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Expediente de acometida
Endesa
Created on December 13, 2023
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Transcript
CUÁNDO HAY NECESIDAD DE ABRIR UN EXPEDIENTE DE ACOMETIDA
Las ALTAS DIRECTAS, AUMENTOS DE POTENCIA, en determinadas situaciones requieren la apertura de un expediente de acometida.
¿Qué aspectos debes tener en cuenta?1. Potencia Solicitada (Ps)
- Ps no puede ser superior a la potencia de extensión (Pext)
- Cuando el cliente quiere contratar distintas potencias en distintos periodos horarios, la Ps es la mayor de ellas.
- Las potencias solicitadas deben ser crecientes P6>P5>P4>P3>P2>P1
- La Pext determina la potencia máxima que soporta la red de la distribuidora en el punto de entrega al suministro.
- Se recomienda disponer del CUPS y revisar la Pext en SIPS (el CUPS lo debe aportar el cliente y la potencia de extensión lo informa la distribuidora).
- Ps ≤ Pext
4. Si el trámite conlleva un cambio de tensión SIEMPRE HAY que derivar a la distribuidora. No se considera cambio de tensión las siguientes situaciones: (*) Entre paréntesis "()" las tensiones antiguas equivalentes. 5. Territorio. Se tendrá que tener en cuenta si es territorio propio o no.
En la siguiente tabla se asume que el cliente no solicita cambiar la tensión:
UNIÓN FENOSA Podrá contratar siempre que cumpla los siguientes requisitos: 1. Ps ≤ "Potencia Máxima SIN Expediente". 2. No tenga caducados los derechos de extensión En caso contrario deberás dirigirle a su distribuidora.
Una vez el cliente contacta con la distribuidora puede suceder que: 1. Le indiquen que tiene que contactar con la comercializadora para contratar, en cuyo caso gestionaremos el trámite. 2. Que hay que realizar trabajos en la red. En este caso el cliente deberá abonar a la distribuidora los derechos de extensión y una vez finalizados los trámites volverse a poner en contacto con la comercializadora para realizar el trámite.
¿Cómo actuamos desde el CAT? En los casos en los que haya que derivar a la distribuidora: e-Distribución Buzón: conexiones.edistribucion@enel.comTeléfono: 900 920 959 I-DE (Iberdrola) Buzón: acometidas@i-de.es Teléfono: 900 171 171 Unión Fenosa Distribución Teléfonos: 900 111 444 // 900 111 999
- La Distribuidora del cliente
- La potencia adscrita de extensión
- La potencia máxima SIN expediente
- Si los derechos están caducados
- y las alarmas del sistema
DÓNDE COMPROBAR:
El territorio también lo podrás comprobar en SF Web
DISTRIBUIDORA DEL CLIENTELa consulta la puedes hacer en COSMOS, desde el Punto de Suministro en la pestaña "detalles" apartado "Información Básica"
POTENCIA DE EXTEN SIÓN
En Cosmos La consulta la puedes hacer en: CUPS> Detalles> Datos Técnicos
En SF Web
POTENCIA MÁXIMA SIN EXPEDIENTE Como has visto para suministros cuya distribuidora sea Unión Fenosa, debes tener en cuenta la potencia informada en el campo “Potencia Max Sin Expediente” ya que ésta será la potencia máxima que se puede contratar sin necesidad de apertura de expediente de acometida.
En este EJEMPLO el cliente puede contratar hasta 5,5kw sin necesidad de apertura de expediente de acometida porque la potencia informada en el campo “Potencia Max Sin Expediente” es 5,5kw. El cobro de derechos de extensión por ser superiores a los reconocidos (3kw), se facturarán directamente en la contratación.