitudes o promociones no cumplan con los requisitos establecidos en las fracciones I a VI, VIII y IX anteriores, el Instituto requerirá a los solicitantes o promoventes para que, dentro de un plazo de dos meses, los subsanen.

Módulo 1

Consideraciones para ingresar solicitudes

  • Se podrán presentar solicitudes o promociones por transmisión telefónicas facsimilar, siempre que la dicha solicitud y sus anexos originales, acompañados con el comprobante del pago de la tarifa que en su caso proceda y con el acuse de recibo, sean presentados en las oficinas del propio Instituto al día siguiente de haberse efectuado la transmisión.
  • En este caso, bastará que la transmisión facsimilar contenga la solicitud o promoción.
  • Las solicitudes y promociones remitidas por correo, servicios de mensajería y otros equivalentes se tendrán por recibidas en la fecha en que le sean efectivamente entregadas al Instituto.

Resumen de los pasos para el registro de marcas ante el IMPI

Módulo 1

Según un artículo publicado en el Financiero durante el 2014, el registro de una marca en el IMPI se puede resumir en cinco pasos:

Hacer una búsqueda fonética en el apartado del Banco Nacional de Marcas (Marca-Net).

Si no está registrada, empezar por llenar el formulario de signos distintivos que se encuentra en el apartado de formatos del portal del IMPI

En el formulario se debe establecer quién registrará la marca, domicilio, teléfono y otros datos generales, así como qué productos o servicios se quieren distinguir. Es importante incluir si usted ha usado la marca previamente o no.

Si anteriormente se ha solicitado el registro en otro país, y se requiere reconocer la fecha legal extranjera, sólo se tiene seis meses para solicitarla ante el Instituto después de dicho trámite.

En caso de marcas innominadas, mixtas o tridimensionales, es necesario pegar la etiqueta del logotipo a registrar, con medidas mínimas de cuatro centímetros cuadrados y máximas de diez.

El proceso de certificación puede durar de seis a ocho meses, y el registro tiene una vigencia de diez años a partir de la fecha en la que se solicita. Puede renovarse ya sea seis meses antes o después de que expire.

Módulo 1

Registro del logotipo

Registro del nombre

Un logotipo es también una marca, ya que es un signo visible que distingue los productos o servicios de otros de la misma clase de mercado. Al ser el logotipo lo equivalente o parte de una marca, su registro será como el que ya se mencionó previamente. Algunos de los requisitos necesarios para solicitar dicho registro son:
  • Fecha exacta en la que se empezó a utilizar la marca (si no se ha usado, aclararlo).
  • Detallar específicamente qué productos o servicios amparará la marca.
  • Un ejemplar de cómo será usada la marca.
  • Nombre, nacionalidad, domicilio completo, ubicación del establecimiento completo y RFC del solicitante, entre otros requisitos.

El nombre es la manera en la que se conoce al negocio en el medio comercial. Éste puede ser registrado como una marca de servicios, por lo que se debe llenar la solicitud señalando como signo distintivo al nombre de la empresa.

Módulo 1

Referencias

  • IMPI. (s/f). Servicios que ofrece el IMPI | Marcas |​¿Cómo registrar un Signo Distintivo?​. IMPI. https://www.inpi.com.mx/movil/Registros-Marcas.php
  • IMPI. (s/f). Preguntas Frecuentes Marcas. IMPI. https://www.inpi.com.mx/movil/Preguntas-Frecuentes.php
  • Gobierno de México. (16 de enero del 2023). ¿Qué es el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial?. Gobierno de México. https://www.gob.mx/impi/acciones-y-programas/conoce-el-impi-que-es-el-impi
  • Gobierno de México. (s/f). Solicitud de registro de marca ante el IMPI. Gobierno de México. https://www.gob.mx/tramites/ficha/solicitud-de-registro-de-marca-ante-el-impi/IMPI88
  • Sánchez, A. (29 de julio del 2014). ¿Cómo registrar tu marca ante el IMPI?. El Financiero. https://www.elfinanciero.com.mx/power-tools/como-registrar-tu-marca-ante-el-impi/

© Copyright Universidad Anáhuac. 2023. Todos los derechos reservados

b. Artículo 114 de la Ley de la Propiedad Industrial

A la solicitud de registro de marca, deberá acompañarse el comprobante del pago de las tarifas correspondientes al estudio de la solicitud, registro y expedición del título, así como los ejemplares de la marca cuando sea innominada, tridimensional o mixta.

c. Artículo 5º del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial

I. Estar debidamente firmadas en todos sus ejemplares. II. Utilizar las formas oficiales impresas, aprobadas por el Instituto y publicadas en el Diario Oficial en la Gaceta, en el número de ejemplares y anexos que se establezca en la propia forma, las que deberán presentarse debidamente requisitadas, y, tratándose de medios magnéticos, conforme a la guía que el Instituto emita al efecto. En caso de no requerirse formas oficiales, las solicitudes o promociones deberán presentarse por duplicado, indicando al rubro el tipo de trámite solicitado y los datos a que se refiere la fracción V de este artículo. III. Acompañarse de los anexos, que en cada caso sean necesarios, los que deberán ser legibles y estar mecanografiados, impresos o grabados por cualquier medio.

Las solicitudes o promociones deberán presentarse ante el propio Instituto o en las delegaciones de la Secretaría, y cumplir con los siguientes requisitos:

IV. Señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en el territorio nacional. V. Indicar el número de solicitud, patente, registro, publicación, declaratoria o folio y fecha de recepción a que se refieran, salvo en el caso de solicitudes iniciales de patente o registro. VI. Acompañarse del comprobante de pago de la tarifa correspondiente. VII. Acompañarse de la correspondiente traducción al español de los documentos escritos en idioma distinto que se exhiban con la solicitud o promoción. VIII. Acompañarse de los documentos que acrediten el carácter de los causahabientes, la personalidad de los apoderados o representantes legales. IX. Acompañarse de la legalización de los documentos provenientes del extranjero, cuando proceda.

a. Artículo 113 de la Ley de la Propiedad Industrial

Para obtener el registro de una marca, deberá presentar una solicitud por escrito ante el Instituto con los siguientes datos:

  1. Nombre, nacionalidad y domicilio del solicitante.
  2. El signo distintivo de la marca, mencionando si es nominativo, innominado, tridimensional o mixto.
  3. La fecha de primer uso de la marca, la que no podrá ser modificada ulteriormente o la mención de que no se ha usado. A falta de esta indicación, se presumirá que no se ha usado la marca.
  4. Los productos o servicios a los que se aplicará la marca.
  5. Los demás que prevenga el reglamento de esta Ley.