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CURRICULUM

Alejandro Foronda Ci

Created on November 28, 2023

NIVELES CURRICULARES

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NIVELES CURRICULARES EN LA LOMLOE

Por Alejandro Foronda Ciórraga

Concretar el currículo en un primer nivel corresponde al Gobierno, a través del Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP). La finalidad es garantizar una formación común para todo el alumnado.

  • La ordenación general del sistema educativo.
  • Asegurar la validez de las distintas titulaciones oficiales en cualquier punto del territorio nacional.
  • Establecer la programación general de las enseñanzas.
  • Favorecer la evaluación e innovación de las enseñanzas que integran el sistema educativo.
  • Diseñar, planificar y dirigir la política de becas y ayudas al estudio.
  • Impulsar la promoción de políticas de igualdad, no discriminación y accesibilidad universal en el ámbito de sus competencias.
  • Dirigir la dirección de la política de personal docente y la elaboración de las bases del régimen estatuario de la función pública docente.
  • Impulsar las funciones orientadas a la alta inspección.

Este segundo nivel corresponde a las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas. Estos elementos curriculares a los que se hacen referencia son las competencias específicas, los criterios de evaluación y los saberes básicos.

  • Asumir la regulación que desarrolla las normas estatales y de los elementos o aspectos no básicos del sistema educativo.
  • Asumir competencias ejecutivo-administrativas de gestión del sistema educativo en su propio territorio.
  • Fomentar y potenciar la autonomía de los centros y evaluar los resultados de los centros y aplicar los planes de actuación.
  • Desarrollar y controlar las evaluaciones de diagnóstico en las que participen los centros y proporcionar los modelos y apoyos pertinentes a fin de que todos los centros puedan realizar de modo adecuado estas evaluaciones, que tendrán carácter formativo e interno.

En el tercer nivel de concreción aparecen los centros educativos, los cuales elaboran documentos esenciales para la organización y el funcionamiento de los mismos.

Como se indica en el punto sesenta y uno de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, los centros pueden "adoptar experimentaciones, programas educativos, planes de trabajo, formas de organización, normas de convivencia o ampliación del calendario escolar o del horario lectivo de áreas o materias, en los términos que establezcan las Administraciones educativas...". Esto supone cierta autonomía a los centros para adaptar el currículo a su contexto

Proyecto Educativo del Centro incorporará la concreción de los currículos establecidos por las Administración Educativas, que corresponde fijar y aprobar al Claustro, y fomentará los principios, objetivos y metodología propios de un aprendizaje competencial, mencionado a lo largo de la ley, orientado al ejercicio de una ciudadanía activa.

El documento que debemos manejar en este nivel de concreción es la programación de aula.

Es un documento de planificación y desarrollo educativo, desde el cual se transforman las intenciones educativas más generales en propuestas más concretas, referidas a un grupo-clase, atendiendo a la diversidad del alumnado.

En la programación de aula se deben tener en cuenta las distintas características que se presenten en el alumnado con el fin de favorecer el aprendizaje de todos los estudiantes. Por eso, es imprescindible adjuntar el documento en el que se contemplan las adaptaciones curriculares. Este documento debe reflejar la adecuación de los elementos del currículo al contexto del aula y cómo estos van a intervenir en las actuaciones de aprendizaje, para permitir que los alumnos con necesidades de apoyo educativo, puedan alcanzar las competencias establecidas en el currículo de su etapa. Es elaborado por los docentes de aula en colaboración con el departamento de Orientación Educativa.

En resumen

Los niveles de concreción curricular son una estructuración jerárquica y adaptativa, donde las decisiones tomadas en niveles superiores, afectan directamente y en cascada a niveles sucesivos, otorgando grados de libertad en la toma de decisiones, tanto por las distintas instituciones, administraciones, centros educativos y profesionales de la educación.