Want to create interactive content? It’s easy in Genially!

Get started free

registro de programas académicos de cursos extracurriculares, cursos y

luis rodrigo luna me

Created on December 21, 2023

Start designing with a free template

Discover more than 1500 professional designs like these:

Practical Timeline

History Timeline

Education Timeline

Timeline video mobile

Timeline Lines Mobile

Major Religions Timeline

Timeline Flipcard

Transcript

Requisitos para el otorgamiento de registro de programas académicos de cursos extracurriculares, cursos y talleres de lenguas extranjeras*

1 de 2

*Información extraida de: https://www.ipn.mx/assets/files/dfle/docs/Requisitos_Otorgamiento.pdf

Requisitos para el otorgamiento de registro de programas académicos de cursos extracurriculares, cursos y talleres de lenguas extranjeras*

14

12

10

11

13

2 de 2

*Información extraida de: https://www.ipn.mx/assets/files/dfle/docs/Requisitos_Otorgamiento.pdf

Justificar de que manera el libro de texto seleccionado apoya a las competencias establecidas en el Programa General de Idiomas.

A solicitud del CVDR/CIITA vía oficio, la Dirección de Formación en Lenguas Extranjeras validará y registrará los “Reconocimiento o diploma” debidamente Firmado y sellado por el CVDR/CIITA de los usuarios que hayan concluido satisfactoriamente el curso o taller de idioma indicando el número de horas y/o nivel adquirido de acuerdo al registro vigente del programa que corresponda.

Para obtener el registro de los cursos extracurriculares de Lenguas Extranjeras es requisito conformar dos carpetas:

  • Carpeta académica.- Deberá contener el programa general de Idiomas DFLE.
  • Carpeta administrativa.- Deberá contener el desglose de los puntos 8 al 15.

La operación académica de los servicios complementarios de lenguas será supervisada por la Dirección de Formación en Lenguas Extranjeras, con el objeto de garantizar la calidad de los servicios ofertados.

Para el caso de los cursos y talleres de idiomas se deberá trabajar el contenido académico en conjunto con la DFLE y cumplir con los puntos 9, 16 y 17.

Se deberá enviar a la Dirección de Formación en Lenguas Extranjeras a través de oficio la documentación probatoria del facilitador a impartir el curso o taller de idiomas, de acuerdo a las recomendaciones realizadas por la DFLE.

Los docentes deberán cumplir con los siguientes requisitos: a. Contar con las competencias en los saberes disciplinares y/o profesionales, así como disposición, autoridad y tolerancia en el manejo de grupos de aprendizaje. b. Certificado del nivel mínimo de dominio del idioma correspondiente a B2 del MCERL, avalado por una de las siguientes opciones: - Certificaciones internacionales de nivel de dominio del idioma. - Certificaciones nacionales SEP-CENNI nivel 13. c. Poseer título y cédula profesional en: - Licenciatura en enseñanza de la lengua extranjera que imparte. - Licenciatura afín (Deberá poseer una certificación o un diplomado en metodología de trescientas horas como profesor de lengua extranjera, emitidos por instituciones con reconocimiento oficial). - Otra licenciatura (Deberá poseer una certificación o un diplomado en metodología de trescientas horas como profesor de lengua extranjera, emitidos por instituciones con reconocimiento oficial). En la carpeta administrativa deberán anexarse los documentos probatorios de los requisitos anteriores de los docentes que impartirán los servicios.

El registro de cualquier programa académico de CELEX o servicio complementario de Lengua Extranjera se deberá solicitar mediante oficio a la Dirección de Formación de Lenguas Extranjeras (DFLE).

En el caso de cursos o talleres con propósito específico, la nomenclatura de deberá contener algún nombre comercial, por lo que deberá nombrase de acuerdo a su objetivo o el nivel que pretenda alcanzar, ejemplo: “Curso de preparación para la Certificación del Nivel B2 según el MCRE”.

La Subdirección de Servicios Educativos de los CVDR/CIITA será el área responsable de la operación deimpartición de los cursos y talleres de Lenguas Extranjeras.

El registro académico es el número de control de la DFLE que asigna al programa académico del curso extracurricular o servicio complementario de Lenguas Extranjeras, que cumpla los requisitos establecidos para el efecto. El registro tendrá una vigencia de cuatro años para los programas académicos y de dos años para los cursos y talleres a partir de su emisión, una vez finalizado este periodo deberá renovarse.

Indicar las variantes de los cursos que se impartirán en el CVD/CIITA (sabatino, diario o mixto).

En el caso de aquellos usuarios que hayan concluido satisfactoriamente el programa del idioma o en su defecto cada bloque de nivel (básico, intermedio y avanzado) y a solicitud vía oficio del CVDR/CIITA, la Dirección de Formación en Lenguas Extranjeras validará y registrará el “Reconocimiento o Diploma” (debidamente firmado y sellado por el CVDR/CIITA) que avala el nivel de dominio correspondiente de acuerdo al registro académico vigente..

Cada CVDR/CIITA será responsable de la operación administrativa. Las cuotas que se aplicarán a los usuarios de estos servicios serán de acuerdo a lo establecido por la Normativa vigente de IPN.