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RESEÑA LIBRO
ALEXIS ADRIAN DONATO CABALLERO
Created on November 16, 2023
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Transcript
Donato caballero alexis adrian
TEORIA DE LA LEY PENAL Ámbito de validez de la ley penal Material: considero que las leyes aplicadas en este hecho es de orden común y aplicable el código penal para el estado libre y soberano de jalisco esto porque se cometieron dentro del mismo estado y al no ser delitos de los cuales no están expresamente determinados como federales. Temporal: como se expresa en el artículo 9 CPEJ así como podemos encontrar la vigencia de la misma ley en los transitorios siendo aplicable en este caso el código penal para el estado libre y soberano de jalisco siendo vigente al día del hecho punible Espacial: llevándose a cabo los hechos dentro del estado de jalisco según el articulo 9 CPEJ Es aplicable la ley penal vigente en el momento de la realización del hecho punible. Por lo que la ley vigente sería el código penal para el estado libre y soberano de jalisco ya que los hechos se realizaron dentro del estado de jalisco Personal: según el Artículo 10 del código penal para el estado libre y soberano de jalisco Este Código se aplicará a las personas físicas y jurídicas siendo naciones o extranjeras. siendo las personas mencionadas en este caso personas físicas y jurídicas por lo que este código será el aplicable para su caso TEORIA DEL DELITO Objetos del delito Sujeto activo JAIME MARTÍNEZ Sujeto pasivo ROSA EMMA SILVA Material: considero que fue La lesión de arma corto punzante que tuvo JAIME en su abdomen Jurídico: considero que estos bienes jurídicos se vieron afectados Familia, integridad corporal y la vida. 7 elementos Conducta: existen dos conductas una de parte de Jaime el cual se introduce al domicilio por una ventana y buscar a su exesposa y a su hijo y la conducta de la lesión que tiene Jaime en el abdomen. articulo 12 CPELSJ Tipicidad: la conducta que tiene Jaime al entrar por la ventana y empezar a buscarlos en la casa de su ex esposa encaja con la tipicidad del código penal para el estado libre y soberano de jalisco refiriéndose a si al artículo 191 allanamiento de morada del ya mencionado código Antijuridicidad: considero que fue un ato de allanamiento de morada ya que el acto que realizo Jaime al entrar por la ventana y buscarlos hace entender que entro furtivamente a la casa de su ex esposa incumpliendo así Al artículo 191 del CPELSJ allanamiento de morada Imputabilidad: Jaime al ser adulto y al tener la capacidad de comprar cigarros y al saber donde esta la casa de su ex esposa se da por entendido que Jaime es una persona con la capacidad de querer y entender por lo cual se entiende que es una persona imputable Culpabilidad: consideró que Jaime al entrar de la manera que lo hizo sabiendo y haciendo omisión a lo que estaba mal, decidió hacer el acto de entrar por la ventana y empezar a buscar a su ex esposa y a su hijo Punibilidad: Artículo 191 del CPELSJ Se impondrán de seis meses a dos años de prisión Condiciones objetivas de punibilidad: en el articulo 191 del CPELSJ allanamiento de morada se expresa que ese delito se perseguirá por querella de la parte ofendida. TEORIA DEL DELINCUENTE Delincuente a lo que entendido a la clase es aquella que ha sido condenado por lo cual Considero que la teoría del delincuente no puede ser abarcada a la perfección por motivos de no tener datos específicos del mismo sujeto no se sabe si es primo delincuente, reincidencia, persona habitual los grados de participación como tal no existen datos como tal para su elaboración, solo podemos rescatar la autoría delictiva de lo cual es sujeto es material ya que el sujeto es el encargado de ejecutar el crimen a esto por lo cual la peligrosidad delictiva este será analizada por el juez la peligrosidad del mismo sujeto (JAIME), determinando una pena ya sea cerca de la máxima o lejos dela máxima. Artículo 46 CPELSJ TEORIA DE LA PENA Artículo 191 del CPELSJ Allanamiento de morada Corregir: si en ese caso la pena busca corregir su conducta esto para que el sujeto no vuelva hacer el mismo delito. Proteger el bien jurídico: integridad física, la vida, familia Intimidar: una pena que cause temor al sujeto que cometió el delito o antes de que lo cometa en este caso el Artículo 191 del CPELSJ Se impondrán de seis meses a dos años de prisión. Por su consecuencia Considerando Reversible ya que, una vez cumpliendo su pena y saliendo corregido de la misma, regresara a la vida que tenia antes. Por su finalidad es correctiva buscando a si la corregir la conducta para la integración con la sociedad Por el bien jurídico que afectan la familia, integriad corporal y la familia privativa ya que esta misma pena te priva de la libertad estando bajo prisión Clasificación de los tipos Artículo 191. al que, sin motivo justificado y sin orden de autoridad competente, se introduzca a un departamento, vivienda, aposento o casa habitada o a sus dependencias. Conducta: acción Por el daño: lesión Por el resultado: formal Intencionalidad: dolo Estructura: simple Por el números de sujetos activos: unisubjetivo Por el numero de actos: unisubsistente Por su duración: instantáneo Por su persequibilidad: querella Por el bien jurídico protegido: integridad corporal, familia, vida la privacidad y la seguridad de las personas Por su ordenamiento: básico Por su composición: anormal Por su autonomía o dependencia: autónomos Por su formulación: casuito Por la descripción de sus elementos: subjetivo Por la materia: común (estatal)
Donato caballero alexis adrian . otro punto de vista
TTEORIA DE LA LEY PENAL Ámbito de validez de la ley penal Material: considero que las leyes aplicadas en este hecho es de orden común y aplicable el código penal para el estado libre y soberano de jalisco esto porque se cometieron dentro del mismo estado y al no ser delitos de los cuales no están expresamente determinados como federales. Temporal: como se expresa en el artículo 9 CPEJ así como podemos encontrar la vigencia de la misma ley en los transitorios siendo aplicable en este caso el código penal para el estado libre y soberano de jalisco siendo vigente al día del hecho punible Espacial: llevándose a cabo los hechos dentro del estado de jalisco según el articulo 9 CPEJ Es aplicable la ley penal vigente en el momento de la realización del hecho punible. Por lo que la ley vigente sería el código penal para el estado libre y soberano de jalisco ya que los hechos se realizaron dentro del estado de jalisco Personal: según el Artículo 10 del código penal para el estado libre y soberano de jalisco Este Código se aplicará a las personas físicas y jurídicas siendo naciones o extranjeras. siendo las personas mencionadas en este caso personas físicas y jurídicas por lo que este código será el aplicable para su caso TEORIA DEL DELITO Objetos del delito En lo que respecta de sujeto activos y sujeto pasivo se entiende que el pasivo fuese JAIME pero al no tener información completa se omite esta información Material: considero que fue La lesión de arma corto punzante que tuvo JAIME en su abdomen Jurídico: considero que estos bienes jurídicos se vieron afectados Familia, integridad corporal y la vida. 7 elementos Conducta: existen dos conductas una de parte de Jaime el cual se introduce al domicilio por una ventana y buscar a su exesposa y a su hijo y la conducta de la lesión que tiene Jaime en el abdomen. articulo 12 CPELSJ Tipicidad: la conducta que Jaime tenga una lesión que puedo haberse puesto en riesgo su vida esta misma conducta típica en el Artículo 208 del Código penal del estado libre soberano de jalisco Antijuridicidad: este acto como tal es antijuridico de acuerdo con el artículo Artículo 208 del CPELSJ por la lesión que tuvo Jaime pero en este caso como no se tiene mayor información si fue accidente, o alguna agresión por parte de su exesposa o por su hijo. Imputabilidad Culpabilidad considero que estos dos elementos en este echo no tienen relevancia o no tendrían congruencia ya queel hecho redactado no especifica quien lo hizo o si fue accidente por lo que no se le puede aplicar la culpabilidad y la imputabilidad si no se conoce la persona activa Punibilidad: Artículo 208. Cuando se trata de lesiones que pongan en peligro la vida, se impondrán de dos a seis años de prisión CPELSJ Condiciones objetivas de punibilidad: se perseguirá por oficio al no tener expresado por querella Artículo 208 del CPELSJ TEORIA DEL DELINCUENTE Delincuente a lo que entendido a la clase es aquella que ha sido condenado por lo cual Considero que la teoría del delincuente no puede ser abarcada a la perfección por motivos de no tener datos específicos del mismo sujeto no se sabe si es primo delincuente, reincidencia, persona habitual los grados de participación como tal no existen datos como tal para su elaboración, en dado caso que hubiese sido alguien y no accidente se podría rescatar la autoría delictiva de lo cual ese sujeto material ya que el sujeto es el encargado de ejecutar el crimen, rescataríamos también la peligrosidad delictiva este será analizada por el juez la peligrosidad del mismo sujeto determinando una pena ya sea cerca de la máxima o lejos dela máxima. Artículo 46 CPELSJ TEORIA DE LA PENA Artículo 208. Cuando se trata de lesiones que pongan en peligro la vida, se impondrán de dos a seis años de prisión Corregir: si en ese caso la pena busca corregir su conducta esto para que el sujeto no vuelva hacer el mismo delito. Proteger el bien jurídico: integridad física, la vida, familia Intimidar: una pena que cause temor al sujeto que cometió el delito o antes de que lo cometa en este caso el Artículo 208. Cuando se trata de lesiones que pongan en peligro la vida, se impondrán de dos a seis años de prisión Clasificación de los tipos Artículo 208. Cuando se trata de lesiones que pongan en peligro la vida, se impondrán de dos a seis años de prisión Conducta: acción Por el daño: peligro Por el resultado: material Intencionalidad: dolo Estructura: simple Por el números de sujetos activos: unisubjetivo Por el numero de actos: unisubsistente Por su duración: instantáneo Por su persequibilidad: querella Por el bien jurídico protegido: integridad corporal, familia, vida Por su ordenamiento: básico Por su composición: anormal Por su autonomía o dependencia: autónomos Por su formulación: amplios Por la descripción de sus elementos: subjetivo Por la materia: común (estatal)