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Contratos por su objeto
maria.cerda
Created on November 26, 2023
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Transcript
Clasificación de los contratos según su objeto
El Código Civil Federal categoriza a los contratos atendiendo al objeto de los mismos, lo que significa a agruparlos o categorizarlos en función de la finalidad o propósito que persiguen.
En el contexto de un contrato, el término "objeto" se refiere a aquello que constituye la razón principal o el propósito del acuerdo entre las partes. En otras palabras, es la prestación o servicio específico que se acuerda intercambiar. Este elemento es esencial porque define la naturaleza y alcance de las obligaciones que asumen las partes involucradas.
Contratos preparatorios
Los contratos preparatorios o de promesa son acuerdos en los cuales una de las partes se compromete a celebrar un contrato futuro con la otra parte. En otras palabras, son contratos en los que se establece un compromiso de llevar a cabo un contrato principal en el futuro. Estos contratos son utilizados cuando las partes desean comprometerse de manera anticipada a realizar un acuerdo más completo en una fecha posterior.
Estos contratos son útiles en situaciones en las que las partes desean asegurar ciertos términos y condiciones antes de formalizar completamente el acuerdo.
Info
Un Contrato de Promesa de Compraventa compromete al vendedor a vender un bien al comprador en el futuro, estableciendo las condiciones para la transacción que ocurrirá en una fecha posterior.
Contratos traslativos de dominio
Los contratos traslativos de dominio son acuerdos legales mediante los cuales se transfiere la propiedad (dominio) de un bien de una parte a otra. Estos contratos implican un cambio efectivo en la titularidad de la propiedad
Estos contratos traslativos de dominio son fundamentales para la transferencia legal de la propiedad de bienes y establecen los derechos y obligaciones de las partes involucradas
Algunos de los contratos traslativos de dominio más comunes incluyen:
Mutuo
Compra-Venta
Donación
Permuta
Contratos de uso goce y disfrute
En los contratos traslativos de uso, no se trasmite la propiedad o dominio de bienes, derechos o cantidades de dinero, sólo se trasmite el uso y usufructo de los bienes en forma temporal, obligándose los que lo usarán y disfrutarán a devolver los mismos bienes prestados y no otros, por lo que en estos contratos los bienes no son fungibles o sustituibles, pues el que los presta para su uso y disfrute conserva la propiedad de los mismos
En esta clase de contrato se encuentran:
Comodato
Mutuo
Arrendamiento
Contratos de prestación de servicios
Un contrato de prestación de servicios es un acuerdo legal entre dos partes, donde una parte (el prestador de servicios) se compromete a realizar ciertos servicios para la otra parte (el cliente o contratante). Este tipo de contrato es común en diversas áreas y puede abarcar una amplia gama de servicios, desde servicios profesionales y técnicos hasta servicios más generales.
Diferencia con un contrato de trabajo
En el contrato de prestación de servicios, el prestador es considerado un contratista independiente, gozando de mayor autonomía y control sobre su trabajo, mientras que en el contrato de trabajo, el empleado opera bajo la supervisión y dirección del empleador, con una relación más subordinada
Contrato en virtud del cual una persona (prestamista ) entrega a otra (prestatario) dinero u otra cosa consumible, para que se sirva de ella y devuelva después otro tanto del mismo género y cantidad.
contrato por virtud del cual una persona llamada arrendador se obliga a conceder temporalmente el uso y/o goce de un bien a otra persona llamada arrendatario, quien se obliga a pagar como contraprestación un precio cierto.
Las principales distinciones entre estos contratos involucran la naturaleza de la relación laboral, el nivel de control y las responsabilidades de cada parte. Los contratos de prestación de servicios suelen basarse en proyectos y ser más flexibles, mientras que los contratos laborales implican un compromiso más continuo y estructurado entre el empleador y el empleado
contrato gratuito, en el que una persona concede el uso de un bien no fungible a otra que se compromete a restituir la cosa de manera individual cuando se lo pidan. También se le conoce como préstamo de uso, para distinguirlo del mutuo que es préstamo de consumo.
En una permuta, dos partes acuerdan intercambiar la propiedad de bienes, lo que resulta en la transferencia de dominio de un bien por otro.Es un intercambio de cosas
Es importante tener en cuenta que, aunque existe un compromiso de celebrar el contrato principal, el contrato preparatorio en sí mismo no crea la obligación definitiva de llevar a cabo la transacción; más bien, establece un compromiso vinculante para negociar de buena fe y celebrar el contrato principal en el futuro.
se refiere a un tipo de contrato, conocido como "contrato de mutuo", en el cual una parte (el prestamista) entrega a otra parte (el prestatario) una cantidad específica de dinero u otro bien fungible. A cambio, el prestatario se compromete a devolver la misma cantidad de dinero u objeto del mismo tipo y calidad en el futuro, generalmente junto con el pago de intereses acordados.
contrato bilateral, en que una de las partes (vendedor), se obliga a entrega de objeto u cosa determinada, a otra (comprador) a cambio de una transacción monetaria
La donación es un contrato traslativo de dominio en el cual el propietario (donante) transfiere la propiedad de un bien a otra persona (donatario) sin recibir a cambio un pago monetario, basándose en el principio de gratuidad.